Ficha docv

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Extracto de la Resolución de 27 de marzo de 2023, del conseller de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se efectúa la convocatoria de las ayudas en materia de salud pública en relación a las subvenciones destinadas a proyectos de promoción de la salud y acceso a servicios y programas de salud en poblaciones que viven en situación de especial vulnerabilidad. [2023/3432]

(DOGV núm. 9567 de 03.04.2023) Ref. Base Datos 003462/2023




BDNS (identif.): 684628.



De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/684628)

Mediante la Orden 1/2019, de 28 de febrero, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones destinadas a financiar proyectos relacionados con la salud pública en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 8503, de 11 de marzo de 2019.



Objeto

El objeto de la presente convocatoria es convocar en régimen de concurrencia competitiva las subvenciones destinadas a proyectos de promoción de la salud y acceso a servicios y programas de salud en poblaciones que viven en situación de especial vulnerabilidad, de acuerdo con lo establecido en la citada Orden 1/2019.



Entidades solicitantes

1. Según el artículo 23 de la citada Orden 1/2019 podrán solicitar las subvenciones reguladas en este capítulo, los ayuntamientos y mancomunidades de la Comunitat Valenciana que trabajen con población en situación de vulnerabilidad, como población inmigrante o población gitana, entre otras. Los ayuntamientos o mancomunidades, además de los requisitos generales establecidos en la orden, deberán estar adheridos a XarxaSalut, acreditando así su compromiso de desarrollar las acciones de promoción de la salud local enmarcadas en el vigente Plan de Salud de la Comunitat Valenciana.

2. Estas entidades, además de cumplir los requisitos generales establecidos en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, deberán acreditar los requisitos establecidos en artículo 23.2 de la citada Orden 1/2019.



Plazo presentación

1 El plazo para la presentación de las solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución de convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

2 Las solicitudes se presentarán, según el modelo normalizado disponible en el correspondiente trámite telemático, únicamente por vía telemática, a través de la sede electrónica de la Generalitat (http://sede.gva.es)



València, 27 de marzo de 2023. El conseller de Sanidad Universal y Salud Pública: Miguel Mínguez Pérez.

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