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RESOLUCIóN de 24 de marzo de 1995, de la Dirección General de Interior, sobre los cursos de formación impartidos por el Instituto Valenciano de Seguridad Pública.

(DOGV núm. 2487 de 10.04.1995) Ref. Base Datos 0851/1995

RESOLUCIóN de 24 de marzo de 1995, de la Dirección General de Interior, sobre los cursos de formación impartidos por el Instituto Valenciano de Seguridad Pública.
El Anexo I.6 de la Orden de 5 de diciembre de 1994, de la Consellería de Administración Pública, por la que se aprueba el baremo general de aplicación a los concursos de méritos para la provisión de plazas en los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad Valenciana, establece el baremo de méritos en lo relativo a la valoración de los Cursos de formación. En este baremo se introduce un elemento nuevo con la finalidad de incentivar al personal que se distinga por su particular aprovechamiento de estos Cursos. Se hace, por tanto, necesario establecer las normas que con carácter general determinarán una u otra calificación, dentro de las competencias que tiene atribuidas esta Dirección General en el Capítulo VII del Título II del Decreto del Gobierno Valenciano 16/94, de 8 de febrero. En su virtud, resuelvo
Primero. Diplomas y Certificados.
Los cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por el IVASP y Escuelas de Policía de las Corporaciones Locales reconocidas por el IVASP, se calificarán mediante:
a) Diploma de Asistencia.
b) Certificado de Aprovechamiento.
c) Certificado de Aprovechamiento Excelente.
No se expedirá Diploma o Certificado alguno a aquellos alumnos cuya inasistencia al Curso sea superior al diez por ciento del total de las horas lectivas del mismo.
Segundo. Pruebas de valoración.
Para la valoración y expedición del correspondiente Diploma o Certificado, el profesor encargado de la docencia realizará las oportunas pruebas de aptitud.
Las pruebas consistirán, preferentemente, en contestar a un cuestionario de preguntas con cuatro respuestas alternativas, sólo una de ellas correcta.
El número de preguntas será, como mínimo, una por cada hora lectiva. Para superar las pruebas se requerirá obtener una puntuación de 5 sobre 10, en un cuestionario de 30 preguntas, o su equivalente proporcional.
La corrección se efectuará con arreglo a la siguiente fórmula:
A - E
---------
N-1
De donde: A: Aciertos; E: Errores; N: Número de respuestas alternativas.
Tercero. Diploma de Asistencia.
El Diploma de Asistencia se expedirá a todos los alumnos que, sin superar el límite máximo de ausencias, no superen la calificación mínima exigida, en cada caso, para entender superadas las pruebas de evaluación que se celebren.
Cuarto. Certificado de Aprovechamiento.
Se entregará Certificado de Aprovechamiento a los alumnos que superen las pruebas de aptitud que se celebren.
Quinto. Certificado de Aprovechamiento Excelente.
En cada curso el IVASP podrá expedir hasta un máximo de tres Certificados de Aprovechamiento Excelente, a propuesta del profesor encargado de la docencia, a los alumnos que obtengan las mayores calificaciones, siempre que por su especial atención y aprovechamiento justifiquen tal calificación.
En el supuesto que de existan más de tres alumnos en los que concurran las anteriores circunstancias y obtengan la superior calificación, el profesor mediante escrito razonado, podrá proponer al IVASP, únicamente a los tres que considere merecedores de dicho Certificado.
Valencia, 24 de marzo de 1995.- El director general de Interior: Vicent Baeza i Cardona

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