Ficha disposicion pc

Texto h2

diari

Decreto 164/1983, de 19 de diciembre, del Consell de la Generalidad Valenciana, de creación de la Comisión de Protección Civil de la Generalidad Valenciana.

(DOGV núm. 146 de 16.02.1984) Ref. Base Datos 0091/1984

Decreto 164/1983, de 19 de diciembre, del Consell de la Generalidad Valenciana, de creación de la Comisión de Protección Civil de la Generalidad Valenciana.
Las inundaciones de octubre de 1982 así como las recientes acaecidas, los días 6 de noviembre y siguientes, han puesto de manifiesto la necesidad de que se incremente la agilidad y eficacia de la actuación administrativa en supuestos como los citados.
Consiguientemente, se hace precisa la creación de un órgano colegiado que, a nivel comunitario, sea susceptible de asumir de manera inmediata la coordinación de los servicios de la Generalidad en supuestos catastróficos y sea, al propio tiempo el órgano de estudio y propuesta, tanto previa como sucesiva, de todas aquellas medidas que puedan ser adoptadas por el Gobierno Valenciano.
Por todo ello, a propuesta del Conseller de Gobernación, previa deliberación del Consell de la Generalidad Valenciana en su sesión de 19 de diciembre de 1983,
DISPONGO:
Artículo primero
Se crea la Comisión de Protección Civil de la Generalidad Valenciana.
Artículo segundo
Constituye función primordial de la Comisión de Protección Civil de la Generalidad la coordinación de las actuaciones a desempeñar con carácter de urgencia por los servicios de la Generalidad en supuestos catastróficos.
Artículo tercero
Corresponde igualmente a la Comisión de Protección Civil de la Generalidad, el estudio y propuesta al Conseller de Gobernación para su elevación al Gobierno Valenciano de las siguientes cuestiones:
a) Adopción de medidas preventivas tendentes a evitar riesgos catastróficos.
b) Medidas rehabilitadoras de las infraestructuras, servicios y equipamientos dependientes de la Generalidad.
c) Ayudas a las Administraciones dependientes de la Generalidad.
d) Colaboración con la Administración del Estado.
e) Auxilios a otras Comunidades.
f) Cuantas otras le atribuya el Consell de la Generalidad Valenciana.
Artículo cuarto
Integrarán la Comisión a que se refiere el artículo anterior, bajo la presidencia del Subsecretario de la Consellería de Gobernación, los siguientes miembros:
a) El Director General de Seguridad y Protección Civil de la Consellería de Gobernación que actuará como Vicepresidente.
b) Un Director General de cada una de las Consellerías que integran el Consell de la Generalidad Valenciana, designado por el Conseller respectivo.
c) Un representante de cada una de las tres Diputaciones Provinciales de la Comunidad Valenciana, nombrados por su Presidente.
Artículo quinto
La Secretaría Administrativa de la Comisión queda adscrita a la Presidencia de la Generalidad y será desempeñada por un funcionario designado por el Conseller de la Presidencia.
DISPOSICION FINAL
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Generalidad Valenciana.
Dado en Valencia el 19 de diciembre de 1983.
El Presidente de la Generalidad,
JOAN LERMA I BLASCO
El Conseller de Gobernación,
FELIPE GUARDIOLA SELLES

linea
Mapa web