Ficha disposicion

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Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática. Requerimiento de subsanación de la documentación presentada en la convocatoria, por la que se convocan, para el año 2020, subvenciones a organizaciones no gubernamentales para el desarrollo



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Publicado en:  DOGV núm. 8853 de 09.07.2020
Número identificador:  2020/5400
Referencia Base Datos:  005254/2020
 



Requerimiento de subsanación de la documentación presentada en la convocatoria, por la que se convocan, para el año 2020, subvenciones a organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD), para la financiación de proyectos de acción humanitaria de ayuda a las víctimas de desastres naturales y conflictos armados, o a poblaciones en situación de vulnerabilidad extrema. [2020/5400]

En fecha 2 de junio de 2017 se publicó en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, la Orden 3/2017, de 31 de mayo, de la Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de cooperación al desarrollo, en adelante Orden 3/2017.

En fecha 18 de mayo de 2020 se publicó en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, la Resolución de 16 de marzo de 2020, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se convocan, para el año 2020, subvenciones a organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD), para la financiación de proyectos de acción humanitaria de ayuda a las víctimas de desastres naturales y conflictos armados, o a poblaciones en situación de vulnerabilidad extrema.

En fecha 18 de junio de 2020 finalizó el plazo de presentación de solicitudes, y una vez recibidas por este órgano gestor todas las solicitudes presentadas, se ha realizado la comprobación de su contenido y de la documentación anexada, y en los términos del artículo 36 de la Orden 3/2017, se requiere a las entidades solicitantes para que en un plazo de 10 días hábiles enmienden la falta o acompañen los documentos que se requieren en el anexo. Se tendrá por desistidas de la solicitud a las entidades que no aporten la documentación preceptiva requerida en el anexo, prevista en el Resuelvo Octavo de la resolución de convocatoria.

Respecto a la documentación valorativa prevista en el resuelvo Noveno de la resolución de convocatoria, en el mismo plazo se puede aportar la que se estime conveniente.

A estos efectos se informa que el plazo de 10 días hábiles se iniciará el día siguiente de la publicación de este requerimiento en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, y que la presentación de la documentación requerida se deberá realizar de forma telemática, en el trámite específico de aportación de documentación, en la Sede Electrónica de la Generalitat Valenciana, en la url http://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=18604&version=amp



València, 2 de julio de 2020.– La directora general de Cooperación Internacional al Desarrollo: Maria Consuelo Angulo Luna.

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