Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 17 de enero de 2022, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática y la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, por la que se convoca la sexta edición de los Premios Urbanismo, Movilidad, Paisaje, Vivienda y Arquitectura con Perspectiva de Género. [2022/382]

(DOGV núm. 9260 de 20.01.2022) Ref. Base Datos 000509/2022


  • Análisis documental

    Texto
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    Origen disposición: Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática;Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad
    Grupo Temático: Premios



Es voluntad del Gobierno Valenciano transversalizar las políticas para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. La perspectiva de género proporciona una vía de aproximación al abordar de un modo más integrador el diseño de las políticas públicas en materia de urbanismo, movilidad, paisaje, vivienda y arquitectura. Así, la perspectiva de género proporciona nuevas herramientas de interpretación de la realidad, incluyendo el espacio público y, por lo tanto, nuevas estrategias de intervención. El contexto político y de transformación actual, que demanda más participación ciudadana en la toma de decisiones, abre una gran oportunidad para reformular nuestra relación con el territorio y la ciudad, tanto en los edificios como en los espacios de transición entre el ámbito privado y el público, en los espacios urbanos y en el paisaje. Es necesario también considerar las nuevas necesidades de movilidad, que deberán prever la sostenibilidad y la atención a la diversidad. La complejidad y diversidad de las nuevas realidades urbanas requiere tener en cuenta el uso diferente que del espacio público y privado hacen los hombres y las mujeres, las necesidades de las actividades reproductivas y su visibilidad en los espacios públicos. Por eso, es necesario aportar conocimiento e instrumentos, presentar experiencias innovadoras que ayuden a formular estrategias de diseños para regenerar nuestros espacios y darles un aspecto más amable, acogedor y con mayor calidad de vida.

El artículo 31 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, recoge el deber por parte de las administraciones públicas de tener en cuenta la perspectiva de género para el diseño de la ciudad, las políticas urbanas y el planeamiento urbanístico. Así mismo, la Ley 9/2003, de la Generalitat, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, explicita que los poderes públicos valencianos adoptarán las medidas apropiadas para modificar los patrones socioculturales de conducta asignados de acuerdo con el género, con el fin de eliminar los prejuicios, usos y costumbres de cualquier índole basados en la idea de inferioridad o en funciones estereotipadas de mujeres y hombres contrarias al principio de igualdad.

La Nueva Agenda Urbana de la ONU (Quito 2016), sobre la vivienda y el desarrollo urbano sostenible, reorienta la manera como se planifican, se diseñan, se financian, se desarrollan, se administran y se gestionan las ciudades y los asentamientos humanos. Entre los objetivos que se persiguen están: «lograr la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas, a fin de aprovechar plenamente su contribución vital al desarrollo sostenible (...) asegurando la participación plena y efectiva de las mujeres y la igualdad de derechos en todas las esferas y en los puestos de liderazgo en todos los ámbitos de adopción de decisiones (...) y eliminando todas las formas de discriminación, violencia y acoso contra las mujeres y las niñas en espacios públicos y privados».

Estos son principios que informan la acción de estos departamentos.

Por otro lado, la modificación de la LOTUP, Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, incorpora el enfoque de género en materia de urbanismo y ordenación del territorio para hacer efectivo el principio de igualdad de hombres y mujeres. El anexo XII de la ley, Criterios y reglas para la planificación con perspectiva de género, fija en el punto 1 Urbanismo para las personas: 1.1. Los planes, programas y proyectos urbanísticos responderán a las necesidades básicas de todas las personas teniendo en cuenta su diversidad. Las ciudades, el paisaje, la movilidad, los espacios públicos, los accesos, las viviendas, deben reflejar y facilitar las diferentes esferas de la vida: la productiva, la reproductiva, la social o la política y la personal. Igualmente deben posibilitar los diferentes usos y necesidades que las personas con sus diversidades requieren.»

Con el objetivo de facilitar la aplicación de la perspectiva de género al hecho urbano, siguiendo el mandato de la LOTUP, se ha elaborado la Guía para incorporar la perspectiva de género en actuaciones urbanas:

También se ha publicado recientemente el libro que compila las aportaciones a la jornada Género y Vivienda, con el fin de aterrizar el discurso a las propuestas concretas y palpables, contribuyendo así al desarrollo de unas ciudades inclusivas que, desde una visión interseccional dan respuesta no solo a las demandas de las mujeres, sino también a problemas universales: https://www.five.es/tienda-ive/genero-y-vivienda/

Conscientes de la importancia de difundir los proyectos ganadores de los premios, se ha publicado el Portal de Perspectiva de Género, donde se puede acceder a los proyectos, así como a los materiales que la Generalitat ha elaborado para impulsar la perspectiva de género, y a varios documentos de interés en la materia:

https://politicaterritorial.gva.es/es/web/perspectiva-de-genero/inici

Para motivar y reconocer las acciones o medidas encaminadas a su consecución, la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática y la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad convocan la sexta edición de los Premios Urbanismo, Movilidad, Paisaje, Vivienda y Arquitectura con Perspectiva de Género.

