Ficha docv

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CORRECCIÓN de errores de la Resolución de fecha 23 de diciembre, del director general del Institut Valencià de Cultura, por la que se convoca proceso de selección para el ingreso como personal laboral fijo en los puestos de trabajo número 183 y 186 del IVC, taquillero o taquillera ordenanzas, correspondientes al proceso de estabilización previsto en la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público de la oferta de empleo público de 2022 de la citada entidad. [2023/2756]

(DOGV núm. 9558 de 21.03.2023) Ref. Base Datos 002892/2023




Advertidos errores en la Resolución de fecha 23 de diciembre del director general del Institut Valencià de Cultura, por la que se convoca proceso de selección para el ingreso como personal laboral fijo en los puestos de trabajo núm. 183 y 186 del IVC, taquillero/a-ordenanza, correspondientes al proceso de estabilización previsto en la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público de la oferta de empleo público de 2022 de la citada entidad, publicada en el DOGV número 9501 de 30.12.2022, en el anexo I, Baremo de méritos del concurso, se procede a su corrección.





ANEXO I

Baremos de méritos del concurso DA 6ª y 8ª Ley 20/2021



Experiencia (hasta 60 puntos)

Por cada mes completo de servicios en el IVC/Culturarts/TGV/IVM/IVAC/IVAECM, en el mismo puesto: 0,28 puntos.

Por cada mes completo de servicios en el IVC/Culturarts/TGV/IVM/IVAC/IVAECM, en un puesto del mismo grupo y diferente especialidad (portero, telefonista, ordenanza y ASG): 0,17 puntos.

Por cada mes completo de servicios en la Administración de la Generalitat y su Sector Público Instrumental, en el mismo puesto o en puesto equivalente: 0,14 puntos.

Por cada mes completo de servicios en otras administraciones públicas, en el mismo puesto o en puesto equivalente: 0,08 puntos.

Por cada mes completo de servicios en el IVC, en puestos de otra categoría: 0,07 puntos.



Formación (hasta 40 puntos)

Titulaciones académicas oficiales (hasta 4 puntos)

Por estar en posesión de titulación académica de superior nivel al exigido, o de más de una titulación académica del mismo nivel:

– Licenciatura, ingeniería, arquitectura o equivalente: 4 puntos.

– Grado universitario, diplomatura, ingeniera técnica, arquitectura técnica o equivalente: 3,5 puntos.

– Título de bachiller, título técnico superior o certificado profesional de nivel 3: 3 puntos.

– Título de educación secundaria obligatoria o título técnico o certificado profesional de nivel 2: 2,5 puntos.

– Graduado escolar: 2 puntos.



Cursos de formación y perfeccionamiento (hasta 12 puntos)

– Cursos: se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento, recibidos o impartidos, cuyo contenido esté relacionado con las funciones de los puestos que se convocan, que hayan sido convocados u homologados por cualquier organismo público o centro de formación oficial, conforme a las siguientes escalas:

- De 100 o más horas: 3 puntos.

- De 75 o más horas: 2,5 puntos.

- De 50 o más horas: 2 puntos.

- De 20 o más horas: 1,5 puntos.

- De 10 o más horas: 1 puntos.



– Cursos en materia de igualdad o de prevención de riesgos laborales:

- De 100 o más horas: 3,50 puntos.

- De 75 o más horas: 3,00 puntos.

- De 50 o más horas: 2,5 puntos.

- De 20 o más horas: 2 puntos.

- De 10 o más horas: 1,5 puntos.



Se valorarán los cursos certificados o en condiciones de serlo en la fecha de finalización del plazo para la presentación de la solicitud. En ningún caso se puntuarán los cursos de valenciano ni los de idiomas, ni los cursos pertenecientes a una carrera universitaria, los cursos de doctorado o de los diferentes institutos de las universidades, cuando formen parte del plan de estudios del centro, ni los cursos derivados de procesos selectivos, promoción interna, planes de ordenación de recursos humanos, o de adaptación del régimen jurídico a la naturaleza de los puestos que se ocupan.



Conocimientos de valenciano (hasta 14 puntos)

Se acreditarán mediante la presentación del correspondiente certificado expedido, homologado o revalidado por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià. La valoración se realizará de acuerdo con la siguiente escala:

– A2: 3 puntos

– B1: 5 puntos

– B2: 7 puntos

– C1: 9 puntos

– C2: 11 puntos



Por cada certificado de capacitación técnica (lenguaje administrativo, lenguaje a los medios de comunicación y corrección de textos) expedido por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià se añadirá 1 punto.



Conocimientos de idiomas comunitarios (hasta 10 puntos)

Se valorará el conocimiento de lenguas oficiales de la Unión Europea, diferentes de la lengua española, según los niveles especificados, y se acreditará documentalmente mediante títulos, diplomas y certificados expedidos por las escuelas oficiales de idiomas, por las universidades españolas que sigan el modelo de acreditación de exámenes de la Asociación de Centros de Lenguas de Educación Superior (ACLES), así como todos aquellos indicados en el anexo del Decreto 61/2013, de 17 de mayo, del Consell, por el que se establece un sistema de reconocimiento de la competencia en lenguas extranjeras en la Comunidad Valenciana, teniendo en cuenta sus modificaciones posteriores por orden de la Conselleria competente en materia de educación.

València, 10 de marzo de 2023.– El director general del Institut Valencià de Cultura: Abelardo Guarinos Viñoles.

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