Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2022, de la directora general de Recursos Humanos por la que se convoca el proceso excepcional de estabilización por el sistema de concurso de méritos para cubrir las plazas estatutarias previstas en los Anexos I y II del Decreto 71/2022, de 27 de mayo, del Consell, por el que se adaptan las ofertas de empleo público aprobadas y pendientes de convocatoria, se ejecuta la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público y se aprueba la Oferta de Empleo Público del año 2022 en el ámbito de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública. [2022/12466]

(DOGV núm. 9496 de 23.12.2022) Ref. Base Datos 011793/2022






La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público estableció que, para conseguir los objetivos marcados, las administraciones pueden convocar de forma extraordinaria y por una sola vez, procesos selectivos por el sistema de concurso previsto en el artículo 61.6 y 7 del Texto Refundido del Estatuto básico del empleado público

Mediante el Decreto 71/2022, de 27 de mayo, del Consell, se adaptaron las ofertas de empleo público aprobadas y pendientes de convocatoria en ejecución de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, aprobando, en su Capítulo I, una oferta de 8.950 plazas estatutarias por el sistema de concurso de méritos, en desarrollo de las Disposiciones Adicionales sexta y octava de la citada Ley 20/2021.

De conformidad con la Ley 20/2021, las convocatorias de estos procesos selectivos deben publicarse antes del 31 de diciembre de 2022 y la fecha tope de finalización de todos los procesos debe tener lugar antes del 31 de diciembre de 2024.

En fecha 21 de diciembre de 2022 se publicó en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana la Resolución de 16 de diciembre de 2022, del conseller de Sanidad Universal y Salud Pública, de adopción de las medidas necesarias para la ejecución y desarrollo del capítulo I del Decreto 71/2022, de 27 de mayo, del Consell, por el que se adaptan las ofertas de empleo público aprobadas y pendientes de convocatoria, se ejecuta la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y se aprueba la oferta de empleo público del año 2022 en el ámbito de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud pública, la cual establece las medidas y criterios que han de regir estas convocatorias.

En virtud de las competencias atribuidas por el artículo 17 del Decreto 185/2020, de 16 de noviembre, del Consell, de aprobación del el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, resuelvo:

Convocar proceso selectivo para cubrir por el sistema de concurso de méritos 8.950 plazas estatutarias dependientes de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública recogidas en el anexo de esta convocatoria.

El desarrollo y ejecución de este proceso se realizará de acuerdo con las siguientes bases:



1. Normas generales

1.1. Se convocan para su provisión con carácter definitivo mediante el sistema excepcional de concurso de méritos, 8.950 plazas vacantes dependientes de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública en número y categoría que se especifica en el anexo de esta convocatoria.

En estas plazas se encuentran incluidas las relacionadas en el anexo I y en el anexo II del Decreto 71/2022, de 27 de mayo, del Consell, citado.

1.2. El presente proceso selectivo se regirá por las medidas aprobadas mediante Resolución de 16 de diciembre de 2022, del conseller de Sanidad Universal y Salud Pública, de adopción de las medidas necesarias para la ejecución y desarrollo del capítulo I del Decreto 71/2022, de 27 de mayo, del Consell, por el que se adaptan las ofertas de empleo público aprobadas y pendientes de convocatoria, se ejecuta la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y se aprueba la oferta de empleo público del año 2022 en el ámbito de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud pública.

1.3. El baremo de méritos aplicable al presente proceso es el que figura como Anexo en la indicada Resolución de 16 de diciembre de 2022.

1.4. Las personas participantes en esta convocatoria estarán obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos para todos los trámites derivados de este proceso selectivo. A tal fin, en la solicitud de participación deberán incluir necesariamente una dirección de correo electrónico que será la forma a través de la cual se le realizarán las notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva de la persona concursante tanto los errores en la consignación de aquellos, como la comunicación a esta Dirección General de Recursos Humanos de cualquier cambio de la misma.



2. Requisitos de participación.

2.1. Para la admisión a este proceso selectivo será necesario el cumplimiento de los siguientes requisitos:

1. Nacionalidad: tener la nacionalidad española o de cualquier otro estado miembro de la Unión Europea, así como de aquellos estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras en los términos en que esta se halla definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea, u ostentar este derecho conforme a lo previsto en el Real decreto 543/2001, de 18 de mayo. Independientemente de su nacionalidad, podrán participar los y las cónyuges de las personas españolas y de las personas nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, y cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, siempre que no exista separación de derecho, y sus descendientes y los de sus cónyuges, siempre que no exista separación de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

En el caso de aspirantes de nacionalidad y lengua oficial distinta de la española, deberán acreditar conocimiento suficiente del castellano, mediante diploma de español como lengua extranjera nivel B2 expedido por el organismo oficial competente. Estarán exentos de acreditar el conocimiento del idioma español aquellas personas aspirantes cuyo título, en virtud del cual se presentan a estas pruebas selectivas, haya sido cursado en español en alguna universidad o centro educativo español, o de Estados cuya lengua oficial sea la española, o que acrediten haber concluido en el Estado español el periodo de formación sanitaria especializada en Ciencias de la Salud.

2. Edad: tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.

3. Titulación: poseer dentro del plazo de solicitudes especificado en esta convocatoria el título exigido para cada categoría y/o especialidad, conforme a lo recogido en el anexo de esta convocatoria, o estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes.

Se entenderá que está en condiciones de obtenerlo quien acredite haber finalizado con evaluación positiva la formación exigida para su consecución dentro del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

4. Capacidad: poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas que se deriven del correspondiente nombramiento, capacidad que se acreditará en el plazo requerido en esta convocatoria mediante certificado médico/a, quedando la toma de posesión supeditada a la superación de este requisito.

5. Habilitación: no haber sido separado/a del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de salud o administración pública, ni hallarse inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión. En el caso de personas nacionales de otros estados mencionados en el punto 1, no haber sido inhabilitado/a, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en un estado miembro de la Unión Europea, ni haber sido separado/a, por sanción disciplinaria, de alguna de sus administraciones o servicios públicos.

Asimismo, y conforme al apartado 5 del artículo 13 de la Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, siempre que la actividad implique contacto habitual con menores, no haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, por razón de sexo, orientación sexual e identidad de género, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. En el momento de la toma de posesión, se deberá acreditar esta circunstancia en el departamento de salud correspondiente mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.

6. Abono de tasa: haber abonado la tasa de participación, en el caso de no estar exento/a de la misma, según se especifica en la base 3 de esta convocatoria.

7. No ostentar la condición de personal estatutario fijo en la misma categoría y, en su caso, especialidad convocada, en todo el Sistema Nacional de Salud. Este requisito deberá cumplirse durante todo el proceso, hasta el último día del plazo posesorio de la plaza adjudicada.

