Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 22 de junio de 2021, del Rectorado de la Universitat Jaume I de Castelló, por la que se convoca concurso de selección de profesorado contratado doctor.



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Publicado en:  DOGV núm. 9116 de 29.06.2021
Número identificador:  2021/7119
Referencia Base Datos:  006413/2021
 



RESOLUCIÓN de 22 de junio de 2021, del Rectorado de la Universitat Jaume I de Castelló, por la que se convoca concurso de selección de profesorado contratado doctor. [2021/7119]

El 26 de diciembre de 2018, se publicó, en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, la Resolución de 20 de diciembre de 2018, del Rectorado de la Universitat Jaume I de Castelló, por la que se dispone la publicación de la ampliación para el año 2018, de la oferta de empleo público del personal docente e investigador de la Universitat Jaume I, relativa a plazas de los cuerpos docentes universitarios y de profesorado contratado doctor. Las convocatorias derivadas de dicha ampliación fueron autorizadas por la Dirección General de Universidad, Investigación y Ciencia mediante escrito de 10 de enero de 2019, en virtud de lo previsto en el artículo 19.Uno.3.I) de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de presupuestos generales del Estado para el año 2018.

De conformidad con lo que dispone la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades (a partir de ahora, LOU), el Decreto 174/2002, de 15 de octubre, del Gobierno valenciano, sobre régimen y retribuciones del personal docente e investigador contratado laboral de las universidades públicas valencianas y sobre retribuciones adicionales del profesorado universitario, el reglamento para el desarrollo de los concursos de acceso a cuerpos de funcionariado docente universitario y de los concursos de selección de profesorado contratado doctor de la Universitat Jaume I de Castelló, aprobada por Consejo de Gobierno de 14 de mayo de 2020 (en adelante RCAUJI) y la autorización previa de la Conselleria de Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, este Rectorado, en uso de las competencias previstas en el artículo 105 de los Estatutos de la Universitat Jaume I, aprobados por el Decreto 116/2010, de 31 de agosto, del Consell de la Generalitat (a partir de ahora, EUJI), convoca un concurso de selección para la provisión de 14 plazas de profesorado contratado doctor, que se relacionan en el anexo I de esta resolución, de acuerdo con las siguientes



Bases de la convocatoria



Primera. Normas generales

El concurso se regirá por lo que disponen la LOU, los EUJI, el RCAUJI, las presentes bases de convocatoria y en lo no previsto en las mismas, las disposiciones estatales que regulan el régimen general de ingreso en las administraciones públicas.



Segunda. Requisitos

2.1. Requisitos generales de las personas candidatas

Para ser admitido a los citados concursos, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales:

a) Tener cumplidos los dieciséis años y no alcanzado la edad de jubilación.

b) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título académico exigido. Si se han realizado los estudios fuera del Estado español la titulación académica tendrá que estar homologada por el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes. Las personas con títulos de la Unión Europea deberán presentar la homologación del título o la credencial de reconocimiento dirigido al ejercicio de la profesión de profesor o profesora de universidad.

c) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a las plazas convocadas.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas por sentencia judicial firme. En el caso de los aspirantes que no posean la nacionalidad española, el cumplimiento de este requisito comportará no hallarse sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

e) Las persones extranjeras no comunitarias y las que no puedan ser incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, deberán disponer del permiso de residencia y de trabajo antes de la formalización de los contratos correspondientes.

f) Las personas que no tengan la nacionalidad española tendrán que poseer un conocimiento del español adecuado para el desarrollo de sus funciones.

2.2. Requisitos específicos de las personas candidatas

– Estar en posesión del título de doctor o doctora y tener la evaluación positiva de su actividad universitaria para la figura de profesor o profesora contratado/a doctor/a por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o por la Agencia Valenciana de Evaluación y Prospectiva.

– En la plaza 19430, del área de conocimiento de Didáctica de las Ciencias Sociales, estar en posesión de la Licenciatura en Humanidades y del certificado de conocimientos de inglés B2 y de catalán nivel C2

– En la plaza 19446, del área de conocimiento de Enfermería, estar en posesión estar en posesión del grado o diplomatura en Enfermería y del certificado de conocimientos de catalán nivel C1.

– En la plaza 19448, del área de conocimiento de Enfermería, estar en posesión estar en posesión del grado o diplomatura en Enfermería.

– En la plaza 19458 del área de conocimiento de Sociología, estar en posesión del grado o licenciatura en Sociología y del certificado de conocimientos de catalán nivel C1.

– En la plaza 19429, del área de conocimiento de Didáctica de la Lengua y la Literatura, estar en posesión del certificado de conocimientos de Inglés C2 y de catalán nivel C2

– En la plaza 19436, del área de conocimiento de Expresión Gráfica Arquitectónica, estar en posesión del certificado de conocimientos de Inglés B2 y de catalán nivel C1.

– En la plaza 19456, del área de conocimiento de Personalidad, Evaluación y Tratamientos Psicológicos, estar en posesión del certificado de conocimientos de catalán nivel C1.

– En la plaza 19450, del área de conocimiento de Enfermería, estar en posesión estar en posesión del grado o diplomatura en Enfermería y del certificado de conocimientos de catalán nivel C1.

2.3. Los requisitos establecidos en la presente base deberán cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

2.4. Las personas que obtengan una plaza acreditarán antes de su contratación las condiciones generales exigidas por la legislación vigente para el acceso del personal al servicio de las administraciones públicas.

2.5. La convocatoria se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) y en el Tablón de anuncios Oficiales de la Universitat Jaume I (TAO).