En virtud de las facultades conferidas en el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y en los artículos 4 y 11 del Decreto 5/2019, de 16 de junio, del presidente de la Generalitat, por el que se determinan el número y la denominación de las consellerias, y sus atribuciones, resolvemos:



Primero. Objeto

El objeto de esta resolución es convocar para el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana la sexta edición de los Premios Urbanismo, Movilidad, Paisaje, Vivienda y Arquitectura con Perspectiva de Género.



Segundo. Aspirantes

Se convoca a:

– los ayuntamientos

– las organizaciones

– las instituciones

– las universidades

– las asociaciones

– los colectivos

– las personas investigadoras

que hayan desarrollado acciones a favor de integrar la perspectiva de género en los entornos habitados, urbanos y rurales, en los espacios de relación entre el espacio privado y el público, en el paisaje y en la movilidad;

– profesionales de los medios de comunicación

– personas divulgadoras

que hayan difundido aquellas actuaciones objeto de los premios.



Tercero. Acciones objeto del galardón

A los ayuntamientos, instituciones, organizaciones, ONG, asociaciones, colectivos, integrantes de la comunidad universitaria y personas investigadoras, divulgadoras y profesionales de los medios de comunicación se premiará:

– las medidas e iniciativas encaminadas a promover la perspectiva de género en la transformación urbana y en la mejora física y social de los edificios y entornos de nuestros barrios, pueblos y ciudades:

– planes de movilidad con perspectiva de género

– normativas y procedimientos administrativos que incluyan perspectiva de género

– concursos de ideas para regeneración urbana y/o paisajística con perspectiva de género

– iniciativas tendentes a la equidad de género en nomenclátores de vías públicas y recuperación de la memoria de las mujeres en el entorno

– guías o recomendaciones para la implantación de la perspectiva de género en el modelo urbano

– actividades reivindicativas y de empoderamiento del espacio público

– proyectos e iniciativas para garantizar el derecho de las mujeres a la seguridad en el espacio público

– procesos participativos en la toma de decisiones en el diseño de las intervenciones

– trabajos académicos de investigación en las materias objeto de la convocatoria

– diseño de viviendas con perspectiva de género, proyectos de arquitectura y urbanos con mirada inclusiva

– proyectos cartográficos que incluyan perspectiva de género

– señalética igualitaria, equipamientos y mobiliario urbano, diseño igualitario de parques infantiles

– diseño igualitario de parques saludables para personas mayores, etc.

Una condición es que las iniciativas no hayan sido objeto de ningún premio o reconocimiento, entendiéndose premios relacionados con la perspectiva de género, con anterioridad a la finalización del plazo de esta convocatoria.



Cuarto. Categorías

Se establecen las siguientes categorías:

1. Premio para ayuntamientos de menos de 5.000 habitantes.

2. Premio para ayuntamientos entre 5.000 y 20.000 habitantes.

3. Premio para ayuntamientos de más de 20.000 habitantes.

4. Premio para instituciones, universidades, organizaciones, asociaciones y colectivos.

5. Premio para trabajos académicos de investigación.

6. Premio para profesionales de los medios de comunicación y/o personas divulgadoras.



Quinto. Solicitudes y plazo de inscripción

Las solicitudes o candidaturas se dirigirán a la secretaría técnica de los premios y se enviarán por correo postal o electrónico a las direcciones:

Unidad de Igualdad de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad

Correo: igualtat_cptopm@gva.es

Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad

Ciuta Administrativa 9 d'octubre, torre 1, calle de la Democracia, número 77, 46018 València.

Las solicitudes se presentarán en formato PDF o papel, en función de la modalidad de envío elegido.

La fecha tope de recepción de las candidaturas será el 8 de febrero de 2022.

El procedimiento y formulario están disponibles en:

https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=18406 (valenciano)

https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=18406 (castellano)



Sexto. Solicitud de participación

Cada acción será descrita en la solicitud de participación, que contendrá los campos de información siguientes, en función de la categoría a la que se opte:

1. Categoría premios para ayuntamientos, en las tres categorías.

a) Datos del municipio

Nombre del municipio

Número de habitantes

Dirección

Persona de contacto / cargo en el ayuntamiento

Teléfono de contacto

Correo electrónico de contacto

b) Acciones presentadas

Para cada acción presentada se aportará la información siguiente:

Descripción: breve descripción de la acción

Equipo técnico participante

Impacto por razón de género: atendiendo a los principios generales de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y, en concreto, el artículo 31, Políticas urbanas, de ordenación territorial y de vivienda.

