Ficha docv

Ficha docv









RESOLUCIÓN de 24 de mayo de 2023, del director general del Institut Valencià de la Joventut, por la que se hace pública la convocatoria del programa «Campamentos de verano 2023», dentro de la campaña «Viu l'estiu». [2023/5810]

(DOGV núm. 9605 de 29.05.2023) Ref. Base Datos 005629/2023


  • Análisis documental

    Texto
    texto texto
    Origen disposición: Institut Valencià de la Joventut
    Grupo Temático: Ayudas
    Materias: Juventud



El artículo 49.1.25 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana atribuye a la Generalitat competencia exclusiva en materia de juventud.

La Ley 15/2017, de 10 de noviembre, de la Generalitat, de Políticas integrales de juventud, tiene como finalidad garantizar que las personas jóvenes puedan definir y construir su proyecto vital, individual y colectivo, en igualdad de oportunidades. Asimismo, esta regulación persigue garantizar la participación y la corresponsabilidad de las personas jóvenes en las tomas de decisiones, y fomentar al máximo los espacios de encuentro y de debate.

El artículo 4 de la Ley 15/2017 señala que, además de los derechos reconocidos en otras normas a las personas jóvenes, como grupo demográfico con necesidades específicas, se les reconoce el derecho al ocio y al bienestar, entre otros.

Entre las funciones atribuidas al Institut Valencià de la Joventut (IVAJ), el artículo 7 de la citada Ley nombra las de potenciar el ejercicio de actividades de ocio educativo y facilitar el acceso a todos los colectivos.

El artículo 47 de la Ley 15/2017, de 10 de noviembre, de la Generalitat, de políticas integrales de juventud recoge que el IVAJ potenciará programas destinados a promover y facilitar el acceso de la población juvenil a servicios y productos de carácter cultural, deportivo, recreativo, de consumo, transporte y semejantes, con la intermediación y, en su caso, la concesión de determinadas ventajas económicas mediante la expedición del Carnet Jove.

El título II del Decreto 86/2015, de 5 de junio, del Consell, establece las normas relativas a las actividades de tiempo libre infantil y juvenil, y el título V, en concreto los artículos 61 y 63, detalla cuales son los fines de los albergues y los campamentos juveniles, respectivamente. Entre las finalidades de los albergues y de los campamentos juveniles, figura la de facilitar a la gente joven la práctica de actividades de carácter cultural y recreativo en estas instalaciones.

En virtud de lo anterior y en uso de las facultades que el artículo 11 de la Ley 15/2017, de 10 de noviembre, de la Generalitat, de Políticas integrales de juventud, confiere al director general del Institut Valencià de la Joventut, resuelvo:



Hacer pública la convocatoria del programa «Campamentos de verano 2023», dirigida a jóvenes de entre 12 y 17 años, dentro de la campaña «Viu l'estiu», de acuerdo con las bases del anexo I, y los modelos que se incluyen como anexos II, III, IV, V y VI, a esta resolución.



Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), o bien, directamente, recurso contencioso administrativo ante el juzgado contencioso administrativo competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación en el DOGV. Todo ello de acuerdo con lo que preveen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que considere oportuno.



València, 24 de mayo de 2023.– El director general del Institut Valencià de la Joventut: Jesús Martí Nadal.





ANEXO I

Bases de la convocatoria del programa «Campamentos de verano 2023», dentro de la campaña «Viu l'estiu»



1. Objeto de la convocatoria

El programa «Campamentos de verano para jóvenes 2023», dentro de la campaña «Viu l'estiu», dirigido a personas jóvenes de entre 12 y 17 años, ofrece plazas en actividades de ocio educativo e inclusivo que se realizan en albergues de la Comunitat Valenciana y otras comunidades autónomas, a las que pueden tener acceso todas las personas jóvenes, con el fin de promover la participación y el intercambio de experiencias, así como fomentar al máximo los espacios de encuentro y de debate intercambiando experiencias con otras personas jóvenes, promoviendo la igualdad y su compromiso con la sociedad.



2. Plazas ofrecidas y precios

La relación de campamentos, con el número de plazas y precios figura en el anexo II.



3. Servicios que se ofrecen

3.1. Un programa de actividades de multiaventura, tiempo libre, actividades de ocio educativo, formativo y convivencial, algunos proyectos incluyen actividades náuticas. La duración de cada campamento será de 10 días.