Aquellas personas adjudicatarias de plazas que, en el momento de la formalización del nombramiento, tuvieran formalizado otro en la misma categoría profesional, en otro servicio de salud distinto a aquel en el que se les adjudica la plaza, no podrán formalizar el nuevo nombramiento, al incumplir lo previsto en la convocatoria.

Quien viniere desempeñando ya otro puesto o actividad en el sector público y acceda en virtud de alguno de los procesos selectivos derivados de la Ley 20/2021, a un nuevo puesto o plaza del sector público que resulte incompatible en virtud de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, habrá de optar por uno de ellos, dentro del plazo de toma de posesión y siempre antes de dicha toma de posesión. A falta de opción en el plazo señalado, se entenderá que optan por la nueva plaza, pasando a la situación de excedencia voluntaria en la de origen.

2.2. La administración podrá requerir en cualquier momento a las personas aspirantes la acreditación del cumplimiento de los requisitos exigidos para su participación, así como de cualquier otro documento relativo a este proceso selectivo. En caso de no acreditar o aportar dichos documentos en el plazo de diez días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento, la persona aspirante será excluida del mismo.



3. Inscripciones y plazo de presentación de solicitudes.

3.1. Los aspirantes tendrán que presentar una solicitud para cada categoría profesional en la que quieran participar, de las convocadas e incluidas en el anexo de esta convocatoria, formalizando el correspondiente trámite telemático en la sede electrónica de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.

3.2. La inscripción exigirá la petición de cita previa, para asignación de fecha y franja horaria para presentar la o las solicitudes, que tendrá una duración de 48 horas.

El plazo para la petición de cita previa se iniciará a las 09.00 horas del día 9 de enero de 2023 y finalizará a las 23:59 del día 27 de enero de 2023.

Para la realización de este trámite no se requiere firma electrónica. Sólo se debe introducir la identificación de la persona que desea inscribirse en el proceso selectivo, un correo electrónico y un teléfono de contacto, siguiendo en todo momento las instrucciones existentes en la página web de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública. El sistema informará, una vez presentada la solicitud, la franja de tiempo y día asignado para poder presentarla/s.

3.3. El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará a las 09.00 horas del día 10 de enero de 2023 y finalizará a las 23.59 horas del día 27 de enero de 2023, o, en caso de asignar cita con posterioridad, hasta fin de plazo de la última cita asignada. Por lo tanto, en el caso de que una persona aspirante haya solicitado cita previa en el plazo indicado en el punto 3.2, y se le haya asignado cita con posterioridad al fin del plazo de presentación de solicitudes, únicamente para esa persona, el fin del plazo será el de la última cita asignada.

3.4. Una vez obtenida la cita previa, en la franja de tiempo y días asignada se deberá presentar electrónicamente la solicitud mediante la realización sucesiva de los siguientes pasos:

a) Acceso mediante certificado electrónico a la plataforma habilitada dentro del apartado de Recursos Humanos de la página web de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública (www.san.gva.es).

b) Cumplimentación en línea (telemática) de la solicitud de inscripción.

c) Abono de la tasa que corresponda, en su caso, según lo especificado en el anexo de esta convocatoria, a través de la plataforma de participación, teniendo en cuenta las exenciones y bonificaciones que figuran en la base Cuarta.

d) Firma y registro electrónico de la solicitud, siguiendo los pasos indicados en la plataforma de inscripción.

3.5. Los trámites de inscripción deben iniciarse siempre durante el periodo asignado a la persona aspirante, de cita previa.

3.6. Si la solicitud no se presenta en el periodo asignado en la cita previa, se deberá solicitar una nueva cita, dentro del plazo establecido en el apartado 3.2.

3.7. No serán admitidas, y consiguientemente, quedarán excluidas del proceso selectivo, aquellas personas que, habiendo abonado la tasa, no hayan registrado la solicitud electrónicamente, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado siguiente.

Cuando, por motivos técnicos no imputables a la persona interesada en participar en el proceso selectivo, habiendo abonado la tasa correspondiente de forma telemática, no fuera posible completar el proceso de firma y registro de la solicitud de forma electrónica, y, consiguientemente, no figuren en la relación provisional de personas admitidas y excluidas del proceso, podrán subsanar su solicitud, recuperándola de su carpeta ciudadana y completando los trámites de firma y registro, en el plazo de alegaciones a la resolución provisional de admitidos y excluidos.

3.8. La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de la presentación de la solicitud en tiempo y forma en el registro electrónico correspondiente, determinará la exclusión de la persona aspirante.



4. Tasa para la admisión

4.1. Los importes de las tasas de participación serán los indicados en el anexo de esta convocatoria.

4.2. Exenciones y bonificaciones

a) Exenciones: estará exento del pago de la tasa, conforme establece la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas:



– El personal que acredite su condición de persona con diversidad funcional con un grado igual o superior al 33 %.

– El personal que acredite ostentar el título de miembro de familia numerosa de categoría especial, o de familia monoparental de categoría especial comprendida en el Decreto 19/2018, de 9 de marzo, del Consell, por el que se regula el reconocimiento de la condición de familia monoparental en la Comunitat Valenciana.

– Las víctimas de actos de violencia, cuya condición sea acreditada por los medios previstos en el artículo 23 del Real Decreto ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género, esto es, mediante una sentencia condenatoria por un delito de violencia de género, una orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima, o bien por el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género. También podrán acreditarse las situaciones de violencia de género mediante informe de los servicios sociales, de los servicios especializados, o de los servicios de acogida destinados a víctimas de violencia de género de la Administración Pública competente; o por cualquier otro título, siempre que ello esté previsto en las disposiciones normativas de carácter sectorial que regulen el acceso a cada uno de los derechos y recursos. En la Comunitat Valenciana, son los Centros Mujer 24 horas quienes están autorizados para la acreditación de estas situaciones.

b) Bonificaciones: Gozará de una bonificación del 50 % de la tasa el personal que acredite ostentar el título de miembro de familia numerosa de categoría general, o de familia monoparental de categoría general comprendida en el Decreto 19/2018, de 9 de marzo, del Consell, por el que se regula el reconocimiento de la condición de familia monoparental en la Comunitat Valenciana.

4.3. El impago de la tasa dentro del plazo de solicitudes, salvo los casos de exención referidos, supondrá la no inclusión en el proceso selectivo, siendo únicamente subsanable, en el plazo de alegaciones a la lista provisional de admitidos y excluidos del proceso, un eventual error en el importe ingresado. La falta de justificación del abono de la tasa determinará la exclusión de la persona aspirante.

4.4. El pago de la tasa en ningún caso exime del trámite de firma y registro electrónico de la solicitud, la cual no será subsanable, salvo el supuesto previsto en la base 3.6.

4.5. Procederá la devolución de las tasas por derechos de examen únicamente en los supuestos y procedimientos contemplados en el artículo 1.2-6 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas.