Tercera. Presentación de Solicitudes

3.1. Quienes deseen participar en este proceso selectivo podrán realizar su inscripción en el plazo de veinte días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el DOGV.

Las solicitudes deberán presentarse por vía electrónica. El tratamiento de la información por medios electrónicos tendrá en cuenta lo establecido en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, y demás disposiciones que le sean de aplicación. Para presentar la solicitud por vía electrónica es necesario poseer un certificado digital de firma electrónica, el DNI electrónico o el sistema de identificación Cl@ve.

Cuando se utilice la opción de Registrar cuenta con usuario se deberá adjuntar copia del DNI. La solicitud se formalizará en línea a través del Registro Electrónico de la Universitat Jaume I, mediante el TAO

Junto a la solicitud, que se adjunta en el anexo II, se deberá entregar la siguiente documentación en formato pdf:

– Solicitud de plaza / curriculum vitae,

– Fotocopia del documento nacional de identidad vigente. En el caso de las personas que no tengan la nacionalidad española, se deberá presentar una fotocopia del documento acreditativo de la nacionalidad, tarjeta de identidad o una fotocopia del pasaporte.

– Certificaciones en que se acredita el cumplimiento de los requisitos específicos que señala la base segunda para participar en el concurso de acceso.

3.2. Derechos de examen y forma de pago

El importe de la tasa por derechos de examen será de 30 euros.

3.2.1. Bonificaciones

Los miembros de una familia numerosa de categoría general o de una familia monoparental de categoría general disfrutarán de una bonificación del cincuenta por ciento de la cuota íntegra, es decir, el importe será de 15 euros.

3.2.2. Exenciones

Están exentos del pago de la tasa:

a) Los miembros de una familia numerosa de categoría especial o de una familia monoparental de categoría especial.

b) Las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en los artículos 9.1 y 9.2 de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, integral contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

c) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

d) Las personas que estén en situación de exclusión social y esta se acredite por el órgano competente en materia de bienestar social del ayuntamiento de residencia.

3.2.3. Forma de pago

El pago de la tasa se realizará mediante tarjeta de crédito o débito, a través del enlace previsto en la correspondiente convocatoria publicada en el TAO, optando por la bonificación en el caso que se tenga derecho.

3.2.4. Junto a la solicitud se acompañará certificado acreditativo de la bonificación o exención del pago de la tasa.

El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro de plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión de la persona solicitante. En ningún caso el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

3.3. Procederá la devolución de las tasas por derechos de examen únicamente en los supuestos y a través de los procedimientos contemplados en el artículo 1.2-6 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas.

3.4. Traducción de documentos. Los documentos acreditativos de los requisitos presentados en un idioma diferente de los oficiales de la Universitat Jaume I se presentarán acompañados de su traducción jurada a cualquiera de los idiomas oficiales de la Universitat Jaume I.



Cuarta. Admisión de aspirantes

4.1. Finalizado el periodo de presentación de solicitudes, si todas las solicitudes presentadas se ajustan en todos sus extremos a la convocatoria, el Rectorado de la Universitat Jaume I dictará en el plazo máximo de veinte días hábiles una resolución por la que se elevará a definitiva la lista de personas aspirantes admitidas. En caso contrario, y en el mismo plazo, el Rectorado dictará una resolución por la que se declarará aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas, y se indicará, respecto a estas últimas, la causa de exclusión. En la misma resolución se indicará a las personas interesadas que, si no la subsanan en el plazo improrrogable de diez días hábiles, decaerán en su derecho. Finalizado este plazo, se elevará a definitiva la lista provisional con las modificaciones que procedan.

4.2. Estas resoluciones se publicarán en el TAO-UJI, dentro de la convocatoria de que se trate.

4.3. Contra esta resolución se podrá interponer recurso en los plazos que prevén los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de les administraciones públicas.

4.4. En todo caso, para evitar errores y para posibilitar su corrección dentro del plazo y la forma correctas, las persones aspirantes tienen que comprobar fehacientemente no solo que no figuran en la relación de personas excluidas, sino que, además, sus datos personales constan correctamente en la pertinente relación de personas admitidas. Será causa de exclusión, además de las señaladas en otros apartados de estas bases, la omisión de la firma en la solicitud.



Quinta. Protección de datos personales

5.1. En cumplimiento del que se prevé en el Reglamento general de protección de datos UE 2016/679 y la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, informamos que el responsable del tratamiento de los datos tratados a fin de esta convocatoria es la Universitat Jaume I de Castelló.

5.2. La base legal para el tratamiento de los datos personales es la necesidad de gestionar el procedimiento de selección de personal y provisión de puestos de trabajo de la presente convocatoria. No están previstas cesiones o transferencias internacionales de los datos personales tratados.

5.3. La Universitat Jaume I informa sobre la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, de rectificación, de cancelación y, si procede, de oposición, que prevé el artículo 5 de la mencionada Ley 15/1999. Estos derechos se ejercerán, por escrito, ante la Secretaría General de la Universidad: https://ujiapps.uji.es/reg/rest/publicacion/solicitud_generica

5.4. En caso de reclamación la autoridad competente es la Agencia Española de Protección de Datos.

5.5. Los datos se conservarán en virtud de la legislación aplicable al presente tratamiento.



Sexta. Comisiones de contratación

6.1. Los concursos de selección del profesorado contratado serán resueltos por comisiones de contratación formadas por funcionariado de los cuerpos docentes universitarios de esta universidad, siempre que sea posible, que deberán tener el grado de doctorado. Si no los hubiera, también podrá formar parte de estas comisiones profesorado contratado doctor.

