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Orden de 16 de enero de 1992, del Conseller de Administración Pública, por la que se desarrolla el Decreto 11/1992, de 16 de enero, del Consell de la Generalitat Valenciana.

(DOGV núm. 1734 de 28.02.1992) Ref. Base Datos 0465/1992

Orden de 16 de enero de 1992, del Conseller de Administración Pública, por la que se desarrolla el Decreto 11/1992, de 16 de enero, del Consell de la Generalitat Valenciana.
En uso de las facultades que me han sido conferidas por el Consell de la Generalitat Valenciana, mediante el Decreto 11/1992, de 16 de enero de 1992, previo informe de la Comisión de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Valenciana,
DISPONGO:
CAPITULO I
Artículo primero
Las pruebas que convoquen los municipios de la Comunidad Autónoma Valenciana para la provisión de puestos de trabajo de la escala superior de la policía local, categoría de oficial, se regirán por las bases de la convocatoria que apruebe la corporación, que deberán adaptarse a los contenidos, programas mínimos y temarios que se establecen en el anexo I de la presente orden.
CAPITULO II
Turno de movilidad
Artículo segundo
La provisión de plazas de oficial de la referida escala por turno de movilidad, se ajustará a las bases y baremo que se establecen en el anexo II de la presente orden, con arreglo a los siguientes criterios:
a) Los méritos alegados y cualesquiera otros datos deberán estar referidos a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias.
b) Una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias, las formuladas serán vinculantes para el peticionario y los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública, en cuyo caso deberá comunicarse tal circunstancia al ayuntamiento convocante de la plaza ofertada y adjudicada.
c) En cualquier momento del proceso de provisión podrá recabarse formalmente de los interesados las aclaraciones, o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos, requisitos o datos alegados así como aquellos otros que se consideren precisos para una correcta valoración.
d) El orden de prioridad para la adjudicación de las plazas convocadas vendrá dado por la mayor puntuación total obtenida a la vista de los méritos alegados. En caso de empate, se acudirá para dirimirlo, a la mayor puntuación de los cursos realizados. En caso de persistir el empate se acudirá a la fecha de nacimiento, adjudicándose la plaza al solicitante de mayor edad.
d) Las convocatorias y los actos derivados de las mismas podrán ser impugnados de acuerdo con lo previsto en la Ley de Procedimiento Administrativo.
Artículo tercero
1. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de un mes, que comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la. publicación de la resolución del concurso en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
2. El cómputo de los plazos de cese y toma de posesión, se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que en su caso hayan sido concedidas a los interesados. Todo participante en el concurso de movilidad estará obligado a dar traslado por escrito de dichos permisos o licencias al ayuntamiento convocante. En este caso el ayuntamiento convocante puede acordar la suspensión del disfrute de los mismos. El ayuntamiento al que pertenezca el policía local podrá prorrogar su cese en el mismo a dicho policía local, por necesidades del servicio, por un período de tiempo no superior a veinte días hábiles, comunicando dicha prórroga al ayuntamiento convocante.
3. A todos los efectos el plazo posesorio se considerará como de servicio activo.
CAPITULO III
Promoción interna
Artículo cuarto
1. Los concursos oposición de promoción interna para la provisión de puestos vacantes en los cuerpos de policías locales, escala superior, categoría de oficial, que convoquen los municipios de la Comunidad Valenciana, se regirán por las bases de la convocatoria que apruebe la corporación, que deberá adaptarse a las bases y programas mínimos contenidos en el anexo I de la presente orden y al baremo de méritos que se establece en el anexo II de la misma.
2. El proceso selectivo deberá garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.
Artículo quinto
Para ser admitido al concurso de promoción interna deberán reunirse los siguientes requisitos:
1) Ser funcionario de carrera, integrado en la subescala de servicios especiales, escala técnica, categoría de suboficial del ayuntamiento convocante.
2) Estar en posesión del título de titulado superior o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
3) Haber permanecido, al menos, dos años en el puesto desde el que se concursa y tener dicho puesto en propiedad.