5. Presentación de méritos

5.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se abrirá un nuevo plazo de aportación de documentación justificativa de méritos, a cuyo efecto también será necesaria la solicitud de cita previa, en los términos establecidos en la base 3.2 de esta convocatoria, y siguiendo las instrucciones que a tal efectos se encuentran en la página web de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública (www.san.gva.es).

El plazo para la petición de cita previa para este trámite se iniciará a las 09.00 horas del día 10 de febrero de 2023 y finalizará a las 23:59 del día 3 de marzo de 2023.

5.2. Una vez obtenida la cita previa, el plazo para presentar la documentación justificativa de los méritos no valorables de oficio por la Administración se iniciará a las 09.00 horas del día 13 de febrero de 2023 y finalizará a las 23:59 del día 3 de marzo de 2023 o, en caso de asignar cita con posterioridad, hasta fin de plazo de la última cita asignada. Por lo tanto, en el caso de que una persona aspirante haya solicitado cita previa en el plazo indicado en el punto anterior, y se le haya asignado cita con posterioridad al fin del plazo de presentación de documentación, únicamente para esa persona, el fin del plazo será el de la última cita asignada.

5.3. La presentación de la documentación justificativa de méritos no valorables de oficio por la Administración, se realizará únicamente a través de la plataforma habilitada dentro del apartado de Recursos Humanos de la página web de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública (www.san.gva.es), mediante certificado electrónico.

5.4. Sólo podrá presentar documentación quienes hayan realizado previamente la inscripción en el proceso selectivo, en tiempo y forma, de conformidad con la base 3 de esta convocatoria.

5.5. En el desarrollo de esta fase se deberá:

a) Cumplimentar telemáticamente el autobaremo de conformidad con el baremo incluido en el anexo de la Resolución de 16 de diciembre de 2022, del conseller de Sanidad Universal y Salud Pública, de adopción de las medidas necesarias para la ejecución y desarrollo del capítulo I del Decreto 71/2022, de 27 de mayo, del Consell, por el que se adaptan las ofertas de empleo público aprobadas y pendientes de convocatoria, se ejecuta la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y se aprueba la oferta de empleo público del año 2022 en el ámbito de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud pública, en el que deberán ser alegados y valorados todos y cada uno de los méritos que la persona participante quiere hacer valer.

b) Aportar la documentación acreditativa de los méritos no valorables de oficio por parte de la administración, siguiendo para ello las instrucciones existentes en la página web de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.

5.6. El formulario de autobaremación tiene la consideración de declaración responsable. La consignación de datos falsos en la solicitud, en los documentos entregados o en el formulario de autobaremo, conllevará la exclusión del proceso de la persona aspirante, sin perjuicio de las acciones administrativas o penales que pudieran corresponder.

5.7. La documentación original acreditativa de los méritos no valorables de oficio por parte de la Administración, deberá ser presentada para su autenticación, en el momento de presentación de la documentación recogido en la base 11 de esta convocatoria.



6. Acreditación de los méritos:

6.1. No se deberá aportar la documentación justificativa de los siguientes méritos, dado que la Administración los valorará de oficio:

a) Servicios prestados como personal estatutario, en el ámbito de los centros sanitarios públicos de gestión directa, dependientes del Sistema Valenciano de Salud.

b) Superación de la fase de oposición de un proceso selectivo de la misma categoría o especialidad, ofertado por la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública en los últimos 10 años inmediatos anteriores a la convocatoria.

c) Certificados oficiales administrativos de conocimientos de valenciano expedidos u homologados y registrados por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià (JQCV).

d) Actividades formativas incluidas en el marco de los planes de formación continua y continuada de la Escuela Valenciana de Salud convocados desde el año 2010.

e) Titulaciones académicas oficiales, incluidos los grados universitarios.

6.2. Los méritos cuya documentación justificativa sí deben ser aportados por las personas solicitantes son los siguientes:

a) Resto de servicios prestados valorables de conformidad con el baremo de aplicación a este proceso selectivo.

b) Resto de actividades formativas valorables, de conformidad con el baremo de aplicación a este proceso selectivo. Para la valoración de estas actividades formativas se podrá presentar un máximo de 15 documentos justificativos.

c) Masters universitarios oficiales.

d) Especialidad distinta a la requerida en la convocatoria, del mismo o superior nivel.

e) Doctorado.

f) Certificados oficiales de conocimientos de valenciano no expedidos ni homologados y registrados por la JQCV.

6.3. Para la acreditación de los méritos valorables cuya documentación justificativa sí debe ser aportada por las personas solicitantes, serán de aplicación las normas establecidas en el Capítulo I y en el Capítulo III de la Orden 2/2020, de 2 de junio, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se aprueban los baremos de méritos de aplicación a la fase de concurso de los procesos selectivos, a la provisión a través de los concursos de traslados y a los procesos de movilidad interna, de plazas de personal estatutario al servicio del Sistema Valenciano de Salud.



7. Admisión de las personas aspirantes

7.1. Terminados los plazos de presentación de solicitudes y aportación de méritos, la Dirección General de Recursos Humanos dictará una resolución que contendrá la relación provisional de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo, por categoría profesional convocada. La inclusión en la lista de admitidos no implica el reconocimiento de que se cumplan los requisitos de participación.

7.2. En caso de disconformidad con la lista provisional de admitidos y excluidos, las personas participantes podrán alegar en sede electrónica, lo que consideren oportuno en el plazo de diez días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de la resolución, siguiendo las instrucciones que para tal fin se indique en dicha resolución y las que se encuentren en la página web de la Conselleria con competencia en materia de Sanidad.

Las alegaciones se entienden contestadas con la resolución definitiva de admitidos y excluidos.

7.3. Vistas las alegaciones se dictará resolución que eleve a definitiva la relación de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo.

7.4. Las resoluciones referenciadas en esta base serán publicadas en la página web de la Conselleria con competencia en materia de Sanidad.



8. Órganos de selección

8.1. De conformidad con la Disposición Transitoria segunda del Real Decreto ley 12/2022, de 5 de julio, por el que se modifica la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, se constituirá un único tribunal de selección por subgrupo de clasificación, el cual podrá ser asesorado, si así lo precisan, por especialistas de las categorías agrupadas.

8.2. El tribunal de selección tendrá la consideración de órgano colegiado de la administración a todos los efectos, por lo que actuará sometidos a las normas básicas de procedimiento administrativo común que regulan los órganos colegiados, así como las causas generales de abstención y recusación.

8.3. El Tribunal de selección estará integrado por cinco personas que ostentarán la titularidad de la presidencia, la secretaría y tres vocalías, debiéndose designar el mismo número de personas suplentes. Todas ellas deberán tener la condición de personal empleado público fijo.

8.4. El personal de elección o de designación política, el personal temporal y el personal eventual no podrá formar parte de estos órganos colegiados. En todo caso, la pertenencia a estos órganos colegiados será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.

8.5. Los tribunales contarán en la valoración de los méritos con el apoyo técnico de profesionales de la conselleria con competencias en materia de Sanidad.

