Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 24 de mayo de 2016, del Rectorado, por la cual se convoca concurso público de méritos para cubrir plazas de personal investigador doctor para soporte a los grupos de investigación de la Universitat Jaume I, por obra o servicio determinado.



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Publicado en:  DOGV núm. 7797 de 03.06.2016
Número identificador:  2016/3995
Referencia Base Datos:  003912/2016
 

  • Análisis documental

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    Origen disposición: Universitat Jaume I
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: ofertas de empleo público y oposiciones, A/A1



RESOLUCIÓN de 24 de mayo de 2016, del Rectorado, por la cual se convoca concurso público de méritos para cubrir plazas de personal investigador doctor para soporte a los grupos de investigación de la Universitat Jaume I, por obra o servicio determinado. [2016/3995]

La Universitat Jaume I de Castelló convoca concurso público de méritos para cubrir plazas de personal investigador doctor por obra o servicio determinado que se detalla en el anexo I adjunto, de acuerdo con las siguientes bases.



Primera. Normas generales

Este concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE 24.12.2001); por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; modificado en parte por el Real Decreto Ley 10/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo; los Estatutos de esta universidad y lo dispuesto en estas bases.



Segunda. Requisitos

a) Tener cumplidos los 16 años y no superar la edad de jubilación.

b) Estar en posesión del título de doctor. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación. En caso de candidatos con títulos de la Unión Europea, deberán presentar bien la homologación o bien la credencial de reconocimiento dirigido al ejercicio de la profesión.

c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de la administración del estado, o de la administración autonómica o local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones publicas.

d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el menoscabo de las funciones correspondientes a las plazas convocadas.



Tercera. Presentación de solicitudes

Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General de la Universitat Jaume I, edificio de Rectorado y Servicios Centrales, campus del Riu Sec, así como en los registros enumerados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 (BOE de 27 de noviembre), de Régimen Jurídico de les Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

A cada solicitud deberá acompañar un único ejemplar de la documentación siguiente:

– Fotocopia del DNI o del pasaporte en vigor.

– Curriculum vitae, según el modelo que figura en la siguiente dirección electrónica

http://www.uji.es/CA/serveis/rec-hum/pdi/docu.html#solicituds

– Certificado del expediente académico.

– Un ejemplar de las publicaciones.

– Documentos acreditativos de cada uno de los méritos consignados en el currículo.

Las instancias presentadas en las oficinas de correos, deberán de cumplir con el procedimiento establecido en el artículo 205.3 del Reglamento de los Servicios de Correos: las instancias se presentarán en sobre abierto para que el empleado estampe el sello de la fecha en la parte superior izquierda de las instancias, y deberá figurar claramente el nombre de la oficina y la fecha.



Cuarta. Documentos acreditativos de cada uno de los méritos alegados en el currículo

Los méritos alegados en el currículo que no se hayan justificado documentalmente en el plazo de presentación de instancias no serán tenidos en cuenta para la resolución del concurso.

Las personas que opten a más de una plaza deberán presentar una solicitud independiente para cada una de estas, acompañada en cada caso de la documentación complementaria.

Los documentos acreditativos de los requisitos presentados en un idioma distinto de los oficiales de la Universitat Jaume I, se han de presentar acompañados de la traducción jurada a cualquiera de los idiomas oficiales de la Universitat Jaume I.

Quinta. Plazo de presentación de las solicitudes

20 días naturales a partir del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.



Sexta. Comisiones de contratación

Las comisiones de contratación tendrán la estructura que figura en el anexo III de esta convocatoria

Los miembros de las comisiones tendrán que abstenerse de participar cuando coincida en ellos alguna circunstancia de las previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El presidente podrá solicitar a los miembros de la comisión una declaración expresa de no encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en los artículos nombrados.

Las comisiones resolverán todas las dudas que puedan surgir de la aplicación de estas normas, así como las que puedan producirse de los casos no previstos.

