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ORDEN 6/2023, de 23 de mayo, de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, por la que se aprueban las tarifas y condiciones de utilización de los títulos de transporte de la Generalitat del sistema TAM en Alicante y del transporte metropolitano de la Plana en Castellón, así como de los títulos de transporte propios de la red del TRAM d'Alacant. [2023/5760]

(DOGV núm. 9604 de 26.05.2023) Ref. Base Datos 005582/2023






PREÁMBULO



El Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana aprobado por Ley orgánica 5/1982 de 1 de julio, (modificada por la LO 1/2006, de 10 de abril) atribuye a la Generalitat, en su artículo 49.1.15ª, la competencia exclusiva en materia de transporte terrestre dentro de la Comunitat Valenciana.

Por su parte, la Ley 6/2011, de 1 de abril, de la Generalitat, de movilidad de la Comunitat Valenciana, en su artículo 3.1.a atribuye a la Generalitat la potestad normativa en relación con «los servicios de transporte público y de sus infraestructuras dentro de la Comunitat Valenciana», y en su artículo 39, encomienda a la Administración la fijación de tarifas máximas aplicadas a los títulos de transporte propios de los operadores de servicios públicos de su competencia.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 5/2019, de 16 de junio, del president de la Generalitat, por el que se determinan el número y la denominación de las consellerias, y sus atribuciones, la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad tiene asignadas, entre otras, las competencias en materia de transportes.

Igualmente, el artículo 1.1 del Decreto 177/2020, de 30 de octubre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, establece que «La Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad es el máximo órgano responsable del Consell en materia vertebración del territorio, paisaje, transportes, puertos, aeropuertos, costas y obras públicas».

En la Orden 4/2022, de 13 de junio, de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, por la que se aprueban las tarifas y condiciones de utilización de los títulos de transporte de la Generalitat del sistema TAM en Alicante y del transporte metropolitano de la Plana en Castellón, así como de los títulos de transporte propios de la red del TRAM d'Alacant, se estableció una nueva distribución zonal tarifaria en la red del TRAM d'Alacant en la que el número de zonas se reduce a 3 empleando un criterio de zonificación comarcal, salvo para la delimitación entre la zona A y B, donde se mantuvo la anterior que contempla varias paradas del término municipal de El Campello dentro de la zona B para facilitar la aplicación de la nueva distribución zonal.

La presente orden incluye las paradas de la red del TRAM d'Alacant de Amerador, Coveta Fumà, Cala Piteres y Venta Lanuza, ubicadas en el término municipal de El Campello, dentro de la zona tarifaria A, permitiendo que en todas las paradas de la comarca de L'Alacantí se aplique el régimen tarifario del sistema TAM que permite el transbordo entre los distintos modos de transporte, lo que resultará económicamente más favorable para las personas usuarias que en su mayoría se desplazan a la ciudad de Alicante.

Por otro lado, se procede a la inclusión de dos nuevos títulos integrados denominados «Móbilis Temporalitat», uno para el ámbito del sistema TAM y otro para el ámbito de transporte metropolitano de la Plana, que podrá autorizarse en determinados supuestos concretos en relación con el fomento de la movilidad sostenible o del transporte público, así como para determinados eventos o proyectos promovidos por la Conselleria o en colaboración con los ayuntamientos del ámbito de transporte metropolitano de que se trate. Así mismo, se incluye la posibilidad de que la Generalitat pueda aplicar reducciones ocasionales totales o parciales respeto de las tarifas de los diferentes títulos integrados en determinados supuestos concretos, así como de las condiciones de uso de dichos títulos.

Para los restantes servicios de transporte interurbano, de carácter no metropolitano, se introduce una disposición adicional para regular las tarifas de los soportes de los títulos de transporte multiviaje en los que también se va a generalizar el uso de tecnologías contact-less con la implantación del nuevo mapa concesional. Así mismo, también resulta oportuno establecer para estos servicios una tarifa de un título de regularización para las personas usuarias que sean sorprendidas sin título de transporte válido.

En el aspecto procedimental se hace necesario declarar la urgencia en la tramitación del proyecto con el fin de ampliar la zona tarifaria A del sistema TAM a la comarca de L'Alacantí, y así, junto con las otras medidas, hacer más atractivo el uso del transporte público frente al vehículo privado.

El artículo sexto, apartado 8 del Decreto 144/1986, de 24 de noviembre, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (DOGV 05.12.1986) contempla que corresponde al Consejo de Administración de FGV proponer las tarifas generales, especiales y ocasionales de todos sus servicios.

Esta Orden responde a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, eficiencia y transparencia, exigidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Se cumplen los principios de necesidad y eficacia dado el interés general en adecuar la estructura tarifaria de la red del TRAM d'Alacant de FGV a la del sistema de transporte metropolitano de Alicante, al tiempo que establecer nuevos títulos y reducciones de tarifas, y por ser la Orden el instrumento jurídico más adecuado e inmediato para garantizar su consecución. La norma cumple también con el principio de proporcionalidad, por contener la regulación imprescindible para atender la necesidad de establecer la medida que en esta se regula. Del mismo modo se ajusta al principio de seguridad jurídica, ya que es coherente con el resto del ordenamiento jurídico. En cuanto al principio de eficiencia, se ha optado por utilizar el soporte existente a fin de conseguir una mayor celeridad en su implementación, y respecto del principio de transparencia se ha sometido al trámite de información pública a fin de que dicho principio quedase garantizado. Todo ello de acuerdo con los principios de buena regulación normativa y simplificación normativa regulados, respectivamente, en los artículos 59 y 60 de la Ley 1/2022, de 13 de abril, de transparencia y buen gobierno de la Comunitat Valenciana.

Por ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 28.e y 43 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, de la Ley 6/2011, de 1 de abril, de movilidad de la Comunitat Valenciana, previa audiencia de las asociaciones de consumidores más representativas, a propuesta del Consejo de Administración de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana en lo referente a la red de TRAM d'Alacant, previos informes de la Abogacía General de la Generalitat, de la Comisión de Precios y del Consejo de Personas Consumidoras y Usuarias de la Comunitat Valenciana, cumplidos los trámites procedimentales previstos en el Decreto 24/2009, de 13 de febrero, del Consell, sobre la forma, la estructura y el procedimiento de elaboración de los proyectos normativos de la Generalitat, y conforme el Consell Jurídic Consultiu,





ORDENO



CAPÍTULO I

Disposiciones generales



Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación

Es objeto de esta orden la aprobación y establecimiento de las tarifas y condiciones de aplicación de los títulos de transporte de la Generalitat del sistema TAM en Alicante y el transporte metropolitano de la Plana en Castellón, así como de los títulos de transporte propios de FGV para viajar por la red de TRAM d'Alacant.



Artículo 2. Viaje

Se considera viaje el recorrido entre un punto de origen y otro de destino, incluidas todas las etapas necesarias para completarlo aun cuando se desarrollen por líneas de distintas empresas operadoras en función del número permitido de transbordos, efectuado por una persona y, en su caso, aquellas otras que tengan derecho a acompañarle sin necesidad de abonar por ello un precio adicional.

Para realizar sus viajes, las personas usuarias deberán ir provistas del correspondiente título de transporte, según se detalla en el artículo 3 de esta orden.

Con carácter general, los viajes, una vez iniciados, deberán ser efectuados durante un tiempo limitado, el cual vendrá determinado por la tipología del título de que se trate y las características de los modos de transporte que utilice, incluidos los transbordos permitidos.



Artículo 3. Títulos de transporte

1. El título de transporte es un contrato sujeto a condición entre las autoridades de transporte o las empresas operadoras y las personas usuarias, que permite a estas últimas hacer uso de los servicios de transporte ofertados por aquellas.