8.6. Se podrán constituir tribunales auxiliares en caso de un elevado número de aspirantes. Estos seguirán las instrucciones y criterios que fije el tribunal principal y actuarán bajo su coordinación. Quienes formen parte del tribunal auxiliar deberán reunir los mismos requisitos que los del tribunal principal.

8.5. La relación nominal de personas que integren los distintos tribunales de selección será publicada en la página web de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, una vez hecha pública la lista de personas admitidas en el proceso selectivo de la agrupación de categorías correspondiente.

8.6. A efectos de comunicaciones o de cualquier otra incidencia, los tribunales tendrán su sede en la Dirección General de Recursos Humanos de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública (C/ Micer Mascó, 31 46010 Valencia.



9. Criterios generales del proceso selectivo de concurso de méritos:

9.1. El proceso selectivo para la cobertura de las plazas convocadas será el excepcional de concurso de méritos, consistente en una única fase de valoración de méritos.

9.2. Se valorarán los méritos obtenidos en la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, siendo computados hasta dicho momento.

9.3. Solo se valorarán los méritos alegados en el autobaremo y, respecto de los incluidos en la base 6.2, además, acreditados en tiempo y forma por las personas aspirantes.

Las personas aspirantes que no acrediten ningún mérito serán excluidas del proceso selectivo.

9.4. En caso de que en alguna o algunas categorías el número de personas aspirantes supere ampliamente el número de plazas convocadas, el tribunal de selección podrá acordar la revisión y valoración de méritos de aquellas personas que, atendiendo a la puntuación final de su autobaremo, tengan posibilidades de obtener plaza.

9.5. Todos los listados y actos de trámite relativos a este proceso selectivo se publicarán en el portal electrónico de la conselleria con competencias en materia de Sanidad. Únicamente se publicarán en el DOGV la presente convocatoria y la resolución de nombramiento del personal aspirante que haya superado el proceso selectivo.

9.6. La valoración de los méritos se realizará de conformidad con lo previsto en el punto octavo y en el anexo de la Resolución de 16 de diciembre de 2022, del conseller de Sanidad Universal y Salud Pública, de adopción de las medidas necesarias para la ejecución y desarrollo del capítulo I del Decreto 71/2022, de 27 de mayo, del Consell, por el que se adaptan las ofertas de empleo público aprobadas y pendientes de convocatoria, se ejecuta la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y se aprueba la oferta de empleo público del año 2022 en el ámbito de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud pública.

9.7. La puntuación máxima del proceso selectivo será de 100 puntos distribuidos en 70 puntos en el apartado de méritos profesionales y 30 puntos de otros méritos, de acuerdo con el baremo establecido en de aplicación.

9.8. La puntuación final del proceso selectivo se obtendrá del total de puntos obtenido en el baremo. A tal fin se configurarán tantas listas como categorías profesionales hayan sido convocadas, ordenadas por puntuación de mayor a menor.

9.9. La superación del proceso selectivo se declarará en número idéntico al de plazas convocadas, por categoría profesional. Se entenderán aprobadas, a efectos de ser nombradas personal estatutario de carrera, las personas aspirantes que, de conformidad con cada una de dichas listas, hayan obtenido mayor puntuación en número igual al de plazas convocadas por categoría profesional.



10. Sistema de calificación

10.1 Finalizada la valoración de los méritos y sumado el total de puntos obtenidos por los aspirantes para cada una de las categorías convocadas, se ordenarán por la puntuación global obtenida, de mayor a menor.

10.2 En caso de empates entre aspirantes, se estará a lo dispuesto en el resuelvo noveno de la Resolución de 16 de diciembre de 2022, del conseller de Sanidad Universal y Salud Pública, de adopción de las medidas necesarias para la ejecución y desarrollo del capítulo I del Decreto 71/2022, de 27 de mayo, del Consell, por el que se adaptan las ofertas de empleo público aprobadas y pendientes de convocatoria, se ejecuta la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y se aprueba la oferta de empleo público del año 2022 en el ámbito de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud pública.



11. Listas del proceso selectivo

11.1 Realizada la valoración de los méritos, los tribunales de selección publicarán en la página web de la conselleria con competencias en materia de Sanidad, la lista provisional de valoración de méritos, para cada categoría profesional convocada, con la puntuación obtenida, desglosada en los distintos apartados del baremo, concediendo un plazo de diez días hábiles para formular alegaciones en relación con la baremación.

11.2 Resueltas las reclamaciones, el Tribunal publicará en la página web, las listas definitivas de la puntuación obtenida, desglosada en los distintos apartados del baremo. Esta publicación servirá de notificación a las personas interesadas.

11.3 La directora general de Recursos Humanos dictará tantas resoluciones por la que se aprueban las relaciones definitivas de personas que han superado el proceso selectivo como categorías profesionales hayan sido convocadas, en número igual al de plazas ofertadas, concediendo un plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en la página web de la conselleria con competencias en materia de Sanidad, para que aporten los siguientes documentos originales para su autentificación:

A. Los acreditativos del cumplimiento de los requisitos de participación recogidos en la base 2 de esta convocatoria:

a) Documento nacional de identidad o pasaporte.

b) Documentación de la titulación requerida. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, fotocopia autenticada en el anverso y en el reverso de la credencial que acredite la homologación que corresponda.

c) Declaración jurada de no haber sido separada o separado, o haberse revocado su nombramiento como personal interino o temporal, con carácter firme mediante procedimiento disciplinario de ninguna administración pública u órgano constitucional o estatutario, ni hallarse inhabilitada o inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de cualesquiera funciones públicas o de aquellas propias que son objeto de la convocatoria. Tratándose de personas nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitadas o en situación equivalente ni haber sido sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida en los mismos términos en su Estado el acceso al empleo público.

Asimismo, y conforme al apartado ocho del artículo primero de la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, esta declaración deberá incluir la declaración de no haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. En el momento de la toma de posesión, el interesado/a deberá acreditar esta circunstancia en el Departamento de Salud correspondiente mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.

d) Certificado médico/a acreditativo de la capacidad funcional para el desempeño del puesto de trabajo. La toma de posesión quedará supeditada a la superación de este requisito.

e) Documentación acreditativa de la exención o bonificación de la tasa de participación.

B. Documentación original acreditativa de los méritos no valorables de oficio por parte de la Administración.

11.4 Las personas seleccionadas que, dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditada, no presentasen la documentación requerida en el apartado anterior, o que de la misma se deduzca que carecen de alguno de los requisitos exigidos, o se haya incurrido en falsedad o inexactitud en la documentación justificativa de los méritos no valorables de oficio por la Administración, quedarán excluidas del proceso, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran derivarse por haber incurrido en falsedad en sus solicitudes de participación.

