Ficha docv

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Extracto de la Resolución de 18 de diciembre de 2023, de la consellera de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio, por la que se convocan las ayudas a entidades locales para la restauración de hábitats y especies en espacios naturales protegidos de la Comunitat Valenciana, y se establecen las bases reguladoras . [2023/12884]

(DOGV núm. 9761 de 08.01.2024) Ref. Base Datos 000219/2024




BDNS (identif.): 733961.



De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/733961)



Primero. Objeto

Aprobar las bases reguladores y convocar ayudas para la ejecución de actuaciones cuyo objetivo contribuya a la restauración de ecosistemas e infraestructura verde y su biodiversidad en espacios naturales protegidos de la Comunitat Valenciana.



Segundo. Entidades beneficiarias

1. Podrán adquirir la condición de entidad beneficiaria de las presentes ayudas las entidades locales que cumplan todos los criterios siguientes:

a) Que se trate de municipios que se sitúen en el ámbito de un parque natural, monumento natural o paisaje protegido, según el artículo 3.1. de la Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de espacios naturales protegidos de la Comunitat Valenciana.

b) Tener parte o todo su término municipal declarado como lugar de importancia comunitaria (LIC), zona especial de conservación (ZEC) o zona de especial protección para las aves (ZEPA) de conformidad con lo establecido artículo 3.3. de la Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de espacios naturales protegidos de la Comunitat Valenciana. En su defecto, formar parte de la zona de conectividad ecológica contemplada en los decretos de declaración de las ZEC y aprobación de normas de gestión.

c) Pertenecer al sistema rural o franja intermedia definidos en el Decreto 1/2011, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba la Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana.

d) Tener una población inferior a 10.000 habitantes según las cifras oficiales de población de los municipios españoles en aplicación de las bases del régimen local (art. 17) del Instituto Nacional de Estadística actualizado a 1 de enero de 2022.

2. Para aquellos municipios en cuyo término municipal se localice un monumento natural, no será un requisito excluyente el criterio establecido en el apartado b) del punto anterior.

3. Relación de los municipios que cumplen todos los requisitos definidos en el punto anterior para poder ser beneficiarios de las presentes ayudas:

a) Alicante: Agres, Alcocer de Planes, Alfafara, L'Alqueria d'Asnar, Banyeres de Mariola, Beniarrés, Benimarfull, Finestrat, Gaianes, Xaló, Lorcha/L'Orxa, Muro de Alcoy, Pinoso/el Pinós, Planes, Polop, Sax y Tibi.

b) Castellón: Aín, Alcudia de Veo, Alfondeguilla, Algimia de Almonacid, Almedíjar, Altura, Artana, Ayódar, Azuébar, Borriol, Cabanes, Castell de Cabres, Chodos/Xodos, Chóvar, Eslida, Fuentes de Ayódar, Higueras, Lucena del Cid/Llucena, Matet, Pavías, la Pobla de Benifassà, la Pobla Tornesa, Rossell, Segorbe, Sueras/Suera, Tales, Torralba del Pinar, Useras/ les Useres, Vall de Almonacid, Vallibona, Villahermosa del Río, Villamalur y Vistabella del Maestat.

c) Valencia: Atzeneta d'Albaida, Albaida, Bèlgida, Beniatjar, Bocairent, Bufali, Bugarra, Carrícola, Chera, Chulilla, Gestalgar, Marines, Náquera/Nàquera, Olocau, Otos, el Palomar, Pedralba, Puebla de San Miguel, Ràfol de Salem, Salem, Segart, Serra, Sot de Chera, Venta del Moro, Villargordo del Cabriel y Gátova.



Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 2023, de la consellera de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las ayudas a entidades locales para la restauración de hábitats y especies en espacios naturales protegidos de la Comunitat Valenciana (Plan de recuperación, transformación y resiliència).



Cuarto. Dotación

El importe destinado a las subvenciones es de 1.200.000,00  euros y el importe máximo de la subvención a cada beneficiario será de 40.000,00 euros .



Quinto. Financiación

La financiación de estas ayudas se enmarca en el marco presupuestario del programa 442.99, donde mediante el Acuerdo de 29 de junio de 2023, del Consell, se autoriza una transferencia de créditos por importe de 1.200.000,00 euros , agrupación de remanentes, para la inclusión de una nueva línea de subvención de concurrencia competitiva (S1443), en el capítulo 7 del citado programa 442.99, con los siguientes datos descriptivos: ayudas para el desarrollo de proyectos que supongan la restauración de hábitats y especies además de un apoyo económico a las entidades locales del interior que tengan en su término municipal espacios naturales protegidos. El 100 % del importe de la subvención procede de los fondos Next Generation EU del MRR.

La parte no ejecutada en el ejercicio presupuestario 2023 será incorporada como remanentes en los ejercicios presupuestarios siguientes hasta la completa ejecución del programa.



Sexto. Plazo de presentación

El plazo para la presentación de las solicitudes será de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



Valencia, 18 de diciembre de 2023.– La consellera de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio: Salomé Pradas Ten.

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