4) No padecer enfermedad ni defecto físico que le impida el normal ejercicio de las funciones propias de la escala y categoría a que aspira.
5) No hallarse suspendido en firme, ni inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
6).Estar en posesión de los permisos de conducción de vehículos de las clases A-2 y B-2.
Artículo sexto
1. El proceso de selección de los aspirantes, por promoción interna, constará de las siguientes fases: oposición, concurso y curso selectivo.
2. La fase de oposición consistirá en realizar los ejercicios que se establezcan en la convocatoria, precisándose una puntuación mínima de cinco puntos para superarla. A la puntuación obtenida en la fase de oposición se añadirá la que se obtenga en la fase de concurso.
Artículo séptimo
El número de aspirantes aprobados en las pruebas selectivas no podrá exceder del número de plazas convocadas, al que podrán agregarse las vacantes que se hubieren producido entre la publicación de la oferta de empleo público y la convocatoria de que se trate, si así lo estableciera la misma, dentro de los límites señalados en el artículo 18 de la Ley 30/1984.
Artículo octavo
1. Los aspirantes que superasen las fases de oposición y concurso, previa la presentación de la documentación exigida en las bases de la convocatoria, se incorporarán al Institut Valencià de Seguretat Pública para realizar un curso teórico- práctico de dos meses de duración y de carácter selectivo. Durante la realización del curso, los aspirantes serán nombrados funcionarios en prácticas, percibiendo las retribuciones establecidas en el artículo 3 del Decreto 11/1992, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que establece las bases y criterios uniformes para la selección, formación, promoción y movilidad de los policías locales, escalas superior, técnica y ejecutiva, categorías inspectores, subinspectores, oficiales, suboficiales y sargentos.
2. Superado el curso selectivo, el Institut Valencià de Seguretat Pública formulará propuesta de nombramiento al órgano competente de la corporación local. En el supuesto de que el aspirante no haya superado el curso selectivo, el Institut Valencià de Seguretat Pública, comunicará ésta circunstancia al órgano competente de la corporación.
DISPOSICION FINAL
- La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 16 de enero de 1992.
El Conseller de Administració Pública,
EMERIT BONO I MARTINEZ
ANEXO I
Contenido mínimo de los ejercicios y programas de las pruebas selectivas de las convocatorias para la provisión de puestos de trabajo de la escala superior de la policía local, categoría de oficial. Turno libre y turno de promoción interna.
A) Pruebas selectivas
Las pruebas de la fase de oposición para la categoría de oficial, constarán como mínimo de las siguientes pruebas:
1) Pruebas previas. Antes de dar comienzo a las pruebas físicas y a las de conocimiento del temario, se practicará un ejercicio o prueba psicotécnica aptitudinal y de personalidad, y el reconocimiento médico.
Tanto la prueba psicotécnica como el reconocimiento médico serán eliminatorios.
2) Primer ejercicio. Exclusivamente para los aspirantes que concurran por turno libre. Consistirá en superar pruebas de aptitud física que ponga de manifiesto la capacidad para el desempeño del puesto de trabajo y cuyo contenido y marcas mínimas serán, al menos, las siguientes:
- Salto de longitud con carrera: hombres, 4 metros; mujeres, 3'80 metros.
- Salto de altura: hombres, 1,10 metros; mujeres, 1 metro.
- Carrera de resistencia en 1.000 metros: hombres, 4 minutos; mujeres, 4 minutos 10 segundos.
Si el ayuntamiento decidiese establecer una prueba de natación, el contenido y marca mínimos serán:
- Natación, en 50 metros: hombres, 57 segundos; mujeres, 1 minuto.
La calificación de este ejercicio será de apto o no apto, debiendo superar como mínimo dos de las pruebas para ser calificado como apto.
3) Segundo ejercicio. Memoria proyecto. De carácter obligatorio.
