Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 15 de septiembre de 2021, de la consellera de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, por la que se modifica el Plan estratégico de subvenciones para el periodo 2020-2023, aprobado mediante la Resolución de 22 de junio de 2020.



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Texto Texto2
Publicado en:  DOGV núm. 9181 de 24.09.2021
Número identificador:  2021/9354
Referencia Base Datos:  008784/2021
 



RESOLUCIÓN de 15 de septiembre de 2021, de la consellera de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, por la que se modifica el Plan estratégico de subvenciones para el periodo 2020-2023, aprobado mediante la Resolución de 22 de junio de 2020. [2021/9354]

El artículo 164.a de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, establece que las consellerias que tengan la previsión de otorgar subvenciones elaboren, con carácter previo, un plan estratégico de subvenciones, en el que se integrarán las subvenciones que pretendan otorgar tanto sus órganos como sus organismos públicos dependientes, remitiéndose, en cuanto al contenido del mismo, a la legislación básica estatal.

En este sentido, la legislación básica del Estado en materia de subvenciones, constituida por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones establece, en su artículo 8.1, que los órganos de las administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Atendiendo a las exigencias legales previstas en ambos textos legales, se dictó la Resolución de 22 de junio de 2020, de la consellera de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, por la cual se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de esta Conselleria para el periodo 2020-2023 (DOGV 8879, 11.08.2020), que a su vez fue modificado por Resolución de 20 de noviembre de 2020 (DOGV 8962, 27.11.2020) para la inclusión de la programación estratégica de subvenciones correspondiente a la Agencia Valenciana de la Innovación.

La Ley 4/2020, de 30 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2021, prevé nuevas líneas de subvención que tienen que incorporarse al mencionado plan con el objetivo de que, en conjunto, este documento ofrezca toda la información relativa a la actividad subvencional de la Conselleria y sus organismos públicos de manera completa e integrada, favoreciendo con ello la información a la ciudadanía y la transparencia en la gestión.

En virtud de los antecedentes y en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 160.2 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, en relación con el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y el artículo 12 del Decreto 5/2019, de 16 de junio, del president de la Generalitat, por el que se determinan el número y la denominación de las consellerias, y sus atribuciones, resuelvo:



Primero

Modificar el Plan estratégico de subvenciones para el periodo 2020-2023 de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital y sus organismos públicos, mediante la sustitución o incorporación de nuevos objetivos estratégicos y de nuevas líneas de subvención que se detallan en el anexo I a la presente resolución.



Segundo

Modificar el Plan estratégico de subvenciones para el periodo 2020-2023 de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital y sus organismos públicos, mediante la sustitución íntegra de sus previsiones respecto a la Dirección General de Avance de la Sociedad Digital por las que se contienen en el anexo II de la presente resolución.



Tercero

Ordenar su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en la página web de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, así como en el Portal de Transparencia de la Generalitat GVA Oberta.



Alicante, 15 de septiembre de 2021.– La consellera de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital: Carolina Pascual Villalobos.





ANEXO I

Modificación del Plan estratégico de subvenciones

de la Conselleria de Innovación, Universidades,

Ciencia y Sociedad Digital, 2020 - 2023



Se incluyen en el Plan estratégico de subvenciones de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, para el período 2020-2023 las siguientes líneas de subvención:



DIRECCIÓN GENERAL CIENCIA E INVESTIGACIÓN

PROGRAMA PRESUPUESTARIO 542.50 «INVESTIGACIÓN, DESARROLLO TECNOLÓGICO E INNOVACIÓN (I+D+I)»



DIRECCIÓN GENERAL DE CIENCIA E INVESTIGACIÓN



OBJETIVO ESTRATÉGICO 1:

Elevar el nivel de conocimientos científicos y tecnológicos generados en la Comunitat Valenciana, conseguir la excelencia en la investigación científica y tecnológica de los centros de investigación de la Comunitat Valenciana y favorecer una mayor internacionalización de la investigación y mejor divulgación y reconocimiento de los resultados de investigación



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8726000

DENOMINACIÓN: Convenios universidades públicas doctorados en empresas

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa

BENEFICIARIOS: Universitat de València – Estudi general

Universidad Politécnica de València

Universitat Jaume I de Castelló

Universidad Miguel Hernández de Elche

Universidad de Alicante

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Cumplir los convenios de colaboración con las universidades públicas de la Comunitat Valenciana para favorecer la realización de tesis doctorales en empresas



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 9 del Decreto 243/2019, de 25 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad.



2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Ejecutar un programa de actuaciones en cada universidad pública valenciana al efecto de favorecer la realización de tesis doctorales en empresas



3. Mecanismo:

Firma de convenios con las universidades públicas valencianas



4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Las propias que dispone la ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones al objeto de favorecer la realización de doctorados en empresas de la Comunitat Valenciana.



5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre.



6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico



7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:

2020: – €

2021: 1.000.000 €

2022: 1.000.000 €

2023: 1.000.000 €

2024: 1.000.000 €

Fondos propios Generalitat.



8. Plan de acción:

El que se pueda prever en el órgano mixto de seguimiento y control del programa de actividades de los convenios



9. Indicadores de seguimiento y evaluación

Número de doctorandos en empresas valencianas



10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se trata de una nueva acción





DIRECCIÓN GENERAL DE CIENCIA E INVESTIGACIÓN



OBJETIVO ESTRATÉGICO 1:

Elevar el nivel de conocimientos científicos y tecnológicos generados en la Comunitat Valenciana, conseguir la excelencia en la investigación científica y tecnológica de los centros de investigación de la Comunitat Valenciana y favorecer una mayor internacionalización de la investigación y mejor divulgación y reconocimiento de los resultados de investigación



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8384000

DENOMINACIÓN: Premio Bachilleratos de Investigación: Despertando vocaciones científicas

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa

BENEFICIARIOS: RUVID – Red Universidades Valencianas para el fomento de la Investigación, el Desarrollo y la Innovación

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Cumplir convenio de colaboración suscrito con RUVID para la concesión de premios de Bachilleratos de investigación



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 9 del Decreto 243/2019, de 25 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad.



2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Promover e incentivar la investigación en los centros docentes que imparten enseñanzas de etapas previas a la universidad, mediante la concesión de premios a trabajos relevantes de investigación científica o tecnológica realizados por los alumnos.



3. Mecanismo:

Firma de un convenio con RUVID



4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Las propias que dispone la ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones al objeto de financiar la organización de la I Convocatoria de los premios Sapiència – bachilleratos de investigación: despertando vocaciones científicas; así como la dotación de los premios



5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre.



