Ficha docv

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RESOLUCIÓN 12 de julio de 2021, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se conceden ayudas destinadas a financiar acciones en materia de recursos humanos para incentivar la investigación y la formación en investigación sanitaria, biomédica y de salud pública para el ejercicio 2021. [2021/7746]

(DOGV núm. 9131 de 20.07.2021) Ref. Base Datos 007159/2021




Por la Orden 2/2017, de 28 de febrero, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública (DOGV 7994, 07.03.2017), se aprueban las bases reguladoras de las ayudas destinadas a financiar acciones en materia de recursos humanos para impulsar la investigación sanitaria, biomédica y salud pública, que se modifica parcialmente por la Orden 3/2020, de 9 de junio, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública (DOGV 8838, 18.06.2020).

Al amparo de dichas bases reguladoras, y por Resolución de 25 de febrero de 2021, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública (DOGV 9034, 04.03.2021), se convocan las mencionadas ayudas, para el ejercicio 2021.

Resultando que las entidades que se relacionan en el anexo han solicitado ayudas para financiar acciones en materia de recursos humanos, en los términos previstos en la orden y resolución de referencia.

Considerando la normativa de general aplicación, una vez evaluadas las solicitudes presentadas procurándose garantizar la eficacia y eficiencia de las actuaciones y habiéndose ajustado las posibles ayudas a los recursos previstos para 2021, y según se establece en la Orden 2/2017 y la Orden 3/2020 que establecen las bases reguladoras, a la vista de la propuesta de resolución formulada por la comisión de valoración,



Resuelvo sobre los expedientes de solicitud de ayudas presentados:



Primero

Conceder a las entidades que se relacionan en el anexo las ayudas para financiar acciones en materia de recursos humanos para incentivar la investigación y la formación en investigación sanitaria, biomédica y de salud pública para el ejercicio 2021, por un importe total de dos millones de euros (2.000.000,00 €), financiándose con cargo a la aplicación presupuestaria 10.03.64.0000.411.50.4, línea S5846000 de los presupuestos de la Generalitat para el año 2021.



Segundo

La forma de pago de las subvenciones, destinadas a gastos corrientes, se efectuará de forma anticipada de conformidad con el artículo 44.8 de la Ley 4/2020, de 30 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2021.

Los beneficiarios de las subvenciones tendrán de plazo hasta el 31 de enero de 2022 para presentar la documentación justificativa de la totalidad de la subvención concedida.

Cada entidad beneficiaria deberá presentar una memoria de actividades en la que se detallará el objeto de los gastos efectuados, un certificado de no concurrencia del gasto con cualquier ayuda externa y la justificación económica del gasto.

A partir de este momento, se procederá a la liquidación de la misma, de la que podrá derivarse una regularización, que implicará la exigencia del reintegro de los importes indebidamente percibidos, caso de que la justificación fuera insuficiente.



Tercero

Notifíquese la presente resolución a todos los interesados, advirtiendo que pone fin a la vía administrativa, y que, de conformidad con los dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, contra la misma podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación. O bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo.



València, 12 de julio de 2021.– El director general de Investigación y Alta Inspección Sanitaria (p. d. art. 10 de la R 25.02.2021, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública; DOGV 9034): Javier Santos Burgos Muñoz.

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