El procedimiento de actuación de las comisiones se ajustará en todo momento al que establece la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La comisión podrá declarar desierto el concurso o establecer un mínimo de puntuación para poder ser seleccionado



Séptima. Protección de datos personales

Los datos de carácter personal aportados por los aspirantes quedaran incluidos en un fichero automatizado. La Universitat Jaume I se compromete a no hacer un uso distinto de aquel para el cual han sido solicitadas, de acuerdo con la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

La Universitat Jaume I informa sobre la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, de rectificación, de cancelación, y si cabe, de oposición, previsto en el artículo 5 de la Ley 15/1999. Estos derechos han de ser ejercidos, por escrito, ante la secretaria general de esta Universitat.



Octava. Acceso electrónico

Se puede acceder a toda la información de la convocatoria, bases, instancia y baremo, en la dirección

http://ujiapps.uji.es/serveis/rrhh/



Novena. Resolución del concurso.

La valoración del concurso se realizará según el baremo genérico que se indica en el anexo II. De acuerdo con dicho baremo, cada comisión de contratación podrá acordar la elaboración de un baremo específico ajustado al perfil de las plazas convocadas según el anexo I.

Los acuerdos de las comisiones de contratación y el resultado del concurso se expondrán en el tablón de anuncios del Servicio de Recursos Humanos, edificio de Rectorado y Servicios Centrales y en la dirección http://ujiapps.uji.es/serveis/rrhh/ «PDI - Convocatòries en vigor». Esta publicación substituirá la notificación personal a los interesados y producirá los mismos efectos, de acuerdo con lo que dispone el articulo 59.5.b de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.



Diez. Formalización de los contratos de trabajo

Los aspirantes seleccionados que ocupen un puesto de trabajo en el sector público o privado y resulte incompatible con este contrato, deberán optar por uno de los dos antes de la firma del mismo. En caso contrario, se entenderá que optan por el contrato de personal investigador derivado de esta convocatoria. Si se tratara de puestos susceptibles de compatibilidad, previa autorización, deberá instarla en los 10 primeros días desde la publicación del resultado indicado en el párrafo anterior, entendiéndose prorrogado en tanto recae resolución.

La firma del contrato, y, por tanto, el inicio de la relación laboral, deberá producirse antes de 10 días hábiles a contar desde la fecha de publicación de la resolución del concurso, salvo que, por razones académicas debidamente justificadas por el responsable del grupo de investigación, se acuerde demorar la formalización del mismo. En este último caso, la duración máxima del contrato, prevista en el apartado siguiente, se computará desde los 10 días siguientes a la resolución del concurso.





Once. Duración, jornada y retribuciones de los contratos

La duración de estos contratos laborales estará vinculada a la duración del proyecto de investigación correspondiente.

La jornada del contrato de trabajo será a tiempo completo.

Las retribuciones íntegras mensuales, serán equiparadas a las de ayudante doctor tipo I, en cuanto a las correspondientes al año 2016, serán de 1.593,48 €, con el siguiente detalle:

Sueldo: 896,09 €.

Complemento de destino: 697,39 €.

Se tendrá derecho a las pagas extraordinarias al año de acuerdo con la normativa vigente.

No se admitirá la suspensión del contrato de trabajo, prevista en el artículo 45.1.a del Estatuto de los Trabajadores, durante la vigencia del contrato, por un periodo superior a un año.



Doce. Otras especificaciones

El personal investigador contratado al amparo de esta convocatoria se adscribirá a una de las áreas de conocimiento a que pertenezcan los miembros del grupo solicitante y tendrá la consideración, a todos los efectos, de una figura de personal docente e investigador con dedicación a tiempo completo en el departamento en el que esté adscrito.

No se admitirá el cambio de área de conocimiento de adscripción del contrato.

La extinción del contrato de trabajo por cualquiera de las causas previstas en la normativa vigente o la finalización del contrato, no supondrá la creación o consolidación de cualquier otra figura de profesorado funcionarial o contractual.

El personal investigador contratado al amparo de esta convocatoria podrá impartir, por cada curso académico, hasta nueve créditos, para lo cual se requerirá la autorización del investigador coordinador del grupo de investigación y del director del departamento, así como la solicitud y concesión de la correspondiente venia docendi.

