Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 26 de junio de 2002, de las direcciones generales de Centros Docentes, de Ordenación e Innovación Educativa y Política Lingüística, y de Personal, por la que se prorroga y completa para el curso 2002-2003 la Resolución de 15 de junio de 2001, por la que se dictaban instrucciones en materia de ordenación académica y de organización de la actividad docente en los centros de Educación Secundaria. [2002/X7474]

(DOGV núm. 4288 de 09.07.2002) Ref. Base Datos 3026/2002


de 26 de junio de 2002, de las direcciones generales de Centros Docentes, de Ordenación e Innovación Educativa y Política Lingüística, y de Personal, por la que se prorroga y completa para el curso 2002-2003 la Resolución de 15 de junio de 2001, por la que se dictaban instrucciones en materia de ordenación académica y de organización de la actividad docente en los centros de Educación Secundaria. [2002/X7474]

Considerando que el curso académico 2002-2003 supone la implantación de los nuevos currículos de la ESO y el Bachillerato en los cursos 1º y 3º de la ESO y 1º de Bachillerato.

Considerando que esta aplicación transitoria y progresiva no finalizará hasta el curso 2003-2004 por lo que su incidencia máxima sobre las actuaciones docentes en la organización y funcionamiento de los centros sólo podrá producirse cuando se aplique íntegramente cada una de las etapas y ciclos educativos.

Por todo lo expuesto, en virtud de las competencias establecidas en el Decreto 111/2000, de 18 de julio, del Gobierno Valenciano (DOGV del 21 de julio), estas Direcciones Generales han resuelto dictar la siguiente resolución:

Uno

La Resolución de 15 de junio de 2001, de las Direcciones Generales de Centros Docentes, de Ordenación e Innovación Educativa y Política Lingüística y de Personal por la que se dictan instrucciones en materia de Ordenación Académica y de organización de la actividad docente a los centros de Educación Secundaria para el curso 2001-2002 queda prorrogada para el curso 2002-2003, salvo los apartados que a continuación se indican.

Dos

Todas las referencias que se recogen en la Resolución de 15 de junio de 2001 correspondientes al curso académico 2001-2002 se entienden realizadas al curso 2002-2003.

Tres

Quedan anuladas todas las referencias al Curso de Orientación Universitaria.

Cuatro

A los apartados diez, catorce y cuarenta y ocho se incorporan las modificaciones introducidas por la Orden que desarrolla el Decreto 39/2002 y 50/2002 para la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato.

En el apartado diez asimismo se sustituye la referencia a la Resolución de 7 de abril de 1998 (DOGV del día 17) por la Resolución de 26 de julio de 2000 (DOGV de 24 de agosto)

Cinco

El Anexo I A) queda sustituido por el Anexo I a) de la presente resolución.

Seis

La organización y distribución en modalidades, opciones y horario del primer curso del Bachillerato a partir del curso 2002-2003 será el que figura en el Anexo I b) de la presente resolución, que completa el Anexo I B).

Siete

En el apartado siete subapartado 1.2.1. donde dice Departamento de Formación y Orientación Laboral, cuando el total de horas semanales sea 18 (incluidas las tres de jefatura de departamento), se sustituye por:

Departamento de Formación y Orientación Laboral, cuando el total de horas semanales sea 15 (incluidas las tres de jefatura de departamento). En el mismo subapartado se añade lo siguiente:

“Departamento de Economía: En aquellos Institutos de Educación Secundaria en que la plantilla del centro contemple 15 horas semanales de Economía (incluidas las 3 horas de Jefe de Departamento) existirá un Departamento de Economía”

En el subapartado 1.2.2. Donde dice: Departamento de Prácticas formativas, cuando se impartan al menos 4 Ciclos Formativos, debe decir:

“Departamento de Prácticas formativas: En aquellos Institutos de Educación Secundaria que su oferta sea de al menos 4 ciclos formativos, existirá un Jefe de departamento de Prácticas que tendrá una dedicación de 3 horas semanales para el desempeño del cargo. Si la oferta del centro fuese de 8 o más ciclos, tendrá una dedicación de 5 horas semanales”

Donde dice: “Un departamento de Formación y Orientación Laboral, cuando el total de horas semanales sea 18”, debe decir: “Un departamento de Formación y Orientación Laboral, cuando el total de horas semanales sea 15”.

Ocho

En el subapartado 2 del apartado trece, queda anulado lo siguiente: “Estos desdobles no computarán a los efectos de las horas de desdoble y optativas que figuran en el Anexo II”

Nueve

En el apartado diecinueve, en lo relativo a los Programas de Garantía Social donde dice: “Resolución de 3 de abril de 2001 (DOGV de 10.04.2001)”; debe decir: “Resolución de 22 de marzo de 2002 (DOGV de 4.04.2002)”.

Diez

El subapartado 2.1. del apartado veintiuno, queda suprimida la redacción existente, y en su lugar deberá figurar: “A la segunda Lengua Extranjera, en primer y segundo ciclo y Cultura Clásica en el segundo ciclo le será de aplicación lo dispuesto en el párrafo segundo del Apartado 8 de la Orden de 9 de mayo de 1995, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se regulan las materias optativas en la ESO”.

Once

En el apartado veinticinco, donde dice: “No se autorizará como norma general ningún grupo con menos de 15 alumnos”; debe decir: “No se autorizará, como norma general ningún grupo con menos de 12 alumnos”.

Doce

Se rectifica el Anexo II en los siguientes apartados:

A5) Desdobles, en los centros de 2 líneas se aplicarán 24 h.

