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DECRETO 159/2007, de 21 de septiembre, del Consell, por el que se establece el currículo de las enseñanzas elementales de música y se regula el acceso a estas enseñanzas. [2007/11701]

(DOGV núm. 5606 de 25.09.2007) Ref. Base Datos 012102/2007

DECRETO 159/2007, de 21 de septiembre, del Consell, por el que se establece el currículo de las enseñanzas elementales de música y se regula el acceso a estas enseñanzas. [2007/11701]
El artículo 48.1, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE, de 04.05.2006), confiere a las administraciones educativas las competencias para determinar las características y la organización de las enseñanzas elementales de música y de danza.
Al establecer el currículo de las enseñanzas elementales de música que se regulan en el presente decreto, se ha tomado como referencia las especiales circunstancias que concurren en la realidad de la enseñanza musical en nuestra Comunidad en la que, en general, el primer contacto de los niños con la música se manifiesta a una edad muy temprana.
Los nuevos estudios elementales de música, se plantean con dos finalidades claramente definidas: la formación musical de los niños y niñas que no han tenido oportunidad de iniciarse en la práctica musical y la de aquellos que, habiendo iniciado estudios no reglados en la amplia red de escuelas de música, públicas y privadas, localizadas en prácticamente toda la geografía valenciana, desean incorporarse a la enseñanza reglada.
Precisamente, la oportunidad que nos ofrece la nueva ordenación académica para ajustar el currículo de las enseñanzas elementales de música a la especificidad de cada Comunidad, ha permitido establecer el procedimiento para que los alumnos puedan acceder, mediante la superación de una prueba de conocimientos y destrezas técnicas, a un curso distinto del primero.
Las enseñanzas elementales de música, de aplicación en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, se estructuran en cuatro cursos académicos. Las materias que configuran el currículo de estas enseñanzas, se concreta en el estudio del Lenguaje musical y en el aprendizaje de la técnica de una especialidad instrumental. Estos conocimientos se complementan con la práctica instrumental de conjunto y la práctica coral.
El presente decreto, que regula las enseñanzas elementales de música en la Comunitat Valenciana, mantiene la convocatoria de pruebas extraordinarias para la obtención directa del certificado de estudios elementales, a los efectos de posibilitar a los alumnos no escolarizados en los conservatorios o centros autorizados, obtener la certificación oficial correspondiente a este nivel académico, en el momento en que alcancen el grado de conocimientos teóricos y prácticos que se establecen en la presente norma.
Por todo ello, previo dictamen del Consejo Escolar Valenciano, a propuesta del conseller de Educación, conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 21 de septiembre. de 2007,
DECRETO
CAPÍTULO I
De la finalidad y organización
de las enseñanzas elementales de música
Articulo 1. Objeto
1. Corresponde, a la conselleria competente en materia de educación, regular y organizar las enseñanzas elementales de música en el ámbito de sus competencias. El presente decreto establece el currículo, y regula la organización de las enseñanzas elementales de música, en virtud de lo dispuesto en el artículo 48, punto 1, del Capítulo VI de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
2. Igualmente, este decreto regula la prueba de aptitudes que permitirá el ingreso a las enseñanzas elementales, así como la prueba que permitirá el acceso directo a los cursos diferentes del primero. También establece los documentos de evaluación propios de estas enseñanzas.
Artículo 2. Ámbito de aplicación
Este decreto se aplicará en todos los centros del ámbito territorial de la Comunitat Valenciana que impartan las enseñanzas que se regulan en esta norma.
Artículo 3. Finalidad y organización
1. Las enseñanzas elementales de música tienen como finalidad proporcionar al alumnado una formación artística de calidad y garantizar su cualificación en el nivel competencial propio de estas enseñanzas.
2. La finalidad de las enseñanzas elementales de música se ordena en tres funciones básicas: formativa, orientadora y preparatoria para las enseñanzas profesionales de música.
3. Las enseñanzas elementales de música, tendrán una estructura de cuatro cursos de duración.
Artículo 4. Objetivos generales de las enseñanzas elementales de música
Las enseñanzas elementales de música tienen como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos y alumnas capacidades generales y los valores cívicos propios del sistema educativo y, además, las capacidades siguientes:
a) Apreciar la importancia de la música como lenguaje artístico y como medio de expresión cultural de los pueblos y de las personas.
b) Adquirir y desarrollar la sensibilidad musical a través de la interpretación y del disfrute de la música de las diferentes épocas, géneros y estilos, para enriquecer las posibilidades de comunicación y de realización personal.
c) Interpretar en público con la suficiente seguridad en sí mismo, para comprender la función comunicativa de la interpretación musical.
d) Interpretar música en grupo y habituarse a escuchar otras voces o instrumentos, adaptándose al equilibrio del conjunto.
e) Ser consciente de la importancia del trabajo individual y adquirir las técnicas de estudio que permitirán la autonomía en el trabajo y la valoración de éste.
f) Valorar el silencio como elemento indispensable para el desarrollo de la concentración, la audición interna y el pensamiento musical, así como su función expresiva en el discurso musical.
g) Conocer y valorar la importancia de la música propia de la Comunitat Valenciana, así como sus características y manifestaciones más importantes.
h) Adquirir la autonomía adecuada, en el ámbito de la audición, comprensión y expresión musical.
i) Conocer y aplicar las técnicas del instrumento, de acuerdo con las exigencias de las obras.
Artículo 5. Especialidades de las enseñanzas elementales de música
Son especialidades de las enseñanzas elementales de música:
– Acordeón.
– Arpa.
– Clarinete.
– Clave.
– Contrabajo.
– Fagot.
– Flauta travesera.
– Flauta de pico.
– Guitarra.
– Instrumentos de púa.
– Oboe.
– Percusión.
– Piano.
– Saxofón.
– Trombón.
– Trompa.
– Trompeta.
– Tuba.
– Viola.
– Viola de Gamba.
– Violín.
– Violoncelo
CAPÍTULO II
Del currículo
Artículo 6. Currículo
1. A los efectos de lo dispuesto en este decreto, se entiende por currículo de las enseñanzas elementales de música el conjunto de objetivos, contenidos, principios metodológicos y criterios de evaluación que han de regular el proceso de enseñanza/aprendizaje de estas enseñanzas y que se incluyen en el anexo I de este decreto.
2. La distribución por cursos y el total de horas de cada asignatura por especialidad, se establece en el anexo II de este decreto.
3. En el anexo III, del presente decreto figura la relación numérica profesor/alumno de aplicación a las enseñanzas reguladas en esta norma.
4. Corresponde a la conselleria competente en materia de educación, regular la organización y el régimen académico de los centros integrados que impartan las enseñanzas elementales de música y la Educación primaria mediante las adaptaciones curriculares correspondientes.
CAPÍTULO III
Del ingreso en las enseñanzas elementales de música
Artículo 7. Ingreso
1. El consejo escolar del cada centro público, o el órgano competente en el caso de centros privados, establecerá, respetando las instrucciones que dicte a este fin la conselleria competente en materia de educación, el procedimiento de ingreso a las enseñanzas elementales de música, de acuerdo con el proyecto educativo y con las posibilidades organizativas del centro docente.
2. Para iniciar los estudios del primer curso de las enseñanzas elementales de música será necesario realizar una prueba mediante la cual, se valorarán las aptitudes del aspirante para cursar dichas enseñanzas.
3. Las enseñanzas elementales de música se cursarán ordinariamente entre los ocho y los doce años de edad. El inicio de las enseñanzas elementales con menos de ocho años o más de doce se entenderá como excepcional. A tal efecto, la conselleria competente en materia de educación atenderá el tratamiento de esta excepcionalidad.
4. Los conservatorios y centros autorizados de música de carácter reglado del ámbito de gestión de la conselleria competente en materia de educación, establecerán en sus proyectos educativos los criterios de valoración de las pruebas de ingreso, atendiendo a las aptitudes de los aspirantes para cursar las especialidades solicitadas, y a la edad idónea establecida.
5. La prueba de ingreso a los centros que imparten las enseñanzas elementales de música se realizará en una única convocatoria en el mes de septiembre, efectuada por el centro docente correspondiente.
Artículo 8. Adjudicación de puestos escolares
1. La adjudicación de los puestos escolares vacantes en cada especialidad se realizará de acuerdo con las puntuaciones finales obtenidas en las pruebas de ingreso.
2. La elaboración de estas pruebas así como su estructuración, compete al órgano de coordinación docente del centro que corresponda.
3. La realización y valoración de las pruebas estará a cargo de una comisión de valoración designada por el director del centro.
Artículo 9. Del acceso a otros cursos diferentes de primero
1. Se podrá ingresar a cada curso de las enseñanzas elementales sin haber cursado los anteriores siempre que, a través de una prueba realizada ante una comisión de evaluación designada por el director del centro, el aspirante demuestre poseer los conocimientos técnico-instrumentales y teórico-prácticos necesarios para seguir con aprovechamiento las enseñanzas correspondientes, valorándose la edad idónea.
2. Las pruebas, que tendrán la estructura y organización que el proyecto educativo del centro determine, versarán sobre los contenidos de los cursos precedentes a aquel al que el aspirante opta.
3. La prueba de acceso a cada curso de las enseñanzas reguladas en este decreto, se realizará en una convocatoria anual durante el mes de septiembre, efectuada por el centro docente. Los centros abrirán con la suficiente antelación, un plazo para que los interesados soliciten el curso y la especialidad a la cual quieren acceder.
4. La superación de esta prueba de acceso faculta exclusivamente para matricularse en el curso académico para el que haya sido convocada.
5. La prueba de acceso a cursos diferentes de primero se realizará con posterioridad la de ingreso a primer curso, y condicionada a la existencia de plazas vacantes después de acabado el proceso ordinario de adjudicación y matriculación.