Presentación y exposición oral durante una hora de un estudio inédito de una extensión mínima de cincuenta folios y máxima de setenta, mecanografiados a doble espacio y a una sola cara, tamaño DIN A-4, sobre la organización, problemática, funciones o servicios del cuerpo de policía local en una ciudad de ... habitantes.
La calificación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos para superar el mismo.
4) Tercer ejercicio. Test de cultura policial. De carácter obligatorio.
Consistirá en contestar correctamente por escrito, un cuestionario de 100 preguntas tipo test, relacionado con temas profesionales de policía (derecho constitucional, derecho administrativo, bandos y ordenanzas municipales, policía local, derecho penal, derecho procesal, policía de tráfico y circulación, policía judicial y estupefacientes, policía administrativa, psicología, sociología y derecho mercantil) cuyo temario se explícita en el presente anexo I.
La calificación de este ejercicio será de o a 10 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 5. puntos para superar el mismo.
5) Cuarto ejercicio. De carácter obligatorio. Los municipios de predominio lingüístico valenciano, según la Ley de Uso y Enseñanza del Valenciano 4/1983, de 23 de noviembre, de la Generalitat Valenciana, incluirán un ejercicio consistente en traducir del valenciano al castellano, y viceversa, un texto propuesto por el tribunal, en un tiempo a determinar.
Este ejercicio se calificará de 0 a 2 puntos y no será eliminatorio.
B) Temario
El programa que se elabore por cada corporación deberá incluir al menos el contenido básico de las siguientes cuestiones:
DERECHO CONSTITUCIONAL
Tema 1. Organización política del Estado Español. Clase y forma de estado. Organización territorial del estado. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.
Tema 2. La Corona: funciones constitucionales del rey. Sucesión y regencia. El refrendo.
Tema 3. La Constitución Española de 1978. Estructura, contenido y principios básicos. Reforma de la Constitución.
Tema 4. Derechos y deberes fundamentales de la persona en la Constitución: su defensa y garantía. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo. La suspensión de los derechos y libertades.
Tema 5. Las Cortes Generales: las cámaras. Composición, atribuciones y funcionamiento. La función legislativa.
Tema 6. El poder judicial. Estructura, organización y funcionamiento de los tribunales en el sistema español.
Tema 7. La organización territorial española. Las comunidades autónomas. Los estatutos de autonomía, órganos y competencias. Las administraciones públicas, estatal, autonómica y local. La hacienda pública y la administración tributaría.
Tema 8. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana. La Generalitat Valenciana. Las Cortes. El Gobierno o Consell. Las competencias. Administración de justicia.
DERECHO ADMINISTRATIVO
Tema 9. La administración local. Carácter natural de la administración local. La administración local como instrumento de descentralización. La administración local en la Constitución Española de 1978. Entidades que comprende la administración local.
Tema 10. El derecho administrativo: fuentes. La ley. Normas no promulgadas por el Parlamento con rango de ley. El reglamento: concepto y clases.
Tema 11 El municipio: órganos unipersonales de gobierno. El alcalde. Los tenientes de alcalde. Los concejales.
Tema 12. Organos colegiados de gobierno. El ayuntamiento pleno. La comisión de gobierno. Organos consultivos y participativos: las comisiones informativas. Las juntas de distrito.
Tema 13. La función pública en general y los funcionarios de las entidades locales. Organización de la función pública local.
Tema 14. El personal al servicio de las administraciones locales: concepto y clases. Derechos y deberes de las policías locales. Adquisición y perdida de la condición de funcionario.
Tema 15. Responsabilidad de los funcionarios. Reglamento de Régimen Disciplinario. Incoación de expedientes.
Tema 16. El procedimiento administrativo. Estudio de la legislación general vigente en la materia, con especial consideración de la Ley de 17 de julio de 1958. Fases del procedimiento. Notificaciones y audiencias de los interesados.
Tema 17. La revisión administrativa del acto administrativo. Procedimientos y límites de la revisión. Recursos: reposición, alzada y revisión. El recurso contencioso- administrativo.
