Ficha docv

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Extracto de la Resolución de 8 de junio de 2021, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se convocan, para el año 2021, subvenciones a organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD), para la financiación de proyectos y programas de cooperación internacional al desarrollo a ejecutar en países y poblaciones estructuralmente empobrecidos. [2021/6585]

(DOGV núm. 9105 de 11.06.2021) Ref. Base Datos 005794/2021








BDNS (identif.):568924



De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:

http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index



Primero. Entidades beneficiarias

Podrán beneficiarse de estas subvenciones las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD), individualmente o en agrupación con otra u otras ONGD, que cumplan los requisitos recogidos en el resuelvo quinto de la convocatoria.



Segundo. Objeto

1. El objeto de la presente convocatoria consiste en convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y con cargo al Presupuesto de la Generalitat Valenciana del ejercicio 2021, para la financiación de gastos corrientes y de inversión, de proyectos y programas de cooperación internacional al desarrollo a ejecutar en países y poblaciones estructuralmente empobrecidos, destinadas a organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (de ahora en adelante ONGD).

Las actuaciones a subvencionar consistirán en proyectos y programas en materia de cooperación internacional para el desarrollo, en alguna de las siguientes modalidades:

a) Modalidad A: programas integrales de carácter plurianual en materia de cooperación internacional al desarrollo a ejecutar en países y poblaciones estructuralmente empobrecidos.

b) Modalidad B: proyectos en materia de cooperación internacional al desarrollo a ejecutar en países y poblaciones estructuralmente empobrecidos.

c) Modalidad C: proyectos de cooperación técnica.

d) Modalidad D: actuaciones específicas.

2. Los proyectos y programas presentados deberán cumplir los requisitos recogidos en el resuelvo cuarto de la convocatoria.



Tercero. Bases reguladoras

Las bases por las cuales se rige esta convocatoria son las contenidas en la Orden 2/2021, de 26 de mayo, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se establecen las bases reguladoras y el procedimiento de concesión de subvenciones en materia de cooperación internacional al desarrollo (DOGV n.º 9095, de 28 de mayo de 2021).



Cuarto. Cuantía

Esta convocatoria de subvenciones se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 22.03.01.134.10, líneas de subvención S6556000, S2324000 y S8302000, de los presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2021, por un importe total de 22.001.000,00 euros, de los cuales 16.001.000,00 euros están destinados a financiar gastos corrientes y 6.000.000,00 euros a gastos de capital.



Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

1. Las solicitudes se presentarán en el plazo de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. El incumplimiento del mencionado plazo dará lugar a la exclusión de la convocatoria.



2. Cada entidad podrá presentar un máximo de tres solicitudes de forma individual y cuatro en agrupación con otras ONGD. Las entidades que presenten solicitud a la modalidad A no podrán presentar solicitud a la modalidad D.



Sexto. Otros requisitos

1. Solicitudes: se tramitarán exclusivamente de forma telemática en la Sede Electrónica de la Generalitat Valenciana. La presentación de la solicitud de forma diferente a la telemática prevista en este apartado determinará la exclusión de la convocatoria.

2. Documentación: la solicitud tendrá que ir acompañada de la documentación preceptiva recogida en el resuelvo octavo de la convocatoria y, a efectos de valoración de proyectos, la documentación del resuelvo noveno.

3. Criterios objetivos de valoración: en la evaluación técnica se deberá obtener un mínimo de 65 puntos sobre 100, distribuidos de acuerdo con los criterios de valoración, desarrollados en los anexos I, II y III.



València, 8 de junio de 2021.– La consellera de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática: Rosa Pérez Garijo.

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