Se contiene en un medio físico llamado soporte, cuyas características se describen en el artículo 4 de esta orden.

El contrato de transporte queda formalizado entre ambas partes y se da validez al mismo, mediante el acto de la validación, consistente en la verificación del título contenido en el soporte y, en su caso, el consumo del saldo correspondiente.

A tales efectos, las personas usuarias deberán validar los títulos de transporte en los puntos habilitados para ello para tener derecho a viajar y, en todo caso, cada vez que se cambie de modo de transporte durante la realización de un viaje.

2. Los títulos de transporte pueden ser propios de un operador, que pueden ser utilizados para viajar solo por las líneas que explota, o integrados de una autoridad de transporte, que pueden ser utilizados para viajar por líneas explotadas por distintos operadores o diferentes redes de transporte.

3. Un título de transporte se define en función de sus ámbitos modal, zonal, temporal, material y personal.

a) Ámbito modal: modos de transporte y/o empresas operadoras o redes de transporte en las que puede ser utilizado.

b) Ámbito zonal: zonas tarifarias por las que puede ser usado. Un título de transporte requiere que incluya todas las zonas por las que discurra el trayecto que se vaya a realizar.

c) Ámbito temporal: periodo de vigencia del título.

d) Ámbito material: saldo de viajes o dinero, según sea el caso.

e) Ámbito personal: requisitos subjetivos para el uso del título.



Artículo 4. Soportes de los títulos de transporte

1. El soporte es el medio físico que contiene el título de transporte.

Un soporte se carga con un título la primera vez que se le asocia uno o cuando se emplea para contener un título distinto del anterior que hubiese albergado, generalmente una vez que aquel hubiese caducado o agotado su saldo.

Por su parte, se considera recarga la inclusión en el soporte de un título completo de la misma tipología del que venía conteniendo.

2. Las características de cada tipo de soporte vienen determinadas por la combinación de tres elementos: la tecnología que implementa, el material empleado para su fabricación y la exclusividad de su uso, dando lugar a la siguiente tipología de soportes:

a) Soportes sin tecnología contact-less.

Son de papel y se emplean para contener títulos que se consideran autovalidados desde el momento de su expendición y caducan con la realización del trayecto o con la expiración del tiempo máximo de viaje o de duración del título.

b) Soportes con tecnología contact-less.

Se usan para contener títulos que requieren de su validación como proceso independiente de su carga o recarga en el soporte. Disponen de un chip de memoria integrado que intercambia información con los lectores de la máquina de validación mediante su aproximación a los mismos. Pueden existir distintos tipos de soportes dotados de esta tecnología, siendo los más habituales las tarjetas Móbilis, que son tarjetas sin contacto (TSC) de cartón o PVC.

En función de la necesidad de identificación de las personas que los utilizan, pueden ser:

i. Anónimos: pueden ser utilizados para viajar por cualquier persona. Son de cartón o PVC.

ii. Personalizados: deben ser utilizados por su titular, por lo que en ellos figuran tanto sus datos personales como su fotografía. Son únicamente de PVC. Pueden ser de dos tipos:

– Genéricos, a los que puede asociarse cualquier título que no precise del cumplimiento de determinados requisitos subjetivos por parte de su titular.

– Específicos, que solo pueden obtenerse si se poseen determinadas condiciones particulares y sirven principalmente para albergar aquellos títulos que precisan de las mismas características personales que han debido acreditarse para obtener ese soporte, o bien permiten aplicar directamente reducciones sobre la tarifa de determinados títulos en función de esos requisitos subjetivos acreditados. En estos supuestos, serán de uso exclusivo de su titular.

No obstante, en algunos soportes personalizados específicos también se permite cargar títulos genéricos. En ese caso, en función de las características del título cargado, podrán viajar, además del titular, otras personas conjuntamente con él.



Artículo 5. Tarifas

La tarifa aplicable a cada título se fija considerando las características que han servido para definir ese título e incluye los impuestos y el seguro obligatorio de viajeros. La tarifa de cada soporte se fija considerando sus características e incluye los impuestos.



Artículo 6. Título de regularización aplicable a las personas usuarias desprovistas de título de transporte válido

Las personas usuarias que sean sorprendidas sin título de transporte válido en el interior de las instalaciones a las que se acceda mediante validación o viajando o habiendo viajado en los vehículos de transporte, deberán adquirir un título de regularización del viaje para formalizar el correspondiente contrato de transporte, mediante el abono de la tarifa establecida en la presente orden en cada ámbito modal, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19.1 de la Ley 6/2011, de 1 de abril, de movilidad de la Comunitat Valenciana en relación con lo indicado en el artículo 103.6 de la misma, y ello con independencia de otros gastos y de las sanciones administrativas o de otra índole que legal o judicialmente se establezcan.

A los efectos anteriores, la validez de un título de transporte vendrá determinada, además de por su correspondiente validación, por la adecuación de su uso a los ámbitos modal, zonal, temporal, material y personal que posee y, en los casos que proceda, a la utilización del soporte por su titular.



Artículo 7. Acuerdos

Los operadores de servicios de transporte público de competencia de la Generalitat, previo informe favorable de la Conselleria competente en materia de transporte, podrán suscribir acuerdos con órganos administrativos, con departamentos de la Generalitat o con diferentes administraciones, con la finalidad de que determinados colectivos con condiciones sociales específicas puedan beneficiarse de reducciones en la tarifa distintas de las establecidas con carácter general. Estas medidas no deberán, en ningún caso, minorar los ingresos de operador de transporte, por lo que esos organismos deberán compensar las cantidades dejadas de percibir, en cumplimiento del artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 1 de abril, de movilidad de la Comunitat Valenciana.





CAPÍTULO II

Títulos de transporte y tarifas del área metropolitana de Alicante y de la red de TRAM d'Alacant.



Sección primera

Área Metropolitana de Alicante



Artículo 8. Títulos de transporte de la Generalitat en el sistema TAM

1. El sistema TAM de Alicante está configurado por las siguientes redes de transporte público:

a) Red de transporte urbano del municipio de Alicante.

b) Red de transporte interurbano por carretera entre los municipios de Alicante, Sant Vicent del Raspeig, Sant Joan d'Alacant, El Campello y Mutxamel.

c) Red de TRAM d'Alacant, exclusivamente su zona A, que incluye la totalidad de paradas de las Líneas 2, 3, 4 y 5 y las paradas de la Línea 1 desde Luceros hasta Venta Lanuza (ambas inclusive).

2. Además de lo dispuesto en el Capítulo I de esta orden, en el sistema TAM se aplicarán las siguientes condiciones particulares en los títulos de transporte de la Generalitat:

a) Los títulos de transporte integrados del sistema TAM permitirán efectuar un transbordo siempre que no hayan transcurrido 60 minutos desde la primera validación, con la excepción del billete sencillo que no admite transbordos. A los efectos, no computará como transbordo los cambios de vehículo entre dos líneas de la red del TRAM d'Alacant dentro de la zona A.

b) Las personas menores de 5 años pueden viajar gratuitamente siempre que vayan acompañadas de una persona que viaje con título de transporte válido.

3. Los títulos de transporte integrados de la Generalitat válidos para viajar en los servicios de transporte público del sistema TAM son los siguientes:



A) Sencillo



Descripción: Título que permite la realización de 1 solo viaje.

Ámbito modal: Transporte urbano de Alicante, TRAM d'Alacant (solo zona A), Transporte interurbano entre los municipios de Alicante, El Campello, Mutxamel, Sant Joan d'Alacant y San Vicente del Raspeig.

Ámbito zonal: Sistema TAM de Alicante, incluida zona A del TRAM d'Alacant.

Ámbito temporal: Sin periodo de vigencia asociado, requiere uso inmediato.

Ámbito material: 1 viaje. No admite transbordo.

