Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 12 de abril de 2024, de la Dirección General de Centros Docentes, por la que se establece el calendario para la inscripción y la realización de las pruebas de ingreso y de acceso a las enseñanzas elementales y profesionales de Música y de Danza de la Comunitat Valenciana para el curso 2024-2025. [2024/3178]

(DOGV núm. 9833 de 22.04.2024) Ref. Base Datos 003402/2024


  • Análisis documental

    Texto
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    Origen disposición: Conselleria de Educación, Universidades y Empleo
    Grupo Temático: Autorizaciones administrativas
    Descriptores:
      Temáticos: educación artística



La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, en su artículo 49, sobre el acceso a las enseñanzas elementales y profesionales de Música y Danza, indica que para acceder a estas enseñanzas será preciso superar una prueba de acceso regulada y organizada por las administraciones educativas. Así mismo, indica que podrá accederse igualmente a cada curso sin haber superado los anteriores siempre que, a través de una prueba, el aspirante demuestre tener los conocimientos necesarios para cursar con aprovechamiento las enseñanzas correspondientes. Mediante esta prueba se valorará la madurez, las aptitudes y los conocimientos para cursar con aprovechamiento estas enseñanzas.

La Orden 28/2011, de 10 de mayo, de la Conselleria de Educación, modificada por la Orden 49/2015, de 14 de mayo, regula la admisión, el acceso y la matrícula, así como los aspectos de ordenación general, para el alumnado que curse las enseñanzas elementales y profesionales de Música y Danza en la Comunitat Valenciana.

Los desarrollos curriculares de las diferentes enseñanzas artísticas elementales y profesionales de Música y de Danza, mediante disposiciones finales, autorizan a la conselleria competente en materia de educación a dictar las disposiciones necesarias para aplicarlos y desarrollarlos.

Por todo ello, en virtud de las competencias que me confiere el artículo 9 del Decreto 136/2023, de 10 de agosto, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, resuelvo:



Primero. Objeto

Se aprueba el calendario para la inscripción y la realización de las pruebas de ingreso y de acceso a las enseñanzas elementales y profesionales de Música y de Danza en la Comunitat Valenciana para el curso 2024-2025.



Segundo. Ámbito de aplicación

Este calendario será aplicable en los conservatorios y centros de enseñanzas artísticas autorizados para impartir enseñanzas elementales y profesionales de Música y de Danza en el ámbito de gestión de la Comunitat Valenciana, para el curso 2024-2025.

En el caso de conservatorios municipales o centros autorizados que, teniendo autorizada la enseñanza, alguna de las convocatorias no se llevará a cabo, el titular o la dirección de los mismos deberá informar sobre esta situación de forma fundamentada en la Dirección Territorial de Educación correspondiente.



Tercero. Inscripción a las pruebas de enseñanzas elementales de Música y de Danza

La inscripción a las pruebas de ingreso al primer curso y a las pruebas de acceso a un curso diferente del primero se podrá realizar desde el 20 de mayo hasta el 7 de junio de 2024.



Cuarto. Inscripción a las pruebas de enseñanzas profesionales de Música y de Danza

Tal y como indica la Orden 28/2011, modificada por la Orden 49/2015, las pruebas de acceso a las enseñanzas profesionales de Música o Danza se realizarán en dos convocatorias anuales.

La inscripción a las pruebas de acceso, tanto a primer curso como a un curso diferente del primero, se podrá realizar en las fechas siguientes:

– En la 1ª convocatoria: del 6 al 17 de mayo de 2024

– En la 2ª convocatoria: del 5 al 8 de julio de 2024





Quinto. Inscripción a las pruebas en conservatorios públicos de la Generalitat Valenciana

La inscripción a las pruebas en los conservatorios públicos de la Generalitat Valenciana se realizará exclusivamente de forma telemática mediante la aplicación web habilitada al efecto por la conselleria competente en materia de educación, accesible desde el apartado de Enseñanzas de Régimen Especial de la web de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, o directamente mediante los siguientes enlaces:

– Enseñanzas elementales: http://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=15946

– Enseñanzas profesionales: http://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=17074

Una vez realizado el trámite telemático de cumplimentación de la solicitud, aportación de la documentación pertinente, pago de la tasa de derecho de examen y registro de la petición, el sistema proporcionará un justificante que se deberá conservar como documentación para poder realizar las pruebas de ingreso y/o acceso. La persona firmante de la solicitud será la responsable de la veracidad de los datos consignados y la documentación aportada.

