CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 2 de octubre de 2020, de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral, por la que se dispone el registro y publicación del acuerdo de la comisión paritaria del VII Convenio autonómico laboral de centros y servicios de atención a personas con discapacidad de la Comunitat Valenciana, respecto de las tablas salariales de centros especiales de empleo y de programas para el año 2020. [2021/8526]
(DOGV núm. 9147 de 10.08.2021) Ref. Base Datos 007869/2021
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Análisis jurídico
Fecha de entrada en vigor: 10.08.2021 Esta disposición afecta a: Corrige a: -
Análisis documental
Origen disposición: Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo Grupo Temático: Convenios colectivos Descriptores: Temáticos: convenio colectivo , convenio de sector
Se han advertido nuevos errores en el texto de la corrección de errores contenidos en la publicación de fecha 6 de noviembre de 2020, relativa a la Resolución de 2 de octubre de 2020, de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral, por la que se dispone el registro y publicación del acuerdo de la comisión paritaria del Convenio colectivo autonómico de centros y servicios de atención a personas con discapacidad de la Comunitat Valenciana, respecto de las tablas salariales de centros especiales de empleo y de programas para el año 2020 (DOGV 8946, 06.11.2020).
Dichos errores son subsanables, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en la que regula la rectificación de oficio por parte de la Administración de los errores materiales, de hecho o aritméticos de sus actos.
En consecuencia, se publica de nuevo el anexo II, «Tabla de centros especiales de empleo», que en los puntos IV.1.5, IV.3.6 y IV.3.7, debe quedar redactado de la siguiente forma:
IV.1.5. Operario/a
De enero a junio 2020 975,62 20,72 11,78
De julio a diciembre 2020 979,80 20,72 11,78
IV1.6. Operario/a con necesidad de apoyo 950,00 19,06 11,78
SUBGRUPO IV.2. PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN
IV.2.1. Oficial de 1º Administración 1.149,53 32,10 30,60
IV.2.2. Oficial de 2º Administración 1.122,57 28,87 30,60
IV.2.3. Auxiliar Administrativo 1.082,55 25,68 30,60
SUBGRUPO IV.3. PERSONAL DE SERVICIOS GENERALES/MANIPULADOS
IV.3.1. Técnico/a Ayudante 1.288,57 33,65 30,60
IV.3.2. Oficial de 1ª 1.149,53 32,10 30,60
IV.3.3. Oficial de 2ª 1.124,40 28,87 30,60
IV.3.4. Conductor/a 1.121,65 28,87 30,60
IV.3.5. Auxiliar de Servicios Generales 1.079,90 25,68 30,60
IV.3.6. Operario/a de 1ª
De enero a junio 2020 975,62 20,72 11,78
De julio a diciembre 2020 979,80 20,72 11,78
IV.3.7. Operario/a de 2ª
De enero a junio 2020 958,90 19,82 11,78
De julio a diciembre 2020 963,80 19,82 11,78
IV.3.8. Operario/a con necesidad de apoyo 950,00 19,06 11,78
València, 3 de agosto de 2021. El subdirector general de Relaciones Laborales: Joaquín Vañó Gironés.