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RESOLUCIÓN de 3 de julio de 2018, de la consellera de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural por la que se da publicidad del trámite administrativo de concesión de la ayuda a las asociaciones de protección y defensa de los animales para el ejercicio 2018. [2018/6626]

(DOGV núm. 8334 de 09.07.2018) Ref. Base Datos 006716/2018

RESOLUCIÓN de 3 de julio de 2018, de la consellera de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural por la que se da publicidad del trámite administrativo de concesión de la ayuda a las asociaciones de protección y defensa de los animales para el ejercicio 2018. [2018/6626]
La Orden de 22 de diciembre de 2006, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación (DOGV 5418, 30.12.2006), regula y establece las ayudas a las asociaciones de protección y defensa de los animales, las cuales han sido convocadas para el presente ejercicio mediante Resolución de 5 de diciembre de 2017, de la consellera de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, para las actuaciones contempladas en el párrafo a, del apartado segundo del anexo de la Orden de 22 de diciembre de 2006, con cargo a la línea S1792000, capítulo 4, del programa 714.80 de Agricultura y Ganadería (DOGV 8193, 19.12.2017), y la segunda mediante la Resolución de 23 de marzo de 2018, de la consellera de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por la que se convoca una línea nueva destinada únicamente a actuaciones de construcción y/o adecuación a las exigencias técnicas legales de las instalaciones para albergue de animales de compañía abandonados con cargo a la aplicación presupuestaria 12.02.01, línea S8465000, capítulo 7, del programa 714.80 Agricultura y Ganadería (DOGV 8271, 11.04.2018).
En el apartado segundo y tercero del anexo de dicha orden, se fijan los beneficiarios y gastos subvencionables. Asimismo, en el apartado cuarto, se establece la cuantía de las subvenciones y criterio de preferencia.
Instruido el procedimiento de concesión de subvenciones en el Servicio de Producción y Sanidad Animal, tal y como dispone el apartado sexto de la orden citada.
Visto el apartado tercero de la Resolución de 5 de diciembre de 2017, de convocatoria y el apartado segundo y séptimo de la Resolución de 23 de marzo de 2018, de convocatoria y ampliación de crédito, ambas de la consellera de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, de las ayudas a las asociaciones de protección y defensa de los animales para el ejercicio 2018, y de acuerdo con la Ley 22/2017, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2018, el importe total es de:
– 147.000 € para las actuaciones contempladas en el párrafo a) del apartado segundo del anexo de la Orden de 22 de diciembre de 2006.
– 70.000 € para las actuaciones contempladas en el párrafo b), del apartado segundo del anexo de la Orden de 22 de diciembre de 2006.
Teniendo en cuenta la limitación planteada en la orden reguladora, de 60 % en las actividades del párrafo a) y del 80 % en las del párrafo b) del apartado segundo, así como las cuantías máximas establecidas en dicha orden, que ascienden a 7.200 € en las actividades señaladas en el párrafo a) y a 12.000 € en las del párrafo b) del apartado segundo.
En el trámite de la subvención del apartado a se han presentado un total de 28 solicitudes, y considerando que el crédito disponible permite atender a los 26 expedientes que cumplen los requisitos desde el expediente Sociedad Valenciana Protectora de Animales y Plantas, con CIF G46100111, hasta Asociación Huellas Callejeras de Chiva, CIF G98708563, con la limitación de la orden reguladora a 7.200 €, como subvención máxima a recibir por las inversiones encuadradas en el párrafo a), todo ello según el apartado cuarto de la citada orden de bases.
De la totalidad, un expediente ha sido denegado por no reunir los requisitos de beneficiario según apartado 3.º y el otro expediente no ha subsanado dándolo por desistido de la petición por no aportar la documentación requerida en el plazo establecido.
En el trámite de la subvención del apartado b se han presentado un total de 12 solicitudes de las cuales cinco no reúnen los requisitos por los motivos indicados más abajo, y considerando que el crédito disponible no permite atender el importe total solicitado y que solo hay crédito suficiente para satisfacer totalmente seis expedientes, y minorando el séptimo mediante el prorrateo desde el expediente Sociedad Valenciana Protectora de animales y plantas, con CIF G46100111, hasta Asociación Protectora de Animales de Dénia, CIF G03660305, con la limitación de la orden reguladora a 12.000 €, como subvención máxima a recibir por las inversiones encuadradas en el párrafo b), todo ello según el apartado cuarto de la citada orden de bases.

Vista la propuesta del órgano colegiado de fecha 18 de junio de 2018, resuelvo:

Primero
Conceder la ayuda por:
– El apartado a a las 26 asociaciones que cumplen los requisitos exigidos por la normativa, y que se relacionan con sus expedientes desde Sociedad Valenciana Protectora de Animales y Plantas, con CIF G46100111, hasta Asociación Huellas Callejeras de Chiva, CIF G98708563, según anexo 1a, «Listado concedidos».
– El apartado b a las siete asociaciones que cumplen los requisitos exigidos por la normativa, y que se relacionan con sus expedientes desde Sociedad Valenciana Protectora de Animales y Plantas, con CIF G46100111, hasta Asociación Protectora de Animales de Dénia, CIF G03660305, según anexo 1b, «Listado concedidos (incluido minorado)».

Segundo
Denegar la ayuda a los expedientes relacionados a continuación por los motivos que se indican en los diferentes apartados:

– Apartado a, por no reunir los requisitos de beneficiario según apartado 3.º:

Exp. Solicitante CIF/NIF
2018/MPT/VSC/00002 FUNDAC.C.V SIGRID HERVE JADOUL MES QUE GOSSOS G98657232


– Apartado b, según los motivos indicados:

Exp. Solicitante CIF/NIF Motivos
2018/MPT/VSC/00029 ASOCIACION FELCAN G97323976 1
2018/MPT/VSC/00033 FUNDAC.C.V SIGRID HERVE JADOUL MES QUE GOSSOS G98657232 2
2018/MPT/VSC/00039 ASOC CANINA ASCAN ELDA G54875372 3
2018/MPT/VSC/00030 ASOC PROTECTORA DE ANIMALES “HUELLAS CALLEJERAS” G12935003 3
2018/MPT/VSC/00031 BEKIGAT G98771579 3


Motivos:
1. Sin declaración administrativa de NZ, apartado 7.º, párrafo 3.º
2. No reunir la condición de beneficiario según apartado 3.º
3. Los gastos del apartado a no son objeto de esta convocatoria


Tercero
Tener por desistido el expediente del apartado a relacionado a continuación por no haber sido subsanado:

Exp. Solicitante CIF/NIF
2018/MPT/VSC/00018 SOC. PROTECTORA ANIMALES DE LA RIBERA. RIBER-CAN G96722046


Las inversiones serán realizadas y justificadas ante la Administración hasta el día 15 de octubre del ejercicio 2018, mediante cuenta justificativa, que incluirá la declaración de las actividades realizadas y su coste con el desglose de cada uno de los gastos incurridos, adjuntándose las facturas de terceros correspondientes a las mismas, así como los justificantes bancarios de pago.

Este acto es definitivo en vía administrativa, y contra el mismo podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la consellera de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, o impugnarse directamente ante el orden jurisdiccional mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 46.1 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio, publicada en el BOE núm. 167, de 14.07.1998).

València, 3 de julio de 2018.– La consellera de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, p. d. (O 22.12.2006, DOGV 5418), el director general de Agricultura, Ganadería y Pesca: Rogelio Llanes Ribas.

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