BANDOS Y ORDENANZAS MUNICIPALES
Tema 18. Obligaciones y competencias de los ayuntamientos. Las ordenanzas municipales. Los bandos de alcaldía.
Tema 19. Ordenanzas municipales: concepto y clases. Infracciones. Potestad sancionadora. Principales infracciones a bandos y ordenanzas.
Tema 20. Fuegos artificiales, clases de artificios pirotécnicos. Montaje de espectáculos. Distancia de los fuegos y protección personal (Reglamento de Explosivos, Real Decreto 2114/1978 y Orden Ministerial de 20 de octubre de 1988).
Tema 21. Reglamentación en materia de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas.
Tema 22. Normativa sobre auto- taxis y auto- turismos. Documentación necesaria de estos vehículos, requisitos, tarifas, competencia, infracciones más habituales.
Tema 23. Vías públicas: verbenas, vados, toldos, instalación de mesas y sillas, contenedores, grúas y material de construcción. órgano competente para su autorización.
Tema 24. Venta ambulante. Real Decreto 1010/1985, de 5 de junio. Modalidades de venta ambulante. Requisitos.
Tema 25. Usos y actividades.
Tema 26. Ordenes ministeriales de mendicidad. Lugares de recogida. Obligación de las administraciones públicas. Aspectos legales.
POLICIA LOCAL
Tema 27. La seguridad ciudadana. Autoridades competentes. Funciones de la policía local según la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Actuaciones de la policía local en colaboración con el resto de las fuerzas y cuerpos. policía gubernativa y judicial.
Tema 28. La policía local: conceptos previos. Misiones y objetivos. Estructura orgánica y funcional.
Tema 29. El binomio, policía local- ciudadano: conceptos previos, relación, finalidad. Soportes éticos. Normas de actuación.
Tema 30. Ordenamiento legislativo de la policía local. Principios básicos de actuación. Disposiciones comunes estatutarias. Régimen disciplinario.
Tema 31. La Ley 2/1990, de Coordinación de Policía Local de la Comunidad Valenciana. Precedentes. Contenido. Su desarrollo reglamentario.
Tema 32. El Institut Valencià de Seguretat Pública. Regulación legal. Fines y funciones. Los cursos de formación, y perfeccionamiento. Los cursos básicos de formación. Los cursos de capacitación su relación con ljs administraciones locales. El Registro de Policías Locales.
DERECHO PENAL
Tema 33. El Código Penal. Concepto de delito y falta. Grados de ejecución del delito. Acciones y omisiones. Dolo y culpa. Autores, cómplices y encubridores.
Tema 34. Delitos contra las personas: homicidio, infanticidio, aborto, lesiones y disposiciones en general.
Tema 35. Delitos contra la libertad sexual: violación y agresiones sexuales; exhibicionismo y provocación sexual; estupro; rapto; prostitución.
Tema 36. Delitos contra la propiedad. Robos y hurtos, definición y principales diferencias.
Tema 37 Delitos cometidos por los funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos: de la prevaricación, de la infidelidad en la custodia de presos, en la custodia de documentos. Violación de secretos.
Tema 38. Desobediencia y denegación de auxilio; anticipación, prolongación y abandono de funciones públicas, cohecho, malversación de caudales públicos.
Tema 39. De las faltas: contra el orden público, contra los intereses generales y régimen de poblaciones, contra las personas, contra la propiedad.
Tema 40. Las penas. Concepto y clases. Causas de exclusión y modificación de la responsabilidad penal. Organos jurisdiccionales.
DERECHO PROCESAL
Tema 41. Ley Orgánica Reguladora del Procedimiento de Habeas Corpus (6/1984, de 24 de mayo). De la denuncia y la querella. Del ejercicio del derecho de defensa. De la asistencia de abogado. Del tratamiento de presos y detenidos (arts. 520 al 527 Ley de Enjuiciamiento Criminal).
Tema 42. El proceso: concepto, objeto, fin tipos o sistemas. Derecho procesal penal: concepto, características, origen y fuentes.