3.2. Alojamiento en albergues juveniles de la Comunitat Valenciana o de otras comunidades autónomas.

3.3. Alimentación en régimen de pensión completa, que incluye desayuno, comida, merienda y cena.

3.4. Equipo de monitores especializado en animación sociocultural, en actividades náuticas y de multiaventura.

3.5. Material necesario para el ejercicio de la actividad.

3.6. Seguro de responsabilidad civil y de accidentes.

3.7. En las actividades en otras comunidades autónomas, se incluye el transporte desde Valencia, Alicante o Castellón hasta el albergue donde se alojen. En las actividades que se realizan en la Comunitat Valenciana, la persona participante llegará por su cuenta.



4. Participantes y requisitos

Podrán participar en esta convocatoria las personas jóvenes que reúnan los siguientes requisitos:

4.1. Ser residentes en la Comunitat Valenciana.

4.2. Que el primer día de la actividad tengan la edad mínima y que no superen la edad máxima que, para cada actividad, se detalla en el anexo II.

4.3. Ser titulares de un carnet jove vigente o tener menos de 14 años.



5. Inscripciones y pago

5.1. Las inscripciones se realizarán preferentemente online a través del enlace que se publicará en la página web del IVAJ,

https://ocieducatiu.info/es/actividades-de-ocio-educactivo/campamentos-de-intercambio/, cumplimentando el formulario.

5.2. La adjudicación de la plaza se realizará por orden de acceso al enlace, junto con el pago de la plaza reservada, teniendo en cuenta las bonificaciones a las que pueda tener derecho la persona interesada. Las bonificaciones no son acumulables

5.3. Sólo se podrá adjudicar una plaza por persona. No obstante, en el caso que queden plazas vacantes hasta 15 días naturales antes del inicio de la actividad, se podrá solicitar otra plaza.

5.4. Para poder realizar la inscripción online se requiere verificar la información de identificación y residencia, por lo que es necesario autorizar la consulta.

5.5. Cuando la persona interesada opte por hacer la inscripción de forma presencial podrá hacerlo en las sedes del IVAJ, en València, C/ del Hospital 11, Alicante, Rambla Méndez Núñez 41, y Castelló de la Plana, C/ Orfebres Santalínea 2, donde se les asistirá por una persona empleada pública, de acuerdo con lo que prevé el artículo 12.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

5.6. El pago de la cuota se realizará en la misma página web del IVAJ, a través del sistema TPV.



6. Formalización de la inscripción y documentación

6.1. La formalización de la plaza se realizará mediante la presentación de la documentación requerida.

6.2. Podrán formalizar la plaza hasta 48 horas después de la inscripción.

6.3. Una vez realizado el pago deberán presentar a través del registro telemático



https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_GEN&version=3&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=19276



la documentación requerida:

a) La inscripción en campamentos de verano, cumplimentada y firmada por la persona (padre/madre, tutor/a) que ostente la guarda o custodia de cada participante, según el anexo III, mediante el procedimiento telemático del IVAJ

b) Ficha médica, cumplimentada y firmada por la persona (padre/madre, tutor/a) que ostente la guarda o custodia de cada participante, según el anexo IV.

c) Cualquier otra documentación que se solicite en la ficha de actividades



7. Plazo de inscripción

7.1. Las personas interesadas podrán realizar la reserva de la actividad a partir de las 9.00 h del 1 de junio de 2023, a través del enlace que se publicará en la siguiente página https://ocieducatiu.info/es/actividades-de-ocio-educactivo/campamentos-de-intercambio/.

7.2. El plazo estará abierto hasta que queden plazas vacantes.



8. Subsanaciones

Las personas interesadas deberán cumplimentar debidamente todos los apartados. Si no se realiza adecuadamente la formalización de la inscripción, se requerirá a las personas interesadas para que, en el plazo de 10 días contados a partir del momento de la notificación, subsanen o completen la documentación correspondiente mediante el procedimiento telemático del IVAJ

https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_GEN&version=3&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=19277.



En caso contrario, se considerará que han desistido de su solicitud, después de la resolución previa que se dictará en los términos que prevé el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.



9. Lista de espera

Una vez agotadas las plazas se habilitará una lista de espera, a través de un enlace disponible en la página web del ivaj

https://ocieducatiu.info/es/actividades-de-ocio-educactivo/campamentos-de-intercambio/,

para que toda aquella persona interesada se pueda registrar.