Artículo 10. Reclamación de calificaciones
1. Se establece un periodo de tres días hábiles, a partir de la publicación de los resultados de la prueba para que los aspirantes puedan presentar reclamación contra la puntuación alcanzada en la prueba de ingreso al primer curso y a curso distinto del primero a las enseñanzas elementales de música. Esta reclamación se hará por escrito dirigido al director del centro, alegando en cada caso los motivos que consideren oportunos. El director del centro, previo informe de la comisión de valoración, resolverá en el plazo de tres días hábiles.
2. Los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el director Territorial de Educación, en los plazos que se establecen en el artículo 115 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Artículo 11. Admisión y matriculación
1. La admisión de alumnos estará sometida a los principios de igualdad, mérito y capacidad, y supeditada a los resultados obtenidos en las pruebas referidas.
2. La oferta de puestos escolares en las enseñanzas elementales de música que deben convocar anualmente los centros de titularidad de la conselleria competente en materia de educación, será determinada por la administración educativa valenciana.
3. El alumnado no podrá simultanear las enseñanzas elementales de música en dos centros. Consecuentemente, cada alumno o alumna, tendrá un único expediente académico en un sólo centro.
Artículo 12. Asignaturas comunes y propias de la especialidad
1. Son asignaturas comunes a todo el currículo de las enseñanzas elementales: Lenguaje musical y Coro.
2. Son asignaturas propias de la especialidad:
Instrumento individual y Conjunto.
3. Los alumnos que cursen más de una especialidad únicamente cursarán las asignaturas comunes en una de ellas. Una vez superadas en una especialidad, la calificación obtenida será válida para el resto de especialidades. En los documentos de evaluación de cada especialidad se hará constar la calificación de las asignaturas comunes superadas.
Artículo 13. Ampliación de matrícula
Es competencia del consejo escolar de cada centro público, o de los órganos competentes en el caso de centros privados, autorizar con carácter excepcional la matriculación en más de un curso a aquellos alumnos que, previa orientación del profesorado así lo soliciten, siempre que el conjunto de profesores que imparten clases a dichos alumnos asegure su adecuada capacidad de aprendizaje, para cursar las enseñanzas en las condiciones establecidas.
CAPÍTULO IV
De la evaluación, la acción tutorial, la promoción y la permanencia
Artículo 14. Evaluación
1. Los profesores evaluarán el aprendizaje de los alumnos, los procesos de enseñanza y su propia práctica docente.
2. La evaluación del aprendizaje de los alumnos será continua e integradora, aunque diferenciada según las distintas asignaturas del currículo.
3. La evaluación del alumnado en las enseñanzas elementales de música se llevará a cabo teniendo en cuenta los objetivos educativos y los criterios de evaluación establecidos en el currículo que se aprueba en este decreto y en coherencia con el proyecto educativo elaborado por el centro docente.
4. La evaluación será realizada por el conjunto de profesores del alumno coordinados por el profesor tutor, actuando dichos profesores de manera integrada a lo largo del proceso de evaluación y en la adopción de las decisiones resultantes de dicho proceso.
5. La evaluación final y calificación del alumnado se realizará en el mes de junio.
6. Los resultados de la evaluación final de las distintas asignaturas que componen el currículo se expresarán mediante la escala numérica de 1 a 10 sin decimales, considerándose positivas las calificaciones iguales o superiores a cinco y negativas las inferiores a cinco.
7. Los resultados de la evaluación, y en su caso las calificaciones, se expresarán en los siguientes términos:
Insuficiente: 1, 2, 3 ó 4
Suficiente: 5
Bien: 6
Notable: 7 u 8
Sobresaliente: 9 ó 10.
8. La nota media del curso será la media aritmética de las calificaciones de todas las materias de la especialidad cursadas por el alumnado, expresada con una aproximación de dos decimales mediante redondeo.
Artículo 15. Tutoría
1. La acción tutorial, que forma parte de la función docente, se desarrollará a lo largo de las enseñanzas elementales de música.
2. El profesor tutor tendrá la responsabilidad de coordinar tanto la evaluación, como la función de orientación del alumnado.
3. El profesor tutor será el profesor de la especialidad que curse el alumno. Los centros educativos incluirán planes de acción tutorial en sus proyectos educativos.
4. Los centros educativos promoverán compromisos educativos entre las familias y tutores legales, y el propio centro, en el que se contemplen actividades para mejorar el rendimiento académico de los alumnos.
Artículo 16. Promoción
1. Los alumnos promocionarán de curso cuando hayan superado la totalidad de las asignaturas de cada curso o tengan evaluación negativa en una asignatura como máximo. En el supuesto de asignaturas pendientes referidas a práctica instrumental, la recuperación deberá realizarse en la clase del curso siguiente. Para el resto de asignaturas, los centros establecerán en sus proyectos educativos, los criterios para la recuperación de las mismas. En ningún caso se podrá calificar la asignatura motivo de promoción sin haber aprobado la asignatura pendiente.
2. Los alumnos que al término del cuarto curso tuvieran pendientes de evaluación positiva tres asignaturas o más, deberán repetir el curso en su totalidad. Cuando la calificación negativa se produzca en una o en dos asignaturas, solo será preceptivo cursar las asignaturas pendientes
Artículo 17. Límite de permanencia
1. El límite de permanencia en las enseñanzas elementales de música será de cinco años. El alumno no podrá permanecer más de dos años en el mismo curso.
2. La conselleria competente en materia de educación, podrá autorizar, con carácter excepcional, que determinados alumnos puedan ampliar un año más el límite de permanencia en supuestos de enfermedad grave u otras circunstancias que merezcan similar consideración y que impidan el normal desarrollo de los estudios.
Artículo 18. Certificado de enseñanzas elementales
1. Los alumnos y alumnas que hayan superado las enseñanzas elementales de música obtendrán el Certificado de Enseñanzas Elementales de Música, en el que constará la especialidad cursada.
2. El Certificado de Enseñanzas Elementales de Música será expedido por los conservatorios públicos, que impartan las enseñanzas correspondientes.
Artículo 19. Obtención directa del Certificado de Enseñanzas Elementales de Música
Los conservatorios públicos elementales y profesionales que impartan las enseñanzas elementales de música, organizarán en el primer trimestre del curso pruebas para la obtención directa del Certificado de Enseñanzas Elementales de Música.
CAPÍTULO V
Correspondencia con otras enseñanzas
Artículo 20. Correspondencia con otras enseñanzas
1. La conselleria competente en materia de educación, facilitará al alumnado la posibilidad de cursar simultáneamente las enseñanzas elementales de música y la educación primaria.
2. Con objeto de hacer efectivo lo previsto en el apartado anterior, se podrán adoptar medidas de organización y de ordenación académica que incluirán, entre otras, las convalidaciones y la coordinación horaria entre centros educativos.
Artículo 21. Admisión prioritaria
La conselleria competente en materia de educación, determinará los centros que impartan enseñanzas de educación primaria y secundaria que deberán aplicar la admisión prioritaria para aquellos alumnos que cursen simultáneamente enseñanzas elementales de música y enseñanzas de educación primaria y secundaria.
CAPÍTULO VI
De la autonomía curricular de los centros
Artículo 22. Autonomía curricular de los centros
1. Los equipos educativos de los centros docentes concretarán y completarán el currículo de las enseñanzas elementales de música mediante la elaboración del proyecto educativo de su centro.
2. El proyecto educativo, en el apartado de concreción del currículo, deberá adecuar los objetivos generales y específicos de las enseñanzas elementales de música a las características del alumnado y el entorno del centro. También distribuirá por cursos los contenidos y objetivos específicos, adoptará criterios metodológicos generales y unificará todas las decisiones sobre evaluación.
3. El proyecto educativo garantizará la acción coherente y coordinada de los equipos docentes, estimulando la actividad investigadora y el trabajo en equipo de los profesores.
4. Los centros, en el ejercicio de su autonomía, podrán adoptar experimentaciones, planes de trabajo, proyectos de innovación educativa, y formas de organización o ampliación del horario escolar. Éstas deberán ser autorizadas por la conselleria competente en materia de educación.
5. Los profesores desarrollarán programaciones docentes en coherencia con el currículo establecido en este decreto y con el proyecto educativo de cada centro.
6. La conselleria competente en materia de educación, fomentará y orientará la elaboración de materiales curriculares que faciliten el trabajo del profesorado en este sentido.
Artículo 23. De la figura del pianista acompañante
En los centros dependientes de la conselleria competente en materia de educación, existirá la figura del pianista acompañante. Estos profesores se integrarán en el departamento o departamentos didácticos correspondientes a las especialidades en las que desempeñen su labor.
CAPITULO VII
De los documentos de evaluación
Artículo 24. Documentos de evaluación
1. Son documentos de evaluación de las enseñanzas elementales de música, el expediente académico personal, las actas de evaluación, y los informes de evaluación individualizados.
2. Los documentos de evaluación llevarán las firmas fehacientes de las personas que corresponda en cada caso, con indicación del puesto desempeñado. Asimismo, se hará constar el nombre y los apellidos de los firmantes.
3. La conselleria competente en materia de educación, establecerá el formato de estos documentos de evaluación.
Artículo 25. Traslados de expediente
1. Los traslados de expedientes de alumnos que cursen enseñanzas elementales de música en otros centros de carácter reglado, quedan condicionados a la existencia de puestos escolares vacantes en cada una de las asignaturas que el alumno deba cursar en el centro receptor. Los puestos escolares vacantes se convocarán una vez escolarizados los alumnos del centro y los que han superado la prueba de aptitudes de ingreso a las enseñanzas musicales elementales.
2. Cuando un alumno o alumna se traslade de centro antes de haber concluido sus estudios de enseñanzas elementales de música, el centro de origen remitirá al de destino, a petición de éste, los correspondientes documentos de evaluación, haciendo constar, en la diligencia correspondiente, que las calificaciones concuerdan con las actas que obran en el centro.
