Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 7 de junio de 2021, del director general del Palau de les Arts Reina Sofia, Fundació de la Comunitat Valenciana, por la que se aprueba y da publicidad a la convocatoria del proceso selectivo para la cobertura como personal laboral indefinido de determinados puestos del área técnica, en turno libre y por el sistema de concurso-oposición, correspondiente a las ofertas de empleo público de la entidad de 2018, 2019 y 2020.



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Publicado en:  DOGV núm. 9118 de 01.07.2021
Número identificador:  2021/6701
Referencia Base Datos:  006523/2021
 



RESOLUCIÓN de 7 de junio de 2021, del director general del Palau de les Arts Reina Sofia, Fundació de la Comunitat Valenciana, por la que se aprueba y da publicidad a la convocatoria del proceso selectivo para la cobertura como personal laboral indefinido de determinados puestos del área técnica, en turno libre y por el sistema de concurso-oposición, correspondiente a las ofertas de empleo público de la entidad de 2018, 2019 y 2020. [2021/6701]

La Resolución de 21 de diciembre de 2018, de la dirección general del Palau de les Arts Reina Sofia, Fundació de la Comunitat Valenciana (DOGV 8454, 31.12.2018) por la que se da publicidad a la oferta de empleo público de esta entidad para 2018, contiene 3 puestos de trabajo pertenecientes al área técnica, que deberán ser convocados por turno libre, para su cobertura indefinida mediante el sistema selectivo de concurso-oposición.

Con fecha 31 de diciembre de 2019 se publica en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana la Oferta de empleo público para el año 2019 (DOGV 8708, 31.12.2019), que incluye 2 puestos pertenecientes al área técnica, que deberán ser convocados por turno libre, para su cobertura indefinida mediante el sistema selectivo de concurso-oposición.

Con fecha 31 de diciembre de 2020 se publica en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana la Oferta de empleo público para el año 2020 (DOGV 8708, 31.12.2019), que incluye 1 puesto perteneciente al área técnica, que deberá ser convocado por turno libre, para su cobertura indefinida mediante el sistema selectivo de concurso-oposición.

Por todo ello, la dirección general de Les Arts, previa negociación con la representación legal del personal trabajador de la entidad y en virtud de las facultades otorgadas por el artículo 25 i) de los Estatutos del Palau de les Arts, resuelve: aprobar y dar publicidad a las bases para la convocatoria del proceso selectivo para la cobertura definitiva de 6 puestos del área técnica, por turno libre, incluidos en la oferta pública de empleo de la entidad de 2018, 2019 y 2020.



1. Objeto de la convocatoria

1.1. La presente convocatoria tiene por objeto la selección de personal, mediante el sistema de concurso-oposición, para cubrir 6 puestos de trabajo del área técnica de la Fundació Palau de les Arts Reina Sofia, que se detallan en el anexo I, en turno libre y en régimen laboral indefinido y fijo-discontinuo, pertenecientes a las ofertas de empleo público de los años 2018, 2019 y 2020.

1.2. El presente proceso se regirá por lo establecido en la Resolución de 15 de mayo de 2018, del conseller de Hacienda y Modelo Económico, por la que se dictan instrucciones y se dispone la publicación del II Acuerdo de la Comisión de Diálogo Social del Sector Público Instrumental de la Generalitat en materia de criterios generales de aplicación a las ofertas de empleo público y sus convocatorias en el sector público instrumental de la Generalitat; por el Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; por las demás normas de general y pertinente aplicación, y por lo dispuesto en estas bases.

1.3. La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y lo establecido en el Plan de Igualdad de Les Arts.

1.4. El proceso de selección garantizará el derecho de acceso al empleo público de las personas interesadas de conformidad con los principios recogidos en el artículo 51 de la Ley de función pública valenciana.



2. Características de los puestos

2.1. Los grupos y niveles profesionales correspondientes a los puestos objeto del presente proceso selectivo son:





Grupo Profesional Nivel Denominación puesto

IVB 18 Técnico/a de caracterización

IVB 18 Técnico/a de iluminación

IVB 18 Técnico/a de maquinaria

IVB 18 Técnico/a de vestuario





2.2. La retribución bruta anual correspondiente a los puestos objeto del presente proceso selectivo es de 24.427 € para el ejercicio 2021, correspondiente a una dedicación del 100 % y fecha de publicación de la presente convocatoria. De acuerdo con la dedicación máxima correspondiente que se indica en el siguiente apartado esta retribución se percibirá conforme a la misma.

2.3. Las personas que resulten seleccionadas se vincularán a Les Arts a través de un contrato fijo discontinuo en régimen laboral, con una dedicación máxima del 83 % por temporada, acogido al Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, con un periodo de prueba de 2 meses estando sujetas al régimen de incompatibilidades de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y normativa de desarrollo.



3. Requisitos

3.1. Para la admisión a estas pruebas selectivas, será necesario cumplir los siguientes requisitos:

3.1.1 Nacionalidad: tener la nacionalidad española o de un estado miembro de la Unión Europea, o extranjeros con residencia legal en España. Podrá, no obstante, también presentar candidatura cualquier persona que no se encuentre en las situaciones mencionadas de nacionalidad y/o residencia, debiendo obtener de forma obligatoria la residencia legal en España en caso de ser la persona seleccionada.

3.1.2 Edad: tener 16 años y no haber alcanzado la edad máxima legal de jubilación.

3.1.3 Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.

3.1.4 No incurrir en causa de incompatibilidad alguna que le impida el desempeño de funciones en régimen general con una entidad pública.

3.1.5 Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas. La condición de diversidad funcional, en su caso, se acreditará con el certificado oficial correspondiente.

3.1.6 Habilitación: no hallarse inhabilitado por sentencia firme o como consecuencia de haber sido despedido disciplinariamente de forma procedente, para ejercer funciones similares a las propias de la categoría profesional a la que se pretende acceder. Tratándose de personas nacionales de otros estados, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en los mismos términos en su Estado, el acceso al empleo público.

3.1.7 Estar en posesión de alguna de las titulaciones mínimas de acceso detalladas en el anexo I para cada uno de los puestos objeto de la presente convocatoria. También podrán participar aquellas personas que estén en posesión de un nivel de titulación superior al exigido, conforme se detalla en concreto en el mismo Anexo.

3.2. Las condiciones para la admisión a las pruebas deberán reunirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de formalización del contrato. El contrato de trabajo no podrá formalizarse con aquellas personas que no acrediten que reúnen los requisitos y condiciones exigidos en la presente convocatoria.

3.3. Les Arts podrá requerir a las personas aspirantes que acrediten la veracidad de los requisitos exigidos para participar, así como de todos los documentos que puedan aportar en este proceso selectivo. Si los requisitos no fueran acreditados en el plazo de 10 días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento, la persona aspirante podrá quedar excluida del proceso selectivo.



4. Presentación de solicitudes: forma y plazo

4.1. La presentación de solicitudes e inscripción se realizará exclusivamente por medios electrónicos, atendiendo a la capacidad técnica y al perfil profesional para el acceso y disponibilidad de los medios electrónicos del colectivo al que se dirige. Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar la solicitud de inscripción a través de la web https://ocupacio.lesarts.com/.

4.2. En el proceso de la inscripción electrónica deberá presentarse la siguiente documentación:

– Formulario de inscripción con el detalle de la forma de acceso, de acuerdo con lo establecido en la presente convocatoria.

– Curriculum vitae pormenorizado y debidamente justificado, donde se acredite su trayectoria, experiencia profesional, así como los títulos, idiomas, cursos y diplomas obtenidos que se valorarán, en su caso, en la fase de concurso.

– Documento de identidad, pasaporte o tarjeta de residencia que corresponda.

– Titulación académica obtenida que acredite contar con la formación requerida para la inscripción, conforme se indica en el anexo I para cada puesto, que, en el caso de haberse obtenido en el extranjero, deberá haber sido homologada en España o estar solicitada su homologación. No se admitirá la inscripción con una titulación y/o condiciones diferentes a las especificadas en el anexo I para cada uno de los puestos. Las personas que accedan a la inscripción a través de la opción C establecida en el anexo I, y el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias aprobado por la Resolución de 13 de abril de 2021, en la Comunidad Valenciana, no estuviera abierto hasta el plazo de finalización de las inscripciones al presente proceso selectivo, la persona que acceda por esta opción podrá, excepcionalmente, en sustitución del documento que acredite haber solicitado la presentación del expediente, presentar una declaración responsable de que reúne las condiciones establecidas para la obtención del certificado de profesionalidad correspondiente, y que procederá a su gestión y tramitación en el momento en que dicho procedimiento se abra.