Tema 43. De la entrada y registro en lugar cerrado (arts. 545 al 548 Ley de Enjuiciamiento Criminal). De la comprobación del delito y averiguación del delincuente.
Tema 44. Prisión provisional, libertad provisional. La fianza. Recursos contra las resoluciones de los jueces de instrucción o contra las de los tribunales superiores de justicia. Revisión. El embargo.
POLICIA DE TRAFICO Y CIRCULACION
Tema 45. El Código de Circulación vigente tras la publicación de la Ley de Seguridad Vial: nociones previas. Tipificación de las principales infracciones.
Tema 46. Cuadro de infracciones más habituales en materia de circulación urbana. Infracciones de tráfico que son constitutivos de delito. Procedimiento sancionador actualizado.
Tema 47. Normas generales de circulación: Seguro obligatorio (Ley 122/62 modificada por Decreto 632/1982, y Real Decreto Legislativo 1301/1986, de 28 de junio, actualizado por Real Decreto 2641/1986, de 30 de diciembre). Código de Circulación (arts. 16, 90, 103, 132.11, 133, 149.1 y 151).
Tema 48. Niveles sonoros permitidos en vehículos, así como infracción a los mismos. (arts. 90 y 120). Inspección técnica de Vehículos (Real Decreto 2344/1985, de 20 de noviembre, y art. 253 del Código de la Circulación). Vehículos especiales (art. 305 D.Cir.).Otras infracciones al Código Circulatorio, como los arts. 212, 216, 230 y 238 del mismo.
Tema 49. La circulación. Organos competentes. Vigilancia y regulación de la circulación. Ordenación del tráfico
Tema 50. La circulación urbana: normas generales de circulación. La señalización. Permisos y licencias de conducir.
Tema 51. El transporte. Servicio público de viajeros y servicio público de mercaderías o mixtos. El servicio privado. Mercancías peligrosas. Condiciones técnicas de transporte y otros requisitos principales. Reglamento Nacional de Servicios Urbanos e Interurbanos de Transporte de Automóviles Ligeros (Real Decreto 773/1979, de 6 de marzo, modificado por Real Decreto 263/1983, de 9 de febrero).
Tema 52. El transporte escolar (Ley 16/1987, Real Decreto 2344/1985, y art. 253 Código Circulación, Real Decreto 2296/1983, de 25 de agosto, y Decreto 77/1984, de 30 de julio, del Consell de la Generalitat Valenciana). Disposiciones legales sobre transporte 1983-1987, publicado por la Conselleria d'Obres Públiques, Urbanisme i Transports.
Tema 53. Los accidentes de tráfico: concepto y consideraciones previas. Sus causas. Clases y fases.
Tema 54. Alcoholemia. Concepto de alcoholemia. Tasa de alcoholemia. Efectos generales de las diferentes tasas de alcoholemia. Normas para la realización de la prueba de alcoholemia. Alcoholímetros: descripción general y forma de actuar.
Tema 55. Personas obligadas a someterse a la prueba de detección. Infracción a la Ley de Seguridad Vial, que lleva aparejada la obligación de la prueba.
Tema 56. Recopilación legislativa: Real Decreto Legislativo 3390/1990, de 2 de marzo. Texto articulado de la Ley sobre el Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
POLICIA JUDICIAL Y ESTUPEFACIENTES
Tema 57. Farmacodependencias. La droga, dependencia: física y psíquica; tolerancia; drogadicto; clasificación de las drogas.
Tema 58 El cáñamo y sus derivados; grifa o marihuana; hachís y aceite de hachís; efectos del cáñamo. Opiáceos: naturales y sintéticos. Cocaínicos: el crack, efectos tóxicos; alucinógenos.