6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico



7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:

2020: – €

2021: 100.000 €

2022: 100.000 €

2023: 100.000 €

2024: 100.000 €

Fondos propios Generalitat.



8. Plan de acción:

El que se pueda prever en el órgano mixto de seguimiento y control del programa de actividades del convenio



9. Indicadores de seguimiento y evaluación

Otorgamiento de los premios.



10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se trata de una nueva acción.





DIRECCIÓN GENERAL DE CIENCIA E INVESTIGACIÓN



OBJETIVO ESTRATÉGICO 1:

Elevar el nivel de conocimientos científicos y tecnológicos generados en la Comunitat Valenciana, conseguir la excelencia en la investigación científica y tecnológica de los centros de investigación de la Comunitat Valenciana y favorecer una mayor internacionalización de la investigación y mejor divulgación y reconocimiento de los resultados de investigación.



Línea de subvención:



CÓDIGO: S8234000

DENOMINACIÓN: Colaboración IFIC-experimento MoEDAL en acelerador LHC del CERN

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa

BENEFICIARIOS: Universitat de València – Estudi General

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Cumplir con el convenio de colaboración suscrito con la Universitat de València – Estudi General para el desarrollo de un experimento en la European Organization for Nuclear Research, en el ámbito de los constituyentes básicos de la materia.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 9 del Decreto 243/2019, de 25 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad.



2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Contribuir con el experimento MoEDAL que tiene como principal objetivo la investigación de partículas altamente ionizantes y partículas cargadas eléctricamente masivas, y nace de la colaboración entre el CERN y diversas universidades de todo el mundo, entre las que se encuentra la Universitat de València.



3. Mecanismo:

Firma anual convenios con la Universitat de València.



4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Apoyar económicamente la participación de la Universitat de València en el experimento MoEDAL, a través del Instituto de Física Corpuscular (IFIC, CSIC-Universitat de València), única institución científica española que participa en este proyecto internacional.



5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre.



6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico



7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:

2020: 30.000 €

2021: 30.000 €

2022: 30.000 €

2023: 30.000 €

2024: 30.000 €

Fondos propios Generalitat.





8. Plan de acción:

El que pueda contemplar y decidir el Órgano mixto de seguimiento.





DIRECCIÓN GENERAL DE CIENCIA E INVESTIGACIÓN



OBJETIVO ESTRATÉGICO 2:

Disposición de una moderna y adecuada dotación de infraestructuras y equipamientos científico-tecnológicos para la realización de investigación de excelencia que contribuya al crecimiento económico inteligente, sostenible e integrador de la Comunitat Valenciana



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8383000

DENOMINACIÓN: Convenios para el apoyo a las ICTS radicadas en la Comunitat.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa

BENEFICIARIOS: Universitat de Valencia, Universidad Politécnica de Valencia e Instituto de Investigación Sanitaria La Fe

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Cumplir con los Convenios de colaboración con los centros de investigación de la Comunitat que disponen de Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS).

(Resolución 193/X de Les Corts Valencianes sobre medidas de apoyo a las ICTS en la Comunitat)



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 9 del Decreto 243/2019, de 25 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad.



2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Reforzar estratégicamente los nodos de las ICTS ubicados en centros de investigación de la Comunitat Valenciana.



3. Mecanismo:

Firma de un convenio con cada uno de los centros de investigación que tienen reconocida una ICTS.



4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Las propias que dispone la ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones al objeto de reforzar cada una de las ICTS.



5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre.



6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico



7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:

2020: – €

2021: 2.000.000 €

2022: 2.000.000 €

2023: 2.000.000 €

2024: 2.000.000 €

Programa Operativo 2021-2027 FEDER. Programa Operativo 2014-2020 REACT-EU.



8. Plan de acción:

El que se pueda prever en el órgano mixto de seguimiento y control del programa de actividades de los convenios.



9. Indicadores de seguimiento y evaluación

Equipamientos adquiridos e inversión movilizada.



10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se trata de una nueva acción.









DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN

PROGRAMA PRESUPUESTARIO 542.60 «DESARROLLO TECNOLÓGICO E INNOVACIÓN»

DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN



OBJETIVO ESTRATÉGICO 1:

Aumentar el tejido innovador valenciano con criterios de sostenibilidad.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S4633000

DENOMINACIÓN: Impulso de la red de institutos tecnológicos REDIT

MODO DE CONCESIÓN: concesión directa art. 168.a Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat Valenciana, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.

BENEFICIARIOS: REDIT, Red de Institutos Tecnológicos de la Comunitat Valenciana

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Actuaciones y proyectos de REDIT



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 11 del Decreto 243/2019, de 25 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad.

Actuaciones y proyectos de REDIT.



2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Impulsar actuaciones y proyectos de la Red de Institutos Tecnológicos de la Comunitat Valenciana.



3. Mecanismo:

Firma anual de convenio con REDIT.



4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

1. Requisitos de los beneficiarios: REDIT.

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención: concesión directa art 168 a).

3. Criterios de otorgamiento de la subvención: REDIT.

4. Justificación de la concesión: Presentación de cuenta justificativa suscrita por el ayuntamiento; art. 72 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, aprobado por R. D. 887/2006, de 21 de julio).



5. Calendario:

Anual, coincidente con el ejercicio presupuestario.



6. Plazo necesario para su consecución:

2020-2023



7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:

2020.

2021:250.000 €

2022:250.000 €

2020:250.000 €

O en su caso el importe que se consigne en la Ley anual de presupuestos.

Fondos propios.



8. Plan de acción:

Concesión directa mediante convenio.

El que se pueda prever en el órgano mixto de seguimiento y control del programa de actividades del convenio.



9. Indicadores de seguimiento y evaluación

Número de acciones afectadas en relación con esta acción de fomento.



10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior

Se trata de una nueva acción.



DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN



OBJETIVO ESTRATÉGICO 1:

Aumentar el tejido innovador valenciano con criterios de sostenibilidad.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8723000

DENOMINACIÓN: Apoyo a la innovación en la cultura festiva concretamente al sector de los artistas falleros, constructores foguerers y gaiaters.

MODO DE CONCESIÓN: concesión directa art 168.a Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat Valenciana, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.

BENEFICIARIOS: Federación de gremios de artistas falleros, foguerers y gaiaters de la Comunitat Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Apoyo al tejido innovador insuficiente y limitada capacidad de innovación en sectores tradicionalmente no tecnológicos.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 11 del Decreto 243/2019, de 25 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad.

Apoyo al tejido innovador insuficiente y limitada capacidad de innovación en sectores tradicionalmente no tecnológicos.