Ámbito personal: Sin requisitos subjetivos asociados.

Soporte: Papel. Se considera autovalidado desde el momento de la expendición.





B) Bono Móbilis Multiviaje (10 viajes)



Descripción: Título de 10 viajes.

Ámbito modal: Transporte urbano de Alicante, TRAM d'Alacant (solo zona A), Transporte interurbano entre los municipios de Alicante, El Campello, Mutxamel, Sant Joan d'Alacant y San Vicente del Raspeig.

Ámbito zonal: Sistema TAM de Alicante, incluida zona A del TRAM d'Alacant.

Ámbito temporal: Mientras permanezca vigente la tarifa con la que fue cargado o recargado el título.

Ámbito material: Saldo de 10 viajes, con posibilidad de recarga sucesivas de hasta 30 viajes.

Ámbito personal: Sin requisitos subjetivos asociados.

Soporte: Puede alojarse en los soportes TSC anónimos y en los TSC personalizados.





C) Bono Móbilis Jove (30 viajes)



Descripción: Título de 30 viajes.

Ámbito modal: Transporte urbano de Alicante, TRAM d'Alacant (solo zona A), Transporte interurbano entre los municipios de Alicante, El Campello, Mutxamel, Sant Joan d'Alacant y San Vicente del Raspeig.

Ámbito zonal: Sistema TAM de Alicante, incluida zona A del TRAM d'Alacant.

Ámbito temporal: Mientras permanezca vigente la tarifa con la que fue cargado o recargado el título.

Ámbito material: Saldo de 30 viajes, con un límite de 3 recargas al mes.

Ámbito personal: Para jóvenes entre los 16 y 30 años (ambos inclusive) poseedores del carnet jove.

Soporte: Soporte TSC personalizado específico.





D) Bono Móbilis Escolar (30 viajes)



Descripción: Título de 30 viajes.

Ámbito modal: Transporte urbano de Alicante, TRAM d'Alacant (solo zona A), Transporte interurbano entre los municipios de Alicante, El Campello, Mutxamel, Sant Joan d'Alacant y San Vicente del Raspeig.

Ámbito zonal: Sistema TAM de Alicante, incluida zona A del TRAM d'Alacant.

Ámbito temporal: Mientras permanezca vigente la tarifa con la que fue cargado o recargado el título.

Ámbito material: Saldo de 30 viajes, con un límite de 3 recargas al mes.

Ámbito personal: Para escolares entre los 5 y 15 años (ambos inclusive)

Soporte: Soporte TSC personalizado específico.







E) Abono violeta



Descripción: Título de integración gratuito para personas víctimas de violencia sobre la mujer que permite desplazarse sin limitación de viajes durante su periodo de validez.

Ámbito modal: Transporte urbano de Alicante, TRAM d'Alacant, Transporte interurbano entre los municipios de Alicante, El Campello, Mutxamel, Sant Joan d'Alacant y San Vicente del Raspeig.

Ámbito zonal: Sistema TAM de Alicante y combinación zonal ABC del TRAM d'Alacant.

Ámbito temporal: Validez anual coincidente con el año natural de 1 de enero a 31 de diciembre.

Ámbito material: Sin límite de viajes.

Ámbito personal: Las víctimas de violencia sobre la mujer que dispongan de la acreditación a que hace referencia la disposición adicional tercera de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre, integral contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

Soporte: Tarjeta Móbilis personalizada.

Otras características Título unipersonal e intransferible, renovable por periodos anuales mientras se reúnan y acrediten las condiciones establecidas.







F) Móbilis Temporalitat



Descripción: Título temporal que permite desplazarse sin limitaciones de viajes de acuerdo con las condiciones de adquisición que se autoricen.

Ámbito modal: Transporte urbano de Alicante, TRAM d'Alacant, Transporte interurbano entre los municipios de Alicante, El Campello, Mutxamel, Sant Joan d'Alacant y San Vicente del Raspeig.

Ámbito zonal: Sistema TAM de Alicante y, en su caso, combinación zonal ABC del TRAM d'Alacant.

Ámbito temporal: La duración se podrá establecer por días o periodos determinados.

Ámbito material: Sin límite de viajes.

Ámbito personal: Las personas destinatarias del título que se determinen en la autorización

Soporte: TSC no personalizada y TSC personalizada

Otras características Título instrumental no disponible permanentemente para el público en general.

La conselleria competente en materia de transporte podrá autorizar su distribución en coordinación, en su caso, con otras administraciones públicas, para dar respuesta a los siguientes supuestos:

a) Eventos organizados por la conselleria competente en materia de transporte o en colaboración con otras administraciones públicas.

b) Por razones asociadas a medidas puntuales de fomento y concienciación ciudadana de la movilidad sostenible.

c) Colaboración ciudadana en proyectos piloto o en fase de pruebas liderados por la conselleria competente en materia de transporte o en colaboración con otras administraciones públicas.

d) Eventos que impliquen una reducción significativa del tráfico rodado en determinados ámbitos al objeto de facilitar la movilidad mediante el transporte público.

El viaje iniciado con anterioridad a su caducidad podrá terminarse con posterioridad a la misma. Los soportes cargados con este título, mientras esté en vigor, pueden recargarse o ampliarse, tratándose como un canje.







4. Títulos propios de la Generalitat válidos para viajar en los servicios de transporte público interurbanos del sistema TAM:



A) Título de acuerdos



Descripción: Título que permite a las personas beneficiarias de los acuerdos suscritos con el operador o con la Generalitat viajar en el transporte interurbano del sistema TAM en los términos establecidos en el acuerdo de referencia.

Ámbito modal: Transporte interurbano entre los municipios de Alicante, El Campello, Mutxamel, Sant Joan d'Alacant y San Vicente del Raspeig.

Ámbito zonal: El establecido en el acuerdo de referencia.

Ámbito temporal: El establecido en el acuerdo de referencia.

Ámbito material: El establecido en el acuerdo de referencia.

Ámbito personal: El establecido en el acuerdo de referencia, acreditable mediante certificación del organismo suscriptor.

Soporte: Sólo puede contenerse en los soportes personalizados específicos para su alojamiento.

Otras características Título instrumental no disponible para el público en general.





B) Título de regularización



Descripción: Título para la regularización del viaje de las personas desprovistas de título de transporte válido.

Ámbito modal: Transporte interurbano entre los municipios de Alicante, El Campello, Mutxamel, Sant Joan d'Alacant y San Vicente del Raspeig.

Ámbito zonal: Sistema TAM de Alicante (excepto zona A del TRAM d'Alacant y transporte urbano de Alicante).

Ámbito temporal: Sin periodo de vigencia asociado, requiere uso inmediato.

Ámbito material: 1 viaje. No admite transbordo.

Ámbito personal: Sin requisitos subjetivos asociados.

Soporte: Papel.







Artículo 9. Tarifas de transporte del área metropolitana de Alicante

1. Las tarifas de los títulos de transporte integrados de la Generalitat de aplicación a los servicios de transporte público del sistema TAM, incluidos impuestos y seguro obligatorio de viajeros, serán las siguientes:



Tipo de título Tarifa

Billete sencillo 1,45 €

Bono Móbilis Multiviaje (10 viajes) 8,70 €

Bono Móbilis Jove (30 viajes) 21,20 €

Bono Móbilis Escolar (30 viajes) 16,50 €

Abono Violeta 0,00 €

Móbilis Temporalitat (por día)(sin combinación zonal ABC) 3,00 €

Móbilis Temporalitat (por día)(con combinación zonal ABC) 8,00 €







2. Las tarifas de los títulos de transporte propios de la Generalitat de aplicación a los servicios de transporte público interurbanos por carretera del sistema TAM, incluidos impuestos y seguro obligatorio de viajeros, serán las siguientes:



Tipo de título Tarifa

Título de regularización 50,00 €







3. Las tarifas de los soportes, impuestos incluidos, serán las siguientes:



Tipo de soporte Tarifa

Personalizada 4,00 €

Anónima (soporte plástico) 2,00 €







La emisión del soporte de la Tarjeta personalizada para las personas a las que va destinado el Abono Violeta, será gratuita.