Tema 59. Disposiciones penales que afectan a las drogodependencias: Código Penal. Ley Orgánica 8/1983, de 25 de junio, de Reforma Urgente del Código Penal. Ley Orgánica 7/1982 modificadora de la Ley en materia de contrabando y reguladora de los delitos e infracciones administrativas en la materia. Ley Orgánica 1/1988, de 24 de marzo, de Reforma del Código Penal en materia de tráfico de drogas.
Tema 60. Policía judicial. Composición, funciones, modalidades de actuación, principios de actuación, deber de intervención de unidades no específicas de policía judicial, asignación de prácticas concretas. Adscripciones temporales. Relación con autoridades judiciales y otras fuerzas de seguridad.
Tema 61. El atestado policial. Concepto, diligencias, requisitos formales, aspectos jurídicos del atestado; carácter de denuncia, ratificación, declaraciones testificales.
Tema 62. La inspección ocular. Fines, medidas precautorias. El cuerpo del delito. Entrada y registros de domicilios, requisitos formales.
Tema 63. Detención. Derecho a la libertad y seguridad. Consagración del principio a la legalidad en materia de restricciones a la libertad y la seguridad. Límite temporal de la detención preventiva, derechos del detenido. Diligencias relacionadas con la detención de una persona. Detención ilegal.
POLICIA ADMINISTRATIVA
Tema 64. Extranjeros. Concepto. Derechos reconocidos en nuestra legislación. Derecho comparado.
Tema 65. Régimen de entrada de extranjeros en España. Puestos habilitados. Documentación necesaria para la entrada de extranjeros en territorio nacional. Documentos de identificación. Visados: clases. Otros requisitos exigibles a los extranjeros para su entrada en España; acreditación de medios económicos,, exigencias sanitarias.
Tema 66. Situaciones de los extranjeros en España. Residencia y estancia. Prórroga de estancia, solicitud, documentación. Expedición y denegación, extinción de la vigencia.
Tema 67. Clases de permisos de residencia, requisitos y documentación, competencia para su concesión. Tarjetas de residencia.
Prórrogas y renovaciones de los permisos, fin de la vigencia. Extranjeros indocumentados. Estudiantes extranjeros.
Tema 68. Régimen jurídico del control de cambios, delitos monetarios. Infracciones administrativas. Inspección e investigación.
Tema 69. El documento nacional de identidad. Antecedentes históricos. Legislación actual. Concepto y caracteres. Datos del documento. Competencia y obligatoriedad. Validez.
Tema 70. Establecimientos y espectáculos públicos. Legislación actual. Concepto. Ambito de aplicación del reglamento vigente de fecha 27 de agosto de 1982. Ley 2/1991, de la Generalitat Valenciana, de 18 de febrero, de Espectáculos, Establecimientos Públicos y Actividades Recreativas.
Tema 71. Lugares, recintos e instalaciones destinados a espectáculos y recreos públicos. Ubicación, salidas y puertas de acceso, puertas de emergencia, vestíbulos, escaleras, ascensores, pasillos, prohibiciones, aseos, alumbrado. Elementos personales que intervienen en los espectáculos o actividades recreativas. Libros de reclamaciones.
Tema 72. Infracciones y sanciones al reglamento de espectáculos. Prohibiciones. Suspensiones. Derecho de admisión. La Ley de la Generalitat Valenciana 2/1991, de 18 de febrero, de Espectáculos, Establecimientos Públicos y Actividades Recreativas.
Tema 73. Derecho de reunión. Legislación vigente. Reuniones en lugares cerrados. Manifestaciones y reuniones en lugares de tránsito público. Conductas delictivas. Faltas.
PSICOLOGIA
Tema 74. El mando. Concepto. Cualidades. Rasgos (integridad, competencia, energía, autoridad, confianza en sí mismo, iniciativa, decisión,..). Reglas básicas para el ejercicio del mando. Actividades más características del mando. Características del mando. Funciones del mando (planificar, ejecutar, organizar, coordinar ... ). Estilos de mandar. Aspectos que distinguen al buen jefe. Metodología del mando.
Tema 75. Toma de decisiones. El proceso de decisión. Poder y autoridad.