11.5 Ante posibles renuncias a los derechos derivados de este proceso selectivo, de no reunir los requisitos establecidos en la convocatoria, no presentar la documentación justificativa en tiempo y forma o no producirse la toma de posesión en la plaza/puesto adjudicado salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditada, en la citada resolución, la directora general de Recursos Humanos requerirá la presentación de documentación acreditativa y elección de plazas, a un mayor número de aspirantes que plazas ofertadas, que serán considerados candidatos en reserva. Agotados los candidatos en reserva, si existieran plazas sin cubrir, el órgano convocante requerirá la presentación de documentación acreditativa y elección de plazas a nuevos aspirantes, en número suficiente para cubrir la totalidad de las ofertadas.



12. Desistimientos y renuncias

12.1 Las personas aspirantes podrán, en cualquier momento del proceso y siempre antes de la publicación de la resolución definitiva de adjudicación de plazas, desistir de su participación, a través de escrito, dirigido a la Dirección General de Recursos Humanos, presentado en un registro oficial, en el que deberá constar el total de los datos personales del aspirante, la categoría profesional cuyo desistimiento presentan, copia de la solicitud de inscripción y fotocopia autenticada del DNI. Los escritos que no cumplan estos requerimientos no serán tenidos en cuenta, entendiéndose no formulado el desistimiento.

12.2 Las renuncias a las plazas adjudicadas se podrán realizar en el plazo de cinco días hábiles desde la publicación de la resolución de publicación del listado definitivo de adjudicación de plazas, a través de escrito, dirigido a la Dirección General de Recursos Humanos, presentado en un registro oficial, en el que deberá constar el total de los datos personales del aspirante, la categoría profesional cuya renuncia presentan, copia de la solicitud de inscripción y fotocopia autenticada del DNI. Los escritos que no cumplan estos requerimientos no serán tenidos en cuenta, entendiéndose no formulada la renuncia.



13. Adjudicación de plazas

13.1 Tras la finalización del plazo de presentación de documentación previsto en la base 11, mediante resolución de la Dirección General de Recursos Humanos se ofertarán las plazas vacantes a las que optarán los aspirantes que hayan superado los procesos selectivos correspondientes a las OPE's de los años 2017, 2018, estabilización de 2019, los que hayan superado los derivados de la presente convocatoria.

13.2 En la adjudicación de las plazas, se seguirá lo establecido en el Resuelvo décimo de la Resolución de 16 de diciembre de 2022, del conseller de Sanidad Universal y Salud Pública, de adopción de las medidas necesarias para la ejecución y desarrollo del capítulo I del Decreto 71/2022, de 27 de mayo, del Consell, por el que se adaptan las ofertas de empleo público aprobadas y pendientes de convocatoria, se ejecuta la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y se aprueba la oferta de empleo público del año 2022 en el ámbito de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud pública.

13.3 Los aspirantes de reserva que se hayan indicado en la resolución prevista en la base 11 de esta convocatoria, también formularán elección de plazas, que no tendrá carácter efectivo hasta que no se den los supuestos previstos en la indicada base 11.



14. Nombramiento como personal estatutario de carrera

14.1 Transcurridos los plazos de presentación de documentación y elección de plazas, se dictará resolución, que se publicará en el DOGV, de nombramiento como personal estatutario de carrera en la categoría profesional convocada y de adjudicación de la plaza, de acuerdo con la puntuación obtenida y la elección de las personas aspirantes. En dicha resolución se establecerá el plazo de toma de posesión.

14.2 Esta resolución podrá ser complementada en caso de renuncias, incorporando al personal aspirante de la relación de reserva al que se le haya propuesto nombramiento y haya cumplido todos los trámites exigidos.



15. Comisiones de Servicio

No serán tramitadas, con carácter general, comisiones de servicios entre los distintos servicios de salud en favor de las personas aspirantes que hayan obtenido plaza en el proceso previsto en la base 13 de esta convocatoria, hasta trascurridos al menos dos años desde la fecha de toma de posesión, salvo situaciones extraordinarias o circunstancias de la persona que así lo requiera por causas relacionadas con su seguridad o integridad personal, debidamente acreditadas.



16. Recursos

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos sean dictados en su ejecución por la directora general de Recursos Humanos ponen fin a la vía administrativa y podrán ser impugnados por las personas interesadas mediante la interposición del recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de Valencia, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la publicación del acto recurrido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, así como en los artículos 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y potestativamente podrán interponer el recurso de reposición, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la referida Ley 39/2015.

Todo ello sin perjuicio de que las personas interesadas pueden hacer uso, en su caso, de cualquier otro que se estime procedente.

Contra las resoluciones dictadas por la comisión de valoración podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección General de Recursos Humanos en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.



València, 21 de diciembre de 2022.– La directora general de Recursos Humanos: Carmen López Delgado.



ANEXO



Categorías personal estatutario Núm. plazas convocadas Titulación requerida Tasa

ADMINISTRATIVO/A 138 Título de bachiller, técnico de formación profesional o su equivalente para el desempeño de la categoría, acceso a la Universidad para mayores de 25 años si se acredita estar en posesión del título de Graduado en ESO o equivalente a efectos profesionales o haber superado al menos 15 créditos ECTS de los estudios universitarios. 25 €

ANALISTA PROGRAMADOR/A Y DE SISTEMAS 12 Diplomatura Universitaria en Informática, Ingeniería Técnica en Informática o grado universitario en Ingeniería Informática. Al pertenecer al mismo ciclo formativo, será admitida asimismo la titulación de Licenciatura en Informática e Ingeniería en Informática. 35 €

AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A 405 Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, graduado escolar, formación profesional de primer grado o su equivalente para el desempeño de la categoría. 15 €

AUXILIAR FARMACIA 22 Título de técnico o técnica en Farmacia y Parafarmacia, establecido en el RD 1689/2007, de 14 de diciembre. 15 €

CELADOR/A 740 Certificado de escolaridad, Graduado en ESO o equivalente o programa de cualificación profesional inicial. 10 €

DIETISTA-NUTRICIONISTA 2 Título de Grado Universitario en Dietética-Nutrición o grado o diplomatura universitaria equivalente. 35 €

ENFERMERO/A EMPRESA/ TRABAJO 10 Graduado/a o Diplomado/a Universitario en Enfermería o grado universitario que, de acuerdo con los planes de estudio vigentes, habilite para ejercer las actividades de carácter profesional relacionadas con las funciones asignadas a la categoría y título de especialista en Enfermería del Trabajo, expedido por el Ministerio de Educación y Ciencia y regulado por la normativa vigente. 35 €

ENFERMERO/A ESPECIALISTA FAMILIAR Y COMUNITARIA 12 Graduado/a o Diplomado/a Universitario en Enfermería y título de especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria, expedido por el Ministerio de Educación y Ciencia y regulado por la normativa vigente. 35 €

ENFERMERO/A ESPECIALISTA OBSTETRICO-GINECOLOGICA 131 Graduado/a o Diplomado/a en Enfermería y Título de especialista en Enfermería Obstétrico-Ginecológica 35 €