– Certificado que acredite, en su caso, algún tipo de diversidad funcional. Las personas con diversidad funcional que cumpliendo con los requisitos anteriores lo formulen expresamente en la solicitud de participación, podrán optar en igualdad de condiciones que las demás personas aspirantes, sin que se establezcan exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas, excepto en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes. El órgano técnico de selección establecerá para las personas con diversidad funcional que lo precisen, y así lo soliciten, las adaptaciones necesarias para la realización de las pruebas. El órgano técnico de selección podrá, según su criterio y en cualquier momento del procedimiento, solicitar a quienes así lo hayan comunicado la acreditación de la condición de diversidad funcional mediante Dictamen técnico facultativo por el órgano competente.

– Declaración jurada de no haber sido inhabilitado o inhabilitada por sentencia firme o como consecuencia de haber sido despedido disciplinariamente de forma procedente, para ejercer funciones similares a las propias de la categoría profesional a la que se pretende acceder. Tratándose de personas nacionales de otros estados, no hallarse inhabilitadas o en situación equivalente ni haber sido sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida en los mismos términos en su Estado, el acceso al empleo público. Esta declaración será efectuada directamente durante el proceso de inscripción por la web.

– Justificante de haber procedido al pago de participación establecido en el apartado 5.

4.3. Víctimas de violencia de género o terrorismo. Las personas aspirantes que ostentasen la condición de víctima de violencia de género o víctima de terrorismo dispondrán de un apartado específico en la inscripción donde poder consignar dicha condición y solicitar las medidas especiales reconocidas al efecto.

4.4. La documentación deberá estar expedida en lengua valenciana o castellana. En el caso de documentos expedidos en otro idioma, se deberán aportar con la debida traducción oficial.

4.5. La participación de un/a aspirante en este proceso de selección incluirá también una declaración responsable en la que se haga constar:

– su confirmación de que cumple los requisitos indispensables exigidos,

– su reconocimiento de la autenticidad de la documentación que adjunta a la misma y de la información que aparece en su currículo vitae,

– su aceptación expresa de todo lo establecido en las bases reguladoras de esta convocatoria,

– su autorización a Les Arts y, en su caso, para el tratamiento automatizado de sus datos, y

– su autorización a Les Arts para la publicación, en la página web de esta, de los resultados obtenidos en el proceso de selección.

Esta declaración será efectuada directamente durante el proceso de inscripción por la web.

4.6. Todas las personas inscritas deberán indicar una cuenta de correo electrónico a efectos de comunicaciones.

El domicilio, correo electrónico y teléfonos de contacto que se indiquen en la inscripción se considerarán como los únicos válidos a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva de la persona solicitante tanto los errores en la consignación de estos, como el no comunicar por escrito a esta entidad cualquier cambio de domicilio, correo electrónico y/o teléfono de contacto.

La consignación de datos falsos en la solicitud de esta convocatoria, o la falsedad en la documentación aportada, conllevará la expulsión automática de la convocatoria, sin perjuicio de las medidas legales que corresponda adoptar.

4.7. En caso de no presentarse alguna documentación del modo establecido, la persona que no cumpla con este requerimiento no será admitida y supondrá su expulsión como candidato/a válido/a.

El control de validez de estos documentos podrá determinar la exclusión del proceso de las personas que no cumplan alguno de los requisitos, sin perjuicio de que Les Arts pueda requerir en cualquier momento a las personas aspirantes que aporten los documentos originales para su cotejo, incluso una vez concluido el proceso selectivo, y eliminar a la persona aspirante o rescindir la relación laboral si se observase alguna irregularidad.

4.8. El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días hábiles y empezará a contar a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Esta convocatoria, además, se hará pública en la página web de Les Arts.

4.9. Durante el proceso de selección y hasta la finalización de las pruebas, toda información que deba ser conocida por los participantes se publicará en la web https://ocupacio.lesarts.com/, surtiendo esta publicación los efectos de la notificación a todos los efectos.

Corresponde a los/las aspirantes prestar la debida atención a la publicación de las listas, así como a la información de los plazos y a los requerimientos que Les Arts pudiera hacerles con carácter general, que se realizarán siempre y únicamente a través de la web referenciada.

4.10. Los posibles requerimientos se realizarán por vía electrónica, a través del correo electrónico y teléfono/s de contacto que figuren en las solicitudes, que se considerarán los únicos válidos a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva de las personas solicitantes prestar la debida atención a estas comunicaciones, así como informar de los posibles errores o cambios en la consignación de estos.

4.11. El presente proceso selectivo tendrá una duración máxima, desde su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de 6 meses.



5. Pago de participación

5.1. Para la correcta inscripción se debe haber procedido al pago establecido y aprobado por los órganos de gobierno de la entidad, en Comisión Ejecutiva de fecha 19.05.2021.

5.2. El precio establecido es de 10 euros. Dicho pago se realizará mediante transferencia a la cuenta de Les Arts en el banco BANKIA con los siguientes datos de transferencia:

IBAN: ES14 2038 6200 5160 0005 1433

En «Concepto» de la transferencia, la persona aspirante deberá consignar su nombre y apellidos, número de identidad y el texto «Pago inscripción OEP Técnica 21».

En ningún caso, este pago de participación eximirá del trámite de registro electrónico de la solicitud en la web. La falta de justificación del abono de este precio o de la presentación en tiempo y forma en la web de la solicitud de inscripción determinará la exclusión de la persona aspirante.

5.3. Exenciones al pago de inscripción. Estarán exentos del pago:



a) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de seis meses anteriores a la fecha de convocatoria de las pruebas selectivas. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, no se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo Interprofesional.

Para acogerse a la exención, los/as interesados/as deberán acreditar la condición de demandante de empleo así como acreditar no haber rechazado oferta de empleo adecuado, no haberse negado a participar en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, todo ello mediante un certificado emitido por el Instituto Nacional de Empleo o, en su caso, el servicio regional de empleo que corresponda, y acompañar a dicho certificado el informe actualizado de la vida laboral emitido por la Tesorería General de Seguridad Social.

En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará con una declaración jurada o promesa escrita del solicitante.

b) Aquellas personas que sean miembros de una familia numerosa de carácter especial o de una familia monoparental de categoría especial, en los términos del artículo 12.1.c de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas. La condición de familia numerosa de categoría especial se acreditará mediante el correspondiente título actualizado. Se debe adjuntar a la solicitud una copia compulsada o cotejada del carné de familia numerosa de carácter especial en vigor.

Tendrán derecho a una reducción del 50 % del importe total las personas que acrediten ser miembros de familia numerosa de categoría general. La acreditación de esta condición se hará adjuntando a la solicitud una copia compulsada o cotejada del carné de familia numerosa general en vigor.

c) Las personas que sean víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en la normativa autonómica contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunidad Valenciana.

d) Las personas con diversidad funcional igual o superior al 33 %. Esta condición se acreditará mediante un certificado actualizado acreditativo de la discapacidad expedido por el órgano competente para expedir dichos certificados. Se acompañará a la solicitud copia compulsada o cotejada del certificado.

e) Las personas en situación de exclusión social cuando esta se acredite por el órgano competente en materia de bienestar social del ayuntamiento de residencia.

Las personas aspirantes en quienes concurran una o varias de estas circunstancias lo harán constar en la solicitud de inscripción telemática marcando la casilla destinada al efecto. Asimismo, deberán aportar, en el apartado correspondiente en la web en el momento de la inscripción, la documentación acreditativa de tal condición dentro del plazo previsto para la realización de la inscripción.

5.4. La devolución de este pago no procederá en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada.

5.5. La falta de la justificación del abono del pago de participación en el momento de la inscripción determinará la exclusión de la persona aspirante.

5.6. Las personas que superen finalmente las pruebas selectivas y hayan solicitado una de las exenciones establecidas en el presente apartado deberán presentar fotocopia compulsada de los documentos acreditativos de tal exención. En caso contrario, no podrán formalizar el contrato como personal fijo discontinuo de Les Arts, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación.



6. Admisión de las personas aspirantes

6.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la dirección general de Les Arts dictará resolución declarando aprobada la relación provisional de personas admitidas y excluidas, con indicación de la causa de exclusión, que se publicará en la web https://ocupacio.lesarts.com/.