4. La Generalitat podrá en coordinación, en su caso, con otras administraciones públicas, por motivos justificados, aplicar excepcionalmente reducciones ocasionales totales o parciales sobre la tarifa de los diferentes títulos integrados de aplicación a los servicios de transporte del sistema TAM regulados en esta orden, incluidas las tarifas de los soportes, así como establecer distintas condiciones de uso respecto de dichos títulos, pudiendo ir dirigidas al público en general o a colectivos específicos, en los siguientes supuestos:

a) Eventos organizados por la Conselleria competente en materia de transporte o en colaboración con otras administraciones públicas.

b) Por razones asociadas a medidas puntuales de fomento y concienciación ciudadana de la movilidad sostenible.

c) Colaboración ciudadana en proyectos piloto o en fase de pruebas liderados por la Conselleria competente en materia de transporte o en colaboración con otras administraciones públicas.

d) Eventos que impliquen una reducción significativa del tráfico rodado en determinados ámbitos al objeto de facilitar la movilidad mediante el transporte público.

Para la aplicación de estas reducciones de tarifas se deberá recabar informe previo de la comisión de seguimiento del Acuerdo de Cooperación entre la Generalitat y el Ayuntamiento de Alicante para la coordinación de los servicios públicos de transporte del área metropolitana de Alicante integrados en el sistema TAM.





Sección segunda

Red de TRAM d'Alacant de FGV



Artículo 10. Títulos de transporte propios de FGV en la red del TRAM d'Alacant

1. Además de lo dispuesto en el Capítulo I de esta orden, en la red del TRAM d'Alacant se aplicarán las siguientes condiciones particulares en las tarifas y títulos propios de FGV:

a) Hasta un máximo de dos personas menores de 10 años podrán viajar gratuitamente siempre que vayan acompañadas de una persona adulta que viaje con título de transporte válido.

b) Acompañando a una persona con un grado de discapacidad igual o superior al 64 % que viaje con un título de transporte válido y requiera de asistencia en su desplazamiento, podrá viajar gratuitamente la persona que le asista en su desplazamiento.

c) Combinación zonal. En la red de TRAM d'Alacant existen 3 zonas tarifarias A, B y C. Las combinaciones zonales preestablecidas para los títulos propios de FGV son: B, C, AB, BC y ABC. Para la combinación zonal A son aplicables los títulos integrados definidos en el artículo 8 de esta orden.

Para efectuar un determinado viaje será válida cualquier combinación zonal que incluya, al menos, todas las zonas tarifarias por las que este discurra.

d) Tiempo máximo de viaje. Después de validar un título de transporte se dispone de los siguientes tiempos máximos para completar el viaje: 90 minutos para los viajes por combinaciones zonales conformadas por 1 zona, 150 minutos para viajes por combinaciones zonales de 2 zonas y 240 minutos para viajes por la combinación zonal de 3 zonas.

e) Tarjetas sin contacto (TSC):

– Caducidad. Las TSC de PVC caducan a los 5 años de su emisión y las de cartón lo hacen a los 3 años.

– Garantía. Existe una garantía de 5 años para las TSC de PVC y de 1 año para las TSC de cartón, que cubre las posibles averías no motivadas por mal uso o conservación.

– Duplicación. En caso de pérdida, robo o hurto de una TSC personalizada o TSC no personalizada registrada, se podrá solicitar un duplicado, abonando la tarifa del nuevo soporte.

– Reactivación. En determinados supuestos, la acreditación de los requisitos que han servido para obtener un determinado soporte debe renovarse periódicamente, por lo que para evitar que por ese motivo deba adquirirse un nuevo soporte físico en cada renovación existe la posibilidad de su reactivación mediante el abono del importe consignado.

f) Canje. En los periodos establecidos para el cambio de tarifa, se podrán recargar títulos con la tarifa actualizada idénticos a los existentes en un soporte, descontándose del importe a abonar el valor del saldo anterior.

2. En el anexo I de esta orden se refleja la distribución zonal a efectos tarifarios de la red de TRAM d'Alacant, con indicación de los tramos de línea comprendidos en cada zona. Además de las zonas, se establecen dos áreas de transición intercomarcal, denominadas T1 y T2, a fin de que a los recorridos que se efectúen íntegramente por cada una de ellas se les aplique la tarifa correspondiente a los trayectos de una única zona, aun cuando traspasen el límite existente entre las zonas A y B, en el caso de la T1, o entre las zonas B y C, en el supuesto de la T2.

3. Los títulos de transporte propios de FGV válidos para viajar por la red de TRAM d'Alacant son los siguientes:



A) Sencillo



Descripción: Título que permite la realización de 1 solo viaje por una determinada combinación zonal.

Ámbito modal: Exclusivo para la red del TRAM d'Alacant

Ámbito zonal: Combinación zonal asociada al título.

Ámbito temporal: En soporte TSC, mientras permanezca vigente la tarifa con la que fue cargado o recargado el título.

En soporte papel no dispone de periodo de vigencia asociado, por requerir uso inmediato.

Ámbito material: Saldo de 1 viaje.

Ámbito personal: Sin requisitos subjetivos asociados.

Soporte: Puede alojarse en los soportes TSC anónimos y en los TSC personalizados genéricos. Adicionalmente, puede contenerse también en los soportes TSC personalizados específicos que sirvan para aplicar reducciones en su tarifa y en aquellos otros de esta tipología en los que expresamente se permita.

Además, puede también ser emitido por agentes o máquinas autoventa en soporte papel, en cuyo caso se considerará autovalidado desde el momento de la expendición.











B) Ida y vuelta



Descripción: Título que permite, para una determinada combinación zonal, la realización de un viaje en un sentido y otro posterior en sentido inverso a aquel, debiendo el último efectuarse durante las 24 horas siguientes a la validación del primero.

Ámbito modal: Exclusivo para la red de TRAM d'Alacant.

Ámbito zonal: Combinación zonal asociada al título.

Ámbito temporal: En soporte TSC, mientras permanezca vigente la tarifa con la que fue cargado o recargado el título.

En soporte papel, caduca a las 24 horas de su

emisión.

Ámbito material: Saldo de 1 viaje de ida y 1 viaje de vuelta.

Ámbito personal: Sin requisitos subjetivos asociados.

Soporte: Puede alojarse en los soportes TSC anónimos y en los TSC personalizados genéricos. Adicionalmente, puede contenerse también en los soportes TSC personalizados específicos que sirvan para aplicar reducciones en su tarifa y en aquellos otros de esta tipología en los que expresamente se permita.

Además, puede también ser emitido por agentes o máquinas autoventa en soporte papel, en cuyo caso el primer viaje se considerará autovalidado desde el momento de la expendición.







C) Bono 10



Descripción: Título de 10 viajes para desplazamientos por una determinada combinación zonal.

Ámbito modal: Exclusivo para la red de TRAM d'Alacant.

Ámbito zonal: Combinación zonal asociada al título.

Ámbito temporal: Mientras permanezca vigente la tarifa con la que fue cargado o recargado el título.

Ámbito material: Saldo de 10 viajes.

Ámbito personal: Sin requisitos subjetivos asociados.

Soporte: Puede alojarse en los soportes TSC anónimos y en los TSC personalizados genéricos. Adicionalmente, puede contenerse también en los soportes TSC personalizados específicos que sirvan para aplicar reducciones en su tarifa y en aquellos otros de esta tipología en los que expresamente se permita.