ENFERMERO/A ESPECIALISTA SALUD MENTAL 23 Graduado/a o Diplomado/a Universitario en Enfermería y título de especialista en Enfermería de Salud Mental expedido por el Ministerio de Educación y Ciencia y regulado por la normativa vigente. 35 €

ENFERMERO/A II.SS. 3.103 Graduado/a o Diplomado/a Universitario en Enfermería. 35 €

ENFERMERO/A SA.M.U. 47 Graduado/a o Diplomado/a Universitario en Enfermería y realización de alguno de los siguientes cursos: «curso de actualización en transporte sanitario medicalizado terrestre o aéreo», realizado por el IVESP o Diploma de Transporte Sanitario Medicalizado realizado por el IVESP y/o EVES. 35 €

FISIOTERAPEUTA 83 Graduado/a o Diplomado/a Universitario en Fisioterapia o equivalente o título oficial de Grado que, de acuerdo con los planes de estudio vigentes, habilite para ejercer las actividades de carácter profesional relacionadas con las funciones asignadas a la categoría. 35 €

GESTIÓN FUNCIÓN ADMINISTRATIVA 10 Diplomado/a universitario, título de ingeniero/a técnico/a, arquitecto/a técnico/a o equivalente, o bien título universitario oficial de grado 35 €

GOBERNANTE/A 7 Título de Graduado Escolar, FP I, formación profesional de grado medio (título de técnico/a) o equivalente. 15 €

HIGIENISTA DENTAL 9 Título de formación profesional de segundo grado, Higienista Dental, o el título de técnico superior en Higiene Bucodental o certificado acreditativo de habilitación profesional, expedido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma 25 €

INGENIERO/A DE APLICACIONES Y SISTEMAS 6 Título de licenciatura en Informática, ingeniería en Informática o grado universitario en Ingeniería Informática 45 €

INGENIERO/A SUPERIOR 15 Título de Ingeniero/a Industrial o título de grado más máster universitario de Ingeniería Industrial que habilita para al ejercicio de la profesión regulada de Ingeniero/a Industrial 45 €

INGENIERO/A TÉCNICO/A 20 Ingeniería Técnica Industrial o equivalente, o título oficial de grado que, de acuerdo con los planes de estudio vigentes, habilite para ejercer de las actividades de carácter profesional relacionadas con las funciones asignadas a la categoría 25 €

LOCUTOR/A C.I.C.U. 11 Título de Graduado Escolar, formación profesional de primer grado, formación profesional de grado medio (título de Técnico) o equivalente para el desempeño de la categoría. 15 €

LOGOPEDA 6 Título de diplomado/a universitario en Logopedia o título oficial de grado que, de acuerdo con los planes de estudio vigentes, habilite para ejercer las actividades de carácter profesional relacionadas con las funciones asignadas a la categoría 35 €

MÉDICO/A CONDUCTAS ADICTIVAS 5 Título de licenciado/a, grado o doctor/a en Medicina y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en cualquier especialidad, o bien la certificación prevista en el artículo 3 del Real decreto 853/1993, de 4 de junio, sobre el ejercicio de las funciones de médico/a de medicina general en el Sistema Nacional de Salud. 45 €

MÉDICO/A C.P.F. 27 Título de licenciado/a, grado o doctor/a en Medicina y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en cualquier especialidad, o bien la certificación prevista en el artículo 3 del Real decreto 853/1993, de 4 de junio, sobre el ejercicio de las funciones de médico/a de medicina general en el Sistema Nacional de Salud. 45 €

MÉDICO/A DOCUMENTACION CLINICA Y ADMISION 11 Título de licenciado/a, grado o doctor/a en Medicina. 45 €

MÉDICO/A EQUIPO MÓVIL 9 Título de licenciado/a, grado o doctor/a en Medicina y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en cualquier especialidad, o bien la certificación prevista en el artículo 3 del Real decreto 853/1993, de 4 de junio, sobre el ejercicio de las funciones de médico/a de medicina general en el Sistema Nacional de Salud. 45 €

MÉDICO/A FAMILIA E.A.P. 664 Título de Médico/a Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria o la certificación prevista en el artículo 3 del Real decreto 853/1993, de 4 de junio. Asimismo, podrán concurrir quienes posean alguno de los títulos, certificados o diplomas a los que hace referencia el artículo 30 de la Directiva 93/16/CEE, cuya enumeración figura en el apartado 1 de la Comunicación 96/C363/04, de la Comisión Europea, o sean titulares de las certificaciones previstas en el artículo 36.4 de dicha Directiva. En cualquier caso, dichos títulos, diplomas o certificados deberán ser previamente reconocidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. 45 €

MÉDICO/A SA.M.U. 72 Título de licenciado/a, grado o doctor/a en Medicina y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en cualquier especialidad, o bien la certificación prevista en el artículo 3 del Real decreto 853/1993, de 4 de junio, sobre el ejercicio de las funciones de médico/a de medicina general en el Sistema Nacional de Salud

También deberán poseer certificado acreditativo de haber realizado alguno de los siguientes cursos:

– «Curso de actualización en transporte sanitario medicalizado terrestre y aéreo», realizado por el Instituto Valenciano de Estudios para la Salud Pública (IVESP).

– «Diploma de Transporte sanitario medicalizado», realizado por el IVESP y/o la Escuela Valenciana de Estudios para la Salud (EVES). 45 €

MÉDICO/A TRABAJO 10 Título de licenciado en Medicina y Cirugía y, además, especialista en Medicina del Trabajo o diplomado en Medicina de Empresa 45 €

MÉDICO/A UNIDAD HOSPITALIZACIÓN DOMICILIO 9 Título de licenciado/a, grado o doctor/a en Medicina y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en cualquier especialidad, o bien la certificación prevista en el artículo 3 del Real decreto 853/1993, de 4 de junio, sobre el ejercicio de las funciones de médico/a de medicina general en el Sistema Nacional de Salud. 45 €

MÉDICO/A URGENCIA HOSPITALARIA 60 Título de licenciado/a, grado o doctor/a en Medicina y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en cualquier especialidad, o bien la certificación prevista en el artículo 3 del Real decreto 853/1993, de 4 de junio, sobre el ejercicio de las funciones de médico/a de medicina general en el Sistema Nacional de Salud. 45 €

ODONTÓLOGO/A 20 Título de licenciado/a o grado en Odontología, o el título de licenciado/a o doctor/a en Medicina y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Estomatología. 45 €

ÓPTICO/A-OPTOMETRISTA 4 Título de Grado Universitario en Óptica-optometría o Diplomado en Óptica y Optometría. 35 €

PEDIATRA E.A.P. 143 Título de licenciado/a, grado o doctor/a en Medicina y poseer el correspondiente título de médico/a especialista en Pediatría expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte 45 €

PERIODISTA 4 Título de licenciado/a o grado en Periodismo o licenciado/a o grado en Ciencias de la Información, especialidad Periodismo. 45 €