6.2. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo máximo de 10 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del listado provisional, para la subsanación de los defectos en que hayan incurrido en su solicitud o realizar las alegaciones que tengan por conveniente. Transcurrido el plazo y vistas las alegaciones y en su caso, subsanados los defectos, se dictará resolución elevando a definitiva la relación de personas admitidas y excluidas a la realización de las pruebas que se publicará en la web mencionada, junto con la fecha concreta y hora en que tendrán lugar las pruebas selectivas, que, en todo caso, se llevarán a cabo en un plazo no inferior a 10 días hábiles desde la publicación de la lista definitiva.

La subsanación se realizará a través de la web referenciada y en el apartado habilitado a tal efecto.

En caso de que la persona interesada no subsane en el plazo indicado el defecto que haya motivado su exclusión, se considerará que desiste de la solicitud.



7. Órgano técnico de selección

7.1. La ejecución del proceso selectivo, evaluación de la fase de oposición y concurso de las personas aspirantes, para cada uno de los puestos, se encomendará a un órgano técnico de selección colegiado que actuará sometido a las causas generales de abstención y recusación contenidas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. Se constituirá un órgano técnico de selección diferente para cada uno de los puestos objeto de la presente convocatoria.

7.2. Cada órgano técnico de selección estará compuesto por cuatro miembros designados por resolución de la subsecretaría de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, a la que se encuentra adscrita la Fundación en virtud de lo dispuesto por el apartado duodécimo del II Acuerdo de la Comisión de Diálogo Social del Sector Público Instrumental de la Generalitat Valenciana. Sólo uno de ellos podrá ser personal al servicio de Les Arts. Aquest miembro ejercerá las funciones de secretario/a, con voz, pero sin voto.

Podrán ser suplidos en caso de ausencia o enfermedad, así como en los casos en que haya sido declarada su abstención o recusación.



7.3. El funcionamiento del órgano técnico de selección será el establecido para los órganos colegiados de las administraciones públicas en los artículos 15 a 19 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, adoptando sus decisiones de forma colegiada, las cuales quedarán recogidas en la correspondiente acta.

7.4. En todas las reuniones y deliberaciones del órgano técnico de selección, estarán presentes, con voz y sin voto, una persona miembro del Comité de empresa.

7.5. El nombramiento de las personas miembro del órgano técnico de selección se realizará con una antelación mínima de 10 días a la fecha de comienzo de las pruebas, mediante resolución que se publicará en la web de Les Arts.

7.6. Será competencia del órgano técnico de selección la resolución de incidencias que durante el transcurso del proceso selectivo puedan producirse, y velará por su correcto desarrollo.

7.7. Si en cualquier momento del proceso el órgano técnico de selección tuviera conocimiento que alguna de las personas solicitantes no reúne los requisitos exigidos, o los méritos alegados, tendrá que requerirlos para su acreditación. En caso de no ser acreditados en el plazo de cinco días hábiles desde que fuera requerido, quedará excluido del proceso, previa indicación de las inexactitudes o falsedades formuladas por la persona solicitante.



8. Procedimiento de selección

8.1. El procedimiento de selección será el de concurso-oposición, y constará de una fase de oposición, de carácter obligatorio y eliminatorio, y de una fase de concurso, de carácter obligatorio.

Sólo podrán participar en la fase de concurso las personas admitidas que hayan superado la fase de oposición.

8.2. Desarrollo de la fase de oposición.

Las personas que hayan resultado admitidas para cada uno de los puestos pasarán a la fase de concurso de acuerdo con la publicación del lugar, día y hora para su realización.

La fase de oposición consistirá, para cada uno de los puestos objeto de la presente convocatoria, en la realización de una prueba teórico-práctica relacionada con el desempeño práctico de las funciones, tareas y cometidos correspondientes a cada puesto de trabajo, y para los que se requieren los conocimientos teóricos que se detallan para cada uno de ellos en el anexo II.

En esta fase se valorará la adecuación teórica y práctica correspondiente al puesto en función de sus conocimientos y habilidades para el ejercicio de las funciones propias del puesto de trabajo, de acuerdo con la descripción del mismo que se detalla en el anexo I, la aptitud y actitud hacia el puesto, así como que la persona posee en grado adecuado y suficiente las competencias y cualidades necesarias y precisas para el buen desempeño de los cometidos y responsabilidades correspondientes al puesto.

La duración de la prueba, y en su caso, de las partes o ejercicios que la integren será determinada por el órgano técnico de selección, y comunicada a las personas aspirantes con carácter previo, el mismo día en que se publique el listado definitivo de personas admitidas. Esta comunicación se realizará a través del portal ocupacio.lesarts.com.

Esta fase, según el número de personas candidatas a cada puesto, podrá realizarse en varios días, y por periodos diferenciados de cada puesto, y podrán, por decisión del órgano técnico de selección, existir diferentes modalidades de prueba.

La puntuación máxima a obtener en esta fase de oposición será de 60 puntos. Para superar la fase de oposición será necesario haber obtenido una puntuación mínima de 30 puntos.

8.3. Fase de concurso.

Sólo podrán participar en la fase de concurso las personas admitidas que hayan superado la fase de oposición. Se les concederá un plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del listado definitivo de la fase de oposición para que presenten obligatoriamente, a través del mismo medio utilizado para la inscripción (https://ocupacio.lesarts.com/), el formulario de autobaremo, que se pondrá a su disposición en la web a partir de ese momento, completado según los criterios e instrucciones que se detallan para cada uno de los puestos, en el anexo III. Así mismo, y dentro del mismo plazo, deberán presentar obligatoriamente toda la documentación acreditativa de los méritos alegados en el currículum. Sólo se valorarán los méritos alegados en el currículum y obtenidos o computados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes. La puntuación de la autobaremación solo podrá será modificada a la baja en el proceso de valoración de los/as candidatos/as.

La forma de acreditación de los méritos se hará como se indica en el anexo III.

La puntuación máxima a obtener en esta fase de oposición será de 40 puntos que se distribuirán de acuerdo con el baremo que figura dicho anexo.



9. Desarrollo de las pruebas

9.1. Las personas admitidas, de acuerdo con lo indicado en el apartado 8.2 serán convocadas para la realización de la prueba de oposición en el lugar, fecha y hora que se establezca en el momento de la aprobación y publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de la lista definitiva de personas admitidas a la realización de las pruebas.

9.2. Las personas aspirantes quedarán decaídas en su derecho cuando se personen en los lugares de celebración fuera del horario al que hubieran sido citadas o por inasistencia a las pruebas, aun cuando se deba a causas justificadas.

9.3. Las personas aspirantes deberán observar en todo momento las instrucciones de los miembros del órgano técnico de selección o del personal ayudante o asesor durante la celebración de las pruebas, en orden al adecuado desarrollo de estas. Cualquier alteración en el normal desarrollo de las pruebas por parte de una persona aspirante, quedará reflejada en el acta correspondiente, pudiendo continuar dicha/s persona/s aspirante/s el desarrollo del ejercicio con carácter condicional hasta tanto resuelva el órgano técnico de selección sobre el incidente.

9.10. Antes del inicio de la prueba y siempre que se estime conveniente durante el desarrollo de esta, los miembros del órgano técnico de selección, el personal ayudante o asesor comprobarán la identidad de las personas admitidas mediante la presentación del DNI, NIE, pasaporte o permiso de conducir emitido en España, sin que para este efecto sean válidas las fotocopias compulsadas de dichos documentos.



10. Publicidad de resultados

10.1. La relación de personas que se incluya en cada publicación será con indicación de nombre, apellidos y documento de identidad anonimizado.

10.2. Del resultado de la fase de oposición, se elevará por el órgano técnico de selección propuesta, de resultado provisional y puntuación, a la dirección general de Les Arts para que proceda a emitir la resolución correspondiente y publicación. Esta resolución se publicará en la web de Les Arts.

Las personas aspirantes dispondrán de un plazo máximo de 10 días hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación, para realizar cuantas alegaciones tengan por conveniente.

Transcurrido el plazo, y revisadas las alegaciones por el órgano técnico de selección, se procederá a la publicación por parte de la dirección de Les Arts de los resultados definitivos por orden de puntuación, previa propuesta elevada por el órgano técnico de selección.