Otras características En un soporte pueden acumularse mediante recargas hasta un máximo de 20 viajes.

Siempre que la carga o la recarga se haya realizado sin aplicación de reducciones en la tarifa, pueden efectuarse un número de validaciones simultáneas para realizar idéntico trayecto igual o inferior al saldo de viajes que contenga el soporte.







D) Bono 30



Descripción: Título de 30 viajes para desplazamientos por una determinada combinación zonal.

Ámbito modal: Exclusivo para la red de TRAM d'Alacant.

Ámbito zonal: Combinación zonal asociada al título.

Ámbito temporal: Mientras permanezca vigente la tarifa con la que fue cargado o recargado el título.

Ámbito material: Saldo de 30 viajes.

Ámbito personal: Sin requisitos subjetivos asociados.

Soporte: Puede alojarse en los soportes TSC anónimos y en los TSC personalizados genéricos. Adicionalmente, puede contenerse también en los soportes TSC personalizados específicos que sirvan para aplicar reducciones en su tarifa y en aquellos otros de esta tipología en los que expresamente se permita.

Otras características En un soporte pueden acumularse mediante recargas hasta un máximo de 60 viajes.

Siempre que la carga o la recarga se haya realizado sin aplicación de reducciones en la tarifa, pueden efectuarse un número de validaciones simultáneas para realizar idéntico trayecto igual o inferior al saldo de viajes que contenga el soporte.







E) 24 h



Descripción: Título que permite desplazarse sin limitación de viajes durante 24 horas.

Ámbito modal: Exclusivo para la red de TRAM d'Alacant.

Ámbito zonal: Combinación zonal ABC.

Ámbito temporal: 24 horas desde la primera validación.

Ámbito material: Sin límite de viajes.

Ámbito personal: Sin requisitos subjetivos asociados.

Soporte: Exclusivamente en TSC de cartón.

Otras características En un soporte pueden acumularse hasta 2 títulos. No admite validaciones simultáneas.







F) Colectivo



Descripción: Título utilizado para la realización colectiva de un trayecto preestablecido por grupos de 10 o más personas con obligación de pago.

Ámbito modal: Exclusivo para la red de TRAM d'Alacant.

Ámbito zonal: Combinación zonal asociada al trayecto.

Ámbito temporal: Título válido para el momento especificado en el propio título o, en su defecto, tras su expendición.

Ámbito material: Número de viajes idéntico al número de personas con obligación de pago que conformen el grupo.

Ámbito personal: Sin requisitos subjetivos asociados.

Soporte: Sólo se emite por agentes en soporte papel.







G) Gent major mensual



Descripción: Título que permite a personas de edad igual o superior a 65 años desplazarse sin limitación de viajes durante 30 días.

Ámbito modal: Exclusivo para la red de TRAM d'Alacant.

Ámbito zonal: Combinación zonal ABC.

Ámbito temporal: Válido durante 30 días naturales a contar desde aquel en que se realiza la primera validación, mientras permanezca vigente la tarifa con la que fue adquirido.

Ámbito material: Sin límite de viajes.

Ámbito personal: Personas de edad igual o superior a 65 años, acreditable mediante DNI, carnet de conducir, NIE o pasaporte en vigor.

Soporte: Sólo puede contenerse en los soportes personalizados específicos para su alojamiento.

Otras

características En un soporte pueden acumularse hasta 2 títulos.







H) Gent major anual



Descripción: Título que permite a personas de edad igual o superior a 65 años desplazarse sin limitación de viajes durante 365 días.

Ámbito modal: Exclusivo para la red de TRAM d'Alacant.

Ámbito zonal: Combinación zonal ABC.

Ámbito temporal: Válido durante 365 días naturales a contar desde aquel en que se realiza la primera validación, mientras permanezca vigente la tarifa con la que fue adquirido.

Ámbito material: Sin límite de viajes.

Ámbito personal: Personas de edad igual o superior a 65 años, acreditable mediante DNI, carnet de conducir, NIE o pasaporte en vigor.

Soporte: Sólo puede contenerse en los soportes personalizados específicos para su alojamiento.

Otras

características En un soporte pueden acumularse hasta 2 títulos.





I) Mobilitat mensual



Descripción: Título que permite a personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 64 % desplazarse sin limitación de viajes durante 30 días.

Ámbito modal: Exclusivo para la red de TRAM d'Alacant.

Ámbito zonal: Combinación zonal ABC.

Ámbito temporal: Válido durante 30 días naturales a contar desde aquel en que se realiza la primera validación, mientras permanezca vigente la tarifa con la que fue adquirido.

Ámbito material: Sin límite de viajes.

Ámbito personal: Personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 64 %, acreditable mediante el carnet de la Conselleria competente que identifica a una persona con discapacidad o, en su defecto, la resolución o certificación administrativa de reconocimiento del grado de discapacidad expedida por organismo oficial competente de cualquier Estado miembro de la UE o emitida por las consejerías u organismos competentes en materia de diversidad funcional de cualquiera de las Comunidades Autónomas.

Soporte: Sólo puede contenerse en los soportes personalizados específicos para su alojamiento.

Otras

características En un soporte pueden acumularse hasta 2 títulos.





J) Mobilitat anual



Descripción: Título que permite a personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 64 % desplazarse sin limitación de viajes durante 365 días.

Ámbito modal: Exclusivo para la red de TRAM d'Alacant.

Ámbito zonal: Combinación zonal ABC.

Ámbito temporal: Válido durante 365 días naturales a contar desde aquel en que se realiza la primera validación, mientras permanezca vigente la tarifa con la que fue adquirido.

Ámbito material: Sin límite de viajes.

Ámbito personal: Personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 64 %, acreditable mediante el carnet de la Conselleria competente que identifica a una persona con discapacidad o, en su defecto, la resolución o certificación administrativa de reconocimiento del grado de discapacidad expedida por organismo oficial competente de cualquier Estado miembro de la UE o emitida por las consejerías u organismos competentes en materia de diversidad funcional de cualquiera de las Comunidades Autónomas.

Soporte: Sólo puede contenerse en los soportes personalizados específicos para su alojamiento.

Otras

características En un soporte pueden acumularse hasta 2 títulos.





K) Título de acuerdos



Descripción: Título que permite a las personas beneficiarias de los acuerdos suscritos por FGV viajar por la red de TRAM d'Alacant en los términos establecidos en el acuerdo de referencia.

Ámbito modal: Exclusivo para la red de TRAM d'Alacant.

Ámbito zonal: El establecido en el acuerdo de referencia.

Ámbito temporal: El establecido en el acuerdo de referencia.

Ámbito material: El establecido en el acuerdo de referencia.

Ámbito personal: El establecido en el acuerdo de referencia, acreditable mediante certificación del organismo suscriptor.

Soporte: Sólo puede contenerse en los soportes personalizados específicos para su alojamiento.

Otras

características Título instrumental no disponible para el público en general.





L) Título de regularización



Descripción: Título para la regularización del viaje de las personas desprovistas de título de transporte válido.

Ámbito modal: Red de TRAM d'Alacant.

Ámbito zonal: Combinación zonal ABC.

Ámbito temporal: Sin periodo de vigencia asociado, requiere uso inmediato.

Ámbito material: 1 viaje.

Ámbito personal: Sin requisitos subjetivos asociados.

Soporte: Papel.







