Ficha disposicion

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CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 20 de abril de 2017, del director general del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca, para el ejercicio 2017, el Programa de incentivos a la contratación de personas jóvenes por entidades locales, en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.



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Publicado en:  DOGV núm. 8035 de 09.05.2017
Número identificador:  2017/3638
Referencia Base Datos:  003959/2017
 



CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 20 de abril de 2017, del director general del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca, para el ejercicio 2017, el Programa de incentivos a la contratación de personas jóvenes por entidades locales, en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. [2017/3638]

Advertido error en la Resolución de 20 de abril de 2017, del director general del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca, para el ejercicio 2017, el programa de incentivos a la contratación de personas jóvenes por entidades locales, en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 8027, de 26 de abril de 2017, se procede a su corrección.



Donde dice:

«Quinto. Hecho subvencionable y cuantía de la subvención

1. Resultará objeto de subvención la contratación a jornada completa, durante un periodo de siete o doce meses, de las personas jóvenes a que hace referencia el resuelvo cuarto.

2. El importe de la subvención por cada contratación se determinará en función del grupo de cotización que corresponda a cada trabajador y de la duración del contrato, según se detalla en el anexo.

3. El beneficiario deberá aplicar, a la actuación subvencionada, el exceso de la subvención sobre el coste real que pudiera producirse»;



Debe decir:

«1. Resultará objeto de subvención la contratación temporal (exceptuados los contratos formativos) a jornada completa, durante un periodo de siete o doce meses, de las personas jóvenes a que hace referencia el resuelvo cuarto.

2. El importe de la subvención por cada contratación se determinará en función del grupo de cotización que corresponda a cada trabajador y de la duración del contrato, según se detalla en el anexo».



València, 27 de abril de 2017.– El director general del SERVEF: Enric Nomdedéu i Biosca.

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