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ACUERDO de 29 de agosto de 2003, del Consell de la Generalitat, constituido en Junta General de Accionistas, con el carácter de extraordinaria y universal, de la mercantil Construcciones e Infraestructuras Educativas de la Generalitat Valenciana, SA, por el que se modifican sus estatutos. [2003/M9693]

(DOGV núm. 4577 de 01.09.2003) Ref. Base Datos 4006/2003

ACUERDO de 29 de agosto de 2003, del Consell de la Generalitat, constituido en Junta General de Accionistas, con el carácter de extraordinaria y universal, de la mercantil Construcciones e Infraestructuras Educativas de la Generalitat Valenciana, SA, por el que se modifican sus estatutos. [2003/M9693]
El Consell de la Generalitat, en la reunión del día 29 de agosto de 2003, adoptó el siguiente acuerdo:
El Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1.564/1989, de 22 de diciembre, establece en su artículo 144 que la modificación de los estatutos corresponde acordarla a la Junta General de Accionistas.
La Generalitat es el único socio de la mercantil Construcciones e Infraestructuras Educativas de la Generalitat Valenciana, SA, por lo que corresponde al Consell de la Generalitat, constituido en Junta General Extraordinaria y Universal de Accionistas, la adopción del acuerdo de modificación de los estatutos de la sociedad.
Por todo ello, el Consell de la Generalitat, reunido en Valencia el día 29 de agosto de 2003, como Junta General de Accionistas, con el carácter de extraordinaria y universal, de la mercantil Construcciones e Infraestructuras Educativas de la Generalitat Valenciana, SA, acepta los siguientes puntos del orden del día de la reunión:
1º. Modificar el artículo 10.3 de los estatutos sociales, relativo a la elección del secretario del Consejo de Administración.
2º. Autorizar al presidente y al secretario del Consejo de Administración para realizar los actos precisos para la ejecución de lo acordado en la presente reunión, otorgando para ello, en su caso, las correspondientes escrituras públicas e instando su inscripción en el Registro Mercantil.
Al tratarse de una sociedad unipersonal, se encuentra presente su socio único, la Generalitat.
Tras la oportuna deliberación y no habiendo intervenciones cuya constancia se solicite, el Consell de la Generalitat, en su condición de Junta General de Accionistas, con el carácter de extraordinaria y universal, por unanimidad, acuerda:
Primero
Modificar el artículo 10.3 de los estatutos sociales, relativo a la elección del secretario del Consejo de Administración. La nueva redacción del apartado será la siguiente:
«Artículo 10.3
El Consejo de Administración elegirá a un secretario y, en su caso, a un vicesecretario, que podrán no ser consejeros. En caso de ausencia o enfermedad, el secretario será sustituido por el vicesecretario».
Segundo
Facultar al presidente y al secretario del Consejo de Administración de la sociedad para que cualquiera de ellos, solidaria e indistintamente, comparezca ante notario y eleve a públicos, en su caso, los anteriores acuerdos, declarándolos ejecutados y realizando las manifestaciones que fueran precisas a tal fin. Se les faculta, asimismo, para otorgar escrituras de rectificación o subsanación de la elevación a públicos de los acuerdos sociales, así como para realizar cuantas gestiones sean necesarias al objeto de proceder a la inscripción de los mismos en el Registro Mercantil.
Valencia, 29 de agosto de 2003
El conseller secretario del Consell de la Generalitat,

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