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RESOLUCIÓN de 12 de mayo de 2009, del conseller de Bienestar Social y vicepresidente tercero del Consell, por la que se incrementan los créditos que han de financiar los conciertos convocados mediante la Orden de 3 de marzo de 2009, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regulan las bases generales a las que deben someterse los conciertos para plazas asistenciales en centros de atención especializada para personas con discapacidad y se efectúa convocatoria pública para el período 2009-2012. [2009/5386]

(DOGV núm. 6013 de 14.05.2009) Ref. Base Datos 005390/2009

RESOLUCIÓN de 12 de mayo de 2009, del conseller de Bienestar Social y vicepresidente tercero del Consell, por la que se incrementan los créditos que han de financiar los conciertos convocados mediante la Orden de 3 de marzo de 2009, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regulan las bases generales a las que deben someterse los conciertos para plazas asistenciales en centros de atención especializada para personas con discapacidad y se efectúa convocatoria pública para el período 2009-2012. [2009/5386]
La Conselleria de Bienestar Social, mediante Orden de 3 de marzo de 2009, (DOCV núm. 5969 de 6 de marzo de 2009), ha regulado y convocado para el período 2009-2012 los conciertos para plazas asistenciales en centros de atención especializada para personas con discapacidad, estableciendo en el artículo 26 de dicha orden que su financiación se consignará durante su período de vigencia en los Presupuestos de la Generalitat con cargo al programa presupuestario 313.40, Integración Social del Discapacitado, línea T7148, «Conciertos plazas residencias y centros de día discapacitados», correspondiente al capítulo IV del citado programa.
El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, a través del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, y la Generalitat, han suscrito, el día 27 de marzo de 2009, el Convenio de colaboración por el que se transfieren créditos previstos en el Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo, regulado por Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre, destinados a actuaciones vinculadas con la atención a la dependencia.
La cláusula cuarta, apartado II, c) del citado convenio, establece que, con carácter excepcional y sin compromiso alguno de financiación futura por parte de la administración General del Estado, debido al carácter no consolidable de este crédito, podrán financiarse, actuaciones de gestión, mediante compra o concierto, de servicios para la atención de personas en situación de dependencia, siempre que suponga un incremento de los servicios presupuestados por la Comunidad Autónoma en el año 2009.
Esta actuación que se detalla en el convenio se gestionará a través de la línea de subvención T7148, que presenta disponibilidad presupuestaria, consecuencia de la generación finalista del Fondo Especial y que permite incrementar la financiación de la mencionada Orden de 3 de marzo de 2009, de la Conselleria de Bienestar Social.
En virtud de ello, y en uso de las facultades que me confieren el artículo 47.11 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana, aprobado por Decreto Legislativo de 26 de junio de 1991, y el Decreto 161/2008, de 17 de octubre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Bienestar Social, resuelvo:
Primero
Incrementar la cuantía de los créditos destinados a financiar la Orden de 3 de marzo de 2009 (DOCV núm. 5969 de 6 de marzo de 2009), de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regulan las bases generales a las que deben someterse los conciertos para plazas asistenciales en centros de atención especializada para personas con discapacidad y se efectúa convocatoria pública para el período 2009-2012, y dar publicidad al crédito presupuestario resultante y a la línea de subvención que se relacionan a continuación, destinados a financiar dichos conciertos en el año 2009 con cargo al programa presupuestario 313.40, Integración Social del Discapacitado.
Denominación: conciertos plazas en residencias y centros de día para personas con discapacidad.
Línea de subvención: T7148/000/09
Consignación presupuestaria inicial en el año 2009: 26.309.080,00 €
Incremento en el año 2009: 1.740.096,50 €, pasando de 26.309.080,00 € a 28.049.176,50 €.
Procedencia y cuantía de los fondos:
- Propios no condicionados: 26.309.080,00 €
- Externa: Ministerio de Sanidad y Política Social: 1.740.096,50 €
Segundo
Publicar la presente resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Valencia, 12 de mayo de 2009.- El conseller de Bienestar Social y vicepresidente tercero del Consell: Juan Gabriel Cotino Ferrer.

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