2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Apoyo al tejido innovador de insuficiente y limitada capacidad de innovación en sectores tradicionalmente no tecnológicos.



3. Mecanismo: (para posar en práctica la línea de subvención):

Firma anual de convenio con la Federación de gremios de artistas falleros, foguerers y gaiaters de la Comunitat Valenciana.



4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

1. Requisitos de los beneficiarios: Federación de gremios de artistas falleros, foguerers y gaiaters de la Comunitat Valenciana.

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención: concesión directa art 168 a).

3. Criterios de otorgamiento de la subvención: Federación de gremios de artistas falleros, foguerers y gaiaters de la Comunitat Valenciana.

4. Justificación de la concesión: Presentación de una cuenta justificativa suscrita por el ayuntamiento, art. 72 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, aprobado por Real decreto 887/2006, de 21 de julio.



5. Calendario: Anual



6. Plazo necesario para su consecución:

Hasta el 31 de diciembre de cada año coincidente con el ejercicio presupuestario.



7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:

2021: 90.000 €

2022: 90.000 €

2023: 90.000 €

O en su caso el importe que se consigne en la Ley anual de presupuestos

Fondos propios Generalitat.



8. Plan de acción:

Concesión directa mediante convenio.

El que se pueda prever en el órgano mixto de seguimiento y control del programa de actividades del convenio.



9. Indicadores de seguimiento y evaluación

Número de acciones afectadas en relación con esta acción de fomento.



10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior

Se trata de una nueva acción.





DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN



OBJETIVO ESTRATÉGICO 1:

Aumentar el tejido innovador valenciano con criterios de sostenibilidad.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8400000

DENOMINACIÓN: Ayudas a los IITT para proyectos de innovación en colaboración con empresas en el marco de la Especialización Inteligente.

MODO DE CONCESIÓN: concesión directa art. 168.a Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat Valenciana, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.

BENEFICIARIOS: Centros Tecnológicos de la Comunitat Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Apoyo a los Centros Tecnológicos de la Comunitat Valenciana para el desarrollo de proyectos de I+D+i de carácter no económico en el marco de la Especialización Inteligente.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 11 del Decreto 243/2019, de 25 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad.

Apoyo a los Centros Tecnológicos de la Comunitat Valenciana para el desarrollo de proyectos de I+D+i de carácter no económico en el marco de la Especialización Inteligente.



2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Apoyo a los Centros Tecnológicos de la Comunitat Valenciana para el desarrollo de proyectos de I+D+i de carácter no económico en el marco de la Especialización Inteligente.



3. Mecanismo: (para posar en práctica la línea de subvención):

Firma anual de convenio con los Centros Tecnológicos de la Comunitat Valenciana.



4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

1. Requisitos de los beneficiarios: Centros Tecnológicos de la Comunitat Valenciana.

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención: concesión directa art. 168.a.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención: Centros Tecnológicos de la Comunitat Valenciana.

4. Justificación de la concesión: Presentación de una cuenta justificativa suscrita por el ayuntamiento, art. 72 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, aprobado por Real decreto 887/2006, de 21 de julio).



5. Calendario: anual



6. Plazo necesario para su consecución:

Hasta el 31 de diciembre de cada año coincidente con el ejercicio presupuestario.



7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:

2021: 3.300.000 €

2022: 3.300.000 €

2023: 3.300.000 €

O en su caso el importe que se consigne en la Ley anual de presupuestos

Fondos propios Generalitat.



8. Plan de acción:

Concesión directa mediante convenio.

El que se pueda prever en el órgano mixto de seguimiento y control del programa de actividades del convenio.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación

Número de acciones afectadas en relación con esta acción de fomento.



10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior

Se trata de una nueva acción





DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN



OBJETIVO ESTRATÉGICO 1:

Aumentar el tejido innovador valenciano con criterios de sostenibilidad.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8722000

DENOMINACIÓN: Refuerzo del ecosistema innovador a través de la participación en ferias y eventos.

MODO DE CONCESIÓN: concesión directa art. 168.a Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat Valenciana, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.

BENEFICIARIOS: Asociación Valenciana de Startups.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Refuerzo del ecosistema innovador a través de la participación en ferias y eventos.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 11 del Decreto 243/2019, de 25 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad.

Actuaciones de refuerzo del ecosistema innovador a través de la participación en ferias y eventos.



2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Actuaciones de refuerzo del ecosistema innovador a través de la participación en ferias y eventos.



3. Mecanismo: (para posar en práctica la línea de subvención):

Firma anual de convenio con Asociación Valenciana de Startups.



4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

1. Requisitos de los beneficiarios: Asociación Valenciana de Startups.

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención: concesión directa art. 168.a.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención: Asociación Valenciana de Startups.

4. Justificación de la concesión: Presentación de una cuenta justificativa suscrita por el ayuntamiento, art. 72 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, aprobado por Real decreto 887/2006, de 21 de julio)



5. Calendario: anual



6. Plazo necesario para su consecución:

Hasta el 31 de diciembre de cada año coincidente con el ejercicio presupuestario.



7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:

2021: 50.000 €

2022: 50.000 €

2023: 50.000 €

O en su caso el importe que se consigne en la Ley anual de presupuestos

Fondos propios Generalitat.



8. Plan de acción:

Concesión directa mediante convenio.

El que se pueda prever en el órgano mixto de seguimiento y control del programa de actividades del convenio.





9. Indicadores de seguimiento y evaluación

Número de acciones afectadas en relación con esta acción de fomento.



10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior





DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN



OBJETIVO ESTRATÉGICO 2

Consolidar una cultura de innovación en la comunidad valenciana, incentivando la formación y el espíritu innovador en los distintos niveles educativos.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8399000

DENOMINACIÓN: Análisis, apoyo y fomento de la cultura de la innovación en territorio de la Comunitat Valenciana.

MODO DE CONCESIÓN: concesión directa art. 168.a Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat Valenciana, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.

BENEFICIARIOS: REDIT.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Actuaciones y proyectos de análisis y fomento de la cultura de la innovación en el territorio de la Comunitat Valenciana.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 11 del Decreto 243/2019, de 25 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad. Actuaciones y proyectos de análisis y fomento de la cultura de la innovación en el territorio de la Comunitat Valenciana.



2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Actuaciones y proyectos de análisis y fomento de la cultura de la innovación en el territorio de la Comunitat Valenciana.



3. Mecanismo: (para posar en práctica la línea de subvención):

Firma anual de convenio con REDIT.



4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

1. Requisitos de los beneficiarios: REDIT.

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención: concesión directa art. 168.a.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención: REDIT.