Se entenderá que han superado la prueba únicamente las personas aspirantes que hayan sido admitidas y hayan obtenido la puntuación mínima exigida en la fase de oposición. Las personas aspirantes que no superen la fase de oposición quedarán excluidas del proceso selectivo.

10.3. Finalizada la fase de oposición, las personas incluidas en el listado definitivo que hayan superado la prueba con la puntuación mínima exigida, y de conformidad con lo establecido en el apartado 8.3, presentarán a través de la web https://ocupacio.lesarts.com/ el formulario de autobaremo completado según los criterios del anexo III y documentación acreditativa de los mismos, en el plazo máximo de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación.

10.4. Comprobada la baremación de los méritos por el órgano técnico de selección, se publicará en la página web referenciada en el apartado anterior por la dirección de Les Arts las listas provisionales de aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso, desglosada en los distintos apartados del baremo, concediéndose un plazo de 10 días hábiles contados a partir de la publicación para que formulen las reclamaciones que estimen pertinentes en relación con la baremación de méritos y conforme a lo establecido en el apartado 7.3.

10.5. Vistas las posibles reclamaciones, el órgano técnico de selección elevará a la dirección general de Les Arts la lista definitiva con la puntuación obtenida en la fase de concurso para su publicación en la web.



11. Resultado final y formalización del contrato

11.1 La puntuación final del concurso-oposición se obtendrá sumando la puntuación obtenida en ambas fases.

11.2 Se configurará una lista, ordenada por puntuación de mayor a menor, siendo considerada/s persona/s seleccionada/s para ocupar los puestos objeto de las bases de la presente convocatoria, la/s persona/s que haya/n obtenido la puntuación más alta de la suma de ambas fases.

11.3 En caso de empate, se dirimirá de la siguiente manera:

– Primera: a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.

– Segunda: mayor puntuación obtenida en los distintos apartados del baremo de concurso, por el mismo orden en que figuran relacionados.

– Tercera: en favor de la persona con diversidad funcional.

– Cuarta: en favor de la persona que tenga acreditado un mayor porcentaje de discapacidad.

– Quinta: si el empate fuera entre personas de distinto sexo, en favor del sexo que esté infrarrepresentado dentro de la sección del área técnica a la que pertenezca el puesto convocado.

– Sexta: por último, en caso de persistir, por orden alfabético del primer apellido de las personas aspirantes empatadas, iniciándose el citado orden por la letra «F» conforme el resultado del sorteo celebrado el día 7 de enero de 2019 (DOGV 8473, 28.01.2019) o posterior que lo sustituya.

11.4. La convocatoria podrá declararse desierta en el caso de que ninguna persona candidata supere el presente proceso selectivo de conformidad con lo expuesto en las presentes bases.

11.5. Finalizado el proceso selectivo, previa comprobación del cumplimiento por parte de la/s persona/s candidata/s que haya/n resultado en la/s primera/s posición/es de los requisitos del puesto de acuerdo con lo previsto en la presente convocatoria, se procederá a la formalización de la contratación fija-discontinua, con un periodo de prueba de 2 meses, a partir de la fecha que determine la Dirección de Les Arts, que, en todo caso, no será inferior a 20 días hábiles a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes de revisión respecto del resultado final de la convocatoria.

11.6. La relación definitiva con propuesta de formalización del contrato como personal fijo discontinuo será publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana por la dirección de Les Arts, por orden de puntuación total, y que en ningún caso superará el número de plazas convocadas.

11.7. Previo a la formalización del contrato, de conformidad con el apartado 11.5 las personas seleccionadas serán requeridas para que aporten la siguiente documentación original para su cotejo:

– DNI o NIE.

– Título académico exigible en la convocatoria o certificación académica que acredite haber realizado los estudios exigidos. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero fotocopia compulsada de la credencial que acredite la homologación que corresponda.

– Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el desempeño de las funciones del puesto correspondiente.

11.8. En caso de no presentarse, salvo casos de fuerza mayor, la documentación establecida o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratadas como personal fijo discontinuo, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.

11.9. Durante el periodo de prueba establecido en el apartado 11.5 serán objeto de evaluación y calificación respecto del desempeño del puesto y en relación con las aptitudes y comportamientos profesionales requeridos al puesto. Las situaciones de incapacidad temporal, o suspensiones por nacimiento y cuidado de hijos/as, interrumpirá el cómputo de este. Quedan exentos del periodo de prueba las personas trabajadoras que ya hayan desempeñado las mismas funciones con anterioridad, bajo cualquier modalidad de contratación.



12. Bolsa de empleo resultante

12.1. Finalizado el proceso selectivo, se constituirá una bolsa de empleo temporal para cubrir las necesidades de contratación temporal para el personal de los puestos convocados. Esta bolsa sustituirá a cualquier bolsa anterior a la misma categoría o grupo profesional existente. El régimen de constitución y funcionamiento de esta bolsa se ajustará a lo que dispone la Resolución de 31 de julio de 2018, del conseller de Hacienda y Modelo Económico, por la que se dictan instrucciones y se dispone la publicación del III Acuerdo de la Comisión de Diálogo Social del Sector Público Instrumental de la Generalitat relativo a criterios generales de aplicación a la constitución y funcionamiento de las bolsas de empleo temporal en el sector público instrumental de la Generalitat.

12.2. Formará parte de la bolsa el personal que, habiendo participado en las pruebas selectivas de acceso, haya superado la primera prueba eliminatoria de oposición, conforme a lo indicado en los apartados anteriores, según el orden de prioridad que se obtenga por la puntuación total alcanzada, por la suma obtenida en las distintas fases del proceso selectivo.

12.3. La vigencia de esta bolsa empezará a contar a partir de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de la constitución de la bolsa de empleo, y tendrá carácter indefinido hasta la constitución de nueva bolsa.

12.4. La bolsa de empleo creada al efecto servirá para la cobertura temporal de los puestos objeto de la presente convocatoria, para cubrir necesidades temporales por acumulación de tareas, para la sustitución transitoria de las personas que resulten titulares, en el supuesto de que durante la vigencia de la bolsa se produzca la extinción del contrato por la persona que haya resultado seleccionada, o por cualquiera otras causas establecidas en el Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

12.5. En lo no previsto en el presente apartado, será de aplicación lo establecido en el Resolución de 31 de julio de 2018, en lo referido a la situación de las personas que integran la bolsa, las renuncias al llamamiento y baja automática.



13. Tratamiento de datos personales

De acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, y Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de derechos digitales, le comunicamos que los datos facilitados a través de esta solicitud de empleo serán incorporados a un fichero denominado nóminas, personal y recursos humanos titularidad de Palau de les Arts «Reina Sofia», Fundació de la Comunitat Valenciana, con el objeto de formar parte en los procesos de selección de personal llevados a cabo por la entidad. Los datos se conservarán durante el periodo de tiempo que se requiera para el proceso de selección y no serán cedidos salvo obligación legal.

Estos datos serán utilizados con la única finalidad de hacerle participar en los procesos de selección de personal realizados por Palau de les Arts «Reina Sofia», Fundació de la Comunitat Valenciana.

En el caso de producirse alguna modificación en sus datos, le rogamos nos lo comunique debidamente.

A su vez le informamos de que en cualquier momento puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación u oposición al tratamiento de sus datos, así como retirar el consentimiento prestado o formular reclamaciones ante la autoridad de control. Dichas acciones podrán ejercerse enviando la solicitud por correo electrónico a lopd@lesarts.com o por correo postal a Avenida del Profesor López Piñero (Historiador de la Medicina) 1, 46013 València.





València, 7 de junio de 2021.– El director general: José C. Monforte Albalat.





ANEXO I

Puestos de la convocatoria, requisitos de acceso

y descripción de funciones



Código puesto Denominación Grup. prof. y nivel

1 5123 Técnico/a de caracterización IVB-18

2 5056 Técnico/a de iluminación IVB-18

3 5059 Técnico/a de iluminación IVB-18

4 5097 Técnico/a de maquinaria IVB-18

5 5101 Técnico/a de maquinaria IVB-18

6 5137 Técnico/a de vestuario IVB-18







Puesto:

Técnico/a de caracterización Misión:

Realizar las labores de caracterización (maquillaje y peinado) del personal artístico que interviene en las producciones que le sean asignadas, conforme a las directrices y supervisión de su/s superior/es. Todas aquellas tareas relacionadas con su grupo profesional que le sean encomendadas por las personas superiores inmediatas o Responsable de Caracterización.