Artículo 11. Tarifas de los títulos propios de FGV para la red de TRAM d'Alacant

1. Las tarifas de los títulos propios de FGV de aplicación en la red del TRAM d'Alacant, incluidos impuestos y seguro obligatorio de viajeros, serán las siguientes:



Tipo de título Tarifa según combinación zonal

B o C AB o BC ABC

Sencillo 1,45 € 2,80 € 3,90 €

Ida y Vuelta 2,50 € 4,80 € 6,65 €

Bono 10 8,00 € 12,00 € 20,00 €

Bono 30 22,80 € 34,20 € 57,00 €

24 h – – 8,00 €

Colectivo ¹ 0,80 € 1,20 € 2,00 €

Gent Major Mensual – – 9,70 €

Gent Major Anual – – 87,30 €

Mobilitat Mensual – – 9,70 €

Mobilitat Anual – – 87,30 €

Título de regularización 100,00 € ²

Abono Violeta (título integrado) – – 0,00 €





¹ La tarifa indicada del título Colectivo es por viaje.

² Tarifa de regularización abonable en un plazo de 30 días naturales computables a partir del día siguiente al de emisión del título, con una bonificación por pronto pago del 50 % si el abono se produce en los primeros quince días naturales de ese periodo; en supuestos de abono inmediato en el momento de emisión del recibo correspondiente al título, se le aplicará una bonificación del 80 % del importe consignado.

2. Las tarifas aplicables a los títulos de acuerdos se referenciarán a aquella de entre las recogidas en el punto anterior que sea más adecuada al tipo de título definido en el propio acuerdo.

3. En el anexo II figura la tabla de correspondencias entre los títulos propios de FGV para viajar por la red de TRAM d'Alacant y los soportes que los pueden contener.

4. Las tarifas de los soportes, impuestos incluidos, serán las siguientes:



Tipo de soporte Tarifa

Adquisición Reactivación

TSC anónima cartón 1,00 € –

TSC anónima PVC y TSC personalizada PVC específica para Pensionista / Mayor 65 años 2,00 € –

Resto de TSC personalizadas PVC 4,00 € 2,00 € ¹





¹ La reactivación solo se requiere en los siguientes soportes personalizados específicos en el TRAM d'Alacant: soporte para alojar títulos de acuerdos y soportes para aplicar reducciones por familia numerosa / monoparental o por familia acogedora.



La emisión del soporte de la tarjeta personalizada para las personas a las que va destinado el Abono Violeta, será gratuita.



Artículo 12. Reducciones en la red del TRAM d'Alacant de FGV

1. Las reducciones aplicables a las tarifas de los títulos propios de FGV en la red del TRAM d'Alacant son las siguientes:



A) Familias Numerosas / Monoparentales



Reducción: 20 % para personas pertenecientes a familias numerosas o monoparentales de carácter general y 50 % para las de familias numerosas o monoparentales de carácter especial, según lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las familias numerosas.

Acreditación: Mediante el carnet individual de miembro de familia numerosa o el de miembro de familia monoparental expedidos por la Conselleria competente en materia de familia o, en su defecto, mediante el «Título de Familia Numerosa» expedido por la Generalitat. En ambos casos, serán igualmente válidos los documentos o carnets equiparables emitidos por cualquier otro organismo oficial competente de cualquier Estado miembro de la UE o resolución o certificación emitida por las consejerías u organismos competentes en materia de familia de cualquiera de las Comunidades Autónomas.

Títulos a los que aplica y soportes específicos empleados: Títulos Sencillo, Ida y Vuelta, Bono 10 y Bono 30 en soportes TSC Familia Numerosa o Monoparental (general o especial).

Gent Major mensual y Gent Major anual en soportes TSC Gent Major Familia Numerosa o Monoparental (general o especial), Mobilitat mensual y Mobilitat anual en soportes TSC Mobilitat Familia Numerosa o Monoparental (general o especial).





B) Familias Acogedoras



Reducción: 10 % para personas pertenecientes a familias acogedoras.

Acreditación: Mediante el carnet de familia acogedora expedido por la Conselleria competente en materia de familia o cualquier otro organismo oficial competente de cualquier Estado miembro de la UE, o cualquier consejería u organismo competentes en materia de familia de cualquiera de las Comunidades Autónomas.

Títulos a los que aplica y soportes específicos empleados: Títulos Bono 30 en soporte TSC Familia Acogedora.

Otras características Esta reducción es acumulable a la de Familia Numerosa/Monoparental. Para su aplicación conjunta, la segunda reducción se efectuará sobre el precio resultante de practicar la primera. Sólo podrá realizarse de forma automática la primera reducción, debiendo solicitarse la segunda en las dependencias de FGV designadas al efecto.





C) Jóvenes



Reducción: 15 % para personas menores de 31 años.

Acreditación: Mediante DNI, carnet de conducir, NIE, pasaporte en vigor o libro de familia (para los menores de 14 años).

Títulos a los que aplica y soportes específicos empleados: Título Bono 10 en soporte TSC Bono 10 Jove.

Otras características Esta reducción es acumulable a la de Familia Numerosa/Monoparental, mediante el soporte TSC Bono 10 Jove Familia Numerosa/Monoparental (general o especial).





D) Pensionista / Mayor de 65 años



Reducción: 50 %, con una percepción mínima del importe correspondiente al título de que se trate para combinaciones zonales de una zona.

Acreditación: Mediante la documentación acreditativa de estar percibiendo una pensión emitida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), o de Clases Pasivas o Militares (MUFACE o ISFAS) o por cualquier otro organismo oficial competente de cualquier Estado miembro de la UE, para el supuesto de pensionista, o mediante DNI, carnet de conducir, NIE o pasaporte en vigor, para los mayores de 65 años.

Títulos a los que aplica y soportes específicos empleados: Títulos Sencillo e Ida y Vuelta en soportes TSC Pensionista / Mayor de 65 años y TSC Gent Major.





2. FGV en el ámbito de la red de TRAM d'Alacant podrá, por motivos justificados, aplicar excepcionalmente reducciones parciales o totales sobre la tarifa de los diferentes títulos aquí regulados, así como establecer distintas condiciones de uso respecto de los títulos afectados, ya sea para el público en general o para colectivos específicos, en los siguientes supuestos:

a) Eventos organizados por FGV en el marco del cumplimiento de sus fines fundacionales.

b) Colaboración ciudadana en proyectos piloto o en fase de pruebas liderados por FGV.

c) Colaboración con instituciones u organizaciones sin ánimo de lucro para el desarrollo de las acciones de responsabilidad social corporativa llevadas a cabo por FGV.

d) Por razones asociadas a medidas de fomento y concienciación ciudadana de la movilidad sostenible.

e) Eventos que impliquen una reducción significativa del tráfico rodado en determinados ámbitos al objeto de facilitar la movilidad mediante el transporte público.

En los supuestos establecidos en los apartados d) y e) se requerirá la autorización expresa de la Conselleria competente en materia de transportes.





CAPÍTULO III

Títulos de transporte y tarifas del Transporte

Metropolitano de la Plana



Artículo 13. Títulos de transporte de la Generalitat en el Transporte Metropolitano de la Plana

1. El transporte metropolitano de la Plana está configurado por las siguientes redes de transporte público:

a) Red de transporte urbano del municipio de Castellón.

b) TRAM de Castellón.

2. Además de lo dispuesto en el Capítulo I de esta orden, en el transporte metropolitano de la Plana se aplicarán las siguientes condiciones particulares en los títulos de transporte de la Generalitat:

a) Los títulos de transporte integrados del transporte metropolitano de la Plana permitirán efectuar un transbordo siempre que no hayan transcurrido 60 minutos desde la primera validación, con la excepción del billete sencillo que no admite transbordos.

b) Las personas menores de 7 años pueden viajar gratuitamente siempre que no ocupen plaza y vayan acompañadas de una persona que viaje con título de transporte válido.

3. Los títulos de transporte integrados de la Generalitat en el transporte metropolitano de la Plana son los siguientes:



A) Bono-Bus normal (10 viajes)



Descripción: Título de 10 viajes.

