Ficha docv

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Extracto de la Resolución de 8 de junio de 2021, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se convocan, para el año 2021, subvenciones a organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD), para la financiación de actuaciones en materia de educación y sensibilización para la ciudadanía global y de acciones de sensibilización sobre activistas en derechos humanos, en el ámbito de la Comunitat Valenciana (línea de subvención S2323000). [2021/6570]

(DOGV núm. 9105 de 11.06.2021) Ref. Base Datos 005791/2021




BDNS (identif.): 569136.



De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:

http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index.



Primero. Entidades beneficiarias

Podrán beneficiarse de estas subvenciones, las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD), individualmente o en agrupación con otra u otras ONGD, que cumplan los requisitos recogidos en el resuelvo quinto de la convocatoria.



Segundo. Objeto

1. El objeto de la presente convocatoria consiste en convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y con cargo al Presupuesto de la Generalitat Valenciana del ejercicio 2021, destinadas a la financiación de gastos corrientes de proyectos y programas de educación y sensibilización para la ciudadanía global, entre otros, a ejecutar en el ámbito de la Comunitat Valenciana, en alguna de las modalidades siguientes:

– Modalidad A: proyectos y programas de educación para la ciudadanía global que se desarrollen en y desde las instituciones y centros directivos públicos o sostenidos con fondos públicos.

– Modalidad B: proyectos y programas de educación para la ciudadanía global que se lleven a cabo fuera del sistema educativo formal.

– Modalidad C: proyectos que contribuyan a la sensibilización de la sociedad valenciana en su conjunto, o de determinados sectores de esta en particular, para la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

2. Los proyectos y programas presentados deberán cumplir los requisitos recogidos en el resuelvo cuarto de la convocatoria.



Tercero. Bases reguladoras

Las bases por las que se rige esta convocatoria son las contenidas en la Orden 2/2021, de 26 de mayo, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se establecen las bases reguladoras y el procedimiento de concesión de subvenciones en materia de cooperación internacional al desarrollo (DOGV núm. 9095, de 28.05.2021), en adelante, orden de bases.

En lo no previsto en dicha norma, las subvenciones se someterán a la normativa básica de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y su normativa de desarrollo, y a lo que establece la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones. Así mismo se estará a lo dispuesto en la legislación autonómica en materia de cooperación al desarrollo.



Cuarto. Financiación

Las actuaciones de educación y sensibilización para la ciudadanía global se financiarán con cargo a la línea de subvención S2323000, dotada con un importe de 3.000.000,00 euros, para la financiación de gastos corrientes, en la aplicación presupuestaria 22.03.01.134.10.4 del Presupuesto de la Generalitat Valenciana para el ejercicio 2021.





Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes se presentarán en el plazo de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. El incumplimiento del mencionado plazo dará lugar a la exclusión de la convocatoria.



Sexto. Otros datos

1. Solicitudes: Se tramitarán exclusivamente de forma telemática en la Sede Electrónica de la Generalitat Valenciana. La presentación de la solicitud de forma diferente a la telemática prevista determinará la exclusión de la convocatoria.

2. Documentación: la solicitud deberá ir acompañada de la documentación preceptiva recogida en el resuelvo octavo de la convocatoria y, a efectos de valoración de proyectos y programas, la documentación del resuelvo noveno.

3. Criterios objetivos de valoración: las actuaciones deberán obtener la puntuación mínima de 65 puntos sobre 100, de los criterios objetivos de valoración recogidos en el artículo 17 de la orden de bases, con la ponderación establecida en el anexo de la convocatoria.



València, 8 de junio de 2021.– La consellera de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática: Rosa Pérez Garijo.

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