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RESOLUCIÓN de 8 de marzo de 2024, de la directora general de Farmacia, mediante la que se publica la lista de admitidos y excluidos en el expediente para la adjudicación de un botiquín permanente en el municipio de Villamalur. [2024/2375]

(DOGV núm. 9817 de 27.03.2024) Ref. Base Datos 002573/2024

RESOLUCIÓN de 8 de marzo de 2024, de la directora general de Farmacia, mediante la que se publica la lista de admitidos y excluidos en el expediente para la adjudicación de un botiquín permanente en el municipio de Villamalur. [2024/2375]
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Orden de 1 de junio de 2000, de la Conselleria de Sanidad, por la que se regulan los botiquines farmacéuticos de la Comunitat Valenciana, resuelvo:

Primero
Publicar las listas provisionales de admitidos y excluidos que figuran en el anexo de esta resolución, con expresión de las causas de su no admisión, en el expediente para la adjudicación de un botiquín permanente en el municipio de Villamalur (Castellón).

Segundo
Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, conforme al artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para subsanar en su caso, los errores que hayan motivado su no admisión o formular las reclamaciones que hubiese lugar.

Tercero
Todas estas reclamaciones se formularán telemáticamente a través de la página web de la Conselleria de Sanidad, https://www.san.gva.es, o de cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

València, 8 de marzo de 2024.– La directora general de Farmacia: Elena Gras Colomer.



ANEXO
Lista provisional de admitidos

Apellidos y nombre Oficina de farmacia sita en
– –



Lista provisional de excluidos

Apellidos y nombre Oficina de farmacia sita en Motivo de exclusión
López Berber, José Carlos C/ Horno, 9
Torralba del Pinar 1, 2
Gozalbo Monfort, Mónica María C/ Santa Bárbara, s/n,
Alcudia de Veo 1, 2


Motivo de la exclusión
(1) El local propuesto no cumple el art. 4.1 de la Orden de 1 de junio de 2000.
(2) No aporta certificado, emitido por técnico competente, en el que se haga constar:
– Estado de construcción del local.
– La superficie útil construida.
– Que el local dispone de acceso, directo y permanente a la vía pública, cumpliendo con la normativa vigente en materia de barreras arquitectónicas.

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