TÉCNICO/A CUIDADOS AUXILIARES ENFERMERIA 1.852 Título de formación profesional de técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería o formación profesional de primer grado en su rama sanitaria o su equivalente para el desempeño de la categoría. 15 €

TÉCNICO/A EMERGENCIAS SANITARIAS 12 Título de técnico/a en Emergencias Sanitarias establecido en el Real decreto 1397/2007, de 29 de octubre, o bien estar en posesión de la habilitación como conductor de ambulancias asistenciales de clase C, de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria segunda, apartado 2, del Real decreto 836/2012, de 25 de mayo, por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera. Asimismo, deberán contar con el permiso de conducción suficiente, dentro de las previsiones contenidas en el Real decreto 836/2012, de 25 de mayo, por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación del personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera 15 €

TÉCNICO/A ERGONOMIA 6 Titulación universitaria oficial (licenciatura, diplomatura, ingeniería superior, arquitectura superior, ingeniería técnica, arquitectura técnica o título universitario oficial de Grado) y además contar con la formación mínima que habilita para el desarrollo de las funciones de nivel superior en la especialidad de Ergonomía y Psicosociología en el Trabajo, de acuerdo con la duración, contenido y distribución horaria especificados en el anexo VI del Real decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, acreditada por una universidad o certificada por una entidad formativa autorizada por la autoridad laboral, conforme a la disposición adicional primera del Real decreto 337/2010, de 19 de marzo, que modifica el Real decreto 39/1997, de 17 de enero. 45 €

TÉCNICO/A ESPECIALISTA ANATOMIA PATOLÓGICA 34 Título de técnico superior en Anatomía Patológica y Citología o título de formación profesional de grado superior rama sanitaria, especialidad en Anatomía Patológica. 25 €

TÉCNICO/A ESPECIALISTA AUDIOLOGIA PROTÉSICA 1 Título de técnico/a superior en Audiología Protésica 25 €

TÉCNICO/A ESPECIALISTA DOCUMENTACIÓN SANITARIA 15 Título de formación profesional de técnico/a superior rama sanitaria, especialidad Documentación Sanitaria o equivalente 25 €

TÉCNICO/A ESPECIALISTA LABORATORIO 151 Título de formación profesional de técnico/a superior en Laboratorio de Diagnóstico Clínico o título de formación profesional de segundo grado rama sanitaria especialidad en Laboratorio o su equivalente para el desempeño de la categoría 25 €

TÉCNICO/A ESPECIALISTA MEDICINA NUCLEAR 5 Título de técnico/a especialista en Medicina Nuclear (formación profesional de segundo grado, rama sanitaria) técnico/a superior en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear o técnico/a especialista en Radioterapia (formación profesional de segundo grado, rama sanitaria) o su equivalente para el desempeño de la categoría 25 €

TÉCNICO/A ESPECIALISTA RADIODIAGNÓSTICO 116 Título de formación profesional de técnico/a superior en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear, título de técnico/a especialista en Radiodiagnóstico (formación profesional de segundo grado rama sanitaria) o título de técnico/a especialista en Medicina Nuclear (formación profesional de segundo grado rama sanitaria) o su equivalente para el desempeño de la categoría. 25 €

TÉCNICO/A ESPECIALISTA RADIOTERAPIA 25 Título de técnico/a superior en Radioterapia, título de técnico/a especialista en Radioterapia (formación profesional de segundo grado, rama sanitaria) o título de técnico/a especialista en Medicina Nuclear (formación profesional de segundo grado, rama sanitaria) 25 €

TÉCNICO/A FUNCIÓN ADMINISTRATIVA 11 Título de doctor/a, licenciado/a, ingeniero/a, arquitecto/a o equivalente o bien título universitario oficial de Grado. 45 €

TÉCNICO/A HIGIENE 1 Titulación universitaria oficial(licenciatura, diplomatura, ingeniería superior, arquitectura superior, ingeniería técnica, arquitectura técnica o título universitario oficial de Grado) y además contar con la formación mínima que habilita para el desarrollo de las funciones de nivel superior en la especialidad de Higiene Industrial, de acuerdo con la duración, contenido y distribución horaria especificados en el anexo VI del Real decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, acreditada por una universidad o certificada por una entidad formativa autorizada por la autoridad laboral, conforme a la disposición adicional primera del Real decreto 337/2010, de 19 de marzo, que modifica el Real decreto 39/1997, de 17 de enero. 45 €

TÉCNICO/A INFORMÁTICA 10 Ciclo formativo de grado medio de formación profesional de la familia de Informática y Telecomunicaciones o equivalente. Al pertenecer al mismo ciclo formativo de formación profesional, será admitida asimismo la titulación de grado superior de formación profesional de la familia de Informática y Telecomunicaciones o equivalente. 25 €

TÉCNICO/A INTERMEDIO/A 5 Título de bachiller superior, formación profesional de segundo grado, formación profesional de grado superior (título de técnico/a superior) o su equivalente para el desempeño de la categoría, acceso a la Universidad para mayores de 25 años si se acredita estar en posesión del título de Graduado/a en ESO o equivalente a efectos profesionales o haber superado al menos 15 créditos ECTS de los estudios universitarios. Además, haber realizado el curso específico de «técnico/a Intermedio en Prevención de Riesgos Laborales» de una duración no inferior a 300 horas y un programa de acuerdo al contenido del anexo V del Reglamento de desarrollo de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 25 €

TÉCNICO/A MANTENIMIENTO 11 Título de bachiller, formación profesional de segundo grado, formación profesional de grado superior (título de técnico/a superior) o su equivalente para el desempeño de la categoría, acceso a la Universidad para mayores de 25 años si se acredita estar en posesión del título de Graduado/a en ESO o equivalente a efectos profesionales o haber superado al menos 15 créditos ECTS de los estudios universitarios 25 €

TÉCNICO/A SEGURIDAD TRABAJO 3 Titulación universitaria oficial (licenciatura, diplomatura, ingeniería superior, arquitectura superior, ingeniería técnica, arquitectura técnica o título universitario oficial de Grado) y además contar con la formación mínima que habilita para el desarrollo de las funciones de nivel superior en la especialidad de Seguridad en el Trabajo, de acuerdo con la duración, contenido y distribución horaria especificados en el anexo VI del Real decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, acreditada por una universidad o certificada por una entidad formativa autorizada por la autoridad laboral, conforme a la disposición adicional primera del Real decreto 337/2010, de 19 de marzo, que modifica el Real decreto 39/1997, de 17 de enero. 45 €

TÉCNICO/A SUPERIOR SALUD 7 Titulación A1 sanitaria 45 €

TERAPEUTA OCUPACIONAL 4 Título de diplomado/a o grado universitario en Terapia Ocupacional. 35 €

TITULADO/A SUPERIOR (BIÓLOGO/A-BIOQUÍMICO/A) 28 Título de licenciado/a o grado en Biología, Biotecnología o Bioquímica, que habilite para el ejercicio de la categoría correspondiente 45 €

