Ficha docv

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Extracto de la Orden 4/2022, de 20 de septiembre, de 2022, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se establecen las bases reguladoras que regirán el procedimiento de concesión de ayudas económicas destinadas a ayuntamientos para el desarrollo del proyecto «Bolsas de cuidado profesional para familias con hijas e hijos de hasta dieciséis años y su convocatoria para el ejercicio 2022». [2022/8545]

(DOGV núm. 9432 de 21.09.2022) Ref. Base Datos 008184/2022








BDNS (identif.): 649314.



De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/649314)



Asimismo se encuentra disponible en la dirección web

http://www.inclusio.gva.es/ca/web/mujer/promocio-de-la-igualtat



Primero. Beneficiarios

1. Podrán acceder a la condición de beneficiarios de las subvenciones reguladas en esta orden, los ayuntamientos y entidades locales menores de la Comunitat Valenciana que tengan empadronados menores nacidos en el año 2006 y siguientes.

2. Para participar en la convocatoria, las entidades deberán acreditar disponer de un plan de igualdad de acuerdo con lo establecido en la Disposición Adicional Séptima, apartado 2º, del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, del Estatuto Básico del Empleado Público.



Segundo. Objeto

1. Podrán ser objeto de subvención el desarrollo de servicios y actuaciones que contribuyan a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de acuerdo con las necesidades laborales de la zona en la que se desarrollen, mediante la implementación de alguna o varias de las siguientes actuaciones en desarrollo del plan «Corresponsables»:

a) Habilitación de servicios de atención y cuidado profesional de calidad de menores de hasta dieciséis años que puedan prestarse en dependencias públicas convenientemente habilitadas al efecto, tales como escuelas, centros municipales, bibliotecas, polideportivos, entre otros, incluido el servicio de canguro.

b) Actividades de ocio y tiempo libre, siempre y cuando se desarrollen en horarios no escolares y periodos no lectivos.



Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Las bases y la convocatoria de estas subvenciones se publican en el mismo Diari Oficial de la Generalitat Valenciana en el que se publica este extracto.



Cuarto. Dotación presupuestaria

Las ayudas convocadas se financiarán con cargo al capítulo IV del presupuesto de gastos de la Generalitat para el ejercicio 2022, aprobado por la Ley 8/2021, de 30 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2022:

Aplicación presupuestaria 16.02.01.0000.323.10.4

Denominación: plan «Corresponsables»

Línea de subvención: S11490000

Importe global: 15.950.000,00 euros

Procedencia y cuantía de los fondos: fondos del Ministerio de Igualdad (Área de Trabajo y Servicios Sociales en la codificación del presupuesto), 15.950.000,00 euros.



Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.





Sexto. Otros datos

1. Solicitudes: la solicitud y la documentación que las acompaña se presentarán exclusivamente por vía electrónica, mediante la firma electrónica de la entidad solicitante o de la persona que la represente.

2. Documentación a presentar con la solicitud: la prevista en el artículo cuarto de la convocatoria.

3. Criterios de valoración: las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con los criterios de valoración que se detallan en la base quinta de las bases reguladoras.

Será requisito imprescindible para optar a las presentes ayudas haber obtenido una puntuación mínima de 51 puntos.

4. Forma de justificación: la justificación de la actuación objeto de ayuda deberá realizarse de acuerdo con el proyecto subvencionado y los términos fijados en la base duodécima de las bases reguladoras.



València, 20 de septiembre de 2022.– La vicepresidenta del Consell y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas: Aitana Mas Mas.

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