4. Justificación de la concesión: presentación de una cuenta justificativa suscrita por el ayuntamiento, art. 72 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, aprobado por Real decreto 887/2006, de 21 de julio).



5. Calendario: anual



6. Plazo necesario para su consecución:

Hasta el 31 de diciembre de cada año coincidente con el ejercicio presupuestario.



7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:

2021: 250.000 €

2022: 250.000 €

2023: 250.000 €

O en su caso el importe que se consigne en la Ley anual de presupuestos.

Fondos propios Generalitat.



8. Plan de acción:

Concesión directa mediante convenio.

El que se pueda prever en el Órgano mixto de seguimiento y control del programa de actividades del convenio.



9. Indicadores de seguimiento y evaluación

Número de acciones afectadas en relación con esta acción de fomento.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior

Se trata de una nueva acción.





DIRECCIÓN GENERAL INNOVACIÓN



OBJETIVO ESTRATÉGICO 3:

Extender la innovación a todo el territorio de la Comunitat Valenciana



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8396000

DENOMINACIÓN: convenio con la FVMP para el impulso a la innovación en los municipios de la Comunitat Valenciana.

MODO DE CONCESIÓN: concesión directa art. 168.a Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat Valenciana, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.

BENEFICIARIOS: FVMP.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Actuaciones y proyectos de impulso de la innovación tecnológica en los municipios de la Comunitat Valenciana.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 11 del Decreto 243/2019, de 25 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad.

Actuaciones y proyectos de impulso de la innovación tecnológica en los municipios de la Comunitat Valenciana.



2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Impulsar actuaciones y proyectos de impulso de la innovación tecnológica en los municipios de la Comunitat Valenciana.



3. Mecanismo: (para posar en práctica la línea de subvención):

Firma anual de convenio con la FVPM.



4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

1. Requisitos de los beneficiarios: FVPM.

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención: concesión directa art. 168.a.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención: FVPM.

4. Justificación de la concesión: Presentación de una cuenta justificativa suscrita por el ayuntamiento, art. 72 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, aprobado por Real decreto 887/2006, de 21 de julio)



5. Calendario: anual



6. Plazo necesario para su consecución:

Hasta el 31 de diciembre de cada año coincidente con el ejercicio presupuestario.



7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:

2021: 65.000 €

2022: 65.000 €

2023: 65.000 €

O en su caso el importe que se consigne en la Ley anual de presupuestos

Fondos propios Generalitat.



8. Plan de acción:

Concesión directa mediante convenio.

El que se pueda prever en el órgano mixto de seguimiento y control del programa de actividades del convenio.



9. Indicadores de seguimiento y evaluación

Número de acciones afectadas en relación con esta acción de fomento.



10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior

Se trata de una nueva acción

DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN



OBJETIVO ESTRATÉGICO 3:

Extender la innovación a todo el territorio de la Comunidat Valenciana



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8397000

DENOMINACIÓN: convenio con el Ayuntamiento de València para el impulso de la innovación en los municipios de la Comunitat Valenciana.

MODO DE CONCESIÓN: concesión directa art. 168.a Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat Valenciana, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.

BENEFICIARIOS: Ayuntamiento de València.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Actuaciones y proyectos de impulso de la innovación orientada a Misiones en los municipios de la Comunitat Valenciana.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 11 del Decreto 243/2019, de 25 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad.

Actuaciones y proyectos de impulso de la innovación orientada a Misiones en los municipios de la Comunitat Valenciana.



2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Actuaciones y proyectos de impulso de la innovación orientada a misiones en los municipios de la Comunitat Valenciana.



3. Mecanismo: (para posar en práctica la línea de subvención):

Firma anual de convenio con el Ayuntamiento de València.



4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

1. Requisitos de los beneficiarios: Ayuntamiento de València.

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención: concesión directa art. 168.a.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención: Ayuntamiento de València.

4. Justificación de la concesión: Presentación de una cuenta justificativa suscrita por el ayuntamiento, art. 72 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, aprobado por Real decreto 887/2006, de 21 de julio).



5. Calendario: anual



6. Plazo necesario para su consecución:

Hasta el 31 de diciembre de cada año coincidente con el ejercicio presupuestario.



7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:

2021: 150.000 €

2022: 150.000 €

2023: 150.000 €

O en su caso el importe que se consigne en la Ley anual de presupuestos.

Fondos propios Generalitat.



8. Plan de acción:

Concesión directa mediante convenio.

El que se pueda prever en el órgano mixto de seguimiento y control del programa de actividades del convenio.



9. Indicadores de seguimiento y evaluación

Número de acciones afectadas en relación con esta acción de fomento.



10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior

Se trata de una nueva acción.





DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN



OBJETIVO ESTRATÉGICO 3:

Extender la innovación a todo el territorio de la Comunidat Valenciana



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8398000

DENOMINACIÓN: convenio con AVAESEN para el impulso de la innovación en los municipios de la Comunitat Valenciana.

MODO DE CONCESIÓN: concesión directa art. 168.a Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat Valenciana, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.

BENEFICIARIOS: AVAESEN.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Actuaciones y proyectos para el impulso de municipios innovadores e inteligentes.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 11 del Decreto 243/2019, de 25 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad.

Actuaciones y proyectos para el impulso de municipios innovadores e inteligentes.



2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Actuaciones y proyectos para el impulso de municipios innovadores e inteligentes.



3. Mecanismo: (para posar en práctica la línea de subvención):

Firma anual de convenio con AVAESEN.



4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

1. Requisitos de los beneficiarios: AVAESEN.

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención: concesión directa art. 168.a.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención: AVAESEN.

4. Justificación de la concesión: Presentación de una cuenta justificativa suscrita por el ayuntamiento, art. 72 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, aprobado por Real decreto 887/2006, de 21 de julio)



5. Calendario: anual



6. Plazo necesario para su consecución:

Hasta el 31 de diciembre de cada año coincidente con el ejercicio presupuestario.



7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:

2021: 50.000 €

2022: 50.000 €

2023: 50.000 €

O en su caso el importe que se consigne en la Ley anual de presupuestos

Fondos propios Generalitat.



8. Plan de acción:

Concesión directa mediante convenio.

El que se pueda prever en el órgano mixto de seguimiento y control del programa de actividades del convenio.



9. Indicadores de seguimiento y evaluación

Número de acciones afectadas en relación con esta acción de fomento.