Ámbito modal: Transporte urbano de Castellón.

TRAM de Castellón.

Ámbito zonal: Transporte metropolitano de la Plana.

Ámbito temporal: Mientras permanezca vigente la tarifa con la que fue cargado o recargado el título.

Ámbito material: Saldo de 10 viajes, con posibilidad de recarga hasta 30 viajes.

Ámbito personal: Sin requisitos subjetivos asociados.

Soporte: Puede alojarse en los soportes TSC anónimos y en los TSC personalizados.





B) Bono temporal 30 (30 días)



Descripción: Título que permite desplazarse sin limitación de viajes durante 30 días.

Ámbito modal: Transporte urbano de Castellón.

TRAM de Castellón.

Ámbito zonal: Transporte metropolitano de la Plana.

Ámbito temporal: Válido durante 30 días naturales a contar desde aquel en que se realiza la primera validación, mientras permanezca vigente la tarifa con la que fue adquirido.

Ámbito material: Sin límite de viajes.

Ámbito personal: Sin requisitos subjetivos asociados.

Soporte: Puede alojarse en los soportes TSC anónimos y en los TSC personalizados.





C) Abono Violeta



Descripción: Título de integración gratuito para personas víctimas de violencia sobre la mujer que permite desplazarse sin limitación de viajes durante su periodo de validez.

Ámbito modal: Transporte urbano de Castellón.

TRAM de Castellón.

Ámbito zonal: Transporte metropolitano de la Plana.

Ámbito temporal: Validez anual coincidente con el año natural de 1 de enero a 31 de diciembre.

Ámbito material: Sin límite de viajes.

Ámbito personal: Las víctimas de violencia sobre la mujer que dispongan de la acreditación a que hace referencia la disposición adicional tercera de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre, integral contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

Soporte: Tarjeta Móbilis personalizada.

Otras características Título unipersonal e intransferible, renovable por periodos anuales mientras se reúnan y acrediten las condiciones establecidas.





4. Títulos propios de la Generalitat válidos para viajar en los servicios de transporte público interurbanos del TRAM de Castellón:



A) Billete ordinario



Descripción: Título que permite la realización de 1 solo viaje.

Ámbito modal: TRAM de Castellón.

Ámbito zonal: Transporte metropolitano de la Plana.

Ámbito temporal: Sin periodo de vigencia asociado, requiere uso inmediato.

Ámbito material: 1 viaje. No admite transbordo.

Ámbito personal: Sin requisitos subjetivos asociados.

Soporte: Papel. Se considera autovalidado desde el momento de la expedición.





B) Título de acuerdos



Descripción: Título que permite a las personas beneficiarias de los acuerdos suscritos con el operador o con la Generalitat viajar por la red de TRAM de Castelló en los términos establecidos en el acuerdo de referencia.

Ámbito modal: TRAM de Castellón.

Ámbito zonal: El establecido en el acuerdo de referencia.

Ámbito temporal: El establecido en el acuerdo de referencia.

Ámbito material: El establecido en el acuerdo de referencia.

Ámbito personal: El establecido en el acuerdo de referencia, acreditable mediante certificación del organismo suscriptor.

Soporte: Sólo puede contenerse en los soportes personalizados específicos para su alojamiento.

Otras características Título instrumental no disponible para el público en general.





C) Título de regularización



Descripción: Título para la regularización del viaje de las personas desprovistas de título de transporte válido.

Ámbito modal: TRAM de Castellón.

Ámbito zonal: Transporte metropolitano de la Plana.

Ámbito temporal: Sin periodo de vigencia asociado, requiere uso inmediato.

Ámbito material: 1 viaje. No admite transbordo.

Ámbito personal: Sin requisitos subjetivos asociados.

Soporte: Papel.





D) Móbilis Temporalitat



Descripción: Título temporal que permite desplazarse sin limitaciones de viajes de acuerdo con las condiciones de adquisición que se autoricen.

Ámbito modal: Transporte urbano de Castellón.

TRAM de Castellón.

Ámbito zonal: Transporte metropolitano de la Plana.

Ámbito temporal: La duración se podrá establecer por horas, días o periodos determinados.

Ámbito material: Sin límite de viajes.

Ámbito personal: Las personas destinatarias del título que se determinen en la autorización

Soporte: TSC no personalizada y TSC personalizada

Otras características Título instrumental no disponible permanentemente para el público en general.

La conselleria competente en materia de transporte podrá autorizar su distribución en coordinación, en su caso, con otras administraciones públicas, para dar respuesta a los siguientes supuestos:

a) Eventos organizados por la conselleria competente en materia de transporte o en colaboración con otras administraciones públicas.

b) Por razones asociadas a medidas puntuales de fomento y concienciación ciudadana de la movilidad sostenible.

c) Colaboración ciudadana en proyectos piloto o en fase de pruebas liderados por la conselleria competente en materia de transporte o en colaboración con otras administraciones públicas.

d) Eventos que impliquen una reducción significativa del tráfico rodado en determinados ámbitos al objeto de facilitar la movilidad mediante el transporte público.

El viaje iniciado con anterioridad a su caducidad podrá terminarse con posterioridad a la misma. Los soportes cargados con este título, mientras esté en vigor, pueden recargarse o ampliarse, tratándose como un canje.







Artículo 14. Tarifas del Transporte Metropolitano de la Plana

1. Las tarifas de aplicación a los títulos de transporte integrados de la Generalitat de aplicación en el transporte metropolitano de la Plana serán las siguientes:



Tipo de título Tarifa

Bono-Bus normal (10 viajes) 8,20 €

Bono temporal 30 (30 días) 30,00 €

Abono Violeta 0,00 €

Móbilis Temporalitat (por día) 2,50 €





2. Las tarifas de los títulos de transporte propios de la Generalitat de aplicación en el TRAM de Castelló, incluidos impuestos y seguro obligatorio de viajeros, serán las siguientes:



Tipo de título Tarifa

Billete ordinario 1,05 €

Título de regularización 50,00 €





3. Las tarifas de los soportes, impuestos incluidos, serán las siguientes:



Tipo de soporte Tarifa

Personalizada 4,00 €

Anónima (soporte plástico) 2,00 €





La emisión del soporte de la Tarjeta personalizada para las personas a las que va destinado el Abono Violeta, será gratuita.



4. La Generalitat podrá en coordinación, en su caso, con otras administraciones públicas, por motivos justificados, aplicar excepcionalmente reducciones ocasionales totales o parciales sobre la tarifa de los diferentes títulos integrados de aplicación en el transporte metropolitano de la Plana regulados en esta orden, incluidas las tarifas de los soportes, así como establecer distintas condiciones de uso respecto de dichos títulos, pudiendo ir dirigidas al público en general o a colectivos específicos, en los siguientes supuestos:

a) Eventos organizados por la Conselleria competente en materia de transporte o en colaboración con otras administraciones públicas.

b) Por razones asociadas a medidas puntuales de fomento y concienciación ciudadana de la movilidad sostenible.

c) Colaboración ciudadana en proyectos piloto o en fase de pruebas liderados por la conselleria competente en materia de transporte o en colaboración con otras administraciones públicas.

d) Eventos que impliquen una reducción significativa del tráfico rodado en determinados ámbitos al objeto de facilitar la movilidad mediante el transporte público.





DISPOSICIONES ADICIONALES



Primera. Cláusula de asignación del gasto

Excepto los gastos que comporten los títulos destinados a las víctimas de violencia sobre la mujer, la aplicación y ejecución de esta disposición, incluyéndose al efecto todos los actos jurídicos que pudieran dictarse en desarrollo o ejecución de la misma, no podrá tener incidencia alguna en la dotación de todos y cada uno de los capítulos de gasto asignados a la Conselleria competente en materia de transporte.

