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RESOLUCIÓN de 5 de mayo de 2015, del secretario autonómico de Administración Pública, por la que se dictan las directrices de funcionamiento y se aprueba el manual de instrucciones que será de obligado cumplimiento para todas las oficinas de registro de la Generalitat, incluidas en el ámbito de aplicación del Decreto 191/2014, de 14 de noviembre, del Consell. [2015/5182]

(DOGV núm. 7545 de 11.06.2015) Ref. Base Datos 005310/2015

RESOLUCIÓN de 5 de mayo de 2015, del secretario autonómico de Administración Pública, por la que se dictan las directrices de funcionamiento y se aprueba el manual de instrucciones que será de obligado cumplimiento para todas las oficinas de registro de la Generalitat, incluidas en el ámbito de aplicación del Decreto 191/2014, de 14 de noviembre, del Consell. [2015/5182]
El Decreto 191/2014, de 14 de noviembre, del Consell, regula la atención a la ciudadanía, el registro de entrada y salida de escritos y la ordenación de las oficinas de registro en la Administración de la Generalitat. Con esta norma se sientan las bases para facilitar un único registro de toda la Generalitat, que posibilite una rápida y fluida comunicación entre todas las oficinas de registro.
En el preámbulo del citado decreto se pone de manifiesto que las oficinas de registro ubicadas en distintas dependencias constituyen en muchos casos la puerta de entrada de la ciudadanía a la Administración, por lo que es importante que su sistema de actuación esté unificado, evitando disfunciones derivadas de la complejidad organizativa, y que se construya un modelo orientado principalmente a satisfacer las demandas y expectativas de los ciudadanos y las ciudadanas que acuden a las oficinas de registro para iniciar cualquier procedimiento.
Evitar desplazamientos, reducir tiempos y evitar errores en la presentación de documentos, es una forma de ofrecer un servicio de calidad y, al mismo tiempo, de reducir las cargas administrativas que tanto la ciudadanía como las empresas soportan.
Con el fin de unificar la actuación de todas las oficinas de registro, la disposición adicional segunda del citado Decreto 191/2014, denominada Directrices de funcionamiento, establece que «en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de este decreto, mediante resolución del titular de la Secretaría Autonómica de Administración Pública, se aprobará el manual de instrucciones que será de obligado cumplimiento para todas las oficinas de registro incluidas en el ámbito de aplicación del presente decreto».
Para la redacción del manual de instrucciones se ha contado con la participación de un grupo de trabajo con distintos perfiles profesionales, conocedores de la materia, constituido en el seno de la Comisión Técnica para la Modernización y Mejora de la Calidad de los Servicios Públicos. Dicho grupo es el mismo que se constituyó para la elaboración del decreto que regula la atención a la ciudadanía, el registro de entrada y salida de escritos y la ordenación de las oficinas de registro.
El manual consta de 2 títulos, el primero de ellos está dedicado a toda la actividad de las oficinas de registro, respecto a lo que se podría denominar como registro presencial, y el segundo al registro de documentos dirigidos a otras administraciones integradas en el sistema de interconexión ORVE.
El Reglamento orgánico y funcional de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, aprobado mediante Decreto 20/2013, de 25 de enero, del Consell, establece en su artículo 7 que la Secretaría Autonómica de Administración Pública ejercerá las competencias que le atribuye el artículo 68 de la Ley del Consell en materia de, entre otras, atención al ciudadano, calidad de los servicios y simplificación administrativa.
Así pues, y con el objeto de armonizar el funcionamiento de las más de 180 oficinas de registro de la Generalitat, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional segunda del Decreto 191/2014, así como en el artículo 7 del Decreto 20/2013, por el que aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, resuelvo:

Aprobar el Manual de instrucciones para las oficinas de registro de la Generalitat, que a continuación se adjunta, en el que se contienen las directrices de funcionamiento que serán de obligado cumplimiento para todas las oficinas de registro incluidas en el ámbito de aplicación del Decreto 191/2014, de 14 de noviembre, del Consell, por el que se regula la atención a la ciudadanía, el registro de entrada y salida de escritos y la ordenación de las oficinas de registro en la Administración de la Generalitat.

Valencia, 5 de mayo de 2015.– El secretario autonómico de Administración Pública: Pedro García Ribot.

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