6.2. Estas comisiones, en las que se procurará que haya una composición equilibrada entre mujeres y hombres, las preside el vicerrector o vicerrectora con competencias en profesorado o persona en quien delegue, y estarán integradas a título individual y no representativo, además, por vocales preferentemente de esta universidad, en la proporción siguiente:

a) Dos miembros vocales designados por el departamento entre profesorado del área de conocimiento de la plaza.

b) Un miembro vocal designado por el Rectorado entre un mínimo de cinco propuestos por el departamento entre profesorado del área de conocimiento de la plaza o afines.

c) Un miembro vocal designado por el Rectorado entre un mínimo de cinco propuestos por el órgano de representación sindical competente entre profesorado del área de conocimiento de la plaza o afines.

De acuerdo con las normas generales en materia de función pública, los miembros de estas comisiones deberán ostentar competencia técnica suficiente para valorar los méritos y capacidad de las personas candidatas.

Para cada comisión deberán nombrarse tantos miembros suplentes como titulares

En las comisiones en las que se encuentren miembros de distintos cuerpos docentes actuará como secretario o secretaria aquel que pertenezca al cuerpo docente con menor categoría y, dentro del mismo cuerpo, el de menos antigüedad. En aquellas comisiones en las que todos los miembros sean del mismo cuerpo, actuará como secretario o secretaria el miembro de menor antigüedad dentro de del cuerpo.

6.3. El nombramiento como miembro de una comisión es irrenunciable, excepto cuando exista una causa justificada que impida actuar como miembro de esta. En este caso, la apreciación de la causa alegada corresponderá al Rectorado, quien emitirá una resolución en el plazo de cinco días hábiles a contar desde la recepción de la renuncia. A continuación, se actuará, si procede, según el procedimiento que establece el apartado 6.7 de estas bases.

6.4. Se entenderá que concurre una de las causas justificadas de renuncia cuando un profesor o profesora haya sido nombrado para dos o más comisiones y acredite que coinciden en el tiempo, total o parcialmente, las actuaciones correspondientes al periodo comprendido entre la constitución de las comisiones y la calificación de las personas concursantes. En caso de que el profesorado afectado alegue esta causa, este deberá permanecer en la comisión que primero se haya constituido y, si no fuera factible utilizar este criterio de prioridad, quedará a su decisión libre el ejercicio de la elección y las renuncias pertinentes.

6.5. En el supuesto de que concurran los motivos de abstención a los que se refiere el apartado 2 del artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, las personas interesadas deberán de abstenerse de actuar en la comisión y manifestar el motivo concurrente.

6.6. Cuando se produzca la recusación a que se refiere el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, la persona recusada deberá manifestar el día siguiente de la fecha de conocimiento de la recusación si se da o no en ella la causa alegada. Si niega la causa de recusación, el Rectorado, tras obtener los informes y comprobaciones que considere oportunos, emitirá una resolución en un plazo de tres días hábiles. Contra esta resolución no se podrá presentar ninguna reclamación, sin perjuicio de que esta se alegue al interponer recursos posteriores.

6.7. En los casos de abstención, de recusación o de causa justificada que impidan la actuación de los miembros de la comisión titular, estos se deberán sustituir por los suplentes respectivos. En el caso excepcional que también el miembro suplente cumpliera alguno de los supuestos de impedimento citados anteriormente, la Universidad deberá nombrar un nuevo miembro suplente.



Séptima. Constitución de las comisiones

7.1. Para que la constitución de la comisión sea válida, se exige la presencia de la totalidad de sus miembros. Los miembros titulares que no comparezcan en este acto cesarán y serán sustituidos según lo que prevé el apartado 8 del artículo 16 del Reglamento para el desarrollo de los concursos de acceso a cuerpos de funcionariado docente universitario y de los concursos de selección de profesorado contratado doctor de la Universitat Jaume I de Castelló.

La constitución se podrá llevar a cabo por medios electrónicos. A estos efectos, la Universitat Jaume I habilitará una sala de videoconferencia privada para los miembros del tribunal, para su constitución y para la realización de las deliberaciones.

7.2. La comisión se constituirá en el plazo máximo de cuatro meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la relación definitiva de personas candidatas admitidas al concurso. Con esta finalidad, el presidente o presidenta de la comisión, una vez realizadas las consultas oportunas con el resto de miembros, notificará, con una antelación mínima de diez días hábiles, la convocatoria del acto de constitución, y señalará el lugar o la dirección electrónica, la fecha y la hora.

7.3. Transcurrido el plazo de constitución sin que esta haya tenido lugar, el Rectorado procederá de oficio a la sustitución del presidente o presidenta de la comisión. El nuevo presidente o presidenta deberá convocar la constitución de la nueva comisión en un plazo de un mes desde la publicación de su nombramiento.

7.4. Tras la constitución de la comisión, en caso de ausencia del presidente o presidenta, este deberá ser sustituido por el profesor o profesora más antiguo conforme al siguiente orden de prelación de cuerpos: profesorado catedrático de universidad, profesorado titular de universidad o profesorado catedrático de escuela universitaria, profesorado titular de escuela universitaria y, si procede, profesorado contratado doctor.

7.5. Para que la comisión pueda actuar válidamente será necesaria la participación de al menos tres de sus miembros.

7.6. La comisión establecerá los criterios de evaluación específicos, de acuerdo con los criterios generales que aparecen en el anexo V de esta convocatoria y que se harán públicos.