El personal investigador seleccionado en esta convocatoria tiene la obligación de incorporarse al grupo de investigación al que se ha asignado la plaza y de cumplir el plan de trabajo propuesto. Su incumplimiento determinará la extinción del contrato de trabajo.

Este personal investigador contratado podrá disfrutar durante el tiempo de vigencia del contrato, de aquellas licencias de estudios que, vinculadas a los proyectos que se quieren desarrollas, favorezcan la realización de los proyectos o su formación investigadora en universidades y centros de investigación de prestigio en el extranjero. Estas licencias en ningún caso superarán los 12 meses de duración.

La baja del grupo de investigación del registro público de «Grupos de Investigación» de la Universitat Jaume I, podrá comportar la inmediata anulación de la ejecución del proyecto y del correspondiente contrato, llevando de aquellos casos en que el departamento implicado autorice a un PDI funcionario del departamento a ejercer de investigador responsable.



Trece. Recursos

Contra esta resolución, que es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Castellón, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

No obstante, las personas interesadas podrán interponer un recurso de reposición ante el rector en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de su publicación; en este caso no se podrá interponer el recurso contencioso administrativo indicado en el párrafo anterior hasta que no recaiga una resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.



Castellón de la Plana, 24 de mayo de 2016.– El rector: Vicent Climent Jordà.









ANEXO I

Plazas convocadas de personal investigador doctor



Código Departamento Área de conocimiento Perfil de la plaza

16220 Química Inorgánica y Orgánica Química Inorgánica Química Organometálica y Catálisis Homogénea



PICD 2015-13 GRUPO 138

16221 Medicina Fisiología Doctor/a en Medicina, Biología o Nutrición.



Sólida experiencia investigadora en Efectos del etanol sobre el sistema nervioso central a nivel molecular y conductual



PICD 2015-35 GRUPO 269







ANEXO II

Baremo a aplicar en la contratación de personal investigador de apoyo a los grupos de investigación de la Universitat Jaume I



(*) A) Formación relacionada con el proyecto y perfil de la plaza

a.1) Expediente académico: hasta a 25 puntos.

a.2) Becas FPI, de apoyo a la investigación u homologadas: hasta a 15 puntos.



(*) B) Experiencia en actividades profesionales o de I+D relacionadas con el proyecto y perfil de la plaza (tiempo en el puesto de trabajo, publicaciones, ponencias y comunicaciones presentadas a congresos, participación en proyectos de investigación y/o contratos con administración/empresa, estancias en otros centros de investigación): hasta a 35 puntos.



C) Otros méritos

(Idiomas de interés científico, valenciano, docencia universitaria, etc.): hasta a 15 puntos.



D) Opcionalmente, si el tribunal lo estima, se podrá realizar una prueba oral o escrita, destinada a evaluar los conocimientos del candidato en relación a las tareas a desarrollar en el proyecto, hasta a 10 puntos.





(*) Será posible aplicar coeficientes correctores que midan la relación de los méritos alegados con el perfil de la plaza.



Tabla de equivalencias de idiomas (Aprobada en la sesión número 48, de 26 de junio de 2014, del Consejo de Gobierno de la Universitat Jaume I).

http://www.uji.es/serveis/slt/base/adf/serveis/acreditacio/arxiuacreditacio/proves/2015/taulesequiv/





ANEXO III

Composición de la comisión evaluadora para la contratación de personal investigador para el apoyo de los grupos de investigación de la Universitat Jaume I



Presidente: vicerrector de Investigación y Posgrado, o persona en quien delegue.

Cuatro vocales en representación de la Universitat Jaume I:

– Dos en representación del grupo de investigación.

– El director del departamento al que se integrará el personal investigador contratado o persona en quien delegue.

– Uno en representación de la Universitat.

Secretario: el jefe del servicio de Recursos humanos o persona en quien delegue, el cual actuará con voz pero sin voto.



Comisión evaluadora suplente: la misma estructura.

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