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RESOLUCIÓN de 30 de junio de 2008, de la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se establece la convocatoria para el año 2008 de las ayudas destinadas a la promoción de nuevas tecnologías en maquinaria y equipos agrarios. [2008/8712]

(DOGV núm. 5805 de 14.07.2008) Ref. Base Datos 008473/2008

RESOLUCIÓN de 30 de junio de 2008, de la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se establece la convocatoria para el año 2008 de las ayudas destinadas a la promoción de nuevas tecnologías en maquinaria y equipos agrarios. [2008/8712]
El artículo 47.11 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana, aprobado por el Decreto Legislativo de 26 de junio de 1991, del Consell, exige que en las bases reguladoras de la concesión de subvenciones se indiquen la línea o líneas de subvenciones que las financian y el importe global máximo destinado a las mismas. Dichos extremos dependen de la ley anual de presupuestos, en estos momentos la Ley 15/2007, de 27 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Presupuestos, para el ejercicio 2008.
Este régimen de ayudas cumple con lo dispuesto en los artículos 87 y 88 del Tratado, habiendo sido autorizado por la Comisión en fecha 30 de septiembre de 1992 con el número de ayuda N 324/1992, autorización que ha sido modificada en fecha 30 de abril de 2007 y 22 de mayo de 2007, con los números de ayuda N96/1997 y N259/2006 respectivamente.
Por ello vista la propuesta de la directora general de Producción Agraria, y en el ejercicio de las funciones que tengo atribuidas, resuelvo:
Apartado primero
Establecer el importe global máximo para la resolución de expedientes de la convocatoria del ejercicio 2008, en relación a la Orden de 19 de febrero de 1993, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, sobre medidas de estímulo y apoyo para la promoción de nuevas tecnologías en maquinaria y equipos agrarios (BOE núm. 52, de 2 de marzo de 1993), y la Orden de 29 de julio de 2005, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, para la aplicación en la Comunidad Valenciana de la Orden Ministerial de 19 de febrero de 1993. (DOGV núm. 5063, de 3 de agosto de 2005).
Aplicación presupuestaria:
12.02.02.0000.
Programa 714.20 Fomento y Garantía Agraria.
Capítulo 7.
Línea T0180.
Importe global máximo de 600.000 euros. Esta dotación se verá incrementada en un importe adicional de 600.000 euros crédito no disponible en el momento de la convocatoria, pero cuya disponibilidad dependerá de las generaciones que vayan realizándose mediante financiación del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino de conformidad con lo establecido el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El plazo de presentación de solicitudes para el año 2008, será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria.
Las ayudas destinadas a la promoción de nuevas tecnologías en maquinaria y equipos agrarios solo podrán concederse a las explotaciones agrarias que no entren en la categoría de empresas en crisis, de conformidad con lo establecido en el art 4, apartado quinto del Reglamento 1857/2006, de la Comisión de 15 de diciembre de 2006.
Apartado segundo
La orden de 29 de julio de 2005 para la aplicación en la Comunidad Valenciana de la Orden Ministerial de 19 de febrero de 1993 sobre medidas de estímulo y apoyo para la promoción de nuevas tecnologías en maquinaria y equipos agrarios, modificada por la Orden de 28 de junio de 2006 de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, establece en su art 4.2 que el Plan de Innovación Tecnológica será publicado junto con el importe global máximo que ha de financiar las ayudas de cada ejercicio. De acuerdo con ello, se aprueba el Plan de Innovación tecnológica para el ejercicio 2008, con la relación de maquinaria y equipos subvencionables que se indican en el anexo I.
Apartado tercero
El régimen de recursos que procede es el Recurso de Reposición a interponer en el plazo de un mes ante la consellera, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o bien directamente recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Valencia, 30 de junio de 2008.- La consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación: Maritina Hernández Miñana.
Plan de innovación tecnológica y baremación
1 Tecnificación de las labores de siembra y plantación en cultivos hortofrutícolas, de plantas aromáticas, etc…
Baremación 2 puntos.
1.1 Sembradoras directas.
1.2 Equipos de nivelación con láser y despedregadoras.
1.3 Transplantadoras.
1.4 Equipos combinados de siembra y preparación del terreno.
1.5 Equipos multifuncionales para la preparación del terreno en la siembra del arroz.
1.6 Equipos especiales de deshierbe entre líneas de cultivos.
2 Mejora de las instalaciones de los invernaderos y viveros destinados a producción hortofrutícola.
Baremación 4 puntos.
2.1 Equipos especiales de tratamientos y fertirrigación.
2.2 Equipamiento automático para invernaderos.
2.3 Sembradoras de precisión.
2.4 Mezcladoras de substratos.
2.5 Atadoras y otros equipos de labores conexas.
3 Mecanización de la colocación y recogida de protecciones plásticas
Baremación 4 puntos.
3.1 Equipos combinados para transplante y acolchado.
3.2 Maquinaria para la recogida y recuperación de plásticos.
3.3 Maquinaria para la colocación de plásticos.
4 Distribución y manipulación de productos fitosanitarios, abonos y enmiendas
Baremación 6 puntos.
4.1 Aplicadores-enterradores de estiércol, compost y lodos.
4.2 Nuevos equipos de tratamientos fitosanitarios.
4.3 Nuevos equipos de aplicación de herbicidas.
4.4 Nuevos equipos de distribución de fertilizantes minerales.
4.5 Almacenamiento y distribución de abonos líquidos.
4.6 Equipos autopropulsados para abonado y tratamientos en el cultivo del arroz.
5 Mecanización de las labores de poda y formación de la planta
Baremación 6 puntos.
5.1 Equipos de poda automática.
5.2 Recogedoras y trituradoras de restos de poda de frutales, cítricos, vid, etc…
5.3 Atadoras y otros equipos para formación de espalderas y labores conexas.
6 Recolección mecanizada de productos agrícolas
Baremación 6 puntos.
6.1 Vendimiadoras y remolques especiales.
6.2 Cosechadoras de hortalizas.
6.3 Arrancadoras y plataformas auxiliares.
6.4 Equipos de recolección en cultivos leñosos y herbáceos: plataformas, vibradores, recogedores neumáticos, limpiadoras, secadoras, peladoras, carretillas, elementos de ayuda a la paletización y equipos de medición del momento óptimo de recolección.
6.5 Segadoras-atadoras de plantas aromáticas.
6.6 Cosechadoras adaptadas a invernaderos.
7 Suministro de combustible para usos agrícolas en zonas desfavorecidas
Baremación 2 puntos.
7.1 Equipamiento automático para distribución y suministro de gasóleo agrícola.
8 Otros
Baremación 2 puntos.
8.1 Plataformas para el transporte por carretera de la maquinaria empleada en diversos cultivos.
8.2 Maquinaria para la adecuación de las conducciones de agua de riego.
8.3 Equipos para destrucción e incorporación al suelo de los restos de cosechas y cultivos.
8.4 Cargadoras telescópicas.
8.5 Otros tipos de maquinaria que cumpla los fines de este Plan de Innovación a criterio del órgano competente previo informe técnico.

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