TITULADO/A SUPERIOR (FÍSICO/A) 1 Título de licenciado/a o grado en física que habilite para el ejercicio de la categoría correspondiente 45 €

TITULADO/A SUPERIOR (QUÍMICO/A) 1 Título de licenciado/a o grado en química, que habilite para el ejercicio de la categoría correspondiente 45 €

TRABAJADOR/A SOCIAL 33 Título de diplomado/a o grado en Trabajo Social o su equivalente que habilite para el desempeño de la categoría 35 €







CATEGORÍAS FACULTATIVO ESPECIALISTA Núm. plazas convocadas Titulación requerida Tasa

ALERGOLOGIA 6 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

ANÁLISIS CLÍNICOS 20 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

ANATOMIA PATOLÓGICA 13 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

ANESTESIOLOGIA Y REANIMACIÓN 34 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

ANGIOLOGIA Y CIRUGIA VASCULAR 9 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

APARATO DIGESTIVO 32 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

BIOQUÍMICA CLÍNICA 2 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

CARDIOLOGIA 32 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

CIRUGIA GENERAL Y DEL APARATO DIGESTIVO 41 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

CIRUGIA MAXILOFACIAL 6 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

CIRUGIA ORTOPÉDICA Y TRAUMATOLOGIA 52 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

CIRUGIA PEDIÁTRICA 2 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

CIRUGIA PLÁSTICA Y REPARADORA 4 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

CIRUGIA TORÁCICA 5 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

DERMATOLOGIA M-Q Y VENEREOLOGIA 18 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

ENDOCRINOLOGIA YNUTRICIÓN 5 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

FARMACIA HOSPITALARIA 8 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

GERIATRIA 1 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

HEMATOLOGIA Y HEMOTERAPIA 23 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

IMMUNOLOGIA 3 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

MEDICINA FÍSICA Y REHABILITACIÓN 23 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

MEDICINA INTENSIVA 25 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

MEDICINA INTERNA 28 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

MEDICINA NUCLEAR 7 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

MEDICINA PREVENTIVA Y SALUD PÚBLICA 7 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

MICROBIOLOGIA Y PARASITOLOGIA 14 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

NEFROLOGIA 6 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

NEUMOLOGIA 16 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

NEUROCIRUGIA 4 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

NEUROFISIOLOGIA CLÍNICA 12 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

NEUROLOGIA 13 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

OBSTETRICIA Y GINECOLOGIA 27 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

OFTALMOLOGIA 30 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

ONCOLOGIA MÉDICA 7 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

ONCOLOGIA RADIOTERÁPICA 10 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

OTORRINOLARINGOLOGIA 22 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

PEDIATRÍA 29 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

PSICOLOGIA CLÍNICA 41 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

PSIQUIATRIA 42 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

RADIODIAGNÓSTICO 58 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

RADIOFARMACIA 1 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

RADIOFÍSICA HOSPITALARIA 6 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

REUMATOLOGIA 1 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €

UROLOGIA 22 Título de Grado, Licenciado/a o Doctor/a y Título de especialista expedido por el Ministerio competente, en la especialidad a la que se pretende acceder. 45 €









CATEGORÍAS DECLARADAS A EXTINGUIR Núm. plazas Titulación Tasa

ALBAÑIL 7 Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, graduado escolar, formación profesional de primer grado o su equivalente para el desempeño de la categoría. 15 €

BIBLIOTECARIO/A 1 Título de doctor/a, licenciado/a, ingeniero/a, arquitecto/a o equivalente o bien título universitario oficial de Grado. 45 €

CALEFACTOR/A 21 Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, graduado escolar, formación profesional de primer grado o su equivalente para el desempeño de la categoría. 15 €

CARPINTERO/A 7 Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, graduado escolar, formación profesional de primer grado o su equivalente para el desempeño de la categoría. 15 €

COCINERO/A 29 Título de bachiller, técnico de formación profesional o su equivalente para el desempeño de la categoría, acceso a la Universidad para mayores de 25 años si se acredita estar en posesión del título de Graduado en ESO o equivalente a efectos profesionales o haber superado al menos 15 créditos ECTS de los estudios universitarios. 25 €

CONDUCTOR/A 76 Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, graduado escolar, formación profesional de primer grado o su equivalente para el desempeño de la categoría. 15 €

COSTURERO/A 2 Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, graduado escolar, formación profesional de primer grado o su equivalente para el desempeño de la categoría. 15 €

ELECTRICISTA 26 Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, graduado escolar, formación profesional de primer grado o su equivalente para el desempeño de la categoría. 15 €

EMPLEADO/A LAVANDERIA 49 Certificado de escolaridad, Graduado en ESO o equivalente o programa de cualificación profesional inicial. 10 €

FONTANERO/A 15 Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, graduado escolar, formación profesional de primer grado o su equivalente para el desempeño de la categoría. 15 €

LIMPIADOR/A 3 Certificado de escolaridad, Graduado en ESO o equivalente o programa de cualificación profesional inicial. 10 €

MECANICO/A 13 Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, graduado escolar, formación profesional de primer grado o su equivalente para el desempeño de la categoría. 15 €

PELUQUERO/A 2 Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, graduado escolar, formación profesional de primer grado o su equivalente para el desempeño de la categoría. 15 €

PEON/A 5 Certificado de escolaridad, Graduado en ESO o equivalente o programa de cualificación profesional inicial. 10 €

PINCHE/A 149 Certificado de escolaridad, Graduado en ESO o equivalente o programa de cualificación profesional inicial. 10 €

PINTOR/A 5 Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, graduado escolar, formación profesional de primer grado o su equivalente para el desempeño de la categoría. 15 €

PROFESOR/A E.G.B. 3 Diplomado/a universitario en Educación o título universitario oficial de grado que habilite para el desempeño de la categoría. 35 €

PROFESOR/A LOGOFONIA Y LOGOPEDIA 1 Maestro especialista en Audición y Lenguaje o Diplomado en logopedia o Diplomado en profesorado de EGB o título de Maestro de Primera Enseñanza y cualquiera de los cursos siguientes: Diploma de patología del lenguaje (Hospital de la Santa Cruz y San Pablo (Barcelona); Diploma de Logopedia (Universidad Pontificia de Salamanca); Diploma de Psicología del lenguaje (Universidad Pontificia de Salamanca); Diploma de logopedia (cursos celebrados mediante Convenio entre Administraciones Educativas y Universidades); psicopatología del lenguaje y rehabilitación (certificado expedido por el Ministerio de Sanidad); Rehabilitación del lenguaje (certificado expedido por el Ministerio de Sanidad); Rehabilitación Audiofonológica y Técnicas Logopédicas (certificado expedido por el Ministerio de Sanidad).. 35 €

TELEFONISTA 35 Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, graduado escolar, formación profesional de primer grado o su equivalente para el desempeño de la categoría. 15 €





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