Ficha docv

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Extracto de la Resolución de 10 de enero de 2023, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se convocan, para el año 2023, subvenciones destinadas a las entidades ciudadanas de la Comunitat Valenciana, para el fortalecimiento de la participación ciudadana en el ámbito del asociacionismo. [2023/281]

(DOGV núm. 9513 de 17.01.2023) Ref. Base Datos 000462/2023






BDNS (identif.): 669867.



De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria.



Primero. Personas beneficiarias

Podrán beneficiarse de estas subvenciones, las confederaciones, federaciones, asociaciones y fundaciones de la Comunitat Valenciana y con sede o delegación estable en la misma, que cumplan los requisitos previstos en el resuelvo cuatro de la resolución de convocatoria.



Segundo. Objeto

Subvenciones para la financiación de proyectos, con actuaciones destinadas a las entidades ciudadanas de la Comunitat Valenciana para el fortalecimiento de la participación ciudadana en el ámbito del asociacionismo.

A estos efectos, se entenderá por participación ciudadana el ejercicio del derecho de la ciudadanía a participar en el proceso de toma de decisiones públicas y en la elaboración, ejecución y evaluación de las políticas públicas.

Se subvencionarán las actuaciones destinadas a cumplir los objetivos generales siguientes:

a) Acciones de formación en materia de participación ciudadana y fomento del asociacionismo.

b) Fomento de la participación de las personas físicas o jurídicas asociadas en el día a día de la entidad.

c) Fomento de la cooperación interasociativa o el trabajo en red con otras entidades.



Tercero. Bases reguladoras

Orden 4/2016, de 3 de junio, de la Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación, por la que se aprueban las bases reguladoras conjuntas de las subvenciones destinadas a les entidades locales (ayuntamientos, mancomunidades y otras fórmulas asociativas), entidades ciudadanas, centros valencianos en el exterior (CEVEX) y sus federaciones y confederaciones, casas regionales de otras comunidades en la Comunitat Valenciana, y sus federaciones y confederaciones, para el fomento de la participación ciudadana, la transparencia y el acceso a la información pública (DOGV 7798, 06.06.2016).



Cuarto. Importe

1. La presente convocatoria de subvenciones se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 22.02.01.112.90.4, línea S7310000, de la Ley 9/2022, de 30 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2023, con un crédito máximo de un millón setecientos cincuenta mil euros (1.750.000,00 euros).

2. La subvención máxima por proyecto será:

a) Para el caso de confederaciones y federaciones de asociaciones, sea cual sea su ámbito territorial, y fundaciones y asociaciones de ámbito autonómico: 27.000 euros por proyecto.

b) Para el caso de fundaciones y asociaciones de ámbito inferior al autonómico: 7.000 euros por proyecto.

El importe global máximo establecido en el resuelvo tercero de la resolución de convocatoria para financiar estas subvenciones, se distribuirá destinando un 75% a las entidades descritas en la letra a), del punto 2 de este apartado y el 25% a las entidades descritas en la letra b), de dicho apartado. En el caso de que la cuantía económica destinada a cada uno de los dos grupos de entidades citados anteriormente no se agotase en su totalidad, el sobrante podrá ser aplicado a las solicitudes del otro grupo.



Cinco. Plazo de presentación de las solicitudes

El plazo para la presentación telemática de solicitudes será de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. El incumplimiento del mencionado plazo dará lugar a la exclusión de la convocatoria.



Seis. Otros datos

1. Solicitud: las entidades interesadas tendrán que presentar una instancia de solicitud, en documento normalizado, debidamente rellenada, con el correspondiente modelo, acompañada del resto de documentos recogidos en el anexo de la convocatoria y dirigida telemáticamente, según lo dispuesto en lo resuelvo siete de la resolución de convocatoria.

2. Documentación a presentar con la solicitud: la prevista en el resuelvo siete de la resolución de convocatoria.

3. Criterios de valoración: las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con los criterios de valoración que se detallan en el resuelvo ocho de la resolución de convocatoria.

4. Régimen de pagos: el pago de las subvenciones se realizará en los términos fijados en el resuelvo doce de la resolución de convocatoria.

La convocatoria a la que hace referencia el presente extracto puede consultarse en este mismo diario.



València, 10 de enero de 2023.– La consellera de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática: Rosa Pérez Garijo.

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