Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 30 de junio. de 2016 de la Dirección General de Administración Local, por la que se da publicidad a la convocatoria y a las bases para la provisión por el sistema de libre designación del puesto de Secretaría General de Administración Municipal del Ayuntamiento de Castellón de la Plana.



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Publicado en:  DOGV núm. 7848 de 10.08.2016
Número identificador:  2016/5703
Referencia Base Datos:  006108/2016
 

  • Análisis documental

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    Origen disposición: Presidencia de la Generalitat
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: ofertas de empleo público y oposiciones, A/A1



RESOLUCIÓN de 30 de junio. de 2016 de la Dirección General de Administración Local, por la que se da publicidad a la convocatoria y a las bases para la provisión por el sistema de libre designación del puesto de Secretaría General de Administración Municipal del Ayuntamiento de Castellón de la Plana. [2016/5703]

Efectuada por la junta de gobierno local del Ayuntamiento de Castellón de la Plana en sesión de fecha 27 de mayo de 2016 la convocatoria para la provisión por el sistema de libre designación del puesto de Secretaría General de Administración Municipal de dicha corporación y aprobadas las bases de la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 92.6 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, en el artículo y en el artículo 28 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, resuelvo:



Primero

Dar publicidad a la convocatoria para la provisión por el sistema de libre designación del puesto de Secretaría General de Administración Municipal del Ayuntamiento de Castellón de la Plana, y a las bases que han de regir la misma que se relacionan en el anexo de la presente resolución.



Segundo

La convocatoria y las bases de la misma a que se refiere esta resolución podrán ser impugnadas a partir de la publicación de su extracto en el Boletín Oficial del Estado, según lo que dispone la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, así como lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.



Valencia, 30 de junio de 2016.– El director general de Administración Local: Antoni Such Botella.





ANEXO

Bases que han de regir la convocatoria para la provisión reglamentaria del puesto de trabajo deSecretaría General

de Administración Municipal entre funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional,

subescala de Secretaría, categoría superior



I. Objeto

Las presentes bases tienen por objeto regir la convocatoria a efectuar por la junta de gobierno local del ayuntamiento para cubrir por el sistema de convocatoria pública y libre designación previsto en el artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, introducido por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración local, y los artículos 27 y siguientes del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre Provisión de puestos de Trabajo de los Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, del siguiente puesto de trabajo reservado a funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional cuyos datos se expresan a continuación:

Corporación: Ayuntamiento de Castellón de la Plana.

Denominación: Secretaría General de Administración Municipal.

Clase: primera.

Nivel del complemento de destino: 30.

Complemento específico anual: 46.384.21 euros anuales.

Sistema de provisión: libre designación.

Por Orden de 29 de abril de 2009, de la Conselleria de Presidencia se crea y clasifica el puesto de Secretaría General de Administración Municipal del Ayuntamiento de Castellón en clase primera, reservada su provisión por el sistema de libre designación entre funcionarios con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la subescala de Secretaría, categoría superior (DOCV 6011, 12.05.2009).

El puesto se encuentra incluido en la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Castellón de la Plana con el mismo sistema de provisión por libre designación y clase de funcionarios.

Funciones: corresponden a este órgano de carácter directivo, el ejercicio de las funciones previstas en el artículo 126-4.º y en la Disposición Adicional octava letra d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.



II. Requisitos

1. Será requisito para concurrir a la convocatoria y poder desempeñar el puesto, caso de ser nombrado, estar integrado/a en la escala de habilitación de carácter nacional, en la subescala de secretaría, categoría superior.



III. Convocatoria

La convocatoria y sus bases serán aprobadas por la junta de gobierno local y remitida a la Dirección General de Administración Local de la Presidencia de la Generalitat quien dispondrá su íntegra publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana y remisión al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas para su publicación en extracto en el Boletín Oficial del Estado.



IV. Solicitudes

1. Las solicitudes se dirigirán al Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Castellón de la Plana dentro de los quince días naturales siguientes al de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

2. Además del contenido mínimo previsto en el artículo 70.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la solicitud deberá indicarse el número de registro personal, la situación administrativa en que se encuentre el mismo solicitante, así como su destino.

3. Junto a la solicitud, quienes participen acompañarán los requisitos, debidamente acreditados a que se refiere la base II, así como cuantos otros documentos, a juicio del solicitante, se considere pertinente en orden a demostrar su idoneidad para ocupar el puesto convocado.



4. La presentación de la solicitud implica la aceptación de las presentes bases y la forma de provisión y procedimiento.



V. Nombramiento

1. Concluido el plazo de presentación de solicitudes y previa la constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria por una Comisión de Valoración constituida al efecto por cinco miembros designados por el Teniente de Alcalde Delegado de Gestión municipal y previos los informes correspondientes, la junta de gobierno local, procederá, a dictar la resolución correspondiente en el plazo de un mes. Dicha resolución será motivada, con referencia al cumplimiento por parte del candidato elegido de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria y de la competencia para proceder al nombramiento.

2. De la referida resolución se dará cuenta al pleno del ayuntamiento y traslado a la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y a la Dirección General de Administración Local de Presidencia de la Generalitat, órgano al que corresponderá la anotación en el Registro correspondiente. El acuerdo se publicará en el Boletín Oficial del Estado.



VI. Toma de posesión

El plazo posesorio será el establecido en el artículo 23 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, del Consell, para los funcionarios con habilitación de carácter nacional nombrados en virtud del procedimiento de concursos.



VII. Normativa supletoria

En lo no previsto por las presentes bases, será de aplicación el capítulo V del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, y las prescipciones correspondientes del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.



VIII. Impugnación

Contra las presentes bases, que son definitivas en vía administrativa, y de conformidad con lo establecido en la Ley Reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, podrán los interesados interponer uno de los siguientes recursos:

a) Con carácter potestativo, recurso de reposición, ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que este haya sido resuelto, se podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de seis meses.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Castellón, que por orden de reparto corresponda, dentro del plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en extracto de la convocatoria en el BOE.

Todo ello, sin perjuicio de que por los interesados se pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que se estime procedente en virtud de lo dispuesto en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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