Ficha docv

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ACUERDO de 21 de febrero de 2024, del Consell, por el que, para el ejercicio presupuestario 2024, quedan sujetos a control financiero permanente, en sustitución de la intervención previa, determinados expedientes relativos al personal funcionario al servicio de la Administración de justicia transferido a la Comunitat Valenciana, en relación con el apartado quinto del Acuerdo de 3 de octubre de 2023, del Consell, por el que se determinan los extremos adicionales que ha de comprobar la Intervención en el ejercicio de la fiscalización del gasto. [2024/1550]

(DOGV núm. 9796 de 26.02.2024) Ref. Base Datos 001760/2024






Como continuación a los acuerdos de 5 de mayo de 2016, de la Mesa Sectorial de Justicia, ratificado por Acuerdo de 16 de septiembre de 2016, del Consell (DOGV 22.09.2016), y de 12 de diciembre de 2019 entre la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública y las organizaciones sindicales representadas en la Mesa Sectorial de Justicia, relativos ambos al establecimiento de la carrera profesional en la Administración de justicia de la Generalitat Valenciana, y el compromiso de la Conselleria a implantar la carrera profesional en el ámbito del personal funcionario al servicio de la Administración de justicia transferido a la Comunitat Valenciana, se ha suscrito el Acuerdo de 12 de diciembre de 2023 entre la Conselleria de Justicia e Interior y las organizaciones sindicales representadas en la Mesa Sectorial de Justicia.

El citado acuerdo prevé, en tanto se producen las reformas normativas necesarias para hacer posible su implantación, la negociación y aprobación de un programa de actuación para el año 2024 y siguientes de la presente legislatura, la posterior implantación del mismo que reconozca la trayectoria y actuación profesional, la calidad del trabajo realizado, la formación y conocimientos adquiridos y su implicación con la organización, sus objetivos y fines resultantes de la implantación de la nueva oficina judicial.

El objetivo es que ese programa se aplique «a lo largo del resto de la presente legislatura, iniciándose su abono de forma progresiva a lo largo de los años 2024 y siguientes, todo ello conforme a las disponibilidades presupuestarias».

Así, desde 2017 se vienen dictando resoluciones de la Dirección General de Justicia, con carácter anual, por los que se establecen Programas de Actuación dirigidos a reconocer determinados aspectos de la trayectoria y actuación profesional de los funcionarios de los cuerpos al servicio de la Administración de justicia en el ámbito de la Comunitat Valenciana, incorporando la de 2 de agosto de 2021, además del personal de carrera, al personal interino de los cuerpos generales de gestión procesal y administrativa, de tramitación procesal y administrativa y de auxilio judicial, así como los de los cuerpos especiales de médicos forenses, facultativos y ayudantes de laboratorio que a fecha 1 de abril de 2021 cumplieran los requisitos.

Por sendas resoluciones de 5 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, y de 10 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Justicia, se reconoce para los años 2022 y 2023, respectivamente, determinados aspectos de la trayectoria y actuación profesional de los funcionarios transferidos de los cuerpos al servicio de la Administración de justicia antes citados, en el ámbito de la Comunitat Valenciana que a fecha 1 de abril de cada ejercicio cumpla los requisitos.

Las cuantías individuales se determinan anualmente en función del cuerpo de pertenencia y de la antigüedad acreditada, tomándose como referencia para el encuadramiento en cada uno de los grupos y su correspondiente grado de desarrollo la situación de cada uno de los funcionarios incluidos en el programa a fecha 1 de abril de cada uno de los ejercicios, previa negociación con las organizaciones sindicales con representación en la Mesa Sectorial de Justicia.

Este proceso ha producido un importante incremento de solicitudes de encuadramiento y reclamaciones, así como de reconocimientos de oficio a realizar cada año.

Pero, sobre todo, la percepción de este programa de actuación que reconoce la trayectoria profesional para todo el personal transferido de la Administración de justicia, tiene como consecuencia que se produzca un elevado número de incidencias en las nóminas de dicho personal, que en 2021 incluyó a 4.059 funcionarios, y en 2022 a 4.277 funcionarios, y en 2023 ha afectado a 4.311 funcionarios, teniendo en cuenta que, además, de la negociación sindical, al resultar preceptivos los informes favorables de la Dirección General de Presupuestos y del Consejo General del Poder Judicial en el caso de que la resolución aprobando el programa de actuación se dicte con posterioridad a la fecha de inicio de efectos, siempre implica incidencias de nómina correspondientes a los atrasos.

Por otro lado, también hay que tener en consideración la convocatoria anual por el Ministerio de Justicia de concursos de traslados a nivel nacional, y la finalización de los procesos selectivos de personal correspondientes a las sucesivas convocatorias, que generan un importante número de incorporaciones cada año.

Conforme a lo previsto en el artículo 97 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, la función interventora tiene por objeto controlar, antes de que sean aprobados, entre otros, los actos, documentos y expedientes de la Administración de la Generalitat y sus organismos autónomos que den lugar al reconocimiento de derechos o a la realización de gastos, así como los ingresos y pagos que de ellos se deriven.

No obstante lo anterior, el artículo 98.2 de la citada Ley 1/2015, habilita al Consell, a propuesta de la Intervención General de la Generalitat, para acordar de forma motivada la aplicación del control financiero permanente, en sustitución de la función interventora, en los órganos de la Administración de la Generalitat u organismos autónomos dependientes de esta, bien respecto de toda su actividad o exclusivamente respecto de algunas áreas de gestión. Estos acuerdos, así como los motivos que los justifican, deben ser publicados en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana en el plazo máximo de veinte días desde su aprobación.

De esta forma, por acuerdos de 8 de abril de 2022, del Consell (DOGV 9349, publicado el 27.05.2022), y de 16 de febrero de 2023 (DOGV 9542, publicado el 27.02.2023), se estableció para los ejercicios presupuestarios 2022 y 2023, respectivamente, la sujeción a control financiero permanente, en sustitución de la intervención previa, los expedientes relativos a gastos de personal derivados del programa de actuación que reconozca la trayectoria y actuación profesional de los funcionarios de los cuerpos al servicio de la Administración de justicia en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

Por otra parte, el Acuerdo de 3 de octubre de 2023, del Consell, por el que se determinan los extremos adicionales a comprobar por la Intervención en el ejercicio de la fiscalización del gasto, recoge, en su apartado quinto, los expedientes que quedan sujetos a control financiero permanente en sustitución de la intervención previa.

En consecuencia, se considera necesario que, de forma excepcional durante el ejercicio 2024, se sustituya la intervención previa por el control financiero permanente, mediante el cual la Intervención pueda verificar a posteriori, por medio de técnicas de muestreo, que se han cumplido la normativa y los procedimientos aplicables.

En virtud de lo anterior, vista la propuesta de la Intervención General de la Generalitat, el Consell, a propuesta de la consellera de Hacienda, Economía y Administración Pública,





ACUERDA



Para el presente ejercicio 2024, quedan sujetos a control financiero permanente, en sustitución de la intervención previa, además de los expedientes previstos en el apartado quinto del Acuerdo de 3 de octubre de 2023, del Consell, por el que se determinan los extremos adicionales a comprobar por la Intervención en el ejercicio de la fiscalización del gasto, los expedientes relativos a gastos de personal derivados del programa de actuación que reconozca la trayectoria y actuación profesional de los funcionarios de los cuerpos al servicio de la Administración de justicia en el ámbito de la Comunitat Valenciana.



Alicante, 21 de febrero de 2024



La consellera secretaria,

SUSANA CAMARERO BENÍTEZ

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