Tema 76. Técnicas de dirección. El factor tiempo. Selección de tareas. Utilización de medios. Horarios y programas. Relación mando- subordinado. Las reuniones.
Tema 77. Técnicas para controlar situaciones difíciles. La reunión esta a punto de ser incontrolable. La reunión se aparta de su objetivo. El grupo no habla. El grupo o parte de él, rehusa aceptar las conclusiones del director. Los participantes discuten firmemente entre sí.
Tema 78. Principios de disciplina efectiva. Responsabilidad del mando. Como representante del mando director. Como instructor. Como técnico. Como administrador. Deberes por razón de cargo con los subordinados. Deberes con su organización.
Tema 79. Tipo de órdenes. Orden terminante, tipo solicitud, orden sugerida, escrita, verbal, petición de voluntarios, causas de la mala interpretación de ordenes, comprobación de la ejecución de las ordenes.
Tema 80. Cualidades o atributos de un buen mando. Como actuar un buen mando. Como se hace una amonestación. Como se atienden las quejas. Método de los ocho pasos.
SOCIOLOGIA
Tema 81. Comportamientos colectivos. Concepto y clasificación. Tipología de las masas según el modo de producirse el comportamiento colectivo. Teorías psicológicas explicativas del comportamiento colectivo. Posibilidades de intervención en los fenómenos colectivos.
Tema 82. El comportamiento en los desastres. Conductas en las distintas fases de una catástrofe. Efectos y consecuencias en los desastres en las personas. El pánico. Reacción ante una situación de desastre.
Tema 83. Los grupos sociales. Grupo de pertenencia, de referencia, pequeños. Los grupos ante la frustración. Características del grupo. Técnicas del grupo.
Tema 84. Proceso de socialización. Disposición a asumir un papel. Rasgos de personalidad en la dinámica de grupos. Recomendaciones. Liderazgo, papel del líder, factores, funciones.
Tema 85. La comunicación y la información. Proceso de comunicación, ascendente, descendente, horizontal. Escrita y oral. La distorsión. Problemática de la comunicación.
Tema 86. Sistemas policiales en la CEE y EEUU. Sistema anglosajón. Sistemas continentales. Sistemas norteamericanos.
DERECHO MERCANTIL
Tema 87. Normativa comunitaria suscrita por España, en cuanto a la protección de la propiedad industrial e intelectual, patentes, registros y depósito de diseños y modelos industriales. Convenio de París de 1882. Convenio de Berna para la Protección de Obras Literarias y Artísticas de 1887. Arreglo de Madrid de 1891 y Arreglo de La Haya de 1928.
Tema 88. Medidas adoptadas por la CEE sobre mercancías con usurpación de marcas, a través del Reglamento núm. 3842/1986 del Consejo de 1 de diciembre de 1986, así como el Reglamento 3077/1987 de la Comisión de fecha 14 de octubre de 1987, en vigor en España desde el 1 de enero de 1988.
Tema 89. Artículos 534 y sucesivos del Código Penal relativos a las infracciones delictivas de los derechos de propiedad industrial, intelectual y de autor.
Tema 90. Ley de Propiedad Industrial de 1902. Ley de Marcas núm. 32/1988, de 10 de noviembre. Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, sobre infracción en materia de defensa del consumidor. Real Decreto 448/1988, de 22 de abril, que regula la difusión de películas en soporte videográfico.
ANEXO II
Baremo para la valoración de los méritos en los concursos para la provisión de plazas de los cuerpos de la policía local, categoría de oficial, ofertadas por promoción interna y turno de movilidad.
En los concursos para la provisión de puestos de trabajo de la policía local, escala superior, ofertadas por turno de movilidad o promoción interna, la valoración de los méritos se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo:
1. Criterios a seguir
Serán los previstos en el Real Decreto 28/1990, de 15 de enero, Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo y Formación Profesional de los Funcionarios civiles, de la Administración del Estado, de aplicación supletoria en la administración local. Asimismo, los contenidos en la Ley 2/90, de 4 de abril, de la Generalitat Valenciana, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad Valenciana.