7.7. Los miembros de la comisión que estén ausentes en alguna de las pruebas correspondientes a alguna de las personas aspirantes cesarán como miembros de la misma, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran haber incurrido.

7.8. Si, tras el inicio de la primera prueba, la comisión quedara con menos de tres miembros, se nombrará una nueva comisión por el procedimiento que establecen las bases anteriores, en la que no podrán incluirse los miembros de la primera que habían cesado en esta condición.

7.9. Los acuerdos de la comisión se tomarán por mayoría, teniendo en cuenta que, en caso de empate, la Presidencia tiene voto de calidad.

7.10. Corresponderán al secretario o secretaria de la comisión las actuaciones administrativas y la gestión económica propias de la comisión, con la ayuda de los servicios administrativos de la Universidad.



Octava. Acto de presentación de las personas candidatas

8.1. El presidente o presidenta de la comisión, una vez realizadas las consultas oportunas con el resto de miembros, notificará a todas las personas candidatas admitidas al concurso, con una antelación mínima de diez días hábiles, la convocatoria para el acto de presentación, y señalará el lugar o dirección electrónica, la fecha y hora de su celebración, que podrá tener lugar inmediatamente después de la constitución de la comisión

El acto de presentación se podrá llevar a cabo por medios electrónicos. A estos efectos la Universitat Jaume I habilitará una sala pública de videoconferencia.

8.2. En el acto de presentación, que será público, las personas candidatas entregarán la documentación siguiente:

a) Currículo, por quintuplicado, según el modelo que establezca la convocatoria del concurso, y un ejemplar de las publicaciones y documentos acreditativos de lo consignado.

b) Proyecto docente y de investigación, por quintuplicado, que el candidato o candidata pretende llevar a cabo en relación con el perfil de la plaza.

Esta entrega se podrá hacer a través del correo electrónico u otros medios electrónicos que establezca el tribunal.

8.3. En el acto de presentación los candidatos y candidatas recibirán todas las instrucciones convenientes sobre la realización de las pruebas. Asimismo, se determinará, mediante sorteo, el orden de actuación de las personas participantes y se fijará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

En el mismo acto de presentación, el presidente o presidenta de la comisión hará público el plazo fijado para que cualquier participante pueda examinar la documentación presentada por el resto de aspirantes antes del inicio de las pruebas.

8.4. Las pruebas deberán empezar dentro del plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al acto de presentación.



Novena. Desarrollo de las pruebas

9.1. Los concursos de acceso constarán de dos pruebas que serán públicas y se realizarán en el lugar de la Universitat Jaume I que establecerá el presidente o presidenta de la comisión o en la sala pública de videoconferencia habilitada al efecto. Cuando la comisión lo estimo conveniente la prueba podrá ser grabada; en este caso se tendrá que informar todas las persones participantes que el acto será grabado y que cualquier intervención quedará grabada.

9.2. Antes del comienzo de la primera prueba, cada miembro de la comisión entregará al secretario o secretaria de esta un informe razonado sobre los méritos alegados por cada concursante en su currículo y sobre la adecuación entre su proyecto docente y, en su caso, de investigación, y las necesidades de la Universidad, puestas de manifiesto en la convocatoria del concurso.

9.3. La primera prueba de estos concursos consistirá en la exposición oral por parte del o la aspirante, en el tiempo que considero oportuno, de los méritos alegados y la defensa del proyecto docente y, en su caso, de investigación, presentado. A continuación, la comisión debatirá con el mismo, durante un tiempo máximo de dos horas, sobre sus méritos, el proyecto docente y, en su caso, de investigación, presentado.

9.4. Finalizada la primera prueba, la comisión realizará la evaluación de cada candidato o candidata, ajustada a los criterios generales (anexo IV) y específicos de valoración previamente establecidos por la comisión. Esta prueba tiene carácter eliminatorio para todas aquellas personas que no obtengan, por lo menos, una puntuación numérica igual o superior a 5 sobre 10, como mínimo, en tres miembros de la comisión.

9.5. Para la segunda prueba, los aspirantes entregarán a la comisión, después de que se haya realizado la calificación de la primera, un resumen del tema elegido o del trabajo original de investigación que posteriormente expondrán oralmente. Esta entrega se podrá hacer a través del correo electrónico u otros medios electrónicos que establezca la comisión

9.6. La segunda prueba de estos concursos consiste en la exposición oral por parte del aspirante, durante un tiempo máximo de dos horas, de una lección del programa que el mismo ha presentado, o de un trabajo original de investigación realizado por este concursante individualmente o en equipo. En este último caso el aspirante tendrá que haber participado como director o directora de la investigación y este extremo quedará certificado por el resto de miembros del equipo.

Seguidamente, la comisión debatirá con el aspirante, durante un tiempo máximo de dos horas, sobre les contenidos científicos expuestos, la metodología que utilizará en la impartición al alumnado y todos aquellos aspectos que considere relevantes en relación con el tema; o sobre todos aquellos aspectos que considere relevantes en relación con el trabajo original de investigación.

9.7. Finalizada la segunda prueba, cada miembro de la comisión evaluará a cada aspirante y le otorgará una puntuación numérica de 0 a 10. La puntuación final del concurso de acceso vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las dos pruebas. En caso de empate, prevalecerá el aspirante que ha obtenido mayor puntuación en la primera prueba.



Décima. Propuesta de las comisiones

10.1. A la vista de la puntuación otorgada, la comisión llevará a cabo la propuesta de provisión de las plazas en el plazo máximo de treinta días hábiles a contar a partir de la fecha del comienzo de las pruebas.

