Ficha disposicion

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Ayuntamiento de Gavarda. Oferta de empleo público para la estabilización del empleo temporal del año 2022.



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Publicado en:  DOGV núm. 9351 de 31.05.2022
Número identificador:  2022/4934
Referencia Base Datos:  004657/2022
 

  • Análisis documental

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    Origen disposición: Ayuntamiento
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: ofertas de empleo público y oposiciones
      Descriptores toponímicos: Gavarda



Oferta de empleo público para la estabilización del empleo temporal del año 2022. [2022/4934]

Oferta de empleo público para la estabilización del empleo temporal del año 2022.

Mediante resolución de alcaldía de este ayuntamiento se aprobó la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal, que cumple las previsiones del artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, así como las del art. 19.uno.9 de la de la LPGE 2018, correspondiente a las plazas que a continuación se reseñan:

En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley reguladora de las bases de régimen local, y el artículo 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se publica la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Gavarda, en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).



Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de València, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.



Gavarda, 27 de mayo de 2022.– El alcalde-presidente: Vicente J. Mompó Aledo.

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