C) Ciclos formativos:

Queda redactado de la siguiente forma:

– Coordinador de Ciclos Formativos: Tendrá una reducción de 3 horas lectivas, en aquellos centros que cuenten con menos de 4 ciclos Formativos o con 4 o más Familias Profesionales

– Responsable de Equipos y Mantenimiento: Tendrá una reducción de 2 horas lectivas

– Tutor de primer curso: Tendrá una reducción de 3 horas lectivas por grupo

– Tutor de segundo curso. Tendrá una reducción de 5 horas lectivas

Desdobles de módulos

a) De 18 a 30 alumnos se atribuirán las horas de desdobles cuando el módulo las tenga asignadas.

b) De 12 a 17 alumnos se formará grupo sin horas de desdoble, aunque el módulo las tenga asignadas.

Se suprime toda referencia al subapartado d) Curso de Orientación Universitaria.

Valencia, 26 de junio de 2002.– El director general de Centros Docentes: Herminio García Cuadra.

El director general de Ordenación e Innovación Educativa y Política Lingüística: Josep Vicent Felip i Monlleó.

El director general de Personal: José Antonio Rovira Jover.

ANEXO I b)

· La estructura horaria del primer curso es la que figura en el Anexo I B) de la Resolución de 15 de junio de 2001.

· Las modificaciones aportadas por el Decreto 50/2002 son:

· La Filosofía pasa a denominarse Filosofía I sin modificar su lugar en la estructura ni su horario lectivo.

· La Historia de la Música se incorpora como materia propia de modalidad al Bachillerato de Humanidades y Ciencias Sociales y se sigue ofertando en 2º como optativa. En esta nueva situación no modifica su horario (4 horas)

· El Dibujo Técnico en las modalidades de Ciencias de la Naturaleza y la Salud , de Artes y de Tecnología pasa a incorporarse como materia de modalidad con la denominación de Dibujo Técnico I. Se sigue ofertando en 2º para quienes no la hubieran cursado en primero como optativa. En ambos casos mantiene el horario de 4 horas.

Por todo ello, y con la finalidad de facilitar itinerarios al alumnado que permitan la opción de acceso a la Universidad por doble vía, procede indicar la siguiente distribución de las modalidades y opciones para primer curso:

Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales.

Opción A) Humanística y Socio Cultural

Materias de Modalidad Obligatorias: Latín I

Griego I o Matemáticas aplicadas a las Ciencias Sociales I (*)(***)

Historia del Mundo Contemporáneo o Historia de la Música (****)

Materias de Modalidad Optativas: Matemáticas aplicadas a las Ciencias Sociales I

Economía y Organización de Empresas

Griego I

Historia del Mundo Contemporáneo

Historia de la Música

Opción B) de Ciencias Sociales

Materias de Modalidad Obligatorias: Matemáticas aplicadas a las ciencias Sociales I

Economía y Organización de Empresas

Historia del Mundo Contemporáneo o Historia de la Música (****)

Materias de Modalidad Optativas: Latín I (**)

Griego I

Historia del Mundo Contemporáneo

Historia de la Música

(*) Los alumnos de la opción Humanística y Socio-Cultural que en 2º curso quieran cursar Geografía y Matemáticas aplicadas a las Ciencias Sociales II deberán cursar en primer curso Matemáticas aplicadas a las Ciencias Sociales I como materia de modalidad o como optativa.

(**) Los alumnos de la opción de Ciencias Sociales que en 2º curso quieran cursar Historia del Arte y Latín II, deberán cursar en 1º Latín I como optativa.

(***) Los alumnos de 1º de la opción Humanística y Socio–cultural tendrán que elegir Matemáticas aplicadas a las Ciencias Sociales I o Griego I. La no elegida podrá ser cursada como optativa.

(****) Los alumnos de 1º tendrán que elegir Historia del Mundo Contemporáneo o Historia de la Música. La no elegida podrá ser cursada como optativa.

Modalidad de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud

Materias de modalidad obligatorias: Física y Química

Matemáticas I

Biología y Geología (**) o Dibujo Técnico I (**)(*)

Materias de Modalidad optativas: Biología y Geología

Dibujo Técnico I

(*) Los alumnos deberán elegir Biología y Geología o Dibujo Técnico I. La materia que no cursen como de modalidad puede ser cursada como optativa.

(**) Los alumnos deberán elegir entre Biología y Geología y Dibujo Técnico I según la opción que piensen cursar en 2º. Dibujo Técnico I quienes pretendan la opción Científico–técnica y Biología y Geología quienes prefieran la opción de Ciencias de la Salud.

Modalidad de Tecnología

Materias de modalidad obligatorias: Física y Química

Matemáticas I

Tecnología Industrial I (***) o Dibujo Técnico I (**)(*)

Materias de Modalidad optativas: Tecnología Industrial I

Dibujo Técnico I

(*) Los alumnos deberán elegir Tecnología Industrial I o Dibujo Técnico I. La materia que no cursen como de modalidad puede ser cursada como optativa.

(**) Los alumnos de la modalidad de Tecnología que cursen Tecnología Industrial I como materia de modalidad deben cursar Dibujo Técnico I como optativa puesto que la necesitan en ambas opciones de 2º para cursar Dibujo Técnico II.

(***) Los alumnos que quieran cursar en 2º curso la opción Técnico Profesional deberán cursar en 1º Tecnología Industrial I como de modalidad o como optativa.

Modalidad de Artes

Materias de modalidad obligatorias: Dibujo Artístico I

Dibujo Técnico I

Volumen

Materias optativas para todas las Modalidades

2º Idioma Extranjero I

Informática I

Psicología

Valenciano: Lengua e Imagen

castellano: Lenguaje y Documentación

Fundamentos léxicos de las Ciencias y de la Técnica.

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