10.2. Las propuestas de provisión se tendrán que hacer de acuerdo con los presupuestos siguientes:

a) Se proveerán las plazas convocadas cuando haya personas que concursen valoradas favorablemente, por lo menos, por tres de sus miembros.

b) Los miembros de la comisión no podrán abstenerse en la votación.

c) No podrá proponerse un número superior de nombramientos al número de plazas convocadas.

d) Cuando se hayan convocado varias plazas, la comisión citará a las personas propuestas por el orden de valoración que han obtenido, para que elijan vacante.

e) Todos los concursos se podrán resolver con la no provisión de plaza o plazas.

10.3. Las personas que no hayan sido propuestas no podrán alegar ningún derecho sobre plazas vacantes.

10.4. La propuesta motivada de provisión de plazas se hará pública en el plazo máximo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a la finalización de las pruebas, en el lugar de celebración del concurso y en el tablón de anuncios del Departamento donde esté adscrita la plaza o por medios electrónicos, en el supuesto de que el concurso se haya hecho electrónicamente.

10.5. En los siete días hábiles siguientes al día de finalización de la actuación de la comisión, el secretario o secretaria de la comisión entregará en la Secretaría General de la Universidad el expediente administrativo del concurso, que incorporará los siguientes documentos:

a) El acta de constitución de la comisión y de cada una de las sesiones realizadas, en las que deberán constar las actuaciones fundamentales realizadas.

b) El documento en que consten los criterios utilizados para la valoración de las pruebas a que alude la base 7.6.

c) El documento en que consten los informes a que alude la base 9.2.

d) El documento en que conste la valoración razonada de la comisión, o de cada uno de sus miembros, sobre cada una de las personas aspirantes en cada prueba, a que alude la base 9.6.

e) El acta de la propuesta de provisión de la plaza o plazas, con un listado de las personas propuestas por orden de preferencia.

f) Curriculum vitae, proyecto docente e investigador, documentos y trabajos presentados por las personas concursantes.

10.6. Las personas interesadas podrán solicitar en la Secretaría General de la Universidad un certificado de la valoración razonada que la comisión, o cada uno de sus miembros, emitió sobre sus méritos.



10.7. La propuesta de provisión de plazas se recogerá en una resolución del rectorado o persona en quien delegue. Las contrataciones propuestas tienen que efectuarse por el Rectorado de la universidad, en el plazo de treinta días hábiles a contar a partir de la recepción del expediente administrativo en la Secretaría General de la Universidad, y después de que la persona propuesta haya acreditado que cumple los requisitos a que alude el apartado 2 del artículo 16 del reglamento del Consejo de Gobierno, lo que deberá hacer en los quince días hábiles siguientes al día de finalización de la actuación de la comisión. En caso de que la persona propuesta no presente oportunamente la documentación requerida, el Consejo de Gobierno de la Universidad podrá declarar la plaza vacante o remitir el expediente a la comisión para que proponga, si ésta lo considera conveniente, en el plazo de treinta días, la contratación del siguiente concursante en el orden de valoración formulado.

10.8. En la contratación se especificará la denominación de la plaza según el catálogo de áreas de conocimiento y el Departamento al que se adscribe la misma.



Undécima. Duración, y funciones de los contratos

Los contratos laborales del profesorado contratado doctor serán de carácter indefinido y tendrán una dedicación a tiempo completo.

Las funciones del profesorado contratado doctor, que incluyen la docencia, la investigación y, en su caso, la dirección de proyectos de investigación, serán las establecidas por la universidad en la correspondiente relación de puestos de trabajo.



Duodécima. Reclamaciones

12.1. Contra las resoluciones del rector o rectora, o persona en quien delegue, que ponen fin al concurso, se podrá interponer recurso de alzada ante el Rectorado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de la propuesta.

12.2. Una vez admitido a trámite, el recurso será valorado por la comisión de reclamaciones de profesorado contratado de la Universitat Jaume I formada por el vicerrector o vicerrectora que tenga atribuidas las competencias en materia de profesorado, que la presidirá, y cuatro profesores o profesoras funcionarios de los cuerpos docentes universitarios doctores, o contratados doctores, nombrados por el rector o rectora a propuesta del Consejo de Gobierno, por un período de cuatro años, prorrogable por una única vez. La comisión se renovará por mitades, cada dos años.

12.3. La comisión de recursos informará sobre los aspectos de procedimiento del proceso selectivo y comprobará el efectivo respeto por las comisiones de selección de los principios de igualdad mérito y capacidad, sin cuestionar el ámbito de discrecionalidad técnica de la comisión seleccionadora. La comisión de recursos efectuará una propuesta motivada y vinculante al Rectorado en función de la cual se confirmará la propuesta de contratación, o se estimará total o parcialmente el recurso con retroacción de actuaciones, en su caso, para la formulación de una nueva propuesta de provisión por parte de la comisión de selección.

12.4. Salvo que la resolución del Rectorado indique otra cosa, la comisión de selección no evaluará de nuevo a todas las personas concursantes, sino solamente a aquellas a las que se refiere la resolución, y únicamente en los apartados o los méritos del currículo que esta resolución enmiende. No obstante, si a consecuencia del recurso la nueva puntuación afecta la posición o la puntuación de las personas concursantes, entre otras razones, por superar la puntuación máxima prevista en algún apartado general del baremo, se normalizarán y modificarán las puntuaciones obtenidas por las mismas en el apartado correspondiente y, consiguientemente, en la puntuación final.

