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RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2020, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la cual se prorrogan los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia para el año 2020: servicio de atención telefónica a la infancia y la adolescencia, y servicio específico de atención a abusos en la infancia y la adolescencia. [2020/11344]

(DOGV núm. 8986 de 30.12.2020) Ref. Base Datos 010700/2020

RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2020, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la cual se prorrogan los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia para el año 2020: servicio de atención telefónica a la infancia y la adolescencia, y servicio específico de atención a abusos en la infancia y la adolescencia.
[2020/11344]

Antecedentes de hecho
I) La Resolución de 18 de diciembre de 2019, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la cual se convocan los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia para el año 2020: servicio de atención telefónica a la infancia y la adolescencia, y servicio específico de atención a abusos en la infancia y la adolescencia, aprobó la convocatoria pública de los mencionados acuerdos de acción concertada.
II) En virtud de la Resolución de 6 de mayo de 2020, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, el servicio de atención telefónica a la infancia y la adolescencia se adjudicó a la entidad Fundación Ir.
III) Por la resolución de 12 de junio de 2020, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, el servicio específico de atención a abusos en la infancia y la adolescencia se adjudicó a las entidades Asociación SPAM (lote Y) y Fundación Diagrama Intervención Psicosocial (lotes II e III).
IV) El 22 de mayo de 2020, se formalizó el acuerdo de acción concertada con la Fundación Ir.
V) El 6 de julio de 2020, se formalizó el acuerdo de acción concertada con la Asociación SPAM.
VI) El 15 de julio de 2020, se formalizó el acuerdo de acción concertada con la Fundación Diagrama Intervención Psicosocial.
VII) El 5 de noviembre de 2020, mediante una resolución de la directora general de Infancia y Adolescencia, se inició el procedimiento de prórroga de los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia para el año 2020: servicio de atención telefónica a la infancia y la adolescencia, y servicio específico de atención a abusos en la infancia y la adolescencia.
VIII) Las direcciones territoriales de Castelló, València y Alicante, y la Dirección General de Infancia y Adolescencia han certificado la conformidad de la prestación del servicio de cada una de las entidades adjudicatarias del concierto social y también que continúan cumpliendo con los requisitos necesarios para llevarlo adelante.
IX) En el procedimiento de prórroga se ha concedido un plazo de audiencia a las entidades adjudicatarias, una vez finalizado el cual, todas ellas manifiestan la conformidad a la prórroga del concierto social durante el ejercicio 2021, según las condiciones aprobadas en esta resolución.

Fundamentos de derecho
I) La Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de la Generalitat, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, en los artículos 1, 10 y 92, entre otros, establece un marco de prevención, protección y atención en la infancia y la adolescencia como obligación de la Administración.
II) La letra b del apartado primero del artículo 34 de la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de la Generalitat, de servicio sociales inclusivos de la Comunidad Valenciana, establece la acción concertada como forma de provisión de las prestaciones del sistema público de servicios sociales con entidades privadas de iniciativa social.
III) El Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, del Consell, desarrolla la acción concertada para la prestación de servicios sociales en el ámbito de la Comunidad Valenciana por entidades de iniciativa social.
IV) El título VII del Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, del Consell establece los criterios de prórroga de los conciertos.
V) El apartado tercero de la Resolución de 18 de diciembre de 2019, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la cual se convocan los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia para el año 2020: servicio de atención telefónica a la infancia y la adolescencia, y servicio específico de atención a abusos en la infancia y la adolescencia, delega en la persona titular de la dirección general con competencia en materia de infancia y adolescencia la resolución del procedimiento de acción concertada a que aquella se refiere, y también la decisión respecto a la prórroga de los conciertos.
VI) Además, dentro de la resolución mencionada en el apartado anterior /la letra anterior, el artículo 2 del anexo I, de condiciones generales de la convocatoria de los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de atención a infancia y adolescencia, prevé la posibilidad de prorrogar los conciertos.
VII) El punto tercero de la Resolución de 6 de mayo de 2020 y el quinto de la Resolución de 12 de junio de 2020, por las cuales se resuelven los procedimientos de selección de solicitudes de entidades de iniciativa social, contemplan las posibles prórrogas.
VIII) La prórroga se ampara en la estipulación séptima de cada uno de los documentos de formalización de los acuerdos de acción concertada firmados con las respectivas entidades adjudicatarias.
IX) La presente resolución es conforme con el título VII del Decreto 181/2017, el cual establece los requisitos y el procedimiento de la prórroga de los conciertos.
X) También es aplicable el artículo 33.2 del Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, del Consell, de revisión y modificación de las condiciones económicas del concierto.
Y por todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, del Consell, y con la delegación de la decisión respecto de la prórroga de los conciertos en la persona titular de la dirección general con competencia en materia de infancia y adolescencia, resuelvo:

Primero
Aprobar la prórroga por un año, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2021, de los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencias –servicio de atención telefónica a la infancia y la adolescencia, y servicio específico de atención a abusos en la infancia y la adolescencia–, para el año 2020, aprobados en las resoluciones de 6 de mayo de 2020 y de 12 de junio de 2020, respectivamente, según la distribución siguiente:
Segundo
La aprobación de la prórroga del concierto social para el año 2021, por un importe total de 684.487,56 €, se efectúa con cargo al crédito consignado en el programa presupuestario 313.30, Infancia y adolescencia, capítulo IV, aplicación presupuestaria S1120000, de la sección 16, del presupuesto de gastos de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas para el año 2021. La resolución de la presente prórroga queda condicionada a la existencia efectiva de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del ejercicio 2021.
Sin embargo, el importe para el año 2021 aprobado mediante esta resolución podrá revisarse durante el plazo de duración de la prórroga del concierto social, por resolución del órgano competente de la Conselleria, para mantener las condiciones económicas del concierto, dentro de las disponibilidades presupuestarias y de los términos previstos en la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española, tal como dispone el artículo 33.2 del Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, del Consell. Así mismo, lo anteriormente expuesto queda condicionado a la efectiva aprobación del presupuesto de la Generalitat a través de la ley de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2021.

Tercero
La presente resolución de prórrogas será objeto de publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), y producirá los efectos de la notificación a los interesados, de acuerdo con lo que el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Cuarto
La prórroga de la concertación de los servicios aprobada en esta resolución queda sujeta a la suscripción de los documentos administrativos de formalización de concierto social (de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 del anexo I de la resolución de convocatoria).
La formalización de las prórrogas acordadas, mediante una adenda al documento de formalización de concierto social subscrito en 2020, se debe hacer dentro del plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOGV.

València, 23 de diciembre de 2020.– La vicepresidenta del Consell y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, p. d. (Resolución 18 de diciembre de 2019), la directora general de Infancia y Adolescencia: Rosa Josefa Molero Mañes.

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