Titulación mínima exigida para el acceso:

Opción A: Título de Técnico en Caracterización (Grado Medio), con estudios específicos acreditados de peluquería o Título de Técnico en Peluquería y cosmética capilar (Grado Medio) con estudios específicos acreditados de maquillaje; o Título de Técnico en estética y belleza (Grado Medio) con estudios específicos acreditados en peluquería.

Opción B: Título oficial de Enseñanza Secundaria Obligatoria con estudios profesionales específicos para el desempeño del puesto. (Para acceder por esta opción los cursos presentados deberán sumar entre todos un mínimo de 300 h).



Otras titulaciones superiores de acceso:

Opción C*: Certificado de profesionalidad de nivel 3 en Peluquería técnico-artística (IMPQ0109), con estudios específicos acreditados de maquillaje; o Certificado de profesionalidad de nivel 3 en Caracterización de personajes (IMPE0211).

En el acceso por esta opción, y en el caso específico del procedimiento para la evaluación y acreditación de las competencias en la Comunitat Valenciana (Resolución de 13 de abril de 2021, DOGV 16.04.2021, Núm. 9063) se admitirá la acreditación de haber presentado con fecha anterior a la finalización del periodo de presentación de inscripciones al presente procedimiento, el expediente de inscripción correspondiente ante el organismo competente. En todo caso, la persona que acceda a esta convocatoria por esta opción, previo a su posible contratación deberá acreditar estar en posesión o en virtud de obtener el certificado formal de profesionalidad en el plazo máximo de 6 meses. En caso contrario, la persona quedará directamente excluida y no será posible proceder a su contratación.

Opción D: Título de Técnico Superior en Caracterización y Maquillaje (Grado Superior).

Opción E: Titulación superior al Grado Medio (grado superior o universitario), no relacionado con el ámbito de actuación del puesto, con estudios profesionales específicos para el desempeño del puesto.

(Para acceder por esta opción los cursos presentados deberán sumar entre todos un mínimo de 300 h).

Estudios profesionales admitidos para el acceso a través de las opciones B y E (cuando se acceda a la convocatoria por alguna de estas opciones, los cursos y horas que hayan servido para el acceso no podrán ser puntuados en la autobaremación):

1. Cursos de peluquería en general y específica profesional y/o artística.

2. Cursos de caracterización/maquillaje en general y específica profesional y/o artística, efectos especiales, etc..

3. Cursos en posticería (pelucas, bigotes, barbas, patillas, etc.).

4. Cursos de técnicas de corte y color.

Funciones y tareas concretas del puesto:

Función 1: Realizar y ejecutar las tareas de caracterización propias del Taller y antes de la función

Tareas adscritas:

– Elaboración de pelucas y postizos (toma de medidas, picado de pelo…).

– Elaboración de posticería (barbas, bigotes, patillas...).

– Elaboración de calotas y promontorios.

– Lavado, corte, tinte y peinado de pelucas y postizos.

– Elaboración de moldes para prótesis.

– Elaboración de prótesis.

– Preparación de toda la caracterización (peinado de pelucas, trenzado, rizado de posticería…) y material para la función.

Función 2: Realizar y ejecutar la caracterización de los personajes antes y durante la función

Tareas adscritas:

– Distribución del material entre los camerinos correspondientes.

– Desarrollo de las tareas de peinar y maquillar (retoques) a los personajes en función.

– Aporte de asistencia durante el desarrollo de la función, concierto o evento.

– Solución de posibles incidencias durante el transcurso de la función.

– Realización de posibles cambios de personaje en camerino o en escenario.

– Recogida y limpieza de todos los útiles y productos de maquillaje y peluquería utilizados al finalizar la función

– Retirada y limpieza de todas las pelucas, postizos y posticería utilizada en cada función.

Función 3: Llevar a cabo el mantenimiento y almacenamiento del material de caracterización

Tareas adscritas:

– Limpieza y almacenamiento de los útiles y productos de peluquería y maquillaje.

– Limpieza y almacenamiento de pelucas, postizos y posticería.

– Gestión y registro de las entradas y salidas del almacén.

– Comunicación de faltas de material de caracterización o taller.

– Organización y reparación del material para posteriores funciones.

Otras tareas:

– Cortes de pelo.

– Tinte de cabello.

– Realización de pruebas de caracterización para los diferentes personajes encomendados.

– Realización a la finalización de la temporada de un inventario de todo el material de caracterización existente en taller y almacén.

– Atención a las necesidades de la sección en ausencia del jefe de equipo.

– Ejecución de cualquier tarea encomendada por un superior.

– Asistencia a las reuniones a las que sea convocado/a por un superior.

Habilidades/Conocimientos técnicos requeridos:

– Caracterización de personajes.

– Posticería.

– Peluquería para caracterización.

– Maquillaje para medios escénicos y producciones audiovisuales.

– Efectos especiales de maquillaje.





* Ver punto 4.2 de la convocatoria





Puesto:

Técnico/a de iluminación Misión:

Realizar las labores de iluminación de montaje, desmontaje, manejo y reparación en las producciones y actividades que le sean asignadas, conforme a las directrices y supervisión de su/s superior/es. Todas aquellas tareas relacionadas con su grupo profesional que le sean encomendadas por las personas superiores inmediatas o Jefatura de Iluminación.

Titulación mínima exigida para el acceso:

Opción A: Título de Técnico de imagen y sonido (grado medio); o Título de técnico en Electricidad Electrónica (grado medio).

Opción B: Título oficial de Enseñanza Secundaria Obligatoria con estudios profesionales específicos para el desempeño del puesto. (Para acceder por esta opción los cursos presentados deberán sumar entre todos un mínimo de 300 h).



Otras titulaciones superiores de acceso:

Opción C*: Certificado de profesionalidad de nivel 3 Luminotecnia para el espectáculo en vivo (IMSE0109).

En el acceso por esta opción, y en el caso específico del procedimiento para la evaluación y acreditación de las competencias en la Comunitat Valenciana (Resolución de 13 de abril de 2021, DOGV 16.04.2021, Núm. 9063) se admitirá la acreditación de haber presentado con fecha anterior a la finalización del periodo de presentación de inscripciones al presente procedimiento, el expediente de inscripción correspondiente ante el organismo competente. En todo caso, la persona que acceda a esta convocatoria por esta opción, previo a su posible contratación deberá acreditar estar en posesión o en virtud de obtener el certificado formal de profesionalidad en el plazo máximo de 6 meses. En caso contrario, la persona quedará directamente excluida y no será posible proceder a su contratación.

Opción D: Título de Técnico Superior en Iluminación, Captación y Tratamiento de Imagen; o Título equivalente (Grado Superior).

Opción E: Titulación superior al Grado Medio (grado superior o universitario), no relacionado con el ámbito de actuación del puesto, con estudios profesionales específicos para el desempeño del puesto.

(Para acceder por esta opción los cursos presentados deberán sumar entre todos un mínimo de 300 h).

Estudios profesionales admitidos para el acceso a través de las opciones B y E (cuando se acceda a la convocatoria por alguna de estas opciones, los cursos y horas que hayan servido para el acceso no podrán ser puntuados en la autobaremación):

1. Luminotecnia (Institut del Teatre); Técnico Superior de Iluminación (Centro Tecnología del Espectáculo)

2. Cursos para control de iluminación, mesas, redes, reguladores, trabajo en altura…

3. Cursos de iluminación para teatro, danza, ópera…

Funciones y tareas concretas del puesto:

Función 1: Realizar tareas de Pre-Montaje

Tareas adscritas:

– Preparación del material para su puesta en servicio y montaje.

– Chequeo del material de entrada (almacenado-escenario) y de salida (escenario-almacenado).

– Recepción de equipos específicos de iluminación especial de producciones alquiladas y puesta en marcha.

Función 2: Realizar tareas de Montaje y Mantenimiento de los espectáculos

Tareas adscritas:

– Creación de efectos de iluminación especiales en producciones propias

– Supervisión y chequeo del correcto funcionamiento de las instalaciones de la red de iluminación escénica.

– Ejecución de las tareas propias de la sección como montaje de instalaciones, operación y control de equipos y asistencia técnica a ensayos, funciones y eventos ya sea en nuestras salas y otros teatros.

– Realización de chequeos y pasadas

– Mantenimiento de plantas de iluminación fijas o efímeras en los diferentes espacios.