3. El traslado de expediente de alumnos que cursan estudios en centros no pertenecientes al ámbito gestión de la conselleria competente en materia de educación, queda condicionado a la existencia de plazas vacantes en el centro receptor.
4. El centro receptor abrirá el correspondiente expediente académico del alumno e incorporará en él los datos académicos remitidos por el centro de procedencia, siempre que los contenidos curriculares de las enseñanzas superadas en los centros de gestión de otras administraciones se ajusten a los estudios que se regulan en el presente decreto. Para ello, en los centros elementales de música se constituirá la correspondiente comisión dictaminadora.
Artículo 26. Lenguas oficiales de los documentos básicos
Los documentos de evaluación serán redactados en las dos lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana.
Artículo 27
La conselleria competente en materia de educación, garantizará la adecuación de la prueba de acceso a las enseñanzas profesionales de Música al currículo de las enseñanzas elementales de Música.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
Única. Alumnado con discapacidad y atención a la diversidad
1. La conselleria competente en materia de educación, adoptará las medidas oportunas para la adaptación del currículo a las necesidades del alumnado con discapacidad y facilitará su acceso a estas enseñanzas.
2. La conselleria competente en materia de educación, a propuesta de los centros educativos, autorizará las adaptaciones necesarias para permitir la realización de la prueba específica de ingreso a las personas con discapacidad que opten a ella.
3. Aquellos alumnos con discapacidades que superen las pruebas específicas y se hayan matriculado, serán objeto de un adecuado seguimiento por el grupo de profesores. Los centros que escolaricen alumnos con discapacidad dispondrán de los recursos necesarios, humanos y materiales, para atender el proceso de enseñanza/aprendizaje.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Única. Incorporación de alumnos procedentes de planes anteriores con asignaturas pendientes
Los alumnos que a la entrada en vigor de este decreto cursen estudios de grado elemental de música, de acuerdo con el plan de estudios regulado por el Decreto 151/1993, por el que se establece el Currículo de los Grados Elemental y Medio de Música y se regula el Acceso a dichos Grados, se incorporarán a los cursos respectivos de las enseñanzas elementales de música de acuerdo con las condiciones que se regulan en la presente norma.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Única
a) Por lo que a las enseñanzas elementales de música se refiere, queda derogado el Decreto 151/1993, de 17 de agosto, por el que se establece el Currículo de los Grados Elemental y Medio de Música y se regula el Acceso a dichos Grados, el Decreto 72/1996, de 2 de abril, y el Decreto 90/2006, sin perjuicio de su aplicación transitoria en función de la nueva ordenación del sistema educativo establecido por el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio del calendario de aplicación de la Ley Orgánica de Educación.
b) También quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan al presente decreto.
DISPOSICIONES FINALES
Primera
Se autoriza a la conselleria competente en materia de educación, a dictar las disposiciones necesarias para la aplicación y el desarrollo de este decreto.
Segunda
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, si bien sus efectos académicos serán los referidos en el calendario de aplicación de la Ley Orgánica de Educación, regulado por el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio.
Valencia, 21 de septiembre de 2007.
El president de la Generalitat,
Francisco Camps Ortiz
El conseller de educación,
Alejandro Font de Mora Turón
ANEXO I
Asignaturas del grado elemental
CONJUNTO
Introducción
Durante los cursos tercero y cuarto de las enseñanzas elementales de música, el alumnado llega a tener un cierto dominio básico de los contenidos referidos al instrumento propio de la especialidad que cursa, y conviene, en extensión de la práctica coral, ofrecerle un espacio curricular en el que desenvolverse con su instrumento e intentar poner en práctica las estrategias del conjunto ya avanzadas en Coro. De la expresión vocal a la expresión instrumental. Las dificultades que se le presentan, así como los planteamientos de solución a esas dificultades, unos dirigidos por el profesor y otros aprendidos y resueltos por la propia madurez e incipiente experiencia del alumnado, dan a esta asignatura naturaleza de espacio convergente de contenidos y de aplicación de destrezas que con la práctica se consiguen afianzar.
Vencer las dificultades, sugeridas como retos, permiten al individuo crecer en su formación a través de la experiencia. Respetando la espontaneidad inherente a todo proceso creativo, tanto el profesor como el alumno, cada uno en su ámbito, participan de un proceso de enriquecimiento común. Se llega, pues, a la adquisición de hábitos que deben ser dirigidos y diseñados por el equipo docente, pudiendo así, dar los frutos que de esta asignatura se esperan. Verdaderamente no puede darse una diferenciación de los contenidos en las enseñanzas elementales más allá de lo justamente organizativo. La visión de la formación musical y de la educación artística se muestra como un todo desde el inicio.
La pedagogía más actual, aplicada a nuestras enseñanzas elementales, conmina al tratamiento colegiado de la formación. La transversalidad y el equilibrio son palabras clave dentro de un diseño formativo de calidad por cuanto se ven implicados en él, absolutamente todos los elementos que, a día de hoy, participan de la construcción del modelo educativo. Esta asignatura conduce hacia la integración de materias, mientras permite la discriminación positiva, a medida que se madura en las habilidades y contenidos, de todo aquello que resulta inherente a las enseñanzas musicales, dejando de lado lo que no lo es. El alumnado ha de ver en el diseño de su formación siempre el futuro inmediato que le espera, para seguir conduciéndose decididamente hacia él.
Los criterios de agrupación deben atender dentro de cada centro la heterogeneidad que se puede llegar a dar entre los grupos a formar. Se aprovecha así, la idiosincrasia del centro a favor del tratamiento de la diversidad.
De esta manera cuando se trate de instrumentos de agrupación poco tradicional, como puede ser el caso de pianistas, los objetivos de la signatura se adecuarán a sus contenidos propios, reforzando su asimilación sin dejar de ser atendidos bajo la perspectiva del conjunto.
Se abre también una vía al conocimiento histórico del instrumento y del conjunto en sí. También de los compositores e intérpretes, mientras se alude a los soportes audiovisuales como herramientas de formación auditiva y crítica de gran valor pedagógico.
Objetivos
1. Comprender la funcionalidad del conjunto en base a la participación individual.
2. Potenciar la expresividad dentro del grupo.
3. Favorecer la creatividad
4. Conocer y familiarizarse con los instrumentos musicales y su gama tímbrica.
5. Aproximar al alumnado al continuo histórico de los eventos musicales que se ven traducen en contenidos para él en ese momento.
6. Aproximar al alumnado a la historia del instrumento, de los compositores, de los intérpretes, a la discografía y a la videografía.
7. Familiarizarse con la práctica instrumental de conjunto.
8. Habituarse al trabajo del ensayo.
9. Desarrollar su capacidad de discriminación auditiva.
10. Disfrutar de la participación en un grupo instrumental.
11. Apreciar la necesidad de la concertación.
12. Responder a la exigencia del pulso único.
13. Reconocerse dentro de la colectividad.
14. Reconocer los contenidos comunes con otras materias.
15. Reforzar y afianzar los contenidos aprendidos en Lenguaje musical y en Coro.
16. Potenciar la socialización.
Contenidos
El grupo: la necesidad de la disciplina de conjunto. La afinación. Las cuestiones mecánicas, versus las expresivas. El dominio del instrumento frente a las exigencias del conjunto. La recepción del compás. El pulso externo y el pulso interno. La agógica y la dinámica. La paleta tímbrica. La escucha mutua como base del equilibrio y la afinación. Entonación interior y afinación del conjunto. La terminología específica aplicada. Aproximación a la historia de los eventos musicales. El ensayo y su técnica. Práctica del repertorio escogido. Aproximación a la música de cámara. Aproximación a la improvisación. La valoración del público a través de las audiciones.
Criterios de evaluación
1. Valoración de la actitud del alumnado y su disposición. Con este criterio se pretende poner de relieve la importancia para el desarrollo del modelo formativo, de la actitud positiva hacia la participación en el conjunto. Así mismo, este criterio enfatiza la motivación que puede producir la didáctica aplicada. Por tanto permite evaluar la propia práctica docente.
2. Realizar audiciones periódicas. Con este criterio se pretende poner rápidamente al alumno en contacto con el público. Al mismo tiempo potenciar la actividad musical del entorno docente.
3. Mostrar la habilidad en el manejo de los términos específicos. Con este criterio se desea comprobar la voluntad del alumnado hacia la profundización en el hecho musical.
4. Interpretar las piezas escogidas. Con él, se quiere comprobar la asimilación de contenidos y el desenvolvimiento individual dentro del grupo. También permite comprobar el desenvolvimiento general del grupo como unidad, de cuyo éxito colectivo se siente artífice cada uno de sus miembros, reforzándose así la conciencia de grupo musical.
5. Interpretación por grupos reducidos de piezas fáciles que permitan mostrar la capacidad expresivo-musical de cada uno. Con este criterio se quiere valorar la particularidad en el desarrollo formativo de cada individuo. Al mismo tiempo camina este tratamiento hacia la comprensión de la música de cámara como medio de apreciación sensible de los contenidos más sutiles.
6. Interpretar en grupos reducidos bases de acompañamiento y líneas melódicas alternadas entre cada miembro. Con este criterio se pretender valorar la eficacia de la metodología aplicada respecto a la comprensión de contenidos de creatividad y espontaneidad musical.
7. Valoración de las actitudes y de la asistencia como garantías de seguimiento del proceso de aprendizaje.
CORO
Introducción
En el desarrollo del grado elemental, junto a la presencia del Lenguaje musical y del Instrumento principal, el Coro aporta a la práctica musical la actividad colectiva, que implica relación social, colaboración de los alumnos y atención especial del profesor con orientación muy marcada, más que en la práctica musical individual o del grupo en Lenguaje Musical, hacia la interpretación.
