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DECRETO 154/1996, de 30 de julio, del Gobierno Valenciano, por el que se crea una comisión interdepartamental para la racionalización del sector público en el ámbito de la Generalitat Valenciana.

(DOGV núm. 2809 de 14.08.1996) Ref. Base Datos 1609/1996

DECRETO 154/1996, de 30 de julio, del Gobierno Valenciano, por el que se crea una comisión interdepartamental para la racionalización del sector público en el ámbito de la Generalitat Valenciana.
La Generalitat Valenciana precisa disponer de un cuadro de criterios claros y generales que redefinan y reordenen el papel que el sector público debe de jugar en el ámbito de la Comunidad Valenciana a finales del siglo XX. La ausencia de este planteamiento integral, con unos objetivos claramente definidos, ha conducido a una no deseada situación de solapamiento entre los campos de actuación de los sectores público y privado, tras décadas de aumento desordenado y a veces carente de sentido, del sector público.
El excesivo intervencionismo de la administración en la actividad económica genera tensiones inflacionistas, disminuye la competitividad, reduce las posibilidades de crecimiento económico y, por ello, la creación de empleo.
La creciente demanda de bienes y servicios que realizan los ciudadanos a cambio de sus impuestos, la calidad exigida a los mismos, la progresiva variedad requerida, los frecuentes cambios en las preferencias ciudadanas, etc., exige que la iniciativa privada, antes que el sector público, sea el mayor oferente de los mismos. Éste es un principio de ventaja mutua. Los ciudadanos ven satisfechas sus necesidades de forma eficiente, la sociedad civil ve aumentadas sus oportunidades de actuación, y de creación de empleo y la Generalitat Valenciana racionaliza su gasto por la competencia entre los proveedores.
Así las cosas, parece conveniente adoptar el axioma de que la Generalitat Valenciana será ambiciosa en gestionar capacidad de servir al ciudadano y reticente en el suministro directo de servicios específicos. En suma, se trata de aumentar la capacidad de elección de los valencianos, e incrementar la calidad de los servicios prestados.
Es, pues, necesario estudiar con detenimiento y de manera integrada, quien es el mejor proveedor de los bienes y servicios financiados por el sector público; tanto de los existentes, como los principios políticos rectores de los que se requieran en el futuro, en aras de incrementar la competitividad y eficiencia de nuestra economía, claves imprescindibles para la generación de empleo estable.
En el mismo sentido, deberán obtenerse, como resultados evidentes de esta reflexión, las alternativas de prestación de los diferentes bienes y servicios (privatización, gestión directa o indirecta, outsourcing, dirección externalizada de procesos, cambios de personalidad jurídica, etc.). Las recomendaciones finales deberían aportar datos sobre costes de oportunidad (aspectos económicos y sociales), priorización, calendario, etc.
Las ideas expuestas anteriormente fueron recogidas en el Plan Estratégico de Modernización de la Administración Valenciana (PEMAV), aprobado por el Gobierno Valenciano el 5 de febrero de 1996, y más concretamente dentro de los proyectos Choice y Result. Conviene, ahora, desarrollar ambos proyectos con el fin de encontrar las soluciones de racionalización más convenientes, desde una perspectiva global e integradora.
Para ello, se crea una Comisión Interdepartamental, al amparo de los artículos 31 y 32 de la Ley de la Generalitat Valenciana 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano.
Dado su carácter global, en esta comisión estarán representadas todas las consellerias, si bien, para que su actuación sea más operativa, se prevé una comisión permanente, integrada por tres miembros, el representante de la Presidencia de la Generalitat Valenciana, como máximo órgano coordinador de la administración, más un representante por cada una de las dos consellerias horizontales, Presidencia y Economía y Hacienda.
En su virtud, y previa deliberación del Gobierno Valenciano en la reunión del día 30 de julio de 1996, y a propuesta de su presidente,
DISPONGO
Artículo 1. Creación
Se crea la Comisión Interdepartamental para la Racionalización del Sector Público en el ámbito de la Generalitat Valenciana, que se adscribe a su Presidencia.
Artículo 2. Composición
1. Esta Comisión está compuesta por los siguientes miembros:
- El director del Gabinete del Presidente de la Generalitat Valenciana, que será su presidente y portavoz.
- El secretario general de la Conselleria de Economía y Hacienda, que será su vicepresidente.
- El director general para la Modernización de las Administraciones Públicas, que será su secretario.
- Un representante, con rango de director general, de las consellerias de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes; Cultura, Educación y Ciencia; Sanidad y Consumo; Trabajo y Asuntos Sociales; Industria y Comercio, y Agricultura y Medio Ambiente, como vocales.
2. La Secretaría Administrativa de esta Comisión queda adscrita a la Presidencia de la Generalitat Valenciana, de acuerdo con lo que establece el artículo 32 de la Ley de Gobierno Valenciano, sin perjuicio de las competencias que a este respeto ostenta el Gabinete de Coordinación Interdepartamental de la Dirección General del Secretariado del Gobierno.
3. A instancias de los miembros de la Comisión podrá intervenir en la misma algún alto cargo de la administración de la Generalitat Valenciana, o funcionario especializado, que actuará con voz, pero sin voto.
Artículo 3. Funciones
La Comisión tendrá las siguientes funciones:
1. Estudiar y analizar la situación actual del sector público valenciano.
2. Elaborar las líneas básicas necesarias, tendentes a la racionalización del mismo.
3. Proponer al presidente de la Generalitat Valenciana los planes de actuación concretos necesarios en materia de reordenación del sector público valenciano.
4. Impulsar y supervisar, tras su aprobación, la aplicación de los planes de actuación, garantizando los principios de publicidad, transparencia y concurrencia.
5. Emitir informes sobre todos aquellos asuntos que, afectando a la racionalización del sector público valenciano, sean sometidos a la Comisión por el presidente de la Generalitat Valenciana.
Artículo 4. Comisión Permanente
A los efectos del mejor cumplimiento de las funciones enumeradas en el artículo anterior, se constituirá una comisión permanente integrada por el presidente, el vicepresidente y el secretario, a la que corresponderá la preparación del trabajo de la Comisión Interdepartamental, elaborar su orden del día, y la adopción de las medidas que fueran necesarias, por su carácter de urgencia, para el correcto cumplimiento de sus funciones
Artículo 5. Funcionamiento
Esta comisión interdepartamental se someterá en su funcionamiento a lo establecido en el artículo 32 de la Ley de la Generalitat Valenciana 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano, y en los artículos 22 a 27, sobre órganos colegiados, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Artículo 6. Comisiones técnicas
Para su mejor funcionamiento y estudio de los asuntos, se podrán crear comisiones técnicas formadas por especialistas, así como se podrá recabar el asesoramiento de funcionarios, o personas ajenas a la administración, que sean expertos en la materia que interese en cada caso.
DISPOSICIóN FINAL
Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 30 de julio de 1996
El presidente de la Generalitat Valenciana,
EDUARDO ZAPLANA HERNáNDEZ-SORO

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