10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior

Se trata de una nueva acción











DIRECCIÓN GENERAL PARA LA LUCHA CONTRA LA BRECHA DIGITAL

PROGRAMA PRESUPUESTARIO 121.50 «LUCHA BRECHA DIGITAL»

DIRECCIÓN GENERAL PARA LA LUCHA CONTRA LA BRECHA DIGITAL.

OBJETIVO ESTRATÉGICO 5:

Potenciar el conocimiento sobre las causas,

consecuencias y soluciones sobre la brecha digital para su aplicación en los programas y estrategias de reducción de la brecha digital.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8390000

DENOMINACIÓN: Convenios con la Universidad de Alicante para la puesta en marcha de una estrategia de Responsabilidad Social Corporativa y Brecha Digital en el Distrito Digital



MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa. Art. 168.a Ley 1/2015

BENEFICIARIOS: Universidad de Alicante

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD:

Colaborar con la cátedra de Responsabilidad Social Corporativa de la Universidad de Alicante para la formación de las empresas del Distrito Digital en criterios éticos de responsabilidad social con el fin de hacer frente a las distintas brechas digitales presentes en la actualidad.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Área funcional del gasto: D.G para la lucha contra la Brecha Digital.

Sector: Administración pública (Universidades públicas valencianas).



2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Posibilitar la participación, la co-elaboración del conocimiento y la transferencia de información en materia de brecha digital que permita guiar las prioridades en la lucha contra la brecha digital en el sector privado.



3. Mecanismo: (para poner en práctica la línea de subvención)

Subvención directa.



4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

1. Requisitos de los beneficiarios: no ha lugar:

Concesión directa, art. 168.a, Ley 1/2015.

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención: concesión directa mediante convenios.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención:

Determinados mediante convenios entre la Universidad de alicante y la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital.

4. Justificación de la concesión:

La brecha digital en la actualidad es una de las principales causas de aceleración de la desigualdad y de ampliación de brechas sociales. Por eso, promover la inclusión digital como factor de inclusión social se ha determinado como uno de los de los principales objetivos.

Analizar de qué manera las empresas que integran el sector privado pueden convertirse en agentes activos de lucha contra la brecha digital a través de sus políticas de Responsabilidad Social, ofreciendo herramientas e instrumentos para ello. Este es el objetivo de la colaboración público-privada en la lucha contra la brecha digital: contribuir a la inclusión social, sin duda uno de los más relevantes Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030.



5. Calendario:

Anual



6. Plazo necesario para su consecución:

2021 – 2023



7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:

2021: 30.000 €

2022: 30.000 €

2023: 30.000 €

revisando anualmente el cumplimiento de las expectativas y consecución de objetivos.



8. Plan de acción:

Concesión directa mediante convenios.

Se creará una comisión bilateral para la coordinación y seguimiento del convenio.



9. Indicadores de seguimiento y evaluación

Número de convenios e informes elaborados anualmente.



10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior

No ha lugar.





DIRECCIÓN GENERAL PARA LA LUCHA CONTRA LA BRECHA DIGITAL.

OBJETIVO ESTRATÉGICO 6: Mejorar las competencias digitales de la ciudadanía valenciana con especial atención a los colectivos en riesgo de exclusión social



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8388000

DENOMINACIÓN: Convenio con la Federación Valenciana de Municipios y Provincias para impartir formación en competencias digitales en municipios en riesgo de despoblación.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa. Art. 168.a Ley 1/2015

BENEFICIARIOS: la Federación Valenciana de Municipios y Provincias.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD:

Realizar acciones formativas en competencias digitales en municipios de la Comunitat Valenciana afectados por el despoblamiento, favoreciendo el acceso digital de personas y colectivos en riesgo de exclusión social.

1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Área funcional del gasto: D.G para la lucha contra la Brecha Digital.

Sector: administración pública (Federación Valenciana de Municipios y Provincias.).



2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Apoyar las iniciativas de formación en competencias digitales de colectivos vulnerables, como elemento fundamental para su inclusión social y su plena incorporación y participación en la sociedad digital.





3. Mecanismo: (para poner en práctica la línea de subvención)

Subvención directa.



4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

1. Requisitos de los beneficiarios:

Concesión directa, art. 168.a, Ley 1/2015.

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención: concesión directa mediante convenios.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención:

Determinados mediante convenios entre la Federación Valenciana de Municipios y Provincias y la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital.

4. Justificación de la concesión:

La brecha digital en la actualidad es una de las principales causas de aceleración de la desigualdad y de ampliación de brechas sociales. Por eso, promover la inclusión digital como factor de inclusión social se ha determinado como uno de los de los principales objetivos.

Apoyando estas acciones formativas se va a favorecer el acceso digital de personas y colectivos en riesgo de exclusión social, fundamentalmente a residentes en municipios con riesgo de despoblación que, además de su condición de no disponer de competencias digitales oportunas, por causa de la evolución de la sociedad digital, se puedan encontrar dentro de la brecha digital que ello genera.



5. Calendario:

Anual



6. Plazo necesario para su consecución:

2021 - 2023



7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:

2021: 250.000 €

2022: 250.000 €

2023: 250.000 €

revisando anualmente el cumplimiento de las expectativas y consecución de objetivos.



8. Plan de acción:

Concesión directa mediante convenios.

Se creará una comisión bilateral para la coordinación y seguimiento del convenio.



9. Indicadores de seguimiento y evaluación

Número de convenios y número de acciones formativas



10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior

No ha lugar.





DIRECCIÓN GENERAL PARA LA LUCHA CONTRA LA BRECHA DIGITAL.



OBJETIVO ESTRATÉGICO 7: Mejorar las competencias digitales de la ciudadanía valenciana con especial atención a los colectivos en riesgo de exclusión social



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8389000

DENOMINACIÓN: Convenio con el Comité de entidades de representantes de personas con discapacidad de la Comunitat Valenciana (CERMI_CV).

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa. Art. 168.a Ley 1/2015

BENEFICIARIOS: el Comité de entidades de representantes de personas con discapacidad de la Comunitat Valenciana (CERMI_CV).

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD:

Realizar acciones formativas para facilitar la accesibilidad a las TIC y las competencias digitales de personas con diversidad funcional. Además, se realizarán cursos específicos de formación en accesibilidad digital, dirigidos, entre otros, a desarrolladores y gestores de aplicaciones y de páginas web.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Área funcional del gasto: D.G para la lucha contra la Brecha Digital.



Sector: Colectivos vulnerables/entidades sin ánimo de lucro.



2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Apoyar las iniciativas de formación en competencias digitales puestas en marcha por entidades sin ánimo de lucro. Permitiendo así mejorar las competencias digitales de los colectivos vulnerables como elemento fundamental para su inclusión social y su plena incorporación y participación en la sociedad digital.