Dado el carácter grupal del canto coral, su práctica se erige como emblemática de la participación social en la música, pero no es la única aportación. La experiencia coral aportará al alumno de música el cultivo de la memoria musical y la interiorización del hecho sonoro, sobre todo en las interpretaciones polifónicas, a la vez que mediante éstas, proporcionará ejemplos vivos del fenómeno armónico. Las dimensiones pedagógicas del coro más que indiscutibles son insustituibles, de ahí la importancia que adquieren en este período de iniciación musical.
Por otra parte, la formación vocal que se deriva del coro, va acompañada siempre del contraste de la voz propia con la de los demás, lo cual es ocasión para la observación de los timbres y su comprensión. La práctica del coro es una ejercitación permanente en las realizaciones dinámicas y agógicas. Si la práctica instrumental aporta motivación a causa de ser progresión fácilmente comprobable, la práctica coral potencia la motivación por la constancia del grupo en la búsqueda de la perfección de la interpretación. El estudio de la música adquiere aquí carácter de realización acabada. Supone esta actividad, un espacio curricular más de convergencia de contenidos, y de destrezas adquiridas en las demás materias. De esta manera, a lo largo del grado elemental, las tres actividades se complementan, completando la formación.
Algunos problemas surgidos en el aprendizaje del lenguaje musical encontrarán explicaciones más comprensibles con la ayuda de la práctica coral, ejemplificación frecuente de la teoría musical. Por otra parte, en este nivel, el coro, permitirá la aproximación cultural a los repertorios, en los que tendrán acogida obras de distintas épocas y estilos junto a las del folklore tanto universal como próximo. En el mismo sentido, la aproximación a la interiorización de líneas melódicas por medio del canto interior, actuará en benefició de la comprensión de contenidos propios de la especialidad instrumental.
Objetivos
1. Lograr actitudes positivas desde el primer contacto con el canto coral de forma lúdica y de disfrute inmediato a través de la imitación y sin exigencias técnicas previas.
2. Descubrir la voz como vehículo de expresión musical y adquirir hábitos positivos de higiene vocal para desarrollarla y mejorarla.
3. Adquirir hábitos necesarios para el logro de la técnica vocal de calidad, imprescindible para cantar con naturalidad y expresivamente.
4. Utilizar la voz como instrumento musical y por tanto como medio de expresión artística.
5. Aprender a formar parte del conjunto coral mediante la escucha de distintas voces, de acuerdo con el nivel correspondiente, tomando conciencia de la importancia de la aportación individual al resultado sonoro del grupo y asumiendo responsabilidades en el desarrollo de las tareas.
6. Experimentar la función comunicativa del canto a través de audiciones públicas.
7. Apreciar e interpretar la canción popular de los distintos pueblos, comenzando por la propia.
8. Adquirir un repertorio coral (sencillo) de diferentes épocas y estilos e interpretarlo con cuidada sensibilidad musical. Capacidad de expresarlo con naturalidad en la articulación y dinámica, correcta afinación, homogeneidad en el fraseo, igualdad en los ataques y en los cortes.
9. Relacionar los conocimientos del lenguaje musical a través del canto coral para enriquecer su bagaje musical.
10. Aproximar al alumno al mundo del concierto ante el público.
Contenidos
El propio cuerpo como instrumento: posición, relajación, respiración, resonancia. De la palabra hablada a la canción. Técnica vocal: realización de vocalizaciones apropiadas a 1, 2 y 3 voces, según posibilidades. Cánones y canciones populares propias y de distintos países. Canciones polifónicas según posibilidades y niveles. Trabajo sobre las canciones: con la métrica de las palabras; el fraseo, la respiración, la colocación de la voz, la afinación, el empaste, la dinámica, la articulación, los gestos, la expresividad; el texto: comprensión, dicción, memorización. Desarrollo de la sensibilidad auditiva. Práctica de lectura a vista. Desarrollo permanente y progresivo de la memoria musical. Adquisición de hábitos correctos y eficaces de estudio. Iniciación a la comprensión de las estructuras musicales en sus distintos niveles. Selección progresiva en cuanto al grado de dificultad de los ejercicios, estudios y obras del repertorio coral que se consideren útiles para el desarrollo conjunto de la capacidad musical y técnica del alumno. Desarrollo de hábitos propios de esta práctica. Práctica de la relajación. Práctica del ensayo y la concertación.
Criterios de evaluación
1. Interpretar cualquiera de las obras programadas durante el curso en conjunto de tres miembros por cuerda como máximo. Este criterio trata de evaluar la capacidad de cada alumno frente al grupo y por voces, ya que al formar parte de una cuerda con dos personas más, se puede descubrir fácilmente cada aportación individual, al ser, en ese momento casi solistas.
2. Entonar intervalos y acordes a partir del La del diapasón ampliando progresivamente la dificultad. Este criterio trata de evaluar la capacidad para que cada miembro del coro piense en un tiempo mínimo el sonido que le corresponde y lo reproduzca de forma afinada. Asimismo, se constata el grado de interiorización de las distintas relaciones interválicas.
3. Repentizar y preparar en grupos obras homofónicas muy sencillas y de claros contornos tonales sin la ayuda directa del profesor. Este criterio pretende valorar la capacidad de descifrar obras sencillas desconocidas al aplicar los conocimientos adquiridos de lenguaje musical sobre las canciones y la cooperación en el trabajo en grupos para que el resultado final sea expresivo.
4. Realizar audiciones públicas con el repertorio preparado durante el curso con el profesor. Este criterio trata de valorar actitudes de disciplina, puntualidad, colaboración, orden y responsabilidad ante el grupo a la vez que permite comprobar la función comunicativa del canto a través de la reacción del público.
5. Valoración de las actitudes y de la asistencia como garantías de seguimiento del proceso de aprendizaje.
LENGUAJE MUSICAL
Introducción
El lenguaje musical ha de ser el eje vertebrador de toda la enseñanza de la música, ha de informar toda práctica musical, así como ha de favorecer la profundización en el hecho musical desde el punto de vista técnico. El lenguaje musical no debe confundirse con la interpretación que a veces se hace de la música como lenguaje y lo que comunica la realización musical. Es evidente que sólo metafóricamente se puede identificar a la música como una lengua de relación, ya que no tiene carácter semántico como las lenguas.
Con la expresión lenguaje musical se quiere designar el conjunto de términos y conceptos que definen el conjunto de recursos integrados en la música como ciencia y arte que permiten la realización del hecho musical. La expresión lenguaje musical engloba los tradicionales conceptos de solfeo y teoría de la música.
El objeto fundamental del estudio del lenguaje musical en el grado elemental implica la adquisición del conocimiento significativo del código que permite hablar sobre música empleando los términos adecuados para que esta comunicación pueda ser compartida; implica también la posesión de los conceptos necesarios para la descodificación de su representación gráfica así como su codificación para la representación significativa de las producciones ajenas o propias; e implica la capacidad para la realización musical en los aspectos de lectura, escritura y composición. Con todo ello, además, se ponen las bases para la valoración cultural y crítica de la música.
Por otra parte, el conocimiento del lenguaje musical propicia en el alumno el desarrollo de las capacidades vocales, rítmicas, psicomotoras, auditivas y expresivas como consecuencia del ejercicio motivado por el propio aprendizaje. En ningún caso debe entenderse la lectura y escritura de la música como forma de descodificación y codificación mecánicas, sino como realización de una serie de operaciones cifradas en el pensamiento y la memoria musicales que conducen a la interpretación. Así consigue la música su expresión y su comunicación, que existen, aunque no tengan valoración semántica como cualquier lenguaje de relación.
El conocimiento del lenguaje musical deberá proporcionarle al alumno el dominio de la lectura y escritura musicales para lo cual habrá de contar con las capacidades pertinentes. El uso de la voz y la formación del oído, la adquisición del ritmo y el desarrollo psicomotor son los cauces para la adquisición de dichas capacidades.
La programación de los contenidos deberá tener en cuenta, sobre todo en los dos primeros años del grado elemental, los conocimientos y experiencias que el alumno posee como consecuencia de actividades anteriores y estará presidida por el intento de adaptación a las características propias de la etapa de maduración psicológica de los alumnos, para evitar así disfunciones de ritmo y de intensidad en el proceso de enseñanza y aprendizaje. De este modo se tenderá a la formulación metodológica adecuada.
Objetivos
La enseñanza del Lenguaje musical en el grado elemental tendrá como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:
1. Compartir vivencias musicales con los compañeros del grupo, para enriquecer su relación afectiva con la música a través del canto, del movimiento, de la audición y de la práctica instrumental.
2. Establecer la relación necesaria entre los conocimientos -destrezas y actitudes(adquiridos en etapas anteriores y el estudio del lenguaje musical que ahora se acomete.
3. Desarrollar la correcta emisión de la voz mediante la reproducción, creación y discriminación de intervalos y melodías, hasta transformarlos en recursos expresivos propios.
4. Adquirir la coordinación motriz necesaria para una interpretación rítmica adecuada, utilizando los recursos correspondientes.
5. Desarrollar el oído interno para el reconocimiento de timbres, alturas, duraciones e intensidades, así como estructuras formales, indicaciones dinámicas, expresivas y agógicas, mediante la relación entre el sonido y su representación gráfica.
6. Interpretar de memoria melodías y canciones que conduzcan a una mejor comprensión de los distintos parámetros musicales.
7. Desarrollar el pensamiento musical consciente mediante experiencias armónicas, formales y tímbricas sirviéndose de la práctica auditiva, vocal e instrumental.
8. Relacionar los conocimientos adquiridos de lectura y escritura musicales con la práctica del instrumento en la resolución de las dificultades presentes en los objetivos y contenidos del nivel.
9. Descubrir la necesidad del código musical para la creación musical, su representación significativa y su interpretación, y profundizar en el conocimiento del mismo.
