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RESOLUCIÓN de 7 de septiembre de 2009, de la Conselleria de Inmigración y Ciudadanía, por la que se aprueba la lista provisional de candidatos admitidos y excluidos a las elecciones a vocales del Consejo Valenciano del Voluntariado, en representación de las entidades de voluntariado que desarrollan su actividad en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana. [2009/10072]

(DOGV núm. 6101 de 14.09.2009) Ref. Base Datos 010244/2009

RESOLUCIÓN de 7 de septiembre de 2009, de la Conselleria de Inmigración y Ciudadanía, por la que se aprueba la lista provisional de candidatos admitidos y excluidos a las elecciones a vocales del Consejo Valenciano del Voluntariado, en representación de las entidades de voluntariado que desarrollan su actividad en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana. [2009/10072]
De acuerdo con lo establecido en el artículo 4.1 de la Orden de 17 de junio de la Conselleria de Inmigración y Ciudadanía (DOCV núm. 6044, de 26.06.2009) y con la base 6.1 de la Resolución de 30 de junio de 2009, de la Conselleria de Inmigración y Ciudadanía, por la que se convocan elecciones a vocales del Consejo Valenciano del Voluntariado en representación de las entidades de voluntariado que desarrollan su actividad en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana (DOCV núm. 6052, de 08.07.09), habiendo finalizado el plazo de presentación de candidaturas, resuelvo:
Primero
Aprobar y publicar las listas provisionales de candidatos admitidos (anexo I) y excluidos (anexo II) a las elecciones a vocales del Consejo Valenciano del Voluntariado, en representación de las entidades de voluntariado que desarrollan su actividad en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
Segundo
Los candidatos excluidos podrán subsanar los defectos que fueran susceptibles de ello en el plazo de 10 días contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, de conformidad con el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. A la solicitud de subsanación de errores se deberá acompañar los documentos preceptivos no presentados.
Tercero
Los candidatos que, dentro del plazo señalado, no justifiquen su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos.
Cuarto
Transcurrido el plazo citado se harán públicas en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) las listas definitivas de candidatos admitidos y excluidos.
Valencia, 7 de septiembre de 2009.- El conseller de Inmigración y Ciudadanía: Rafael Blasco Castany.



Causes exclusió candidats:
A. No presentar el model d'instància normalitzat.
B. No concretar l'àmbit sectorial o provincial de la candidatura.
C. No adjuntar fotocopia del DNI del candidat.
D. No acreditar l'antiguitat de la condició de voluntariat del candidat.
E. No adjuntar la fotocòpia de la inscripció del candidat en el llibre d'altes i baixes del personal voluntari de l'entitat.
F. No adjuntar la memòria de les activitats en què ha participat el candidat.
G. No acreditar l'aval de la candidatura per part de l'entitat de voluntariat.
H. No acreditar la inscripció de l'entitat avaladora en el Registre d'Entitats del Voluntariat.
I. No adjuntar una còpia compulsada dels estatuts de l'entitat avaladora.
J. No adjuntar una memòria dels programes i accions realitzades per l'entitat avaladora en els dos últims anys.
K. No adjuntar una fotocòpia compulsada de la pòlissa de segur de responsabilitat civil subscrit per l'entitat avaladora.
L. No acreditar el CIF (número d'identificació fiscal) de l'entitat avaladora.
M. No adjuntar la instància dins del termini corresponent.



Causas exclusión candidatos:
A. No presentar modelo de instancia normalizado.
B. No concretar el ámbito sectorial o provincial de la candidatura.
C. No adjuntar fotocopia del DNI del candidato.
D. No acreditar la antigüedad de la condición de voluntariado del candidato.
E. No adjuntar la fotocopia de la inscripción del candidato en el libro de altas y bajas del personal voluntario de la entidad.
F. No adjuntar memoria de las actividades en que ha tenido participación el candidato.
G. No acreditar el aval de la candidatura por parte de la entidad de voluntariado.
H. No acreditar la inscripción de la entidad avalista en el Registro de Entidades del Voluntariado.
I. No adjuntar copia compulsada de los estatutos de la entidad avalista.
J. No adjuntar memoria de los programas y acciones realizadas por la entidad avalista en los dos últimos años.
K. No adjuntar fotocopia compulsada de la póliza de seguro de responsabilidad civil suscrito por la entidad avalista.
L. No acreditar el CIF (número de identificación fiscal) de la entidad avalista.
M. No adjuntar instancia dentro de plazo.

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