Las vacantes se adjudicarán por riguroso orden de registro de fecha y hora.



10. Tarifas y bonificaciones

10.1. Las tarifas están indicadas en la relación de actividades del anexo II.

10.2. Sobre dichas tarifas, se aplicarán los siguientes descuentos o bonificaciones, que no serán acumulables:

a) Por ser titular de un carnet de familia numerosa de categoría general, un 20 %.

b) Por ser titular de un carnet de familia numerosa de categoría especial, un 50 %.

c) Por ser titular de un carnet de familia monoparental de categoría general, un 20 %.

d) Por ser titular de un carnet de familia monoparental de categoría especial, un 50 %.

e) Ser una familia de acogida, un 20 %.

f) Por ser persona con discapacidad, un 20 %.

g) Por ser víctimas de violencia de género, un 50 %.

h) Por ser víctimas de terrorismo, un 50 %.

10.3. Las persones que soliciten alguna bonificación prevista en el apartado 10.2 tendrán que señalar su condición socioeconómica en el formulario de solicitud de inscripción en campamentos de verano (anexo III).

10.4. Para acreditar las condiciones indicadas en las letras a), b), c), d), f), i h) del apartado 10.2 podrán autorizar al IVAJ a consultar los datos.

10.5. Para acreditar la condición indicada en las letras e) i g) del apartado 10.2 podrán hacerlo mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en la normativa autonómica.

10.6. En el caso de que, realizadas las consultas, o a la vista de la documentación presentada, no quedará acreditada la condición para beneficiarse de alguno de los descuentos o bonificaciones anteriores, deberá realizar el pago complementario correspondiente



11. Renuncias y plazos

11.1. Renuncias

a) La renuncia de la plaza no implicará la devolución de la cuota abonada, salvo los casos que prevé la base 11.2.b), y se hará siempre por escrito, utilizando los modelos de renuncia y solicitud de devolución de ingresos de los anexos V y VI.

b) El medio para tramitar la renuncia será preferentemente la vía telemática, a través de



https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_GEN&version=3&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=25005,

o a través de los registros de las sedes del IVAJ en Alicante, rambla de Méndez Núñez, 41, 03002 Alicante; en Castellón, calle de los Orfebres Santalínea, 2, 12005 – Castellón de la Plana, y a Valencia, calle del Hospital, 11, 46001 Valencia, o en cualquiera de los lugares que establece el artículo 16.4 de la ley 39/2015 de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

11.2. Plazos y penalizaciones

a) En el caso de que un participante no se presente en el lugar de salida o en el albergue a la hora prevista, sin haber solicitado previamente la anulación, no tendrá ningún derecho a la devolución de la cuota abonada, salvo los casos de fuerza mayor debidamente justificados, que se indican a continuación.

b) El IVAJ procederá a la devolución del 80 % de la cuota cuando, por causa sobrevenida posterior a la formalización de la adjudicación y no imputable a la persona interesada, no utilice el servicio y se acredite mediante documento fehaciente. A tal efecto se considerarán o se asimilarán a causa no imputable a la persona interesada los supuestos siguientes:

• Enfermedad que le impida la asistencia a la actividad, justificada mediante un certificado médico oficial, debidamente cumplimentado y firmado, o un informe hospitalario.

• Enfermedad o muerte de un familiar de hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, justificada mediante un certificado médico oficial debidamente cumplimentado y firmado.

• Otras causas de fuerza mayor, debidamente justificadas.

11.3. Quedan excluidas de la posibilidad de devolución:

a) Las razones que se aludan como consecuencia de los rendimientos académicos de las personas participantes

b) La realización de cualquier actividad relativa al curso académico

c) El disfrute de becas

11.4. En el caso de suspensión de alguna actividad, el IVAJ ofrecerá a las personas participantes una plaza en otra actividad similar o la devolución íntegra de la cuota. La solicitud de devolución se hará siempre por escrito, utilizando el modelo del anexo VI.



12. Posibilidad de variación del programa

El IVAJ se reserva el derecho de modificar el programa y de adaptarlo a la demanda o al interés público.



13. Aceptación de las bases

La participación en la presente convocatoria implica la aceptación de las bases que la regulan.

Mapa web