Contenidos
1. Ritmo. Percepción, identificación e interiorización del pulso. Percepción, identificación e interiorización del acento. Reconocimiento de unidades métricas (compases) binarias, ternarias y cuaternarias, tanto de subdivisión binaria como temaria. Fórmulas rítmicas básicas. Simultaneidad de ritmos homogéneos. Tempo y agógica. Práctica, identificación y conocimiento de grupos de valoración especial contenidos en un pulso. Práctica, identificación y conocimiento de signos que modifican la duración (puntillo, ligadura). Práctica, identificación y conocimiento de figuras rítmicas características (síncopa, anacrusa, contratiempo). Práctica e identificación de cambios de compás con equivalencias pulso = pulso o figura = figura.
2. Entonación, audición y expresión. Educación de la voz. Respiración, emisión, articulación. Altura del sonido: tono, intensidad, timbre, duración, afinación determinada e indeterminada. Sensibilización y práctica melódica tanto auditiva como vocal. Reproducción memorizada vocal y escrita de fragmentos melódicos y canciones. Lectura de notas con emisión vocal del sonido que les corresponde. Claves de Sol en 2ª y Fa en 4ª. Reconocimiento auditivo y reproducción vocal de intervalos melódicos simples -mayores, menores y justos-, dentro y fuera del concepto tonal. Reconocimiento auditivo de intervalos armónicos, mayores, menores y justos. Interpretación vocal al unísono y a dos voces de obras adecuadas al nivel con o sin texto, con o sin acompañamiento. Lectura de notas dispuestas horizontal y verticalmente en clave de Sol en 2ª y Fa en 4ª. Iniciación al estudio de las claves de Do en 3ª y Do en 4ª. Percepción e identificación de grados y funciones tonales, escalas, alteraciones. Sensibilización, identificación y reconocimiento de elementos básicos, armónicos y formales, con dificultad adecuada al nivel (tonalidad bimodal, modulaciones, cadencias, frases, ordenaciones formales: repeticiones, imitaciones, variaciones, contraste). Reproducción de audiciones rítmicas, melódicas y rítmico-melódicas a una voz. Identificación de errores o diferencias entre un fragmento escrito y lo escuchado. Identificación, conocimiento e interpretación de los términos y signos que afectan a la expresión. Utilización improvisada de los elementos del lenguaje musical, con o sin propuesta previa. Desarrollo de la sensibilidad auditiva. Práctica de lectura a vista. Desarrollo permanente y progresivo de la memoria musical. Práctica de la improvisación. Adquisición de hábitos correctos y eficaces de estudio. Iniciación a la comprensión de las estructuras musicales en sus distintos niveles. Selección progresiva en cuanto al grado de dificultad de los ejercicios, estudios y obras del repertorio vocal que se consideren útiles para el desarrollo conjunto de la capacidad musical y técnica del alumno. Desarrollo de automatismos. Práctica de la relajación.
Criterios de evaluación
1. Imitar estructuras melódicas y rítmicas breves con la voz y/o con la percusión. Este criterio de evaluación pretende comprobar el grado de memoria y la capacidad de reproducir con fidelidad el mensaje recibido tanto en sus aspectos sonoros como en su realización motriz.
2. Reconocer auditivamente el pulso de una obra o fragmento; mantener dicho pulso durante períodos de silencio, así como reconocer el acento periódico.
Se pretende constatar la percepción e interiorización del pulso, así como la identificación del acento periódico.
3. Interpretar estructuras rítmicas de una obra o fragmento, bien sea vocal, instrumentalmente o de forma percutida. Con este criterio se trata de constatar la capacidad de encadenar diversas fórmulas rítmicas dentro de un tempo establecido.
4. Aplicar un texto a un ritmo sencillo o viceversa. Tiene por objeto comprobar la capacidad del alumno para asociar ritmos con palabras o frases de igual acentuación.
5. Entonar una melodía o canción tonal con o sin acompañamiento. Comprobación de la capacidad del alumno para aplicar adecuadamente la entonación, afinación y expresividad a un fragmento tonal. De producirse acompañamiento instrumental, éste no reproducirá la línea melódica.
6. Identificar intervalos melódicos y armónicos mayores, menores o justos. Práctica de entonación de los intervalos melódicos y de los armónicos partiendo de un sonido dado. Con este criterio se pretende detectar el dominio del intervalo.
7. Identificar auditivamente el modo mayor o menor de una obra o fragmento. Se pretende constatar con este criterio la capacidad del alumno para discriminar ambos modos.
8. Reproducir modelos melódicos sencillos, escalas o acordes a partir de diferentes alturas. Se trata de comprobar la destreza del alumno para reproducir un mismo hecho melódico desde cualquier sonido.
9. Reproducir por escrito fragmentos musicales escuchados, refiriéndose a aspectos rítmicos y/o melódico-tonales. Mediante este criterio se evalúa la capacidad del alumno para interiorizar y reproducir imágenes sonoras percibidas.
10. Identificar con posterioridad a una audición los rasgos característicos (rítmicos, melódicos, modales, cadenciales, formales, tímbricos, etc...) de las obras escuchadas o interpretadas. Se trata de comprobar la capacidad del alumno para reconocer alguno de estos aspectos.
11. Improvisar estructuras melódicas y/o rítmicas sobre un fragmento escuchado. Se pretende comprobar la capacidad creativa del alumno.
12. Improvisar individual o colectivamente pequeñas formas musicales, partiendo de premisas relativas a diferentes aspectos del lenguaje musical.
Mediante este criterio se trata de comprobar el desarrollo creativo, seleccionando diferentes elementos dentro de una forma musical y discerniendo ideas principales y secundarias.
13. Identificar auditivamente e interpretar cambios sencillos, de compás. Se intenta verificar la capacidad de percepción auditiva y de realización práctica de cambios de compás de una unidad igual o diferente. En ese caso solamente:
1) Negra = negra,
2) negra = negra con puntillo,
3) negra = blanca,
4) corchea = corchea, y viceversa en los casos 2) y 3).
14. Entonar una melodía o canción tonal con o sin acompañamiento. Tiene por objeto comprobar la capacidad del alumno para aplicar sus técnicas de entonación y justeza de afinación a un fragmento tonal aplicando indicaciones expresivas presentes en la partitura. De producirse acompañamiento instrumental, éste no reproducirá la melodía.
15. Leer internamente, en un tiempo dado y sin verificar la entonación, un texto musical y reproducirlo de memoria. Este criterio trata de comprobar la capacidad del alumno para imaginar, reproducir y memorizar imágenes sonoras de carácter melódico– rítmico a partir de la observación de la partitura.
INSTRUMENTOS
Introducción
La práctica del instrumento en el grado elemental es paralela a la adquisición del lenguaje musical y coadyuvante en esta adquisición. Más que conducir a la prematura conciencia de intérprete, debe plantearse como un período de experiencia y descubrimiento en el que el alumno, en contacto con los instrumentos y tras la elección de uno irá madurando sus preferencias. Más tarde, al finalizar el grado medio, decidirá por su dedicación a la rama de la interpretación preferida o se inclinará por cualquiera de las especialidades musicales en las que el dominio del instrumento ocupe un lugar menos determinante.
De cualquier modo, la técnica instrumental o vocal que en estos primeros pasos se ponga en contacto con el niño, ha de estar revestida de la gradación adecuada a lo largo del desarrollo curricular, de forma que se asegure la continuidad y ampliación sin rectificaciones ni enmiendas.
La problemática de la interpretación debe aparecer clara, con sus atractivos y dificultades, para ayudarle a concretar su decisión personal, único procedimiento válido para suscitar motivaciones profundas y razonadas que eviten frustraciones previsibles. Esto parece fundamental si se advierte, de acuerdo con la pedagogía actual, que a tan temprana edad, la vocación musical del niño, en numerosos casos, no está claramente definida, y no se le puede forzar a tornar decisiones irreversibles.
Si duda alguna la práctica instrumental ayudará al niño a comprender y concretar algunos conceptos aparecidos en el lenguaje musical, cuya abstracción se le volverá más asequible gracias a su posible realización a través del instrumento. No obstante, esta tarea conscientemente iniciada en el grado elemental, deberá proseguir su marcha ascendente en el grado medio.
El alumno del grado elemental experimenta a lo largo de este período -8 a 12 años(importantes cambios en su desarrollo físico, intelectual y emocional, lo que implica lógicamente planteamientos pedagógicos flexibles; la actividad del profesor debe adaptarse a esta realidad cambiante y debe ayudar al alumno a descubrir sus mejores dotes. Sólo así podrá enfrentarlo con la práctica instrumental adecuada con previsión de futuro. La motivación fundada en razones ambientales, provocada por las realidades musicales del entorno no siempre se corresponde con las posibilidades reales del alumno, por lo que clarificar sus razones ayudará poderosamente al acierto en la elección.
Esta elección de instrumento en el grado elemental, por consiguiente, será adecuada si garantiza el progreso del alumno en el conocimiento del lenguaje musical y de la música en general más que si es definitiva, ya que lo que se decide en el grado elemental, no es el futuro del alumno como intérprete, sino como posible músico. Sólo así puede asegurarse el respeto máximo a la personalidad del alumno, así como el aprovechamiento de las mejores vocaciones para lo que en verdad se sienten llamados. La capacidad de la memoria musical sin duda queda potenciada a través de la práctica instrumental. En primer lugar por la asociación entre lo motor y lo sonoro que propicia el instrumento, en segundo lugar por el mayor carácter lúdico que confiere la práctica del instrumento al lenguaje musical y, en un tercer plano, nada despreciable, por la opción que se le concede al joven intérprete de comprobar la realización a través del instrumento de la idea formada en su mente, gracias a la lectura de la melodía, del texto musical correspondiente.