Función 3: Realizar Desmontaje y Mantenimiento

Tareas adscritas:

– Chequeo del estado del material usado.

– Tareas de mantenimiento correctivo: limpieza de equipos, corrección de magulladuras de cableado, firmeza de conectores, previsión de horas de vida de las lámparas, etc.

– Labores específicas de reparación de la dotación de iluminación espectacular propia del teatro, así como de incidencias que se pueden dar de las instalaciones fijas para la iluminación espectacular y servicios.

– Almacenaje del material usado y manteniendo el orden de almacenaje establecido.

Función 4: Ejecutar labores de Postproducción

Tareas adscritas:

– Recopilación, replanteo, elaboración y archivo de toda la información referente a una creación de iluminación para reposiciones.

Otras tareas:

– Ejecución de las tareas de Mantenimiento y Almacenamiento asignadas.

– Ejecución de cualquier tarea encomendada por un superior.

– Asistencia a las reuniones a las que sea convocado/a por un superior.

Habilidades/Conocimientos técnicos requeridos:

– Interpretación de planos.

– Circuitos eléctricos y sistemas de redes.

– Sistemas de control de iluminación.

– Protocolos y redes de iluminación.

– Trabajo en altura, montaje de andamios, trabajo en plataformas elevadoras, rigging.

– Trabajo en equipo.





* Ver punto 4.2 de la convocatoria





Puesto:

Técnico/a de Maquinaria Misión:

Realizar las labores de maquinaria de montaje, desmontaje, manejo y reparación de todo aquello que guarde relación con la escenografía en las producciones y actividades que le sean asignadas, así como construcción de elementos adicionales escenográficos que integren la implantación y adaptación en el escenario de la escenografía, conforme a las directrices recibidas y supervisión de su/s superior/es. Todas aquellas tareas relacionadas con su grupo profesional que le sean encomendadas por las personas superiores inmediatas o Jefatura de Maquinaria.

Titulación mínima para el acceso:

Opción A: Título de técnico en la familia profesional de fabricación mecánica en «Soldadura y calderería» (Grado Medio) o Título de técnico en la familia profesional de madera, mueble y corcho de «Carpintería y Mueble» (Grado Medio).

Opción B: Título oficial de Enseñanza Secundaria Obligatoria con estudios profesionales específicos para el desempeño del puesto. (Para acceder por esta opción los cursos presentados deberán sumar entre todos un mínimo de 300 h).



Otras titulaciones superiores de acceso:

Opción C*: Certificado de profesionalidad de nivel 3 de Maquinaria escénica para el espectáculo en vivo (ARTU0110).

En el acceso por esta opción, y en el caso específico del procedimiento para la evaluación y acreditación de las competencias en la Comunitat Valenciana (Resolución de 13 de abril de 2021, DOGV 16.04.2021, Núm. 9063) se admitirá la acreditación de haber presentado con fecha anterior a la finalización del periodo de presentación de inscripciones al presente procedimiento, el expediente de inscripción correspondiente ante el organismo competente. En todo caso, la persona que acceda a esta convocatoria por esta opción, previo a su posible contratación deberá acreditar estar en posesión o en virtud de obtener el certificado formal de profesionalidad en el plazo máximo de 6 meses. En caso contrario, la persona quedará directamente excluida y no será posible proceder a su contratación.

Opción D: Título de Técnico Superior Artista Fallero y Construcción de Escenografías (Grado Superior).

Opción E: Titulación superior al Grado Medio (grado superior o universitario) no relacionado con el ámbito de actuación del puesto, con estudios profesionales específicos para el desempeño del puesto.

(Para acceder por esta opción los cursos presentados deberán sumar entre todos un mínimo de 300 h).

Estudios profesionales admitidos para el acceso a través de las opciones B y E (cuando se acceda a la convocatoria por alguna de estas opciones, los cursos y horas que hayan servido para el acceso no podrán ser puntuados en la autobaremación):

1. Estudios técnicos de la Escola Superior de Tècniques de les Arts de l'Espectacle (ESTAE), en la rama Maquinaria escénica para el espectáculo en vivo.

2. Estudios técnicos del Centro de Tecnología del Espectáculo (CTE) del INAEM en la rama de Maquinaria escénica, utilería y construcción de decorados para el espectáculo en vivo.

3. Estudios técnicos en la rama Maquinaria escénica para el espectáculo en vivo expedido por cualquier Centro de Referencia Nacional del sector espectáculos en vivo.

4. Formación acreditada en rigging, trabajos en altura, montaje de andamios, carpintería, soldadura, carretillero, plataformas elevadoras, técnicas de construcción de decorados-escenografía.

Funciones y tareas concretas del puesto:

Función 1: Ejecutar y desarrollar la adaptación de las escenografías o parte de ellas

Tareas adscritas:

– Interpretación de planos de montaje o creación.

– Selección del material más adecuado para cada construcción o elemento.

– Realización de tareas como trocear, soldar, pulir…

– Ejecución de los movimientos de las escenografías tanto en función como en cambios.

Función 2: Ejecutar y desarrollar la construcción, funcionamiento y reparación de cualquier elemento de dotación metálica

Tareas adscritas:

– Diseño del elemento, pieza, máquina o artefacto que se requiera para la representación de la producción, concierto o evento.

– Selección del material más adecuado para cada construcción o elemento.

– Supervisión y chequeo de todos los elementos intervinientes en la producción en el ámbito de maquinaria.

Función 3: Ejecutar y llevar a cabo el montaje y desmontaje de los diferentes escenarios.

Tareas adscritas:

– Coordinación con el equipo de trabajo para la realización de las tareas de montaje y desmontaje de los escenarios.

– Apoyo y asistencia en las funciones si así lo requieren las circunstancias y/o características de la producción, concierto o evento.

– Ejecución del montaje, desmontaje y reparación de las escenografías, preescenografias, camerinos de transformación, construcción de elementos escenográficos y elementos auxiliares.

Otras tareas:

– Trabajos con elementos o artefactos de material distinto (generalmente madera).

– Adecuación de las escenografías para los alquileres.

– Preparación de los envíos de alquileres.

– Ejecución de cualquier tarea encomendada por un superior.

– Asistencia a las reuniones a las que sea convocado por un superior.

Habilidades/Conocimientos técnicos requeridos:

– Interpretación de planos.

– Manejo de maquinaria y herramientas de corte de metal.

– Soldadura de hierro y aluminio, tipo electrodo y MIG/MAG.

– Técnicas generales de taller y manejo de metales.

– Soldadura y máquinas de corte de hierro.

– Carpintería, trabajo en altura, montaje de andamio, trabajo en plataformas elevadoras, rigging.





* Ver punto 4.2 de la convocatoria







Puesto:

Técnico/a de Vestuario Misión:

Realizar las labores de vestuario de todo el personal artístico que interviene en las producciones que le sean asignadas, conforme a las directrices y supervisión de su/s superior/es. Todas aquellas tareas relacionadas con su grupo profesional que le sean encomendadas por las personas superiores inmediatas o Jefatura de Vestuario y Caracterización.

Titulación exigida para el acceso:

Opción A: Título de técnico en Confección y Moda (Grado Medio).

Opción B: Título oficial de Enseñanza Secundaria Obligatoria con estudios profesionales específicos para el desempeño del puesto. (Para acceder por esta opción los cursos presentados deberán sumar entre todos un mínimo de 300 h).



Otras titulaciones superiores de acceso:

Opción C*: Certificado de profesionalidad de nivel 3 en Gestión de Sastrería en espectáculo en vivo (TCPF0812); o de Realización de vestuario para el espectáculo (TCPF0912).

En el acceso por esta opción, y en el caso específico del procedimiento para la evaluación y acreditación de las competencias en la Comunitat Valenciana (Resolución de 13 de abril de 2021, DOGV 16.04.2021, Núm. 9063) se admitirá la acreditación de haber presentado con fecha anterior a la finalización del periodo de presentación de inscripciones al presente procedimiento, el expediente de inscripción correspondiente ante el organismo competente. En todo caso, la persona que acceda a esta convocatoria por esta opción, previo a su posible contratación deberá acreditar estar en posesión o en virtud de obtener el certificado formal de profesionalidad en el plazo máximo de 6 meses. En caso contrario, la persona quedará directamente excluida y no será posible proceder a su contratación.

Opción D: Título de Técnico Superior en Patronaje y Moda (Grado Superior); o Título de Técnico Superior en Vestuario a Medida y Espectáculo.