3. Mecanismo: (para poner en práctica la línea de subvención)

Subvención directa.



4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

1. Requisitos de los beneficiarios:

Concesión directa, art. 168.a, Ley 1/2015.

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención: concesión directa mediante convenios.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención:

Determinados mediante convenios entre el Comité de entidades de representantes de personas con discapacidad de la Comunitat Valenciana (CERMI_CV) y la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital.

4. Justificación de la concesión:

La brecha digital en la actualidad es una de las principales causes de aceleración de la desigualdad y de ampliación de brechas sociales. Por eso, promover la inclusión digital como factor de inclusión social se ha determinado como uno de los de los principales objetivos.

Actualmente la cuestión de acceso a las TIC sigue presentando barreras, sobre todo para los colectivos más vulnerables, así como su bajo nivel en competencias digitales, dificultando el acceso a las ventajas que la sociedad digital nos ofrece. Y del mismo modo, en periodos de crisis como la actual del Covid-19 dificulta y afecta a cuestiones tan básicas como el acceso a la educación o la administración electrónica.

Estas ayudas, por tanto, pretenden aprovechar las TIC para ayudar a mejorar la calidad de vida de aquellas personas en riesgo de exclusión, sus relaciones sociales y sus posibilidades de promoción. Trabajando por el desarrollo de una sociedad digital inclusiva basada en la igualdad de oportunidades.



5. Calendario:

Anual



6. Plazo necesario para su consecución:

2021 - 2023



7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:

2021: 100.000 €

2022: 100.000 €

2023: 100.000 €

revisando anualmente el cumplimiento de las expectativas y consecución de objetivos.



8. Plan de acción:

Concesión directa mediante convenios.

Se creará una comisión bilateral para la coordinación y seguimiento del convenio.



9. Indicadores de seguimiento y evaluación

Número de convenios y número de acciones formativas organizadas



10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior

No ha lugar.





ANEXO II

Modificación del Plan Estratégico de Subvenciones

de la Conselleria de Innovación, Universidades,

Ciencia y Sociedad Digital, 2020 - 2023



Se sustituyen íntegramente las previsiones que, respecto a la Dirección General de Avance de la Sociedad Digital, se encontraban incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital para el periodo 2020-2023, por las que se recogen en el presente anexo II.





DIRECCIÓN GENERAL PARA EL AVANCE DE LA SOCIEDAD DIGITAL

PROGRAMA PRESUPUESTARIO121.71 «SOCIEDAD DIGITAL»

DIRECCIÓN GENERAL DE AVANCE DE LA SOCIEDAD DIGITAL



OBJETIVO ESTRATÉGICO 1:

Transformación del modelo productivo y vertebración territorial a través de: redes de banda ancha, y redes ultrarrápidas y redes de baja potencia y área amplia (LPWAN) en el territorio de la Comunitat Valenciana. Apoyo para el despliegue de redes de banda ancha.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8395000

DENOMINACIÓN: Programa de extensión de banda ancha e infraestructuras de telecomunicaciones para el ámbito rural.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Administraciones públicas/Sector público Instrumental/Operadores de telecomunicaciones

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: despliegue de redes de banda ancha para facilitar la transformación digital de la economía y de la sociedad.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Área funcional del gasto: Sociedad Digital.

Sector: Telecomunicaciones.



2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Apoyar el establecimiento de infraestructuras para el despliegue de redes públicas de comunicaciones electrónicas.



3. Mecanismo:

Elaboración de bases reguladoras y convocatoria anual para la concesión de las ayudas en régimen de concurrencia competitiva.



4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de solicitudes y documentación, de acuerdo con la convocatoria; baremación por la comisión técnica evaluadora; resolución de concesión; justificación de las actividades dentro del plazo.

Las subvenciones posibilitarán la realización de proyectos de infraestructuras de obra civil que se instalen para facilitar el despliegue de las redes de comunicaciones electrónicas de banda ancha.



5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio presupuestario.



6. Plazo necesario para su consecución:

Anualidades sucesivas, revisando anualmente el cumplimiento de las expectativas, posibles modificaciones de cobertura de banda ancha y consecución de objetivos.



7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:

2020: – €

2021: 3 000 000 €

2022: 3 000 000 €

2023: 3 000 000 €

Fondos estructurales europeos.



8. Plan de acción:

Concesión por concurrencia competitiva en convocatorias anuales.



9. Indicadores de seguimiento y evaluación

Comprobación de la ejecución de las infraestructuras y del incremento de la cobertura de banda ancha.



10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior

No ha lugar.





DIRECCIÓN GENERAL PARA EL AVANCE DE LA SOCIEDAD DIGITAL



OBJETIVO ESTRATÉGICO 2:

Soporte a actividades y eventos tecnológicos para el avance de la sociedad digital. Acciones formativas para la transformación digital de colectivos profesionales.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8392000.

DENOMINACIÓN: Ayudas a las acciones de comunicación y formativas para el avance en la transformación digital de colectivos profesionales.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Colegios profesionales o asociaciones empresariales de la Comunitat Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Ayudas a la formación de los colectivos profesionales beneficiarios para el avance en la transformación digital de los profesionales que los integran.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Área funcional del gasto: Sociedad Digital

Sector: Colectivos profesionales.



2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Formar a los colectivos profesionales en las herramientas necesarias para que se avance en la transformación digital de profesionales, de manera que se den las condiciones de conocimiento adecuadas para el inicio y consecución de la transformación digital en estos colectivos.



3. Mecanismo:

Elaboración de bases reguladoras y convocatoria anual para la concesión de las ayudas en régimen de concurrencia competitiva.



4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de solicitudes y documentación, de acuerdo con la convocatoria; baremación por la comisión técnica evaluadora; resolución de concesión; justificación de las actividades dentro del plazo.



5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio presupuestario.



6. Plazo necesario para su consecución:

Anualidades sucesivas, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestaria.



7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:

2020: – €

2021: 800 000 €

2022: 800 000 €

2023: 800 000 €

Siempre y cuando exista disponibilidad presupuestaria.

Fondos propios de la Generalitat.



8. Plan de acción:

Concesión por concurrencia competitiva.

Plazo de ejecución: hasta 31 de diciembre de cada ejercicio presupuestario.

Se realizará un seguimiento anual de los avances con relación a los colectivos subvencionados.



9. Indicadores de seguimiento y evaluación.

Alcance de la formación en el seno de los colectivos subvencionados (formación y difusión). Indicadores cuantitativos del número de profesionales participantes en las distintas acciones formativas. Transformaciones puestas en marcha a partir de la formación.