Consideraciones sobre los contenidos
En los contenidos de cada especialidad instrumental se integran los comunes a todos los instrumentos, que cabría calificar como contenidos transversales, y los propios de cada instrumento particular, según sus características técnicas.
Para evitar reiteraciones innecesarias, los contenidos comunes se ofrecen más abajo antes de la enumeración de los instrumentos. No obstante, el profesor entenderá que tales contenidos comunes deben sumarse a los propios, que aparecen como tales en cada ocasión.
Esta forma de destacar y reconocer los contenidos comunes viene avalada por dos principios de carácter metodológico:
– Articular la formación musical del alumno, cualquiera que sea el instrumento escogido.
– Recalcar la interrelación existente entre los diversos instrumentos y sus correspondientes grupos.
Contenidos comunes
Desarrollo de la sensibilidad auditiva. Práctica de lectura a vista. Desarrollo permanente y progresivo de la memoria musical. Adquisición de hábitos correctos y eficaces de estudio. Iniciación a la comprensión de las estructuras musicales en sus distintos niveles. Selección progresiva en cuanto al grado de dificultad de los ejercicios, estudios y obras del repertorio propio de cada instrumento que se consideren útiles para el desarrollo conjunto de la capacidad musical y técnica del alumno. Práctica de la improvisación. Práctica instrumental en grupo. Desarrollo de automatismos. Práctica de la relajación. Iniciación a la grafía contemporánea.
ACORDEÓN
Objetivos
La enseñanza del acordeón en el grado elemental tendrá como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:
1. Relacionar los conocimientos adquiridos de lectura y escritura musicales con la práctica del instrumento en la resolución de las dificultades presentes en los objetivos y contenidos del nivel.
2. Descubrir la necesidad de la posición corporal que permita el control de los elementos anatómico-funcionales que intervienen en la relación del conjunto cuerpo– instrumento para su correcta colocación.
3. Adquirir dominio en la práctica del instrumento mediante la coordinación de los diferentes elementos articulatorios, el digital y el del fuelle.
4. Descubrir las características y posibilidades sonoras del instrumento a través de su uso en el marco de exigencias del nivel.
5. Formar repertorio de obras de diferentes estilos y épocas, con dificultades acordes con el nivel, que sirvan para su interpretación como solista y en grupo.
Contenidos
Desarrollo paralelo de ambas manos dentro de la modalidad de instrumento elegida (MI-MIII, free bass, o MI-MIII/II, convertor). Estudio de los diversos sistemas de escritura y grafías propias del instrumento. Coordinación, independencia, simultaneidad y sincronización de los diversos elementos articulatorios: dedos, manos, antebrazo/fuelle, cte. Independencia de manos y dedos: dos voces o líneas en la misma mano, diferencia entre melodía y acompañamiento polirritmia. Control del sonido: ataque, mantenimiento y cese del sonido; regularidad gradación rítmica y dinámica; simultaneidad e independencia de las partes en la interpretación de diversas texturas, etc. Estudio del fuelle: posibilidades y efectos, empleo de respiración y ataque, regularidad, dinámica, acentos de antebrazo, brazo, etc. Estudio de la registración: cambios de registros durante la interpretación, conocimiento aplicado de la función de los registros para comprender la relación entre lo escrito y lo escuchado, registración de obras, etc. Interpretación de texturas melódicas, al unísono (MI/III), polifónicas (MI/III), homofónicas (MI-MIII/II), etc. Aplicación práctica de los conceptos de «posición fija» y «desplazamiento de la posición» sobre los diferentes manuales; digitación de pequeños fragmentos en función de sus características musicales: tempo, movimientos melódicos, articulación, etc. Aprendizaje de los diversos modos de ataque y articulación digital (legato, staccato, etc.), articulación de fuelle (trémolo de fuelle, ricochet de fuelle, etc.) y de las combinaciones de ambas. Utilización de la dinámica y efectos diversos.
ARPA
Objetivos
La enseñanza del arpa en el grado elemental tendrá como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:
1. Relacionar los conocimientos adquiridos de lectura y escritura musicales con la práctica del instrumento en la resolución de las dificultades presentes en los objetivos y contenidos del nivel.
2. Descubrir la necesidad de la posición adecuada del cuerpo en consonancia con la configuración del instrumento.
3. Adquirir dominio del instrumento de acuerdo con sus características y posibilidades sonoras mediante el uso del mismo en el marco de exigencias del nivel.
4. Intentar el perfeccionamiento continuo de la calidad sonora en el marco de exigencias del nivel, mediante el conocimiento de las características y posibilidades del instrumento tanto en la interpretación individual como de conjunto.
5. Interpretar obras de acuerdo con los objetivos y contenidos propios de cada nivel de modo que el alumno forme su repertorio.
Contenidos
Iniciación al conocimiento de las digitaciones en función do, las conveniencias técnicas y expresivas. Estudio de la tabla de afinación y ejercicios prácticos con y sin aparatos auxiliares. Práctica de los pedales y de su aplicación a los procesos modulantes. Práctica de intervalos armónicos, acordes, escalas y arpegios. Desarrollo de la velocidad. Iniciación a las técnicas de efecto y expresión: legatos, sforzandos, articulaciones, picados, picado-ligados, suelto (las tres últimas, con toda la variedad de técnicas de apagados). Técnicas de flexibilidad y balanceo de muñecas y brazos, respiración y relajación.
CLAVE
Objetivos
La enseñanza del clave en el grado elemental tendrá como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:
1. Relacionar los conocimientos adquiridos de lectura y escritura musicales con la práctica del instrumento en la resolución de las dificultades presentes en los objetivos y contenidos del nivel.
2. Descubrir la necesidad de la posición adecuada del cuerpo que favorezca la actividad del conjunto brazo-antebrazo-mano respecto al instrumento.
3. Intentar el perfeccionamiento gradual de la calidad sonora mediante el conocimiento y uso correcto del mecanismo interno del instrumento.
4. Utilizar las posibilidades expresivas y dinámicas de distintas combinaciones de teclados y registros.
5. Interpretar obras de acuerdo con los objetivos y contenidos propios de cada nivel de modo que el alumno forme su repertorio.
6. Introducirle en la valoración de la música a lo largo de su historia mediante la interpretación de obras representativas de las distintas épocas.
7. Interpretar con independencia las distintas líneas melódicas en obras contrapuntísticas.
Contenidos
Práctica de las diferentes articulaciones y ataque. Estudio de las diferentes digitaciones y su estrecha conexión con la articulación y el fraseo. Práctica de ejercicios de independencia y fortalecimiento de los dedos. Trabajo en dos teclados. Conocimiento de los distintos bajos obstinato sobre los que se han construido determinadas obras.
FLAUTA DE PICO
Objetivos
La enseñanza de la flauta de pico en, el grado elemental tendrá como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:
1. Relacionar los conocimientos adquiridos de lectura y escritura musicales con la práctica del instrumento en la resolución de las dificultades presentes en los objetivos y contenidos del nivel.
2. Descubrir la necesidad de la posición corporal que permita respirar con naturalidad y que favorezca la correcta colocación del instrumento y la coordinación entre ambas manos.
3. Buscar la correcta emisión, la afinación, la articulación y la flexibilidad del sonido mediante el control de la respiración diafragmática.
4. Descubrir las características y posibilidades sonoras del instrumento y saber utilizarlas, dentro de las exigencias del nivel, tanto en la interpretación individual como de conjunto.
5. Utilizar los reflejos necesarios para corregir de forma automática la afinación de las notas y la calidad del sonido.
6. Valorar el fundamento de la expresividad musical del instrumento mediante la comprensión de las distintas articulaciones.
7. Interpretar obras de acuerdo con los contenidos y objetivos propios de cada nivel de modo que el alumno forme su repertorio.
Contenidos
Conocimiento de la digitación propia de las distintas flautas y práctica de las mismas. Práctica de las diferentes articulaciones y ataques. Interpretación del repertorio propio del conjunto de flautas de dificultad adecuada a este nivel.
GUITARRA
Objetivos
La enseñanza de la guitarra en el grado elemental tendrá como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:
1. Relacionar los conocimientos adquiridos de lectura y escritura musicales con la práctica del instrumento en la resolución de las dificultades presentes en los objetivos y contenidos del nivel.
2. Descubrir la necesidad de la posición corporal adecuada que posibilite y favorezca la acción del conjunto brazo-antebrazo-muñeca-mano-dedos de la mano izquierda sobre el diapasón y los dedos de la mano derecha sobre las cuerdas.
3. Intentar el perfeccionamiento continuo de la calidad sonora en el marco de exigencias del nivel, mediante el conocimiento de las características y las posibilidades del instrumento tanto en la interpretación individual como de conjunto.
4. Introducirle en la valoración de la música a lo largo de su historia mediante la interpretación de obras representativas de las distintas épocas.
5. Interpretar obras de acuerdo con los contenidos y objetivos propios de cada nivel, de modo que el alumno forme su repertorio.
Contenidos
Percepción y desarrollo de las funciones motrices que intervienen en la ejecución guitarrística y de su adecuada coordinación. Desarrollo de la habilidad de cada mano y la sincronización de ambas. Afinación de las cuerdas. Desarrollo de la distancia entre los dedos de la mano izquierda. Principios generales de la digitación guitarrística y su desarrollo en función de expresar con la mayor claridad las ideas y los contenidos musicales. Trabajo de la dinámica y la agógica. Utilización de las posibilidades tímbricas del instrumento. Conocimientos básicos de los distintos recursos de la guitarra. Aprendizaje de las diversas formas de ataque en la mano derecha para conseguir progresivamente la calidad sonora adecuada y realizar distintos planos simultáneos. Desarrollo de la conducción clara de las voces en obras contrapuntísticas. Armónicos naturales.