12.5. Las resoluciones del Rectorado a que hacen referencia este artículo agotan la vía administrativa y se podrán recurrir ante de la jurisdicción contencioso-administrativa.

12.6. Cuando las comisiones de selección efectúen una nueva propuesta motivada, como consecuencia de la estimación de un recurso, lo notificarán a todas las personas que han concursado. Contra esta propuesta se podrá interponer recurso de alzada ante el Rectorado, por cualquier motivo diferente de los que sirvieran de fundamento al primer recurso.



Decimotercera. Recursos

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se puede interponer con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto contra el cual se recorre en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de esta notificación, o bien directamente interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Castelló, dentro del plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de la recepción de la notificación.

Todo esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere procedente.



Castelló de la Plana, 22 de junio de 2021. La rectora, p. c. d. (R 12.06.2018; DOGV del 14.06.2018), el vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado: José Joaquín Gual Arnau.

ANEXO I

Composición de las comisiones:



1. Área de conocimiento: Didáctica de las Ciencias Sociales

Número de plazas: 1 Plaza número: 19430

Departamento: Pedagogía y Didáctica de las Ciencias Sociales, la Lengua y la Literatura

Perfil docente: Didáctica de las Ciencias Sociales en el grado de maestro o maestra de Educación Primaria y en el grado de maestro o maestra de Educación Infantil

Perfil investigador: 5504.02 Historia contemporánea, 5899 Otras especialidades pedagógicas (Didáctica de las ciencias sociales)

Requisitos: Licenciatura en Humanidades, B2 inglés, C2 catalán



Comisión titular

Presidente: José Antonio Piqueras Arenas. CU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 1º. Antoni Santisteban Fernández. TU. Universitat Autònoma de Barcelona

Vocal 2º. Imilcy Balboa Navarro. TU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 3º. María Luz Sanfeliu Gimeno. TU. Universitat de València



Vocal 4º. Adoración Sales Salvador. TU. Universitat Jaume I de Castelló



Comisión suplente

Presidenta: Auxiliadora Sales Ciges. TU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 1º. Josep María Pons Altés. Agregado. (CD) Universitat Rovira i Virgili

Vocal 2º. Neus González Monfort. Agregada. (CD) Universitat Autònoma de Barcelona

Vocal 3º. Odet Moliner García. TU. Universitat Jaume I de Castelló



Vocal 4º. Cristina Chiralt Monleón. TU. Universitat Jaume I de Castelló





2. Área de conocimiento: Enfermería

Número de plazas: 1 Plaza número: 19446

Departamento: Enfermería

Perfil docente: Cuidados Básicos de Enfermería, Cuidados de Salud y Género en el grado en Enfermería

Perfil investigador: 3200 Ciencias médicas, 0913 Enfermería y partería, 5802.01 Educación de adultos

Requisitos: Diplomatura o grado en Enfermería, C1 catalán



Comisión titular

Presidenta: M. Desamparados Bernat Adell PCDV Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 1º. María Loreto Maciá Soler. TU. Universitat d'Alacant

Vocal 2º. María Isabel Orts Cortes. TU. Universitat d'Alacant

Vocal 3º. José Joaquín Castelló Benavent. TU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 4º. Cristina Chiralt Monleón. TU. Universitat Jaume I de Castelló



Comisión suplente

Presidente: José Joaquín Gual Arnau. CU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 1º. Azucena Pedraz Marcos. PCD. Universidad Autònoma de Madrid

Vocal 2º. Ana María Palmar Santos. PCD. Universidad Autónoma de Madrid

Vocal 3º. Rafael Ballester Arnal. CU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 4º. Miguel F. Ruiz Garrido. TU. Universitat Jaume I de Castelló







3. Área de conocimiento: Enfermería

Número de plazas: 1 Plaza número: 19448

Departamento: Enfermería

Perfil docente: Determinantes de la Salud, Cuidados de enfermería en Urgencias y Emergencias en el grado en Enfermería

Perfil investigador: 3201.99 Ciencias Clínicas, 5802.01 Educación de Adultos, 3299 otras Especialidades Médicas

Requisitos: Diplomatura o grado en Enfermería



Comisión titular

Presidente: Rafael Ballester Arnal. CU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 1º. María Muriach Saurí. TU. Universitat Jaume I de Castelló



Vocal 2º. M. Desamparados Bernat Adell. PCDV. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 3º. Conrado Martínez Cadenas. TU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 4º. Joaquín José Castelló Benavent. TU. Universitat Jaume I de Castelló



Comisión suplente

Presidente: José Joaquín Gual Arnau. CU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 1º. M. Carmen Pastor Verchili. TU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 2º. Ferran Martínez García. CU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 3º. Francisco Ros Bernal. PCD. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 4º. Ana María Arnal Pons. TU. Universitat Jaume I de Castelló





4. Área de conocimiento: Sociología

Número de plazas: 1 Plaza número: 19458

Departamento: Filosofía y Sociología

Perfil docente: Sociología del Consumo en el grado en Publicidad y Relaciones Públicas

Perfil investigador: 6309.09 Posición social de la Mujer, 6310.10 Conflicto social y adaptación, 6399 Otras especialidades sociológicas (Sociología del cuerpo)

Requisitos: Grado o licenciatura en Sociología, C1 catalán



Comisión titular

Presidente: Luis Enrique Alonso. CU. Universidad Autònoma de Madrid

Vocal 1º. Mercedes Alcañiz Moscardó. TU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 2º. María Eugenia González Sanjuán. TU. Universitat de València