10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior.

No ha lugar.





DIRECCIÓN GENERAL AVANCE DE LA SOCIEDAD DIGITAL





OBJETIVO ESTRATÉGICO 3:

Apoyar la aplicación de la Inteligencia Artificial (IA), el Big Data, la internet de las Cosas y el BlockChain en el sistema productivo y las administraciones públicas.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8393000

DENOMINACIÓN: Programa de ayudas para la realización de monitorizaciones e introducción de la IA en empresas + implementación de planes de actuación.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Empresas y pymes.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Ayudas a la elaboración de proyectos piloto para la incorporación de elementos tecnológicos disruptivos en el ámbito de la inteligencia artificial.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Área funcional de gasto: Sociedad Digital.

Sector: empresas, pymes y microempresas.



2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación: Se pretende poner en marcha un proyecto experimental para la implementación de tecnologías en torno a la inteligencia artificial (Big Data, Deep Learning, Blockchain, IoT, 5G, etc.) Como resultados, se obtendrán experiencias in situ de aplicación que permitirán disponer de buenas prácticas sobre tecnologías que serán implementables en el medio y largo plazo.



3. Mecanismo: Elaboración de bases reguladoras y convocatoria anual para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva.



4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de solicitudes y documentación, de acuerdo con la convocatoria; baremación por la comisión técnica evaluadora; resolución de concesión; justificación de las actividades dentro del plazo. Las subvenciones posibilitarán generar casos de aplicación reales desde la parte de análisis hasta su implementación.



5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año.



6. Plazo necesario para su consecución:

Anualidades sucesivas, revisando anualmente el cumplimiento de las expectativas e incorporando enfoques tecnológicos que se vayan desarrollando en este ámbito de la técnica.



7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:

2020: – €

2021: 500 000 €

2022: 500 000 €

2023: 500 000 €

Siempre y cuando exista disponibilidad presupuestaria.

Fondos de la Generalitat y aportación externa de fondos FEDER. Programa Operativo 2014-2020 REACT-EU.



8. Plan de acción:

Concesión por concurrencia competitiva.

Plazo de ejecución: hasta 31 de diciembre de cada ejercicio presupuestario.

Se realizará un seguimiento anual de los avances con relación a los colectivos subvencionados.



9. Indicadores de seguimiento y evaluación

Número de estudios realizados, número de implementaciones realizadas; transferibilidad de proyectos en el sector.



10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior

No ha lugar





DIRECCIÓN GENERAL PARA EL AVANCE DE LA SOCIEDAD DIGITAL



OBJETIVO ESTRATÉGICO 3:

Apoyar la aplicación de la Inteligencia Artificial (IA), el Big Data, la internet de las Cosas y el BlockChain en el sistema productivo y las administraciones públicas.



Línea de subvención:

CÓDIGO: X8394000

DENOMINACIÓN: Transferencias al Institut Valencià de Finances para su programa de apoyo a digitalización de empresas.

MODO DE CONCESIÓN: Subvención nominativa.

BENEFICIARIOS: Instituto Valenciano de Finanzas (IVF).

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: A través de esta línea se apoya la implementación de tecnologías disruptivas, incentivando la incorporación de la inteligencia artificial como un valor añadido adicional que repercute en las empresas que solicitan un préstamo al IVF.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Área funcional de gasto: Sociedad Digital

Sector: IVF, que canaliza los fondos a empresas, pymes y microempresas



2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación: Se va a incentivar que los proyectos de innovación que financia el IVF se orienten no solo a modernizar las empresas, sino que lo hagan utilizando tecnologías vinculadas a la inteligenciar artificial, aplicaciones que están adoptando las empresas más competitivas, pero que en nuestro entorno requieren de mayor apoyo para canalizar su aplicación.



3. Mecanismo: Transferencia directa al IVF.



4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de solicitudes y documentación requerida por el instrumento financiero seleccionado por el IVF, que incorporará un punto adicional para que las empresas que adopten este tipo de tecnologías vean reducidos sus costes financieros; baremación por la comisión técnica evaluadora; y reducción en su caso del coste financiero de la operación sujeta al cumplimiento de los objetivos. Este apoyo financiero permite vehiculizar esta ayuda adicional sobre instrumentos previamente existentes (préstamos de IVF).



5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año.



6. Plazo necesario para su consecución:

Anualidades sucesivas, revisando anualmente el cumplimiento de las expectativas e incorporando enfoques tecnológicos que se vayan desarrollando en este ámbito de la técnica.



7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:

2020: – €

2021: 400 000 €

2022: 400 000 €

2023: 400 000 €

Fondos propios Generalitat.



8. Plan de acción:

Concesión a instancia de las empresas que soliciten el préstamo que el IVF considere apropiado para vehiculizar las ayudas.

Plazo de ejecución: hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio presupuestario. Se realizará un seguimiento anual de las solicitudes realizadas.



9. Indicadores de seguimiento y evaluación

Número de peticiones realizadas, número de peticiones de préstamos totales/peticiones de préstamos bonificados; número de sectores en los que operan las empresas solicitantes.



10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior

No ha lugar





DIRECCIÓN GENERAL PARA EL AVANCE DE LA SOCIEDAD DIGITAL



OBJETIVO ESTRATÉGICO 3:

Apoyar la aplicación de la Inteligencia Artificial (IA), el Big Data, la internet de las Cosas y el BlockChain en el sistema productivo y administraciones públicas.





Línea de subvención:

CÓDIGO: S8391000

DENOMINACIÓN: Apoyo a la investigación de inteligencia artificial de excelencia en el Nodo ELLIS.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa. Art 168 a).

BENEFICIARIOS: Fundación de la Comunitat Valenciana Unidad ELLIS Alicante.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Apoyar la implantación del Nodo ELLIS en la Comunitat Valenciana mediante la financiación de programas y actividades de investigación, difusión y promoción en Inteligencia Artificial desarrollados en el marco del Nodo ELLIS.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Área funcional del gasto: Sociedad Digital.

Sector: Investigación de alto nivel en inteligencia artificial.



2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Apoyar la implantación del Nodo ELLIS en la Comunitat Valenciana mediante la subvención de programas y actividades de investigación, difusión y promoción en inteligencia artificial desarrollados por la fundación, con el objetivo de situar a la Comunitat Valenciana como ámbito de referencia en el campo de la inteligencia artificial y potenciar la capacidad de atracción de empresas tecnológicas de alto valor añadido.



3. Mecanismo:

Subvención Directa. Firma anual de convenios.