INSTRUMENTOS DE CUERDA FROTADA
Violín, viola, violoncelo, contrabajo
Objetivos
La enseñanza de los instrumentos de cuerda en el grado elemental tendrá como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:
1. Relacionar los conocimientos adquiridos de lectura y escritura musicales con la práctica del instrumento en la resolución de las dificultades presentes en los objetivos y contenidos del nivel.
2. Descubrir la necesidad de la posición adecuada que permita la correcta colocación del instrumento y que favorezca el manejo del arco y la actividad de la mano izquierda así como la coordinación entre ambas.
3. Intentar el perfeccionamiento continuo de la calidad sonora en el marco de exigencias del nivel, mediante el conocimiento de las características y posibilidades del instrumento, tanto en la interpretación individual como de conjunto.
4. Desarrollar la precisión y los reflejos necesarios para corregir de forma automática la afinación de las notas y la calidad del sonido.
5. Interpretar obras de acuerdo con los objetivos y contenidos propios de cada nivel, de modo que el alumno forme su repertorio.
6. Introducirle en la valoración de la música a lo largo de la historia, mediante la interpretación de obras representativas de las distintas épocas.
Contenidos
Producción del sonido: cuerdas al aire, empleando todo el arco y distintas longitudes de éste. Posición del instrumento y del arco: control muscular. Conocimiento de los golpes de arco básicos y del vibrato como elementos de expresión musical. Estudio de las posiciones. Desarrollo del movimiento horizontal del brazo derecho (cantabile) y del movimiento perpendicular de los dedos de la mano izquierda así como de la coordinación entre ambos.
INSTRUMENTOS DE PÚA
Objetivos
La enseñanza de los instrumentos de púa en el grado elemental tendrá como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:
1. Relacionar los conocimientos adquiridos de lectura y escritura musicales con la práctica del instrumento en la resolución de las dificultades presentes en los objetivos y contenidos del nivel.
2. Descubrir la necesidad de la posición corporal adecuada que facilite y favorezca la acción del conjunto brazo-antebrazo-muñeca-manos-dedos de la mano izquierda sobre el diapasón y los dedos de la mano derecha sobre la púa y las cuerdas.
3. Intentar el perfeccionamiento continuo de la calidad sonora en el marco de exigencias del nivel, mediante el conocimiento de las características y posibilidades del instrumento, tanto en la interpretación individual como de conjunto.
4. Utilizar, siempre dentro de las exigencias del nivel y de las características de las obras, las distintas articulaciones de la púa, posibles en estos instrumentos.
5. Interpretar obras de acuerdo con los contenidos y objetivos propios de cada nivel, de modo que el alumno forme su repertorio.
Contenidos
Conocimiento del diapasón y del funcionamiento de la mano izquierda. Coordinación entre ambas manos. El diapasón en la bandurria y en la mandolina: sus características. Práctica de la afinación con y sin aparatos auxiliares. Práctica de las distintas articulaciones de la púa (directa, indirecta, alzapúa, batido ...) teniendo en cuenta las diversas cualidades de los sonidos a emitir.
INSTRUMENTOS DE VIENTO-MADERA
Flauta travesera, oboe, clarinete, fagot y saxofón
Objetivos
La enseñanza de los instrumentos de viento-madera en el grado elemental tendrá como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:
1. Relacionar los conocimientos adquiridos de lectura y escritura musicales con la práctica del instrumento en la resolución de las dificultades presentes en los objetivos y contenidos del nivel.
2. Descubrir la necesidad de la posición corporal que permita respirar con naturalidad y que favorezca la correcta colocación del instrumento y la coordinación entre ambas manos.
3. Hacer posible la correcta emisión, afinación, articulación y flexibilidad del sonido mediante el control de la respiración diafragmática y de los músculos que forman la embocadura.
4. Desarrollar la precisión y los reflejos necesarios para corregir, de forma automática, la afinación de las notas y la calidad del sonido.
5. Descubrir las características y posibilidades sonoras del instrumento para utilizarlas, dentro de las exigencias del nivel, tanto en la interpretación individual como de conjunto.
6. Ejercitarse en el perfeccionamiento de la calidad sonora y de la correcta afinación, mediante el control de la columna del aire y de la educación del oído.
7. Adquirir emisión estable del sonido en la extensión aconsejable para cada uno de los instrumentos mediante el uso del vibrato y los diferentes matices a fin de enriquecer la interpretación.
8. Interpretar obras de acuerdo con los contenidos y objetivos propios de cada nivel de modo que el alumno forme su repertorio.
9. Conocer el montaje y fabricación de las lengüetas y poder rebajarlas para su correcto funcionamiento (instrumentos de lengüeta doble).
Contenidos
Ejercicios de respiración con y sin instrumento (notas tenidas controlando la afinación, la calidad del sonido y la dosificación del aire). Práctica de escalas e intervalos (terceras, cuartas) controlando la emisión del aire en diferentes articulaciones. Emisión del sonido en relación con las diversas dinámicas y alturas. Desarrollo de la flexibilidad en los saltos, articulaciones, trinos, etc. Práctica de conjunto con otros instrumentos para desarrollar la afinación, el ajuste y la precisión rítmica.
INSTRUMENTOS DE VIENTO-METAL
Trompa, trompeta, trombón, tuba
Objetivos
La enseñanza de los instrumentos de viento-metal en el grado elemental tendrá como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:
1. Relacionar los conocimientos adquiridos de lectura y escritura musicales con la práctica del instrumento en la resolución de las dificultades presentes en los objetivos y contenidos del nivel.
2. Descubrir la necesidad de la posición corporal que permita respirar con naturalidad y que favorezca la correcta colocación del instrumento y la coordinación entre ambas manos.
3. Hacer posible que el alumno adquiera los principios básicos de la emisión, afinación y articulación, mediante el control, la respiración y la formación de la embocadura.
4. Desarrollar los reflejos y mecanismos necesarios para llegar a adquirir de forma automática, la calidad del sonido y la afinación de las notas.
5. Descubrir las características y posibilidades sonoras del instrumento para utilizarlas, dentro de las exigencias del nivel, tanto en la interpretación individual como de conjunto.
6. Interpretar obras de acuerdo con los contenidos y objetivos propios de cada nivel, de modo que el alumno forme su repertorio.
7. Demostrar una sensibilidad auditiva que permita el control permanente de la afinación y el perfeccionamiento continuo de la calidad sonora.
Contenidos
Fortalecimiento de los músculos faciales. Estudio de la emisión del sonido. Principios básicos de la digitación. Práctica de las distintas articulaciones. Trabajo de la dinámica. Desarrollo de la flexibilidad de los labios, con la práctica de intervalos ligados y con posiciones fijas. Estudio de la boquilla. Utilización de instrumentos afines, que por su tamaño faciliten el posterior aprendizaje de la tuba o el trombón (bombardino o trombón de pistones) o de la trompeta (cornetín o cometa de pistones).
PERCUSIÓN
Objetivos
La enseñanza de la percusión en el grado elemental tendrá como objetivo, contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:
1. Relacionar los conocimientos adquiridos de lectura y escritura musicales con la práctica del instrumento en la resolución de las dificultades presentes en los objetivos y contenidos del nivel.
2. Descubrir las características de todos los instrumentos que constituyen la familia de la percusión y sus posibilidades sonoras para utilizarlas dentro de las exigencias del nivel, tanto en la interpretación individual como en la colectiva.
3. Desarrollar la sensibilidad auditiva y los reflejos necesarios para corregir de forma automática la afinación de las notas y la calidad del sonido.
4. Desarrollar la precisión y los reflejos necesarios para ajustar sus actuaciones con las de los otros instrumentos del conjunto.
5. Interpretar obras de acuerdo con los contenidos y objetivos propios de cada nivel de modo que el alumno forme su repertorio.
Contenidos
Desarrollo de la habilidad de cada mano y del juego coordinado de ambas. Desarrollo de la versatilidad necesaria para tocar simultánea o sucesivamente distintos instrumentos. Conocimientos básicos de la forma de producción del sonido en cada instrumento (distintos tipos de baquetas, dedos, manos, etc.). Principios generales sobre los cambios de manos. Aprendizaje de los diversos modos de ataque. Estudio de los instrumentos de «pequeña percusión», con especial hincapié en todos aquellos que se puedan tocar directamente con la mano (bongóes, pandero, tumbadoras, etc.). Aprendizaje elemental de caja, xilófono y timbales como instrumentos básicos para el desarrollo rítmico, melódico y auditivo (afinación); estudios de dificultad progresiva en estos instrumentos. Estudio de obras de nivel elemental para conjunto de percusión que reúnan una gama amplia y variada de instrumentos con intercambio sistemático de los diversos instrumentos que integren el conjunto. Desarrollo de la práctica de conjunto como medio indispensable para adquirir la percepción simultánea de la diversidad tímbrica característica de la percusión.
PIANO
Objetivos
La enseñanza del piano en el grado elemental tendrá como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:
1. Relacionar los conocimientos adquiridos de lectura y escritura musicales con la práctica del instrumento en la resolución de las dificultades presentes en los objetivos y contenidos del nivel.
2. Descubrir la necesidad de la posición adecuada del cuerpo con respecto al instrumento, de modo que posibilite y favorezca la acción del conjunto brazo-antebrazo-mano sobre el teclado.
3. Descubrir las características y posibilidades sonoras del instrumento para utilizarlas dentro de las exigencias del curso.
4. Introducirle en la valoración de la música a lo largo de la historia mediante la interpretación de obras representativas de las distintas épocas.
5. Interpretar obras de acuerdo con los objetivos y contenidos propios de cada nivel, de modo que el alumno forme su repertorio.
6. Mostrar un grado de desarrollo técnico que permita abordar -siempre dentro de las exigencias del nivel(los distintos estilos de escritura que son posibles en un instrumento de la capacidad polifónica del piano.
