Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 2 de junio de 2022, del director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria, por la que se acuerda la ampliación de plazos para la realización y justificación de las actuaciones contenidos en los programas formativos, correspondientes a la fase de ejecución I, de las ayudas para la formación y adquisición de competencias para actividades agroalimentarias, en el marco del Programa de desarrollo rural de la Comunitat Valenciana 2014-2020. [2022/5323]

(DOGV núm. 9358 de 09.06.2022) Ref. Base Datos 005128/2022




La presente resolución tiene su origen en la Orden 31/2017, de 29 de noviembre, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la formación y adquisición de competencias para actividades agroalimentarias en el marco del Programa de desarrollo rural de la Comunitat Valenciana 20214-2020. (DOGV 8193, 19.12.2017).

Por Resolución de 17 de diciembre de 2021, del director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria, se convocaron las ayudas para la formación y adquisición de competencias para actividades agroalimentarias en el marco del Programa de desarrollo rural de la Comunitat Valenciana.

Visto que en el punto 3 del apartado tercero de la mentada Resolución relativo al «Plazo y lugar de presentación», se establece que: «Tanto los programas formativos como las fichas técnicas por actuación, se presentarán organizados en diferentes fases de ejecución ajustados a las siguientes fechas límite, fase I, para las actividades a realizar hasta el 10 de septiembre de 2022».

Habida cuenta que el retraso en la resolución de concesión, motivada por la ampliación del plazo para presentar solicitudes y la tramitación de la ampliación del crédito disponible para la convocatoria de ayudas para la formación y adquisición de competencias para actividades agroalimentarias, ha disminuido considerablemente el tiempo establecido para la realización y justificación de los programas formativos correspondientes a la fase I, resulta necesario una ampliación del plazo inicialmente previsto para la justificación de la realización de dichos programas, dado que ello no perjudica derecho alguno de terceros en el procedimiento administrativo.

En virtud de lo expuesto y de conformidad con lo previsto en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, resuelvo:



Primero

Ampliar, hasta el día 15 de octubre de 2022 inclusive, el plazo de realización y justificación de las actuaciones contenidas en los programas formativos, correspondientes a la fase I, previsto en el punto 3 del apartado tercero de la Resolución de 17 de diciembre de 2021, del director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria. (DOGV. Núm. 9240 de 22.12.2021).



Segundo

Publicar la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, a efectos de lo previsto en los artículos 32 y 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. La presente resolución surtirá efectos a partir del mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



Tercero

Contra la presente resolución de ampliación de plazo de realización y justificación no cabe recurso, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.



Valencia, 2 de junio de 2022.– El director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria: Rogelio Llanes Ribas.

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