4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

1. Requisitos de los beneficiarios: No ha lugar: Concesión directa. Art 168 a) Ley 1/2015.

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención. Concesión directa mediante convenio.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención

Determinados mediante convenio entre la Fundación de la Comunitat Valenciana Unidad ELLIS Alicante y la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia, y Sociedad Digital.

4. Justificación de la concesión

En el actual marco europeo, la administración pública debe promover la investigación científica de excelencia sobre inteligencia artificial mediante el apoyo de actuaciones que conlleven la implantación de un ecosistema de organismos, instituciones y empresas que puedan establecer la Comunitat Valenciana como foco europeo de investigación en inteligencia artificial. Los Nodos de la red ELLIS son lugares de excelencia en la investigación que se conceden siguiendo concursos de requisitos muy exigentes y conectan con el resto de centros de investigación de excelencia de Europa, siendo la propuesta de la Comunitat Valenciana la única en los países del sur de Europa.

La implantación de una Unidad ELLIS en la Comunitat Valenciana supone poner la Comunitat Valenciana como espacio de referencia en investigación en Inteligencia Artificial.



5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada anualidad.



6. Plazo necesario para su consecución:

Anualidades sucesivas, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestaria.



7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:

2021: 1.500.000 €

2022: 1.500.000 €

2023: 1.500.000 €

Financiación: fondos propios Generalitat.



8. Plan de acción:

Concesión directa mediante convenio.

Se creará una comisión bilateral para la coordinación y seguimiento del convenio.



9. Indicadores de seguimiento y evaluación

Actuaciones desarrolladas, alcance de las investigaciones e inversión inducida en la Comunitat Valenciana.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior

No ha lugar.





DIRECCIÓN GENERAL PARA EL AVANCE DE LA SOCIEDAD DIGITAL



OBJETIVO ESTRATÉGICO 3:

Apoyar la aplicación de la Inteligencia Artificial (IA), el Big Data, la internet de las Cosas y el BlockChain en el sistema productivo y administraciones públicas.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S5140000

DENOMINACIÓN: Cátedra de Inteligencia Artificial Aplicada a la Administración Pública

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa, art. 168.a

BENEFICIARIOS: Universidad Politécnica de Valencia

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Financiar programas y actividades de investigación, difusión y promoción en Inteligencia Artificial aplicada a la administración.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Área funcional del gasto: Sociedad Digital

Sector: Administración pública (Universidad Politécnica de Valencia)



2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Investigar en el uso de la IA en el servicio público que prestan las administraciones y guiar las prioridades en su implementación.



3. Mecanismo:

Subvención Directa articulada mediante convenio.



4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

1. Requisitos de los beneficiarios:

No ha lugar: Concesión directa, art 168.a Ley 1/2015.

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención

Concesión directa mediante convenio.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención

Determinados mediante convenio entre la Universidad Politécnica de Valencia y la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital

4. Justificación de la concesión

La administración pública, en su proceso de proporcionar servicios digitales, debe incorporar las tecnologías necesarias para que dichos servicios sean cada vez mejores, eficientes y eficaces. La irrupción de la Inteligencia Artificial en los procesos productivos y de gestión de organizaciones permiten una mejor toma de decisiones al apoyarse sobre el análisis inteligente de los datos obtenidos.

Todos los sectores de la administración van a ser impactados por la Inteligencia Artificial y se hace necesario un análisis de dicho impacto, de los referentes existentes en otras administraciones y de las propuestas a corto, medio y largo plazo de incorporación de la IA en el ámbito público.

Se propone que los investigadores capaces de aportar elementos de juicio científico sobre estas áreas desarrollen los contenidos del portal de Inteligencia Artificial de la Generalitat Valenciana y que elaboren los documentos necesarios para que la administración actúe en consecuencia.



5. Calendario:

Subvención anual para el desarrollo de actuaciones en el año natural.



6. Plazo necesario para su consecución:

2021-2023



7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:

2021: 60.000 €

2022: 60.000 €

2023: 60.000 €



8. Plan de acción:

Concesión directa mediante convenio.

Plazo de ejecución: hasta 31 de diciembre de 2021.

Se creará una comisión bilateral para la coordinación y seguimiento del convenio.



9. Indicadores de seguimiento y evaluación

Número de contenidos desarrollados en el portal de Inteligencia Artificial de la Generalitat e informes editados anualmente



10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior

No ha lugar





OBJETIVO ESTRATÉGICO 4:

Transformación digital de la sociedad. Fomento de actividades para la transformación digital de la sociedad y de la economía.



Línea de subvención: Nueva creación.

CÓDIGO: Nueva línea.

DENOMINACIÓN: Ayudas a la realización de eventos y actividades de difusión y divulgación relativas al avance de la Sociedad Digital.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Administraciones y organismos públicos, asociaciones y colegios profesionales.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Ayudas enfocadas al desarrollo de eventos, congresos profesionales y en general actividades de difusión y divulgación que estén alineadas con las estrategias de avance de la sociedad digital.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Área funcional del gasto: Sociedad Digital.

Sector: Administraciones y organismos públicos, asociaciones y colegios profesionales.



2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Apoyar la difusión y divulgación de conocimiento e información de los avances encaminados a la consecución de una verdadera sociedad digital, de manera que estos eventos y actividades se conviertan en un expositor social que catalice los esfuerzos encaminados a la transformación digital de la sociedad.



3. Mecanismo:

Elaboración de bases reguladoras y convocatoria anual para la concesión de las ayudas en régimen de concurrencia competitiva.



4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de solicitudes y documentación, de acuerdo con la convocatoria; baremación por la comisión técnica evaluadora; resolución de concesión; justificación de las actividades dentro del plazo.



5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio presupuestario.



6. Plazo necesario para su consecución:

Convocatoria anual de subvenciones esperando lograr objetivos iniciales de inmersión en la sociedad digital en el periodo de este plan estratégico de subvenciones, con el fin de afrontar un avance en la siguiente planificación.



7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:

2020: – €

2021: – €

2022: 200 000 €

2023: 200 000 €

O, en su caso, el importe que se consigne en la Ley anual de presupuestos.

Fondos propios Generalitat.

8. Plan de acción:

Las bases reguladoras de esta línea de subvención preverán un plan para garantizar la realización material de las actividades subvencionada, que será ejecutado por el servicio competente en la materia.

Anualmente se revisarán los indicadores de seguimiento con el fin de determinar si se alcanzan objetivos de inmersión social y de transformación digital de la sociedad.



9. Indicadores de seguimiento y evaluación

Número de eventos y actividades realizadas y público potencial alcanzado.



10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior

No ha lugar.

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