Opción E: Titulación superior al Grado Medio (grado superior o universitario) no relacionado con el ámbito de actuación del puesto, con estudios profesionales específicos para el desempeño del puesto.

(Para acceder por esta opción los cursos presentados deberán sumar entre todos un mínimo de 300 h).

Estudios profesionales admitidos para el acceso a través de las opciones B y E (cuando se acceda a la convocatoria por alguna de estas opciones, los cursos y horas que hayan servido para el acceso no podrán ser puntuados en la autobaremación):

1. Curso de Técnico superior de vestuario para el espectáculo en vivo. Impartido por el Centro de Tecnología del Espectáculo.

2. Cursos de diseño, patronaje, etc.

3. Cursos de mantenimiento, conservación del vestuario, etc.

4. Cursos de vestuario escénico, etc.

5. Confección de complementos, sombrerería y tocados

Funciones y tareas concretas del puesto:

Función 1: Tareas previas de preparación del vestuario

Tareas adscritas:

– Recepción, inventario, tallaje y asignación del vestuario.

– Preparación del vestuario para pruebas.

– Asistencia a pruebas.

– Realización de arreglos y ajustes.

– Realización de prendas.

– Planchado.

– Preparación del vestuario en carros de camerinos.

– Preparación del material de sastrería necesario para función.

– Estudio de la documentación referente a cada espectáculo.

Función 2: Tareas de asistencia a ensayos y función

Tareas adscritas:

– Preparación de ropa de ensayo y asistencia al personal artístico para su utilización.

– Recopilación de información durante los ensayos y trasmisión de esta al responsable.

– Preparación del vestuario en camerinos.

– Preparación del vestuario de pasada y para cambios rápidos.

– Vestir a los y las artistas durante la función y supervisar que vistan correctamente.

– Recogida de camerinos al finalizar el espectáculo.

– Lavandería, plancha y mantenimiento.

Función 3: Tareas de recogida del vestuario y material utilizado durante la representación

Tareas adscritas:

– Recogida del vestuario en camerinos.

– Recogida de material utilizado durante el espectáculo y devolución al taller.

– Limpieza del vestuario.

– Deshacer arreglos (en ocasiones).

– Recuento y cotejo de prendas con inventario para su guarda.

Otras tareas:

– Toma de medidas a los artistas.

– Realización de vestuario.

– Organización de almacenes y talleres.

– Tintura y ambientación del vestuario.

– Almacenamiento y control del vestuario en propiedad.

– Fotografiado de prendas para su identificación e introducción en el sistema.

– Cuidado y mantenimiento de la maquinaria.

– Recopilado de información para la realización de dosieres.

– Mantenimiento y conservación del vestuario.

– Trabajos de marroquinería y sombrerería.

– Montaje de exposiciones.

Habilidades/Conocimientos técnicos requeridos:

– Mantenimiento y conservación de vestuario.

– Patronaje y confección.

– Conocimiento/uso de maquinaria específica de taller de costura.





* Ver punto 4.2 de la convocatoria









ANEXO II

Temario



Puesto: Técnico/a de caracterización

1. Maquillaje para medios escénicos y producciones audiovisuales.

2. Prótesis faciales y corporales para caracterización.

3. Prótesis pilosas para caracterización.

4. Peluquería para caracterización.

5. Caracterización de personajes y efectos especiales de maquillaje.



Puesto: Técnico/a de iluminación

1. Espacios escénicos, tipos y características.

2. Equipos de iluminación. Tipos y manejo de proyectores, mesas de control y equipos de regulación.

3. Instalación eléctrica, conexionado. Magnitudes y cálculos eléctricos básicos.

4. Protocolo DMX. Configuración de universos, direccionamiento.

5. Fuentes de luz. Características principales. Manipulación de haces.

6. Espectáculos en directo, montaje, ensayos, grabación y mantenimiento.

7. Montaje y desmontaje de equipos de iluminación, sistemas de cuelgue.



Puesto: Técnico/a de maquinaria

1. El edificio teatral.

2. Sistemas de elevación y cortinajes.

3. Mecanismos teatrales.

4. Cabuyería. Nudos básicos.

5. Técnicas de construcción de decorados.

6. Montaje y desmontaje de la escenografía y los elementos auxiliares.

7. Servicio de ensayo y funciones.



Puesto: Técnico/a de vestuario

1. Historia de la indumentaria.

2. Patronaje a medida y de época.

3. Confección a medida y de época. Acabados.

4. Materiales textiles.

5. Vestuario escenográfico, realización y adaptación.

6. Conservación y mantenimiento del vestuario.

7. Conceptos básicos de espacios escénicos y de espectáculo.

8. Tintura y ambientación de vestuario.









ANEXO III

Baremo del concurso



La puntuación en la fase de concurso de méritos será de un máximo de 40 puntos, que constituye el 40 % de la nota final de acceso a cada uno de los puestos, distribuyéndose de la siguiente forma y con las siguientes condiciones para cada puesto de los ofertados:



PUESTO: TÉCNICO/A DE CARACTERIZACIÓN

Méritos Formativos 20 %



Mérito Puntuación

Titulación Académica

Estar en posesión de una titulación académica de superior nivel a la titulación mínima exigida para el acceso. 7

Cursos de formación y perfeccionamiento (1): Puntuación máxima 7 puntos. Cursos específicos relacionados con el desempeño propio del puesto de una duración mínima de 8 horas lectivas, siempre y cuando no se haya accedido a la convocatoria a través de la opción B/E, salvo que se hayan acreditado más de 300 h de cursos, en cuyo caso el exceso sí será valorado. Por curso acreditado se sumará la puntuación que se detalla a continuación, siendo la puntuación máxima que se puede obtener de la suma de todos los cursos, un total de 7 puntos. Los cursos de idiomas no son puntuables.

Curso entre 8h a 15h 0,5

Curso entre 16h a 40h 1,5

Curso entre 41h a 80h 3

Curso entre 81h a 160h 5

Curso de más de 160h 7

Idiomas (2). Puntuación máxima 6 puntos

Valenciano Certificado de nivel A1 (inicial) 0,5

Certificado de nivel A2 (básico) 1

Certificado de nivel B1 (elemental) 1,5

Certificado de nivel B2 (intermedio) 2

Certificado de nivel C1 (suficiencia) 2,5

Certificado de nivel C2 (superior) 3

Inglés Certificado de nivel A1 0,25

Certificado de nivel A2 0,5

Certificado de nivel B1 1

Certificado de nivel B2 1,5

Certificado de nivel C1 o superior 2

Italiano Certificado de nivel A1 0,25

Certificado de nivel A2 0,75

Certificado de nivel B1 o superior 1





Méritos Profesionales (experiencia) 20 %



Mérito Puntuación

Tiempo de servicio efectivo prestado en puestos iguales o similares (3)

Puntuación máxima 18 puntos

Por cada mes completo trabajado en LES ARTS en puestos equivalentes. 0,5

Por cada mes completo trabajado en otros teatros o producciones audiovisuales de ficción en puestos equivalentes. 0,40

Prácticas no laborales (4)

Realización de prácticas no remuneradas como Técnico/a de Caracterización o equivalente con una duración no inferior a 250 horas. 2









PUESTO: TÉCNICO/A DE ILUMINACIÓN

Méritos Formativos 20 %



Mérito Puntuación

Titulación Académica

Estar en posesión de una titulación académica de superior nivel a la titulación mínima exigida para el acceso en la rama profesional de Imagen y Sonido, y Electricidad y Electrónica 7

Cursos de formación y perfeccionamiento (1): Puntuación máxima 7 puntos. Cursos específicos relacionados con el desempeño propio del puesto (Sistema de redes TCP/IP, control de mesa de iluminación, redes de iluminación, curso de iluminación para teatro/danza/ópera, electricidad/electrónica, equipos de iluminación espectacular, trabajo en altura, rigging, etc.) de una duración mínima de 8 horas lectivas, siempre y cuando no se haya accedido a la convocatoria a través de la opción B/E, salvo que se hayan acreditado más de 300 h de cursos, en cuyo caso el exceso sí será valorado. Por curso acreditado se sumará la puntuación que se detalla a continuación, siendo la puntuación máxima que se puede obtener de la suma de todos los cursos, un total de 7 puntos. Los cursos de idiomas no son puntuables.

