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Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria. RESOLUCIÓN de 2 de octubre de 2017, de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Agraria Común, de modificación del inicio del plazo para comunicar las cesiones de derechos de pago básico en la Comunitat Valenciana, correspondiente al año 2018. [2017/8777]

(DOGV núm. 8148 de 13.10.2017) Ref. Base Datos 008894/2017

RESOLUCIÓN de 2 de octubre de 2017, de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Agraria Común, de modificación del inicio del plazo para comunicar las cesiones de derechos de pago básico en la Comunitat Valenciana, correspondiente al año 2018. [2017/8777]
Mediante la Orden 5/2015, de 27 de febrero, de la Conselleria de Presidencia, Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, por la que se establecen las bases reguladoras aplicables al conjunto de pagos directos a la agricultura y la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural (DOGV 7478, 04.03.2015), en su artículo 14 establece que los derechos de pago básico solo podrán ser cedidos dentro de la misma región del régimen de pago básico donde dichos derechos hayan sido asignados, bien en venta, arrendamiento o mediante cualquier otra forma admitida en derecho, debiendo comunicarse a la autoridad competente ante la que haya presentado su solicitud única en el plazo establecido en el artículo 30 del Real decreto 1076/2014 de 19 de diciembre.
Vista la modificación del artículo 30 del Real decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos de régimen de pago básico de la Política Agrícola Común, realizada mediante el Real decreto 1172/2015, de 29 de diciembre, se permite el retraso del plazo de las comunicaciones de cesiones de derechos de pago básico.
Por ello, de acuerdo con la legislación vigente, y en atención a la necesidad de disponer de las bases de datos de SIGPAC y de derechos de pago básico actualizadas resulta conveniente fijar el inicio del plazo de comunicación de las cesiones de derechos de pago básico presentadas en la Comunitat Valenciana, correspondientes a la campaña 2018, haciéndolo coincidir con el inicio del plazo de la solicitud única.
En virtud de la disposición adicional primera de la Orden 5/2015, de 27 de febrero, de la Conselleria de Presidencia, Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, se autoriza al director general con competencias en gestión de las ayudas de la PAC a adoptar las resoluciones precisas para el desarrollo y ejecución de la citada orden, resuelvo:

Apartado primero
De manera excepcional, se fija el inicio de la comunicación de cesiones de derechos de pago básico de la campaña 2018, a 1 de febrero de 2018.

Apartado segundo
Régimen de recursos contra la presente resolución de convocatoria. La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó en el plazo un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o impugnarse directamente ante los juzgados de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

València, 2 de octubre de 2017.– La directora general de Desarrollo Rural y Política Agraria Común: M.ª Teresa Cháfer Nácher.

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