El día de la realización de la prueba todo el alumnado deberá aportar la justificación del registro de envío de la solicitud generada en el proceso telemático, junto con los originales de la documentación aportada, para su cotejo por parte del personal del conservatorio.



Sexto. Listas provisionales de admitidos y excluidos

Finalizado el periodo de inscripción, los conservatorios y centros autorizados harán públicas las listas provisionales de admitidos y excluidos en las fechas siguientes:

– Enseñanzas elementales: 10 de junio de 2024

– Enseñanzas profesionales: 1ª convocatoria: 20 de mayo de 2024

– Enseñanzas profesionales: 2ª convocatoria: 9 de julio de 2024

Los candidatos excluidos dispondrán de tres días hábiles, a partir del día siguiente de las fechas especificadas, para poder enmendar la causa que haya motivado su exclusión. Asimismo, los candidatos que hayan detectado errores en sus datos deberán comunicarlo a la secretaría del centro por escrito en el mismo plazo, para que sean enmendados.

Las alegaciones se dirigirán a la dirección del conservatorio o centro autorizado correspondiente.



Séptimo. Listas definitivas de admitidos y excluidos

Revisadas las alegaciones y enmendados los posibles errores, se expondrán en los espacios destinados a la información de cada centro las listas definitivas de los alumnos admitidos y excluidos en las fechas siguientes:

– Enseñanzas elementales: 14 de junio de 2024

– Enseñanzas profesionales: 1ª convocatoria: 24 de mayo de 2024

– Enseñanzas profesionales: 2ª convocatoria: 15 de julio de 2024





Octavo. Realización de las pruebas

En el caso de las enseñanzas elementales de Música las pruebas se ajustarán a lo que se indica en el artículo 7, sobre el ingreso en primer curso, y el artículo 9, sobre el acceso a cursos diferentes de primero, del Decreto 159/2007, de 21 de septiembre, del Consell, por el que se establece el currículo de las enseñanzas elementales de Música y se regula el acceso a estas enseñanzas. En el caso de las enseñanzas profesionales de Música las pruebas se ajustarán a lo que se indica en el artículo 9, sobre el acceso a las enseñanzas profesionales, y el artículo 10, sobre el acceso a otros cursos, del Decreto 158/2007, de 21 de septiembre, del Consell, por el que se establece el currículo de las enseñanzas profesionales de Música y se regula el acceso a estas enseñanzas.

En el caso de las enseñanzas elementales de Danza las pruebas se ajustarán a lo que se indica en el artículo 7, sobre el ingreso en primer curso, y el artículo 9, sobre el acceso a cursos diferentes de primero, del Decreto 157/2007, de 21 de septiembre, del Consell, por el que se establece el currículo de las Enseñanzas Elementales de Danza y se regula el acceso a estas enseñanzas. En el caso de las enseñanzas profesionales de Danza las pruebas se ajustarán a lo que se indica en el artículo 9, sobre el acceso a las enseñanzas profesionales, y el artículo 10, sobre el acceso a otros cursos, del Decreto 156/2007, de 21 de septiembre, del Consell, por el que se establece el currículo de las enseñanzas profesionales de Danza y se regula el acceso a estas enseñanzas.

Las pruebas de ingreso y acceso se realizarán en las fechas siguientes:

– Enseñanzas elementales: del 1 al 4 de julio de 2024, ambos incluidos

– Enseñanzas profesionales: 1ª convocatoria: del 20 al 28 de junio de 2024, ambos incluidos

– Enseñanzas profesionales: 2ª convocatoria: del 19 al 23 de julio de 2024, ambos incluidos



Noveno. Publicación provisional de resultados

Los resultados provisionales de las pruebas de ingreso y acceso se publicarán en las fechas siguientes:

– Enseñanzas elementales: 8 de julio de 2024

– Enseñanzas profesionales – 1ª convocatoria: 2 de julio de 2024

– Enseñanzas profesionales – 2ª convocatoria: 24 de julio de 2024



Los candidatos dispondrán de tres días hábiles, a partir del día siguiente de las fechas especificadas, para presentar reclamación, ante la dirección del conservatorio o centro autorizado correspondiente, sobre los resultados publicados.