Curso entre 8h a 15h 0,5

Curso entre 16h a 40h 1,5

Curso entre 41h a 80h 3

Curso entre 81h a 160h 5

Curso de más de 160h 7

Idiomas (2). Puntuación máxima 6 puntos

Valenciano Certificado de nivel A1 (inicial) 0,5

Certificado de nivel A2 (básico) 1

Certificado de nivel B1 (elemental) 1,5

Certificado de nivel B2 (intermedio) 2

Certificado de nivel C1 (suficiencia) 2,5

Certificado de nivel C2 (superior) 3

Inglés Certificado de nivel A1 0,25

Certificado de nivel A2 0,5

Certificado de nivel B1 1

Certificado de nivel B2 1,5

Certificado de nivel C1 o superior 2

Italiano Certificado de nivel A1 0,25

Certificado de nivel A2 0,75

Certificado de nivel B1 o superior 1





Méritos Profesionales (experiencia) 20 %



Mérito Puntuación

Tiempo de servicio efectivo prestado en puestos iguales o similares (3)

Puntuación máxima 18 puntos

Por cada mes completo trabajado en LES ARTS en puestos equivalentes. 0,5

Por cada mes completo trabajado en otros teatros en puestos equivalentes. 0,40

Prácticas no laborales (4)

Realización de prácticas no remuneradas como Técnico/a de Iluminación o equivalente con una duración no inferior a 250 horas 2











PUESTO: TÉCNICO/A DE MAQUINARIA

Méritos Formativos 20 %



Mérito Puntuación

Titulación Académica

Estar en posesión de una titulación académica de superior nivel a la titulación mínima exigida para el acceso. 7

Cursos de formación y perfeccionamiento (1): Puntuación máxima 7 puntos. Cursos específicos relacionados con el desempeño propio del puesto (Carpintería, Montaje de andamios, plataformas elevadoras, rigging, trabajo en altura, carretillero, etc.) de una duración mínima de 8 horas lectivas, siempre y cuando no se haya accedido a la convocatoria a través de la opción B/E, salvo que se haya acredito más de 300 h de cursos, en cuyo caso el exceso si será valorado. Por curso acreditado se sumará la puntuación que se detalla a continuación, siendo la puntuación máxima que se puede obtener de la suma de todos los cursos, un total de 7 puntos. Los cursos de idiomas no son puntuables.

Curso entre 8h a 15h 0,5

Curso entre 16h a 40h 1,5

Curso entre 41h a 80h 3

Curso entre 81h a 160h 5

Curso de más de 160h 7

Idiomas (2). Puntuación máxima 6 puntos

Valenciano Certificado de nivel A1 (inicial) 0,5

Certificado de nivel A2 (básico) 1

Certificado de nivel B1 (elemental) 1,5

Certificado de nivel B2 (intermedio) 2

Certificado de nivel C1 (suficiencia) 2,5

Certificado de nivel C2 (superior) 3

Inglés Certificado de nivel A1 0,25

Certificado de nivel A2 0,5

Certificado de nivel B1 1

Certificado de nivel B2 1,5

Certificado de nivel C1 o superior 2

Francés o Certificado de nivel A1 0,25

Ruso Certificado de nivel A2 0,75

Certificado de nivel B1 o superior 1





Méritos Profesionales (experiencia) 20 %



Mérito Puntuación

Tiempo de servicio efectivo prestado en puestos iguales o similares (3)

Puntuación máxima 18 puntos

Por cada mes completo trabajado en LES ARTS en puestos equivalentes. 0,5

Por cada mes completo trabajado en otros teatros en puestos equivalentes. 0,40

Prácticas no laborales (4)

Realización de prácticas no remuneradas como Técnico/a de Maquinaria o equivalente con una duración no inferior a 250 horas. 2











PUESTO: TÉCNICO/A DE VESTUARIO

Méritos Formativos 20 %



Mérito Puntuación

Titulación Académica

Estar en posesión de una titulación académica de superior nivel a la titulación mínima exigida para el acceso. 7

Cursos de formación y perfeccionamiento (1): Puntuación máxima 7 puntos. Cursos específicos relacionados con el desempeño propio del puesto (Confección de vestuario para teatro, patronaje de vestuario de época, ambientación de vestuario para teatro, teñido de telas, confección de complementos, sombrerería y tocados, etc.) de una duración mínima de 8 horas lectivas, siempre y cuando no se haya accedido a la convocatoria a través de la opción B/E, salvo que se hayan acreditado más de 300 h de cursos, en cuyo caso el exceso sí será valorado. Por curso acreditado se sumará la puntuación que se detalla a continuación, siendo la puntuación máxima que se puede obtener de la suma de todos los cursos, un total de 7 puntos. Los cursos de idiomas no son puntuables.

Curso entre 8h a 15h 0,5

Curso entre 16h a 40h 1,5

Curso entre 41h a 80h 3

Curso entre 81h a 160h 5

Curso de más de 160h 7

Idiomas (2). Puntuación máxima 6 puntos

Valenciano Certificado de nivel A1 (inicial) 0,5

Certificado de nivel A2 (básico) 1

Certificado de nivel B1 (elemental) 1,5

Certificado de nivel B2 (intermedio) 2

Certificado de nivel C1 (suficiencia) 2,5

Certificado de nivel C2 (superior) 3

Inglés Certificado de nivel A1 0,25

Certificado de nivel A2 0,5

Certificado de nivel B1 1

Certificado de nivel B2 1,5

Certificado de nivel C1 o superior 2

Italiano Certificado de nivel A1 0,25

Certificado de nivel A2 0,75

Certificado de nivel B1 o superior 1





Méritos Profesionales (experiencia) 20 %



Mérito Puntuación

Tiempo de servicio efectivo prestado en puestos iguales o similares (3)

Puntuación máxima 18 puntos

Por cada mes completo trabajado en LES ARTS en puestos equivalentes. 0,5

Por cada mes completo trabajado en otros teatros en puestos equivalentes. 0,40

Prácticas no laborales (4)

Realización de prácticas no remuneradas como Técnico/a de Vestuario o equivalente con una duración no inferior a 250 horas 2







Criterios e instrucciones a tener en cuenta para la baremación

(1) La acreditación de la realización de cursos se hará mediante la presentación del diploma o certificación de la entidad que lo ha impartido, donde figure el número de horas lectivas. En caso contrario, no se tendrá en consideración el curso que se pretenda puntuar.

(2) La acreditación del nivel de idioma valenciano será mediante la presentación de los certificados expedidos por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià u organismo homologado por la misma. Se considerarán estos certificados o los equivalentes que se puedan generar en futuras normativas.

La acreditación del idioma inglés y/o italiano/francés se hará mediante la aportación de títulos, diplomas y certificados expedidos por las escuelas oficiales de idiomas, por las Universidades Españolas que sigan el modelo de acreditación de exámenes de la Asociación de Centros de Lenguas de Educación Superior (ACLES), así como todos aquellos indicados en el anexo del Decreto 61/2013, de 17 de mayo, del Consell, por el que se establece un sistema de reconocimiento de la competencia en lenguas extranjeras, teniendo en cuenta sus modificaciones posteriores por orden de la conselleria competente en materia de educación.

En caso de presentar certificación en varios niveles de un mismo idioma, solo puntuará el nivel más alto acreditado.

(3) La acreditación del tiempo efectivo trabajado se realizará de acuerdo con los siguientes criterios:

– Para los servicios prestados en la propia entidad solo será necesario aportar certificado de vida laboral que expide la Tesorería General de la Seguridad Social.

– El resto de trabajos por cuenta ajena, se deberá aportar certificado de vida laboral y certificado de empresa o contrato/s de trabajo que contemple el tiempo trabajado, la categoría o grupo profesional y una descripción de las funciones desarrolladas.

– Para el supuesto de profesionales y autónomos, Licencia Fiscal o IAE donde se acrediten el o los epígrafes correspondientes al grupo profesional del puesto convocado, así como certificación o vida laboral que acredite haber cotizado a la Seguridad Social durante todo el tiempo que se alegue.

Cuando proceda, y en sustitución de dichos documentos, se aportará certificación oficial que acredite haber cotizado en el Régimen Especial o en la Mutualidad correspondiente.

(4) La acreditación de las prácticas se realizará mediante el certificado de la institución formativa reglada correspondiente que indique claramente el número de horas realizadas o bien certificado de la empresa donde fueron realizadas o documento oficial y formal que acredite las mismas.

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