Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 3 de octubre de 2022, de la directora general de Asistencia Sanitaria, por la que se considera finalizada la adjudicación de dos becas para la realización de prácticas profesionales en la Dirección General de Asistencia Sanitaria, tras la renuncia de las personas beneficiarias. [2022/9069]

(DOGV núm. 9453 de 20.10.2022) Ref. Base Datos 009121/2022




Considerando que la Orden 1/2017, de 16 de enero, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública (DOGV 7965, 25.01.2017), establece las bases reguladoras de concesión de becas para la realización de prácticas profesionales en la Dirección General de Asistencia Sanitaria, en las dependencias de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.

Considerando que, mediante Resolución de 2 de agosto de 2021, de la directora general de Asistencia Sanitaria, por la que se resuelve la convocatoria de siete becas para la realización de prácticas profesionales en la Dirección General de Asistencia Sanitaria en las dependencias de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, se adjudicaron dos plazas correspondientes al grupo 1: 3 becas para licenciatura/ grado/ diplomatura en Derecho, Administración y Dirección de Empresas, Económicas, Empresariales, Gestión y Administración Pública a Sara Seder González y a Judith María García Alonso.

Visto el escrito por el que renuncia la becaria Sara Seder González con efectos desde el 30 de septiembre de 2022, siendo este el último día en que fue beneficiaria de la beca.

Visto el escrito por el que renuncia la becaria Judith María García Alonso con efectos desde el 26 de septiembre de 2022, siendo este el último día en que fue beneficiaria de la beca, resuelvo:



Considerar finalizada la adjudicación de la beca para la realización de prácticas profesionales en la Dirección General de Asistencia Sanitaria, de Sara Seder González, con fecha de 30 de septiembre de 2022, y de Judith María García Alonso, con fecha de 26 de septiembre, siendo estos días, los últimos en que fueron beneficiarias de la beca.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se advierte que, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, podrá interponerse recurso de alzada ante la Secretaria Autonómica de Salud Pública y del Sistema Sanitario Público, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro que estimen pertinente.



València, 3 de octubre de 2022.– La directora general de Asistencia Sanitaria: María Amparo Garcia Layunta.

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