Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 7 de diciembre de 2023, del secretario autonómico de Familia y Servicios Sociales, de la convocatoria realizada mediante la Resolución de 19 de mayo de 2023, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se convocan, para el año 2023, subvenciones para la financiación de actuaciones de implementación y promoción de los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030, destinadas a entidades sin ánimo de lucro. [2023/12508]

(DOGV núm. 9744 de 13.12.2023) Ref. Base Datos 011886/2023




Antecedentes de hecho



1. En fecha 26 de mayo de 2023, fue publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV 9604), la Resolución de 19 de mayo de 2023, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se convocan, para el año 2023, subvenciones para la financiación de actuaciones de implementación y promoción de los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030, destinadas a entidades sin ánimo de lucro.

2. A esta convocatoria se han presentado un total de 131 solicitudes, de las que 38 han sido excluidas por no cumplir alguno de los requisitos establecidos en el resolución de convocatoria.

3. En fecha 12 de octubre de 2023 se publica, en la página web de la Dirección General de Cooperación internacional al Desarrollo, requerimiento de subsanación de la documentación presentada en la citada convocatoria para que las entidades solicitantes, en un plazo de 10 días hábiles, enmienden la falta o acompañen los documentos que se requieren.

4. En fecha 27 de octubre de 2023 se publica en la página web de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, la propuesta de resolución provisional de la Comisión de Valoración de la convocatoria, concediéndose un plazo de 10 días hábiles a las entidades para formular alegaciones a dicha propuesta.

5. De las 131 solicitudes presentadas, 38 han sido excluidas por los motivos reflejados en el anexo III de la presente resolución.

6. Teniendo en cuenta el informe del órgano instructor, de fecha 17 de noviembre de 2023, se desprende de la información que obra en su poder que las entidades solicitantes, salvo las relacionadas en el anexo III, cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a las subvenciones, de acuerdo con lo establecido en el artículo 164.f de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.

7. La Comisión de Valoración, según lo establecido en la base décima de la Orden 1/2023, de 28 de abril, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la realización de acciones de implementación y promoción de los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030, en la Comunitat Valenciana, (en adelante, Orden 1/2023); en su reunión de fecha 15 de noviembre de 2023 ha emitido informe en el que se concreta el resultado de la evaluación de las solicitudes, de acuerdo también al citado artículo 164.f de la Ley 1/2015, de la Generalitat, y formula esta propuesta motivada de resolución definitiva de la convocatoria.

8. Teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias de la línea S8352000 «Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro por acciones de fomento, divulgación y educación en el ámbito de los ODS de la Agenda 2030», dotada con un importe de 900.000,00 euros, en el capítulo IV, para la financiación de gastos corrientes, del presupuesto de la Generalitat Valenciana para el año 2023; aplicación presupuestaria 22.03.01.134.20.4. de la Dirección General de Inclusión y Cooperación al Desarrollo, es posible financiar todas las solicitudes que han superado la puntuación mínima de 69 puntos por un importe global de 898.188 euros, por lo que en la línea presupuestaria queda un remanente de 1.812 euros.









Fundamentos de derecho



I. Por lo que respecta a la competencia para resolver este procedimiento, la base decima de la Orden 1/2023. de 28 de abril, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, citada, establece que corresponde a la persona titular de la conselleria que tenga asignada la competencia de Implementación y Seguimiento de la Agenda 2030 de desarrollo sostenible.

Tal como figura en el artículo 14 del Decreto 132/2023, de 10 de agosto, del Consell, de aprobación del reglamento orgánico y funcional de la Vicepresidencia segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, corresponde a la Dirección General de Inclusión y Cooperación al Desarrollo, de la Secretaría Autonómica de Familia y Servicios Sociales, la coordinación, impulso, el seguimiento y evaluación de la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030.

Con la publicación de la Resolución de 27 de septiembre de 2023, de la vicepresidenta segunda y consellera de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, sobre delegación del ejercicio de competencias en determinados órganos de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, corresponde a la persona titular de la Secretaría Autonómica de Familia y Servicios Sociales la concesión de subvenciones en materia de Implementación y promoción de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible

2. Asimismo, en la tramitación de este procedimiento se ha tenido presente lo que establece la citada Orden 1/2023, y en la Resolución de 19 de mayo de 2023 mencionada, y en todo aquello no regulado en esta orden, se ha estado a lo que disponen la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y su reglamento de desarrollo y la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.

En su virtud, y del informe del órgano instructor, y el acta de la comisión de valoración, que ha adoptado en su sesión de 15 de noviembre de 2023, resuelvo:



Primero

Conceder a las entidades y proyectos mencionados en el anexo I de la presente resolución, las subvenciones solicitadas por el importe especificado en dicho anexo, con cargo al crédito disponible en la línea S8352000 «Subvenciones entidades sin ánimo de lucro por acciones de fomento, divulgación y educación en el ámbito de los ODS de la Agenda 2030», dotada con un importe de 900.000,00 euros, en el capítulo IV, para la financiación gastos corrientes, en la aplicación presupuestaria 22.03.01.134.20.4.



Segundo

Denegar las subvenciones solicitadas por las entidades mencionadas en el anexo II de la presente resolución, por no alcanzar la puntuación mínima de 69 puntos, establecida en el resuelvo cuarto de la Resolución de 19 de mayo de 2023, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se convocan, para el año 2023, subvenciones para la financiación de actuaciones de implementación y promoción de los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030 destinadas a entidades sin ánimo de lucro (DOGV n º 9604).



Tercero

Excluir las subvenciones solicitadas por las entidades mencionadas en el anexo III de la presente resolución, por los motivos que se exponen en el mismo.



Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, de forma telemática, en el trámite específico de aportación de documentación de esta convocatoria, en la sede electrónica de la Generalitat, o bien, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 10.1 a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.



València, 7 de diciembre de 2023.– El secretario autonómico de Familia y Servicios Sociales (p. d. Resolución de 27.09.2023; DOGV 9693, 28.09.2023): Ignacio Grande Ballesteros.





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