Vocal 3º. Vicente A. Querol Vicente. PCD. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 4º. M. Odet Moliner García. TU. Universitat Jaume I de Castelló



Comisión suplente

Presidente: Carlos Jesús Fernández. TU. Universidad Autónoma de Madrid

Vocal 1º. Andrés Piqueras Infante. TU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 2º. Alicia Villar Aguilés. PCD. Universitat de València

Vocal 3º. Clemente Antonio Penalva Verdú. TU. Universitat d'Alacant

Vocal 4º. Ana María Arnal Pons. TU. Universitat Jaume I de Castelló





5. Área de conocimiento: Ingeniería Mecánica

Número de plazas: 1 Plaza número: 19434

Departamento: Ingeniería Mecánica y Construcción

Perfil docente: Teoría de máquinas y mecanismos en el grado en Ingeniería en Tecnologías Industriales, Mecánica y Resistencia de Materiales en el grado en Ingeniería en Diseño Industrial y Desarrollo de Productos

Perfil investigador: 2406.04 Biomecánica, 3313.99 Tecnología e Ingeniería Mecánicas. Otras (Ingeniería mecatrónica), 3314.02 Prótesis.





Comisión titular

Presidente: Antonio Pérez González. CU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 1º. Joaquín Luis Sancho Bru. CU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 2º. Marta Covadonga Mora Aguilar. PCD. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 3º. José Luis Iserte Vilar. PCD. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 4º. Joaquín José Castelló Benavent. TU. Universitat Jaume I de Castelló



Comisión suplente

Presidente: Juana María Mayo Núñez. CU. Universidad de Sevilla

Vocal 1º. Francisco Sánchez Marín. TU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 2º. Manuel Alejandro Yáñez Santana. TU. Universidad Las Palmas de Gran Canaria

Vocal 3º. Francisco Javier Andrés de la Esperanza. PCD. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 4º. Cristina Chiralt Monleón. TU. Universitat Jaume I de Castelló





6. Área de conocimiento: Didáctica de la Lengua y la Literatura

Número de plazas: 1 Plaza número: 19429

Departamento: Pedagogía y Didáctica de les Ciencias Sociales, la Lengua y la Literatura

Perfil docente: Didáctica de la lengua inglesa en el grado en Maestro/a en educación Infantil

Perfil investigador: 5701.03 Bilingüismo 5701.11 Enseñanza de lenguas 5803.02 Preparación de profesores

Requisitos: C2 inglés, C2 catalán



Comisión titular

Presidente: Consol Aguilar Ródenas. CEU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 1º. Otilia Martí Arnándiz. PCD. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 2º. María Noelia Ruiz Madrid. TU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 3º. Juan José Martínez Sierra. TU. Universitat de València

Vocal 4º. María Rosa Sos Peña. TU. Universitat Jaume I de Castelló





Comisión suplente

Presidenta: Betlem Soler Pardo. PCD. Universitat de València

Vocal 1º. María Auxiliadora Sales Ciges. TU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 2º. María Odet Moliner García. TU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 3º. Miguel F. Ruiz Garrido. TU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 4º. Alfonso Roberto Barrós Loscertales. CU. Universitat Jaume I de Castelló





7. Área de conocimiento: Periodismo

Número de plazas: 1 Plaza número: 19452

Departamento: Ciencias de la Comunicación

Perfil docente: Información televisiva en el grado en Periodismo

Perfil investigador: Comunicación política y medios, Estudios de/sobre periodismo



Comisión titular

Presidente: Andreu Casero Ripollés. CU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 1º. Dolors Palau Sampío. TU. Universitat de València

Vocal 2º. Graciela Padilla Castillo. TU. Universidad Complutense de Madrid

Vocal 3º. Pablo López Rabadán. TU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 4º. Vicente Alberto Querol Vicente. PCD. Universitat Jaume I de Castelló



Comisión suplente

Presidente: Javier Marzal Felici. CU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 1º. Salomé Berrocal Gonzalo. CU. Universidad de Valladolid

Vocal 2º. María del Mar García Gordillo. TU. Universidad de Sevilla

Vocal 3º. Hugo Doménech Fabregat. PCD. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 4º. Ana María Arnal Pons. TU. Universitat Jaume I de Castelló





8. Área de conocimiento: Expresión Gráfica Arquitectónica

Número de plazas: 1 Plaza número: 19436

Departamento: Ingeniería de Sistemas Industriales y Diseño

Perfil docente: Expresión Gráfica Arquitectónica I en el grado en Arquitectura Técnica, Expresión Gráfica I en el grado en Ingeniería en Diseño Industrial y Desarrollo de Productos

Perfil investigador: 5506.01 Historia de la arquitectura, 6201.01 Diseño arquitectónico, 6201.99 Arquitectura. Otras (Patrimonio arquitectónico: Documentación y análisis gráfico)

Requisitos: B2 inglés y C1 catalán



Comisión titular

Presidenta: Alba Soler Estrela. TU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 1º. Jaume Gual Ortí. TU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 2º. Francisco Felip Miralles. TU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 3º. M. José Ruá Aguilar. TU. Universitat Jaume I de Castelló



Vocal 4º. Sergio Barrachina Mir. TU. Universitat Jaume I de Castelló



Comisión suplente

Presidenta: Julia Galán Serrano. CU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 1º. José Luis Navarro Lizandra. TU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 2º. María Lidón Fabra Galofre. PCD. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 3º. Lucía Reig Cerdá. TU. Universitat Jaume I de Castelló