Contenidos
Desarrollo de la percepción interna de la propia relajación, así como de los indispensables esfuerzos musculares que requiere la ejecución instrumental, tratando siempre de hallar un equilibrio satisfactorio entre ambos factores. Sentar las bases de una utilización consciente del peso del brazo. Desarrollo de la habilidad de cada mano y del juego coordinado de ambas. Planificación del trabajo de la técnica teniendo en cuenta los siguientes principios generales: a) práctica de la técnica digital dirigida a incrementar la independencia, la velocidad, la resistencia y la capacidad de diversificación dinámica partiendo de los movimientos de las articulaciones de los dedos; b) estudio de los movimientos posibles a partir de las distintas articulaciones del brazo (muñeca, codo, hombro), tales como caídas, lanzamientos, desplazamientos laterales, movimientos circulares y de rotación y toda la combinatoria que permite; c) percepción clara de que la interacción permanente de esos diferentes tipos de acciones constituyen la base de toda técnica pianística eficaz. Estudio de los principios generales de la digitación pianística y su desarrollo en función de la complejidad progresiva de las dificultades a resolver. Aprendizaje de los diversos modos de ataque y de articulación en relación con la dinámica, la conducción de la frase y la densidad de la textura musical. Desarrollo de la capacidad de obtener simultáneamente sonidos de distinta intensidad entre ambas manos o entre los dedos de una misma mano, tratando de alcanzar una diferenciación dinámica que resulta indispensable en un instrumento polifónico como el piano, ya se trate de la relación melodía-acompañamiento o de planteamientos contrapuntísticos de mayor o menor complejidad.
Criterios de evaluación: grado elemental, instrumento
1. Interpretar con fluidez fragmentos de obras musicales a primera vista. Este criterio le servirá al profesor para comprobar la capacidad de lectura y el domino del instrumento, de acuerdo con los contenidos propios del nivel.
2. Interpretar fragmentos musicales empleando la medida, afinación, articulación y fraseo adecuado. Este criterio de evaluación pretende comprobar la correcta asimilación y aplicación de los citados principios de lenguaje musical de acuerdo con el nivel correspondiente.
3. Interpretar obras de estilos diferentes. Con este criterio de evaluación se pretende detectar la madurez interpretativa del alumno frente a la variedad de obras y de estilos.
4. Interpretar en público, como solista y de memoria, fragmentos y obras representativas de su nivel de instrumento. Este criterio de evaluación trata de comprobar la capacidad de memoria y ejecución de las obras, de acuerdo con los objetivos y contenidos propios de cada curso y la motivación del alumno en el estudio de la música.
5. Interpretar fragmentos, estudios y obras de acuerdo con la visión de los contenidos expuestos por el profesor. Este criterio de evaluación pretende verificar la capacidad del alumno para asimilar las pautas de trabajo que se le marcan.
6. Crear improvisaciones en el ámbito rítmico y tonal que se le señale. Este criterio de evaluación intenta evaluar la habilidad del estudiante para improvisar, con el instrumento, sobre los parámetros rítmicos y melódicos dados, con autonomía y creatividad.
7. Actuar como miembro de un grupo y ajustar su actuación a la de los demás instrumentos Este criterio de evaluación pretende valorar el sentido de colaboración e interdependencia entre los miembros del grupo.
8. Demostrar capacidad para tocar o cantar su propia voz al mismo tiempo que se acopla a las de los demás. Este criterio comprueba la capacidad del alumno para adaptar la afinación, precisión rítmica y dinámica a la de los otros músicos en su trabajo común.
9. Descubrir los rasgos característicos de las obras escuchadas en las audiciones. Este criterio pretende evaluar la capacidad del alumno para percibir los aspectos esenciales de una obra y relacionarlos con los conocimientos adquiridos aunque no los interprete por ser nuevos para él o representar dificultades superiores a su capacidad.
10. Demostrar seguridad y precisión e n el uso de la terminología adecuada para comunicar a los demás juicios personales acerca de las obras estudiadas en este nivel. Este criterio evalúa la asimilación de los términos y conceptos del lenguaje musical utilizados en la comunicación sobre la música, tanto en los aspectos docentes, como críticos y coloquiales. Esto acreditará el conocimiento del código del lenguaje musical.
11. Mostrar en los estudios y obras la capacidad de aprendizaje progresivo individual. Este criterio de evaluación pretende verificar que los alumnos son capaces de aplicar en su estudio las indicaciones del profesor y, con ellas, desarrollar una autonomía progresiva de trabajo que le permita valorar correctamente su rendimiento.
PRINCIPIOS METODOLÓGICOS DEL GRADO ELEMENTAL
En la nueva ordenación, el estudio del instrumento y el de lenguaje musical se empieza y se prosigue simultáneamente, con el fin de que la constitución corporal y la psicomotricidad del niño y de la niña se adapten a las peculiaridades y al manejo de los distintos instrumentos.
Debido a esta circunstancia y a la larga duración de la formación musical, el alumno se ve obligado a simultanear estos estudios con los de carácter general, es decir, parte de la educación primaria y de la secundaria obligatoria en sus tres ciclos. Conviene por tanto que los procesos de ambos tipos de enseñanza sigan los mismos principios de actividad constructiva como factor decisivo en la realización del aprendizaje, consecuencia lógica del protagonismo que el alumno adquiere en este sistema al modificar y reelaborar sus esquemas de conocimiento. Se apuntan aquí algunos principios metodológicos de carácter general que el profesorado procurará adecuar al proceso de enseñanza-aprendizaje del lenguaje musical y del instrumento:
a) Adecuar los contenidos y su secuenciación al momento y situación del desarrollo evolutivo del niño y de la niña, de forma que el aprendizaje sea constructivo, progresivo y motivador.
b) Motivar al alumno para el estudio de la música mediante su actividad y participación en el proceso, dándole el protagonismo que le corresponda en su propia formación musical.
c) Respetar las peculiaridades de los alumnos, individual y colectivamente, facilitando así la convivencia en el seno del grupo y la colaboración, de forma que se eviten las discriminaciones de todo tipo.
d) Utilizar procedimientos y recursos variados que estimulen la capacidad crítica y creativa del alumno mediante la aceptación del diálogo y las argumentaciones razonadas.
e) Procurar que la asimilación de los contenidos conceptuales por parte del alumno se complete con la adquisición de contenidos procedimentales y actitudinales que propicien su autonomía en el trabajo tanto para el momento presente como para el futuro.
f) Facilitar a los alumnos el conocimiento y empleo del código convencional de expresión a la vez que la corrección y la exactitud en el uso del lenguaje, con el fin de que el aprendizaje y la comunicación sean efectivos.
g) Ejercitar la creatividad del alumno, de modo que adquiera estrategias propias de estudio y de realizaciones musicales con el fin de que pueda superar las dificultades que se le presenten en el proceso de enseñanza-aprendizaje.
Aunque la interpretación instrumental no sea opción definitiva en el grado elemental, adquiere toda su importancia para la profundización en el conocimiento del lenguaje musical. En la interpretación, pese a ser un hecho profundamente subjetivo, convergen el mensaje del creador de la obra, la personal manera de transmitirla del intérprete, de acuerdo con su sensibilidad y la orientación del educador, que debe esforzarse más en ayudar a resolver dificultades y proporcionar opciones al intérprete, que en imponerle criterios.
Los criterios de evaluación han de apuntar al tipo y grado de aprendizaje alcanzados por los alumnos en un momento determinado, en relación con las capacidades previstas en los objetivos generales y en los específicos de cada especialidad.
El nivel de consecución de los objetivos no pude ser valorado mecánicamente, sino con flexibilidad, de acuerdo con las características del ciclo educativo en que se halla el alumno. La evaluación, continua y personalizada, cumple así su función informativa y formativa al ofrecer al profesor indicadores del desarrollo sobre los sucesivos niveles de aprendizaje de los alumnos y le aporta datos para esclarecer sus nuevas estrategias didácticas. Esto permite aplicar los mecanismos correctores a las insuficiencias advertidas en el proceso. En este sentido, los tradicionales exámenes son también indicadores de la evolución del proceso educativo, pero no el único constituyente de la evaluación del progreso de los alumnos.
En consecuencia, los criterios de evaluación antes mencionados deberán apuntar a:
a) La comprobación del grado de dominio del lenguaje musical a través de la práctica instrumental y del canto.
b) la observación y verificación del desarrollo y control de las destrezas necesarias para la ejecución musical.

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c) La valoración técnica y estética de la interpretación individual y colectiva.
d) La estimación que manifiesta del arte en general y de la música en particular, por el empeño puesto en su ejecución.
e) El sentido de convivencia y colaboración entre condiscípulos, demostrado a la hora de estudiar y de interpretar colectivamente.
Todo ello situará la labor de enseñanza y aprendizaje en el marco de la formación humanística que necesita el estudiante de música.
ANEXO II
Carga lectiva de las enseñanzas elementales de música

* Excepto en Percusión, asignatura para la cual las clases serán siempre colectivas. Se constituyen grupos de alumnos en función de las posibilidades organizativas del centro. El tiempo lectivo asignado para cada uno de estos grupos, será de dos horas semanales, y la relación profesor /alumno no debe superar la proporción 1/5.
** Tiempos lectivos. El número mínimo de semanas por curso académico será de 30.
ANEXO III
Relación numérica profesor-alumno
Lenguaje musical: 1/10
Coro: Máximo 1/30
Instrumento: 1/1. Excepto Percusión que tendrá la relación 1/5 en un tiempo lectivo de 2 horas semanales.
Conjunto: En función de las características de la agrupación que se constituya. Máximo 1/30
ANEXO IV
Equivalencias a efectos académicos, de las enseñanzas de grado elemental de música del Plan de estudios regulado por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, con las enseñanzas elementales de Música correspondientes a la Ley Orgánica 2/2006, de mayo, de Educación.

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