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RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 2023, del director general de Medio Natural y de Evaluación Ambiental, por la que se aprueban las directrices técnicas sobre efectividad y esfuerzo mínimo de caza o control del jabalí para las distintas modalidades, en desarrollo del artículo 5 de la Orden 22/2021, de 11 de noviembre, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se regula la caza y control del jabalí en la Comunitat Valenciana. [2023/5169]

(DOGV núm. 9597 de 17.05.2023) Ref. Base Datos 005190/2023

RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 2023, del director general de Medio Natural y de Evaluación Ambiental, por la que se aprueban las directrices técnicas sobre efectividad y esfuerzo mínimo de caza o control del jabalí para las distintas modalidades, en desarrollo del artículo 5 de la Orden 22/2021, de 11 de noviembre, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se regula la caza y control del jabalí en la Comunitat Valenciana. [2023/5169]
La reciente Orden de esta conselleria por la que se regula la caza y el control del jabalí en la Comunitat Valenciana establece unas normas excepcionales de caza, gestión y ordenación cinegética en aquellas zonas declaradas oficialmente con sobreabundancia de esta especie. En estas áreas, una de las medidas que es necesario adoptar para reconducir las densidades de jabalí a un estado de normalidad, es la de programar un esfuerzo o presión de caza mínimo, siendo necesario para ello que, por parte de esta dirección general, se publiquen unas directrices técnicas sobre efectividad y esfuerzo mínimo de caza para las distintas modalidades. En el artículo quinto de la Orden se establece un plazo para la publicación de estas directrices, quedando aplicable mientras tanto lo dispuesto en su disposición transitoria única.
Para la definición de estas directrices técnicas ha sido necesario la realización por el Servicio de Caza y Pesca de estudios conducentes a la obtención de valores de referencia para los principales parámetros de cálculo de la presión y esfuerzo de caza sobre la especie. En estos informes se ha utilizado información procedente de cacerías en las modalidades: gancho, batida, y caza al salto (en mano) suministrados por una amplia red de colaboradores (grupos de cazadores de jabalí) distribuidos por todo el ámbito de la Comunitat Valenciana. También se han analizado datos de las cacerías en la modalidad de espera, así como de controles mediante trampeo (cajas-trampa homologadas) en la Reserva Valenciana de Caza de la Muela de Cortes.
Con todo ello, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Orden 22/2021, de 11 de noviembre y en su disposición transitoria única, y en virtud de las competencias que tiene atribuidas esta dirección general por el Decreto 176/2020, de 30 de octubre, del Consell por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, resuelvo:

Primero
Aprobar las directrices técnicas sobre efectividad y esfuerzo mínimo de caza o control del jabalí para las distintas modalidades cinegéticas, cuyo contenido se recoge en el anexo de esta resolución.

Segundo
La presente resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá presentarse recurso de alzada ante el secretario autonómico de Emergencia Climática y Transición Ecológica en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

València, 9 de mayo de 2023.– El director general de Medio Natural y Evaluación Ambiental: Julio Ramón Gómez Vivo.



ANEXO I
Directrices técnicas sobre efectividad y esfuerzo mínimo de caza o control del jabalí para las distintas modalidades cinegéticas

En los instrumentos de ordenación cinegética o planes de gestión del jabalí de zonas declaradas oficialmente con sobreabundancia de esta especie será necesario programar y aplicar un esfuerzo mínimo de caza y control. Este esfuerzo mínimo será de 30 jornadas equivalentes por cada kilómetro cuadrado de terreno forestal y temporada en las siguientes modalidades de caza: batida, gancho o caza al salto. Este esfuerzo o presión de caza o control se corresponde, según los datos de efectividad estimados en el último informe técnico del Servicio de Caza y Pesca sobre la materia, con el necesario para extraer en cada temporada una fracción de población del 58 % de las existencias estivales.
El esfuerzo mínimo de caza o control solo podrá modificarse en los instrumentos de ordenación cinegética o planes de gestión de forma justificada, previa realización de estudios más precisos de estima poblacional mediante métodos como REM (Random Encounter Model), REST (Random Encounter and Staying Time) o CT-DS (Camera Trap Distance Sampling).
1. La anterior presión de caza en batidas, ganchos o caza al salto podrá reducirse hasta quedar en un mínimo de 10 jornadas equivalentes por cada kilómetro cuadrado de terreno forestal y temporada siempre y cuando las restantes 20 jornadas equivalentes por cada kilómetro cuadrado de terreno forestal y temporada se programen y ejecuten a través de modalidades de caza o técnicas de control alternativas como las esperas nocturnas o el trampeo con métodos homologados, según las equivalencias recogidas en el punto 5.
2. Los instrumentos de ordenación cinegética o planes de gestión de zonas en las que no sea viable la caza o control mediante las modalidades de batida, gancho o caza al salto por razones de seguridad (zonas urbanizadas, con ganadería extensiva, o de intenso uso recreativo) o bien sean zonas en las que estas modalidades no sean efectivas por tratarse de áreas de alimentación nocturna en las que no existen ambientes «refugio» o «encames» sobre los que practicar la caza con perros, podrán solicitar una excepción al esfuerzo mínimo de control mediante modalidades de caza con perros.
Estas circunstancias excepcionales se justificarán en los instrumentos de ordenación cinegética o planes de gestión, de forma que la Resolución aprobatoria pueda reducir o excluir de forma expresa este requisito. En cualquier caso, el esfuerzo de caza y control de 30 jornadas equivalentes por cada kilómetro cuadrado de terreno forestal y temporada deberá programarse y ejecutarse mediante modalidades o técnicas alternativas.
3. Las superficies de «terreno forestal» a utilizar en el cálculo del esfuerzo mínimo se obtendrán a partir de los valores indicados en la capa «Áreas aptas valoración jabalí» del visor cartográfico de la Generalitat (https://visor.gva.es/visor/).
4. La efectividad de la técnica de control identificada como «trampeo» está referida al modelo de caja-trampa para jabalí homologada en la Comunitat Valenciana por Resolución de 10 de agosto de 2022, de la Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental (DOGV Núm. 9409 de fecha 22.08.2022). En caso de que se homologaran nuevos métodos de captura para esta especie, esta dirección general deberá publicar los correspondientes valores de estos parámetros (efectividad y equivalencia del esfuerzo) para estos modelos de trampa o sistema de captura.
5. Las equivalencias entre modalidades de caza y técnicas de control son las descritas en la siguiente tabla.

Modalidad – Técnica Coeficiente de Equivalencia Número de jornadas unitarias de la Modalidad o Técnica necesarias para alcanzar 30 jornadas equivalentes (valor referencia/km² forestal)
Batidas CeB= 1,000 30
Ganchos CeG=1,000 30
Al salto CeS= 1,000 30
Esperas CeE= 1,250 24
Trampeo CeT= 0,625 48

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