Aplicación de los principios recopilados en el Set para introducir la perspectiva de género en el proceso urbano, de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, disponible en el siguiente enlace:

http://politicaterritorial.gva.es/documents/168489756/0/set_cas_link.pdf/0cf2c19d-e679-4c10-810a-fea0dd4fb484

Aplicación de la Guía para incorporar la perspectiva de género en actuaciones urbanas:

Beneficio de mejora del espacio: descripción cuantitativa o cualitativa de los efectos positivos de la acción en términos de políticas urbanas, ordenación del territorio, paisaje y movilidad y valoración de la aceptación por parte de la sociedad de la acción presentada.

Difusión mediática: explicación de la promoción en los medios de comunicación de la acción en cuestión (noticias de prensa, redes sociales, cuñas de radio, etc.).

Reportaje fotográfico que ilustre las acciones; fotografías que podrán ser dobles cuando lo que pretendan indicar sea la diferencia de estado entre antes y después.

Certificado de veracidad: declaración firmada por la persona responsable de la secretaría del ayuntamiento en la que se indique que todo lo que recoge la ficha es cierto y que corresponde a la tarea realizada en el periodo elegible de los premios.

2. Categoría premios para instituciones, organizaciones, asociaciones y colectivos

a) Datos de la organización / institución / asociación / colectivo

Nombre de la entidad

Tipo de entidad

Dirección

Persona de contacto / cargo

Teléfono de contacto

Correo electrónico de contacto

b) Acciones presentadas

Para cada acción presentada se aportará la siguiente información:

Descripción: breve descripción de la acción

Impacto por razón de género: atendiendo a los principios generales de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y, en concreto, al artículo 31, Políticas urbanas, de ordenación territorial y de vivienda.

Aplicación de los principios recopilados en el Set para introducir la perspectiva de género en el proceso urbano, de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, disponible en el enlace siguiente:

http://politicaterritorial.gva.es/documents/168489756/0/set_cas_link.pdf/0cf2c19d-e679-4c10-810a-fea0dd4fb484

Aplicación de la Guía para incorporar la perspectiva de género en actuaciones urbanas:

Beneficio de mejora del espacio: descripción cuantitativa o cualitativa de los efectos positivos de la acción en términos de políticas urbanas, ordenación del territorio, paisaje y movilidad y valoración de la aceptación por parte de la sociedad de la acción presentada.

Reportaje fotográfico que ilustre las acciones; fotografías que podrán ser dobles cuando lo que pretendan indicar sea la diferencia de estado entre antes y después.

Declaración de veracidad: declaración firmada por la persona que ostente la representación legal de la organización, institución, asociación o colectivo, en la que se indique que todo lo que recoge la ficha es cierto y que corresponde a la tarea realizada en el periodo elegible de los premios.

3. Categoría premios para profesionales de los medios de comunicación y/o personas divulgadoras

a) Datos de la candidatura

Nombre

Indicar si es profesional, equipo de profesionales o divulgadora

Nombre del medio de comunicación / medio de divulgación

Persona de contacto / cargo

Teléfono de contacto

Correo electrónico de contacto

b) Trabajo presentado

Descripción del trabajo o acción desarrollada

Si se trata de un trabajo publicado, se aportará una copia. Si es muy extenso, se presentará una copia en formato digital.

4. Categoría premios para trabajos académicos de investigación

a) Datos de la candidatura

Nombre de la persona investigadora

Título del trabajo

Institución académica donde se ha desarrollado el trabajo

Datos de contacto:

Teléfono de contacto

Correo electrónico de contacto

b) Trabajo presentado

Descripción del trabajo

Copia del trabajo. Si es muy extenso, se presentará una copia en formato digital.



Séptimo. Presentación de candidaturas al jurado

Durante el mes de febrero y antes de la celebración del 8 de marzo, la secretaría técnica de los premios evaluará las candidaturas presentadas.

Una vez evaluadas todas las candidaturas, la secretaría técnica presentará un dosier a cada uno de los miembros del jurado, que contendrá:

1. La evaluación preliminar de todas las candidaturas presentadas.

2. Copia de la documentación de todas las solicitudes recibidas.

Este dosier será la documentación de trabajo a partir de la cual el jurado procederá a la elección de las candidaturas ganadoras en cada una de las categorías y subcategorías.