Vocal 4º. Oscar Coltell Simón. TU. Universitat Jaume I de Castelló







9. Área de conocimiento: Personalidad, Evaluación y Tratamientos Psicológicos

Número de plazas: 1 Plaza número: 19454

Departamento: Psicología Básica, Clínica y Psicobiología

Perfil docente: Psicología Positiva y Salud en el grado en Psicología

Perfil investigador: 3201.05 Psicología Clínica, 5306.02 Innovación Tecnológica



Comisión titular

Presidente: Rafael Ballester Arnal. CU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 1º. Generós Ortet Fabregat. CU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 2º. Soledad Quero Castellano. TU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 3º. Juana María Bretón López. TU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 4º. Alfonso Roberto Barrós Loscertales. CU. Universitat Jaume I de Castelló



Comisión suplente

Presidenta: Azucena García Palacios. CU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 1º. Manuel Ignacio Ibáñez Ribes. TU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 2º. Micaela Moro Ipola. TU. Universitat Jaume I de Castelló



Vocal 3º. Elena Villa Martín. PCD. Universitat Jaume I de Castelló



Vocal 4º. María Rosa Sos Peña. TU. Universitat Jaume I de Castelló







10. Área de conocimiento: Personalidad, Evaluación y Tratamientos Psicológicos

Número de plazas: 1 Plaza número: 19456

Departamento: Psicología Básica, Clínica i Psicobiología

Perfil docente: Psicopatología en el grado en Psicología

Perfil investigador: 6105.09 Validez de Tests, 6105.01 Psicología Diferencial, 6199 Otras Especialidades Psicológicas (Psicología de la Salud)

Requisitos: C1 catalán



Comisión titular

Presidenta: Azucena García Palacios. CU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 1º. Juana María Bretón López. TU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 2º. Jorge Javier Osma López. TU. Universidad de Zaragoza



Vocal 3º. Elena Villa Martín. PCD. Universitat Jaume I de Castelló



Vocal 4º. Alfonso Roberto Barrós Loscertales. CU. Universitat Jaume I de Castelló



Comisión suplente

Presidente: Generós Ortet Fabregat. CU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 1º. Soledad Quero Castellano. TU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 2º. Manuel Ignacio Ibáñez Ribes. TU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 3º. Cristina Giménez García. PCD. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 4º. María Rosa Sos Peña. TU. Universitat Jaume I de Castelló







11. Área de conocimiento: Enfermería

Número de plazas: 1 Plaza número: 19450

Departamento: Enfermería

Perfil docente: Programas de Salud en Infancia, Adolescencia y Edad Reproductiva; Farmacología Básica y Administración de Medicamentos en el grado en Enfermería

Perfil investigador: 3200 Ciencias médicas, 0913 Enfermería y partería, 5802.01 educación de adultos

Requisitos: Diplomatura o grado en Enfermería, C1 catalán



Comisión titular

Presidenta: M. Desamparados Bernat Adell. PCDV. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 1º. María Loreto Maciá Soler. TU. Universitat d'Alacant



Vocal 2º. María Isabel Orts Cortes. TU. Universitat d'Alacant

Vocal 3º. Ana María Palmar Santos. PCD. Universidad Autónoma de Madrid

Vocal 4º. Joaquín José Castelló Benavent. TU. Universitat Jaume I de Castelló



Comisión suplente

Presidente: José Joaquín Gual Arnau. CU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 1º. Pablo García Molina. PCD. Universitat de València

Vocal 2º. Rafael Ballester Arnal. CU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 3º. Azucena Pedraz Marcos. PCD. Universidad Autónoma de Madrid

Vocal 4º. Cristina Chiralt Monleón. TU. Universitat Jaume I de Castelló





12. Área de conocimiento: Filología Catalana

Número de plazas: 1 Plaza número: 19442

Departamento: Filología y Culturas Europeas

Perfil docente: Filología Catalana

Perfil investigador: 5506.13 Historia de la Literatura, 5701.07 Lengua y Literatura, 6202.02 Análisis Literario



Comisión titular

Presidente: Tomás Martínez Romero. CU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 1º. Manuel Sifre Gómez. TU. Universitat Jaume I de Castelló



Vocal 2º. Carme Arronis Llopis. TU. Universitat d'Alacant

Vocal 3º. Adolf Piquer Vidal. TU. Universitat Jaume I de Castelló



Vocal 4º. Andrés Piqueras Infante. TU. Universitat Jaume I de Castelló



Comisión suplente

Presidenta: Llúcia Martín Pascual. CU. Universitat d'Alacant

Vocal 1º. Josep Enric Rubio Albarracín. TU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 2º. Vicent Salvador Liern. CU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 3º. Manuela Casanova Ávalos. TEU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 4º. Miguel Ginés Vilar. TU. Universitat Jaume I de Castelló





















ANEXO IV

Criterios generales de evaluación que son de aplicación por las comisiones que deben resolver los concursos de selección de profesorado colaborador y contratado doctor



En la valoración de los candidatos y candidatas en los concursos de selección de profesorado colaborador y contratado doctor, la primera de las pruebas tendrá un valor doble que la segunda. En lo que se refiere a la primera prueba, las comisiones fijarán unos criterios específicos adecuados al perfil de las plazas, que en cualquier caso deberán estar de acuerdo con los criterios generales siguientes.



PROFESORADO CONTRATADO DOCTOR



Criterios generales de evaluación Porcentaje

Formación académica y profesional 10

Experiencia investigadora y proyecto investigador 50

Experiencia docente y proyecto docente 30

Conocimiento de la lengua propia 5

Conocimiento de la lengua inglesa 5

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