El gasto que comporte la implantación y utilización de los títulos destinados a las víctimas de violencia sobre la mujer que no sean asumidos por los ayuntamientos, se hará, según proceda, con cargo a la aplicación presupuestaria 08.02.02.51330.2, Planificación Transporte y Logística de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad o a las transferencias corrientes que se realicen a Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana.



Segunda. Protección de datos de carácter personal

Los datos personales de las personas víctimas de la violencia sobre la mujer no podrán constar en ningún soporte de título de transporte que permita su identificación, y se cargarán en la tarjeta personalizada de uso general.



Tercera. Pases de libre acceso y/o circulación emitidos por FGV

Quedan expresamente excluidos de la presente regulación los pases de libre acceso y/o circulación emitidos por FGV que no formen parte de la oferta comercial de títulos para el público en general y, por tanto, no puedan ser adquiridos mediante pago de una de las tarifas recogidas en la presente orden.



Cuarta. Servicios de transporte interurbanos por carretera no incluidos en los ámbitos de transporte metropolitano

1. A las personas usuarias que sean sorprendidas sin título de transporte válido en los servicios públicos de transporte interurbanos por carretera de competencia de la Generalitat que no estén incluidos en los ámbitos de transporte metropolitano, también les será de aplicación lo dispuesto en el artículo 6 de esta orden. A los efectos, se aplicará la siguiente tarifa del título de regularización por un viaje en dichos servicios y sin derecho a trasbordo, incluidos impuestos y seguro obligatorio de viajeros, será la siguiente:



Tipo de título Tarifa

Título de regularización 50,00 €





2. Los servicios públicos de transporte interurbanos por carretera de competencia de la Generalitat que no estén incluidos en los ámbitos de transporte metropolitano, que empleen para sus títulos propios multiviaje soportes con tecnología contact-less conforme a la definición del artículo 4 de esta orden, podrán aplicar las siguientes tarifas máximas de los soportes, impuestos incluidos:



Tipo de soporte Tarifa

TSC Personalizada 4,00 €

TSC Anónima (soporte plástico) 2,00 €

TSC Anónima (soporte cartón) 1,00 €





Por los restantes soportes de títulos, tanto físicos como virtuales, no se podrá repercutir ninguna tarifa o coste adicional sobre la tarifa máxima del título de transporte establecida por la conselleria competente en materia de transporte.





DISPOSICIONES TRANSITORIAS



Primera. Acuerdos o convenios previos

1. Seguirán vigentes hasta su expiración en los plazos establecidos para cada caso, los acuerdos o convenios suscritos por FGV con empresas u organismos para la promoción del transporte público.

2. En el sistema TAM de Alicante y el transporte metropolitano de la Plana, seguirán vigentes hasta su expiración en los plazos establecidos para cada caso, los acuerdos o convenios suscritos por los entes, organismos y entidades que forman parte del sector público para la promoción del transporte público.



Segunda. Adaptación de la operativa y normativa interna de FGV

Desde su entrada en vigor, FGV dispondrá de un plazo de tres meses para adaptar su operativa y normativa interna a los cambios introducidos mediante la presente orden en relación con la anterior regulación, así como, en su caso, la información al público.





DISPOSICIÓN DEROGATORIA



Única. Derogación normativa

1. Se deroga la Orden 4/2022, de 13 de junio, de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, por la que se aprueban las tarifas y condiciones de utilización de los títulos de transporte de la Generalitat del sistema TAM en Alicante y del transporte metropolitano de la Plana en Castellón, así como de los títulos de transporte propios de la red del TRAM d'Alacant.

2. Continuarán vigentes las siguientes disposiciones:

a) La Resolución de 11 de enero de 2023, de la consellera de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, por la que se acuerda la gratuidad temporal para los jóvenes entre el 16 de enero y el 31 de julio de 2023 de los servicios de transporte público en el TRAM de Castelló y la red del TRAM d'Alacant.

b) La Resolución de 27 de enero de 2023, de la consellera de Política Territorial, Obras públicas y Movilidad, relativa a la reducción temporal del 50 % de las tarifas de los títulos integrados de transporte del sistema TAM de alicante y el transporte metropolitano de Castellón, así como de los títulos de transporte propios de la red del TRAM d'Alacant, al amparo de lo previsto en el Real Decreto ley 20/2022.

3. Asimismo, quedan derogadas cuantas otras disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente orden.





DISPOSICIONES FINALES



Primera. Entrada en vigor

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



Segunda. Habilitación para la aplicación e interpretación

Se faculta a la persona titular de la dirección general que ostente las competencias en materia de transporte terrestre para la interpretación y aplicación de la presente orden.



València, 23 de mayo de 2023



La consellera de Política Territorial,

Obras Públicas y Movilidad,

REBECA MARIOLA TORRÓ SOLER







ANEXO I

Distribución zonal tarifaria de la red de TRAM d'Alacant de FGV



1. Las zonas tarifarias de la red de FGV en la provincia de Alicante se establecen partiendo desde la ciudad de Alicante en dirección al municipio de Dénia, en base a un criterio de división comarcal, de forma que todas las paradas de una zona pertenecen a la misma comarca.

2. Existen las siguientes zonas tarifarias, donde las estaciones o paradas de inicio y fin de zona indicadas forman parte de la zona descrita:

a) Zona A: comprende las paradas ubicadas en la comarca de l'Alacantí. A su vez, coincide con el área metropolitana de Alicante donde se aplica el acuerdo de integración tarifaria denominado sistema TAM (Transporte Alicante Metropolitano), en cuyo ámbito se incluyen las líneas de tranvía y FFCC explotadas en los términos municipales de Alicante, Sant Vicent del Raspeig y El Campello.

b) Zona B: está conformada por las paradas pertenecientes a la comarca de La Marina Baixa, desde Paradís hasta Olla Altea.

c) Zona C: abarca las paradas situadas en la comarca de La Marina Alta, desde Calp hasta Dénia.

Además de estas tres zonas, se establecen dos áreas de transición intercomarcal, denominadas T1 y T2. Dichas áreas se comprenden entre las siguientes paradas, ambas incluidas:

a) Área de transición T1: desde la parada de Pla Barraques, de zona A, a la de Costera Pastor, en zona B.

b) Área de transición T2: desde la parada de Altea, de zona B, a la de Benissa, en zona C.

3. Una vez considerados todos los aspectos señalados en los apartados anteriores, la distribución zonal tarifaria de la red de TRAM d'Alacant queda de la siguiente forma:



ZONA A



Línea 1: Desde Luceros hasta Venta Lanuza

Línea 2: Desde Luceros hasta Sant Vicent del Raspeig (línea completa)

Línea 3: Desde Luceros hasta El Campello (línea completa)

Línea 4: Desde Luceros hasta Plaza La Coruña (línea completa)

Línea 5: Desde Porta del Mar hasta Plaza La Coruña (línea completa)





ZONA B



Línea 1: Desde Paradís hasta Benidorm Intermodal

Línea 9: Desde Benidorm hasta Olla de Altea





ZONA C



Línea 9: Desde Calp hasta Dénia





ÁREA T1



Línea 1: Desde Pla Barraques hasta Costera Pastor

Línea 3: Desde Pla Barraques hasta El Campello





ÁREA T2



Línea 9: Desde Altea hasta Benissa





En la figura siguiente se representa el plano zonal tarifario donde puede apreciarse la distribución zonal figurada en este apartado.

















ANEXO II

Tabla de correspondencias entre los títulos propios de la red de TRAM d'Alacant y los soportes que los pueden contener



G: título sujeto a la tarifa general

R: título con aplicación de reducción en la tarifa

Los colores de fondo se corresponden con los de los soportes empleados, excepto en los soportes TSC anónimos que dependerán del diseño utilizado

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