Décimo. Publicación definitiva de resultados

Revisadas las reclamaciones presentadas se publicarán los resultados definitivos de las pruebas de ingreso y acceso en las fechas siguientes:



– Enseñanzas elementales: 22 de julio de 2024

– Enseñanzas profesionales: 1ª convocatoria: 9 de julio de 2024

– Enseñanzas profesionales. 2ª convocatoria: 30 de julio de 2024



Undécimo. Criterios de desempate

En caso de empate en la puntuación se aplicarán los criterios de desempate que establece la Orden 28/2011, modificada por la Orden 49/2015.



Duodécimo. Resumen del calendario

El resumen del calendario establecido en los apartados anteriores se adjunta como anexo de la presente resolución.



Décimo tercero. Progenitores que no conviven



En el caso de familias donde los progenitores no convivan, la firma de ambos no será necesaria para la inscripción a las pruebas ni para la realización de estas.

Detectada alguna de las situaciones previstas en el apartado quinto, punto 2, de la Resolución de 14 de febrero de 2019, de la Secretaría Autonómica de Educación e Investigación, por la que se dictan instrucciones para su aplicación en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de enseñanzas no universitarias de la Comunitat Valenciana ante diversos supuestos de no convivencia de los progenitores por motivos de separación, divorcio, nulidad matrimonial, ruptura de parejas de hecho o situaciones análogas, en el momento de la formalización de la matrícula en el centro se solicitarán los datos y la firma de los dos progenitores o tutores legales.



Décimo cuarto. Devolución de tasas

Conforme a la normativa reguladora vigente, se devolverán las tasas siempre que se renuncie a la prestación o servicio dentro del periodo de matriculación o inscripción establecido en la convocatoria, o dentro del periodo de enmienda a las listas de admitidos. Fuera de estos plazos, deberá acreditarse causa de fuerza mayor. En todo caso, no deberá haberse hecho uso del servicio o prestación.

Se podrá solicitar la devolución de la tasa siguiendo los pasos indicados en el siguiente enlace:

http://www.ceice.gva.es/va/web/ensenanzas-regimen-especial/devolucio-taxes1



Décimo quinto. Protección de datos de carácter personal

Las pruebas de ingreso y acceso a las enseñanzas elementales y profesionales de Música y de Danza requieren el tratamiento de datos personales de las personas solicitantes o de sus representantes legales, por lo cual se deberán aplicar las medidas y garantías reguladas en la normativa en materia de protección de datos, especialmente el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en cuanto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), y la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

Más información en: https://ceice.gva.es/es/registre-de-tractament-de-dades

Durante el proceso de admisión, allí donde exista tratamiento de datos de carácter personal, deberá tenerse en cuenta la Resolución de 28 de junio de 2018, de la Subsecretaría de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se dictan instrucciones para el cumplimiento de la normativa de protección de datos en los centros educativos públicos de titularidad de la Generalitat. De esta forma, durante este proceso se expondrán únicamente aquellos datos necesarios para garantizar la transparencia del procedimiento. Los solicitantes tendrán acceso, de forma privada, al estado de su solicitud en aquellos momentos del procedimiento que sea necesario, esto es, cuando se publiquen los listados de admitidos.



Décimo sexto. Difusión y supervisión

Las direcciones de los conservatorios y centros autorizados y la Inspección Educativa velarán por el cumplimiento de todos los preceptos contenidos en esta resolución e informarán sobre el contenido de esta norma a los diferentes miembros de la comunidad educativa.



Décimo séptimo. Entrada en vigor

La presente resolución producirá efectos al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer un recurso de alzada ante la Secretaría Autonómica de Educación, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de ser publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.



València, 12 de abril de 2024.– El director general de Centros Docentes: Jorge Cabo Martínez.

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