Ficha docv

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ORDEN 4/2021, de 14 de junio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la cual se aprueba la relación completa de disposiciones relativas a la ordenación de la actividad administrativa de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo y sus entes dependientes. [2021/6713]

(DOGV núm. 9107 de 15.06.2021) Ref. Base Datos 005924/2021


  • Análisis documental

    Texto
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    Origen disposición: Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo
    Grupo Temático: Legislación
    Materias: Economía y hacienda pública Comercio Empleo y formación profesional Industria y energía Enfermedad infecciosa
    Descriptores:
      Temáticos: economía, política de empleo, política comercial, Enfermedad infecciosa





El día 15 de abril se ha publicado en el DOGV número 9062 el Decreto ley 6/2021, de 1 de abril, del Consell, de medidas urgentes en materia de gestión económicoadministrativa para la ejecución de actuaciones financiadas por instrumentos europeos para apoyar la recuperación de la crisis consecuencia de la Covid-19.

De conformidad con su disposición adicional segunda relativa a la racionalización de disposiciones relativas a la ordenación de la actividad administrativa, en el plazo de dos meses desde la entrada en vigor del mencionado Decreto Ley, cada departamento del Consell tiene que aprobar, mediante orden de su titular que se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, y que no tendrá la condición de disposición reglamentaria, una relación completa de todas las circulares, instrucciones, resoluciones o cualesquiera otras disposiciones que hayan sido dictadas por alguno de los órganos de su departamento, sea cual sea su forma y denominación y hayan sido o no objeto de publicación, con rango inferior al de orden de conselleria y que tengan por objeto ordenar la gestión administrativa en relación con los requisitos, procedimientos, plazos, informes, trámites o cualquier otro aspecto de la actuación de la Administración en las materias de su competencia.

Así mismo, dispone que todas las disposiciones del rango y características señaladas que no se incluyan en esta relación, quedarán automáticamente sin efecto una vez transcurrido el mencionado plazo de dos meses.

En consecuencia, y dentro del plazo establecido en el decreto ley, es necesario dar cumplimiento a lo en él previsto.

De acuerdo con lo que se ha expuesto, a la vista de las relaciones documentales presentadas por los centros directivos de esta conselleria y entes dependientes, y en virtud de las facultades que me confiere el artículo 28.e de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, en relación con la disposición adicional segunda del Decreto ley 6/2021, de 1 de abril, del Consell,





ORDENO



Artículo 1. Relación de disposiciones relativas a la ordenación de la actividad administrativa

Se aprueba la relación completa de circulares, instrucciones, resoluciones y resto de disposiciones relativas a la ordenación de la actividad administrativa de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo y sus entes dependientes, de acuerdo con los anexos que se insertan a continuación.

Anexo I. Centros directivos.

Anexo II. LABORA-Servicio Valenciano de Empleo y Formación

Anejo III. Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT).

Anexo IV. Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE).



Artículo 2. Catálogo de disposiciones

En el plazo de un mes desde la publicación de esta orden, y con la información ya facilitada por las direcciones generales, esta conselleria formará un catálogo con las disposiciones incluidas en ella, agrupadas por materias, que se aprobará mediante resolución de la subsecretaría.

Este catálogo se publicará para general conocimiento en la página web de la conselleria https://cindi.gva.es y en el portal de la transparencia de la Generalitat.

En el caso de los organismos autónomos LABORA e INVASSAT, y el ente IVACE, el catálogo será formado y aprobado mediante resolución de los correspondientes órganos, según sus reglamentos de funcionamiento, y publicado en las respectivas páginas web.

Así mismo, los respectivos catálogos contendrán los textos vigentes íntegros de cada disposición, así como la autoridad de la que proceden, la fecha en que se dictaron, y en su caso la de las modificaciones posteriores.

La inclusión de las disposiciones en los mismo no afectarán la capacidad de cada órgano para modificar, derogar dejar sin efecto o sustituir las que sean de su competencia.



Artículo 3. Desarrollo

1. Se faculta a la persona titular de la subsecretaría a dictar todas las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo y la ejecución de lo dispuesto en esta orden en el ámbito de la Conselleria.

2. En cuanto a LABORA-Servicio Valenciano de Empleo y Formación la persona titular de la dirección general de LABORA dictará todas las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo y la ejecución de lo dispuesto en esta orden en el ámbito del mencionado organismo autónomo.

3. En cuanto a Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) la persona titular de la dirección general del INVASSAT dictará todas las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo y la ejecución de lo dispuesto en esta orden en el ámbito del mencionado organismo autónomo.

4. En cuanto al Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) la persona titular de la dirección general de la IVACE dictará todas las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo y la ejecución de lo dispuesto en esta orden en el ámbito del mencionado ente.





Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



València, 14 de junio de 2021



El conseller de Economía Sostenible,

Sectores Productivos, Comercio y Trabajo,

RAFAEL CLIMENT GONZÁLEZ

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