Octavo. El jurado

Está presidido por el vicepresidente segundo y conseller de Vivienda y Arquitectura Bioclimática y el conseller de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad. La secretaría técnica de los premios asume la secretaría del jurado.

Así mismo, integran el jurado:

La persona titular de la Dirección General de Vivienda y Regeneración Urbana o la persona en quien delegue;

La persona titular de la Dirección General de Innovación Ecológica en la Construcción o la persona en quien delegue;

La persona titular de la Dirección General de Política Territorial y Paisaje o la persona en quien delegue;

La persona titular de la Dirección General de Urbanismo o la persona en quien delegue;

La persona titular de la Dirección General de Obras Públicas, Transporte y Movilidad Sostenible o la persona en quien delegue;

La directora general de la Institut Valencià de les Dones,

Representante de la unidad de Igualdad de las consellerias,

Representante de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias,

Representante de asociaciones de mujeres de ámbito autonómico,

Y una persona experta, pionera en la aplicación de la perspectiva de género a cuestiones espaciales, designada por la presidencia del jurado.

El jurado se reunirá con anterioridad a la semana del Día Internacional de las Mujeres para elegir a las candidaturas ganadoras de cada una de las categorías. En caso de empate en las votaciones, la presidencia tendrá voto de calidad.

En la composición del jurado se respetará el principio de paridad de mujeres y hombres, en los términos establecidos en la Ley orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.



Noveno. Convocatoria de los finalistas

Las candidaturas seleccionadas como ganadoras por el jurado recibirán, antes de la celebración de la semana del Día Internacional de las Mujeres, la comunicación y la invitación para asistir a la ceremonia de entrega de los Premios Urbanismo, Movilidad, Paisaje, Vivienda y Arquitectura con Perspectiva de Género.

El resto de candidaturas presentadas recibirán un comunicado de agradecimiento y también la invitación para asistir a la ceremonia de entrega de los premios.



Diez. Comunicación de ganadores y premios

La entrega de los premios de la sexta edición de los Premios Urbanismo, Movilidad, Paisaje, Vivienda y Arquitectura con Perspectiva de Género se realizará en un acto que tendrá lugar durante la semana de celebración del Día Internacional de las Mujeres.

Se concederán los siguientes premios:

1. Premio que reconocerá al municipio de menos de 5.000 habitantes que haya destacado en los aspectos de esta convocatoria, con mención al equipo técnico del proyecto.

2. Premio que reconocerá al municipio entre 5.000 y 20.000 habitantes que haya destacado en los aspectos de esta convocatoria, con mención al equipo técnico del proyecto.

3. Premio que reconocerá al municipio de más de 20.000 habitantes que haya destacado en los aspectos de esta convocatoria, con mención al equipo técnico del proyecto.

4. Premio que reconocerá a la institución, universidad, organización, asociación o colectivo que hayan destacado en los aspectos de esta convocatoria.

5. Premio que reconocerá al profesional o a la profesional de los medios de comunicación y/o a la persona divulgadora por el trabajo que haya destacado en los aspectos de esta convocatoria.

6. Premio que reconocerá al trabajo académico de investigación que haya destacado en los aspectos de esta convocatoria.

Las candidaturas premiadas en cada categoría recibirán un diploma oficial acreditativo del premio, así como el derecho a utilizar indefinidamente el logotipo de los premios que muestre la categoría y el premio que han recibido, así como el año en que lo han realizado.

La Conselleria se reserva el derecho de otorgar premios compartidos dentro de cada categoría, así como de otorgar menciones especiales dentro de cada categoría, o dejar vacante una de estas en el supuesto de que el jurado estime que ninguna de las candidaturas es merecedora del premio en cuestión.



Once. Derechos y obligaciones

1. Los participantes se obligan a ceder a la Generalitat los derechos de explotación correspondientes a la eventual edición de los materiales entregados en las solicitudes, que, en caso de que resulten premiados, se publicarán en el Portal de Perspectiva de Género. De igual modo, la Generalitat podrá utilizar, por si misma o a través de terceras personas, físicas o jurídicas, de la forma que estime más conveniente para sus intereses, cualquiera de las imágenes o elementos que forman esta edición.

2. Así mismo, los participantes se obligan a asumir las responsabilidades que pudieran resultar de la utilización de los textos, imágenes y otros elementos creativos aportados por estos en la realización del trabajo y cuya propiedad sea de terceras personas o entidades ajenas a la presente convocatoria.



Doce. Aceptación de bases

La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de la presente convocatoria.



València, 17 de enero de 2022.– El vicepresidente segundo y conseller de Vivienda y Arquitectura Bioclimática: Héctor Illueca Ballester. El conseller de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad: Arcadi España García.

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