Ficha docv

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ACUERDO de 8 de abril de 2022, del Consell, por el que, para el ejercicio presupuestario 2022, quedan sujetos a control financiero permanente en sustitución de la intervención previa, determinados expedientes relativos al personal funcionario al servicio de la Administración de justicia transferido a la Comunitat Valenciana, en relación con el apartado cuarto del Acuerdo de 24 de agosto de 2012, por el que se determinan los extremos adicionales a comprobar por la Intervención en el ejercicio de la fiscalización del gasto. [2022/4736]

(DOGV núm. 9349 de 27.05.2022) Ref. Base Datos 004557/2022


  • Análisis documental

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    Origen disposición: Conselleria de Hacienda y Modelo Económico
    Grupo Temático: Acuerdos del consell



Como continuación del Acuerdo de 5 de mayo de 2016, de la Mesa Sectorial de Justicia, ratificado por Acuerdo de 16 de septiembre de 2016, del Consell (DOGV 22.09.2016), se suscribió el Acuerdo de 12 de diciembre de 2019 entre la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública y las organizaciones sindicales representadas en la Mesa Sectorial de Justicia, relativo al establecimiento de la carrera profesional en la Administración de justicia de la Generalitat Valenciana, mediante el cual la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública se ha comprometido a implantar la carrera profesional en el ámbito del personal funcionario al servicio de la Administración de justicia transferido a la Comunitat Valenciana.

El citado acuerdo prevé, en tanto se producen las reformas normativas necesarias para hacer posible su implantación, la aprobación para el año 2020 y siguientes de un programa de actuación que reconozca la trayectoria y actuación profesional, la calidad del trabajo realizado, la formación y conocimientos adquiridos y su implicación con la organización, sus objetivos y fines resultantes de la implantación de la nueva oficina judicial.

Así, desde 2017 se vienen dictando resoluciones por parte de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia estableciendo, con carácter anual, Programas de Actuación dirigidos a reconocer determinados aspectos de la trayectoria y actuación profesional de los funcionarios de los cuerpos al servicio de la Administración de justicia en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

Por Resolución de 2 de agosto de 2021, de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, se incorpora también al citado programa el personal interino de los cuerpos generales de gestión procesal y administrativa, de tramitación procesal y administrativa y de auxilio judicial, así como el de los cuerpos especiales de médicos forenses, facultativos y ayudantes de laboratorio que, a fecha 1 de abril de 2021, cumpla los requisitos.

Este proceso ha producido un importante incremento de solicitudes de encuadramiento y reclamaciones, así como de reconocimientos de oficio a realizar cada año, lo que conlleva que se produzca un elevado número de incidencias en las nóminas de dicho personal.

En consecuencia, se considera necesario que de forma excepcional durante el ejercicio 2022, se sustituya la intervención previa por el control financiero permanente mediante el que la Intervención pueda verificar a posteriori, por medio de técnicas de muestreo, que se han cumplido la normativa y los procedimientos aplicables.

En este sentido, el artículo 98.2 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, habilita al Consell, a propuesta de la Intervención General de la Generalitat, para acordar de forma motivada la aplicación del control financiero permanente, en sustitución de la función interventora en los órganos de la Administración de la Generalitat u organismos autónomos dependientes de esta, bien respecto de toda su actividad o exclusivamente respecto de algunas áreas de gestión. Estos acuerdos, así como los motivos que los justifican, deben ser publicados en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana en el plazo máximo de veinte días desde su aprobación.

Por otra parte, el Acuerdo de 24 de agosto de 2012, del Consell, por el que se determinan los extremos adicionales a comprobar por la Intervención en el ejercicio de la fiscalización del gasto, recoge en su apartado Cuarto los expedientes relativos a gastos de personal que quedan sujetos a control financiero permanente en sustitución de la intervención previa.

En virtud de lo anterior, vista la propuesta de la Intervención General de la Generalitat, el Consell, a propuesta del conseller de Hacienda y Modelo Económico, previa deliberación en la reunión de 8 de abril de 2022,





ACUERDA



Para el presente ejercicio 2022, quedan sujetos a control financiero permanente, en sustitución de la intervención previa, además de los expedientes previstos en el apartado cuarto del Acuerdo de 24 de agosto de 2012, del Consell, por el que se determinan los extremos adicionales a comprobar por la Intervención en el ejercicio de la fiscalización del gasto, los expedientes relativos a gastos de personal derivados del programa de actuación que reconozca la trayectoria y actuación profesional de los funcionarios de los Cuerpos al Servicio de la Administración de justicia en el ámbito de la Comunitat Valenciana.



València, 8 de abril de 2022,



La consellera secretària,

MÓNICA OLTRA JARQUE

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