2. Titulación académica
Hasta un máximo de 15 puntos.
- Título de doctor o estudios universitarios de postgrado: 15 puntos
- Carrera universitaria superior: 14 puntos
- Carrera de grado medio o diplomado: 9 puntos
- Primer ciclo de carrera superior: 8 puntos
- Selectivo: 5 puntos
- Acceso universidad: 4 puntos
- BUP, bachiller superior o FP 2: 4 puntos
- Diplomado superior en criminología: 6 puntos
- Título de criminología (3 años): 5 puntos
No se valorarán como mérito aquellas titulaciones que figurasen como requisito para la provisión del puesto de trabajo, ni aquellas que fueran imprescindibles para la consecución de otras de nivel superior.
Sólo se tendrán en consideración los títulos no exigidos para poder concursar.
3. Antigüedad
En concurso de movilidad categoría de oficial.
- Por cada año de antigüedad en las categorías de oficial o superiores de la policía local: 1 punto por año completo de servicios, hasta un máximo de 10 puntos.
- Por cada año de antigüedad en las categorías inferiores a oficial: 0,5 puntos por año completo de servicios, hasta un máximo de 5 puntos por categoría.
En concurso- oposición categoría de oficial.
- Por cada año de antigüedad en las distintas escalas y categorías de los cuerpos de policía local: 1 punto por año completo de servicios, hasta un máximo de 10 puntos por categoría.
- Por cada año de antigüedad prestado en cualquier administración pública: 0,50 puntos por año completo, hasta un máximo de 10 puntos.
4. Otros méritos
Hasta un máximo de 15 puntos.
- Conocimiento del valenciano acreditado con certificado oficial de la, Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià.
- Certificado de conocimientos orales: 1 punto
- certificado de grado elemental: 2 puntos
- certificado de grado medio: 3 puntos
- certificado de grado superior: 4 puntos
- Conocimiento de un idioma comunitario acreditado documentalmente, mediante certificación expedida por centro oficialmente reconocido, máximo 2 puntos.
- Por realización de cursos organizados por el Ministerio del Interior, el Institut Valencià de Seguretat Pública (IVASP) u organismos análogos o en escuelas de policía de las corporaciones locales y reconocidos por el IVASP, ajustados al siguiente baremo:
- de 20 a 50 horas de asistencia: 0,5 puntos
- de 51 a 100 horas de asistencia: 1 punto
- de 101 a 150 horas de asistencia: 2 puntos
- de 151 a 200 horas de asistencia: 3 puntos
- de 201 a 250 horas de asistencia: 3,5 puntos
- De más de 250 horas de asistencia: 4 puntos
La puntuación de los cursos vendrá dada por la suma del cómputo de horas de asistencia o aprovechamiento de los cursos. El mismo tratamiento tendrá en el caso de haber impartido horas como profesor.
- Así mismo, se valorarán los conocimientos en administración y gestión de recursos humanos, e informática. Del mismo modo, se valorará el conocimiento de otros idiomas comunitarios no valorados con anterioridad, a la vez que títulos de socorrista acuático, primeros auxilios, curso de submarinismo, artes marciales, defensa personal, debidamente acreditados y apreciados por el tribunal calificador. La puntuación máxima no podrá superar los 2 puntos.
5. Entrevista personal
Se realizará ante el tribunal calificador valorándose hasta un máximo de 4 puntos con el contenido y puntuación que se señala:
a) Conocimientos del término municipal, callejero, organización y administración municipal y otros de particular interés para la policía local del ayuntamiento convocante, 3 puntos.
b) Valoración y comprobación de la aptitud, eficacia, iniciativa y experiencia profesional del concursante en actividades anteriores, hasta un máximo de 1 punto.
No serán citados para celebrar la entrevista aquellos aspirantes cuya puntuación sumados los méritos con el máximo posible de la entrevista no alcancen como mínimo 8 puntos.

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