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RESOLUCIÓN de 3 de junio de 2021, del rector de la Universitat Politècnica de València, por la que se efectúa delegación de competencia en determinados órganos unipersonales de la Universitat Politècnica de València. [2021/6384]

(DOGV núm. 9105 de 11.06.2021) Ref. Base Datos 005814/2021




El artículo 53 de los Estatutos de la Universitat Politècnica de València determina las competencias que se le atribuyen al rector como máxima autoridad académica y de representación de la Universitat.

Con motivo del nombramiento de rector realizado por el Consell mediante el Decreto 74/2021, de 28 de mayo, se ha producido un cambio en la estructura orgánica y funcional de los órganos de gobierno unipersonales de ámbito general de la Universitat que hacen necesario el cambio de la delegación de competencias existente hasta este momento al objeto de adecuarlo a la nueva organización.

La actividad administrativa de la Universitat Politècnica de València lleva consigo una concentración de funciones en el Rectorado, que con la finalidad de incrementar la eficacia en la gestión universitaria y propiciar un mayor acercamiento e inmediatez entre los órganos de decisión y quienes conocen de los diversos temas por razón de la materia, sin merma todo ello de las garantías jurídicas de las personas interesadas, se considera necesario delegar determinadas competencias, sin perjuicio de que este Rectorado pueda avocarse nuevamente el conocimiento de las mismas atendiendo a lo previsto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.

Por todo ello, haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y en el artículo 51 de los Estatutos de esta Universitat y demás disposiciones de general aplicación, este Rectorado resuelve:



Primero. Delegación de competencias en el Vicerrectorado de Profesorado y Ordenación Académica

En el ámbito del personal docente e investigador, se delegan en la persona titular del Vicerrectorado de Profesorado y Ordenación Académica las competencias que los Estatutos de la Universitat y demás legislación aplicable atribuyen al Rectorado en las siguientes materias:

• Resolución de las solicitudes de licencias, permisos y vacaciones.

• Aprobación de las convocatorias de formación y de las convocatorias de ayudas a la formación.

• Resolución de solicitudes de permisos y licencias relacionadas con la formación.

• Resolución de reconocimiento de trienios y de servicios previos.



Segundo. Delegación de competencias en el Vicerrectorado de Investigación

Se delegan en la persona titular del Vicerrectorado de Investigación las competencias que los Estatutos de la Universitat y demás legislación aplicable atribuyen al Rectorado en las siguientes materias:

• Acordar la participación de la Universitat Politècnica de València en convocatorias de ayudas públicas a la investigación, así como la formalización de los trámites necesarios para dicha participación, incluyendo los que deban realizarse mediante firma electrónica del representante legal.

• Suscripción de acuerdos y contratos de investigación, incluyendo los que deban realizarse mediante firma electrónica del representante legal.



Tercero. Delegación de competencias en el Vicerrectorado de Innovación y Transferencia

Se delegan en la persona titular del Vicerrectorado de Innovación y Transferencia las competencias que los Estatutos de la Universitat y demás legislación aplicable atribuyen al Rectorado en las siguientes materias:

• Acordar la participación de la Universitat Politècnica de València en convocatorias de ayudas públicas a la transferencia de tecnología y ayudas a la articulación del sistema ciencia, tecnología, empresa, así como la formalización de los trámites necesarios para dicha participación, incluyendo los que deban realizarse mediante firma electrónica del representante legal.

• Suscripción de acuerdos y contratos de transferencia de tecnología, incluyendo los que deban realizarse mediante firma electrónica del representante legal.

• Suscripción de acuerdos de licencia de derechos de propiedad industrial o intelectual, incluyendo los que deban realizarse mediante firma electrónica del representante legal.



Cuarto. Delegación de competencias en el Vicerrectorado de Estudiantes y Emprendimiento

En el ámbito del estudiando, se delegan en la persona titular del Vicerrectorado de Estudiantes y Emprendimiento las competencias que los Estatutos de la Universitat y demás legislación aplicable atribuyen al Rectorado en las siguientes materias:

• Aprobación y resolución de las convocatorias de ayudas de acción social.



Quinto. Delegación de competencias en el Vicerrectorado de Internacionalización y Comunicación

Se delegan en la persona titular del Vicerrectorado de Internacionalización y Comunicación las competencias que los Estatutos de la Universitat y demás legislación aplicable atribuyen al Rectorado en las siguientes materias:

• Aprobación y resolución de las convocatorias de intercambio internacional.

• Resolución de solicitudes de permisos y licencias vinculadas a estancias de intercambio internacional.



Sexto. Delegación de competencias en el Vicerrectorado de Empleo y Formación Permanente

Se delegan en la persona titular del Vicerrectorado de Organización de Empleo y Formación Permanente las competencias que los Estatutos de la Universitat y demás legislación aplicable atribuyen al Rectorado en las siguientes materias:

• Acordar la participación de la Universitat Politècnica de València en convocatorias de ayudas públicas y proyectos europeos relativos a la formación permanente.

• Actuar como representante de la Universitat en cualquier fase del procedimiento de concurso, adjudicación o ejecución de ayudas públicas y proyectos europeos relativos a la formación permanente, incluyendo los que deban realizarse mediante firma electrónica del representante legal.



Séptimo. Delegación de competencias en el Vicerrectorado/Dirección Delegada de Diálogo Social, Prevención, Conciliación y Deporte

Se delegan en la persona titular del Vicerrectorado/Dirección Delegada de Diálogo Social, Prevención, Conciliación y Deporte las competencias que los Estatutos de la Universitat y demás legislación aplicable atribuyen al Rectorado en las siguientes materias:

• En el ámbito del personal docente e investigador, personal investigador y personal de administración y servicios, la aprobación y resolución de las convocatorias de ayudas de acción social.

• En el ámbito del personal de administración y servicios, la aprobación de las convocatorias de formación y la resolución de solicitudes de permisos y licencias relacionadas con la formación.



Octavo. Delegación de competencias en la Gerencia

En el ámbito del personal de administración y servicios, se delegan en la persona titular de la Gerencia las competencias que los Estatutos de la Universitat y demás legislación aplicable atribuyen al Rectorado en las siguientes materias:

• Resolución de las solicitudes de licencias, permisos y vacaciones.

• Resolución de reconocimiento de trienios y servicios previos.

• Resolución de reconocimiento de grado personal.



Noveno. Delegación de competencias órganos unipersonales o responsables de oficinas gestoras del presupuesto

Se delega en los órganos unipersonales o responsables de oficinas gestoras que sean determinados en las Normas de Funcionamiento del Presupuesto de la Universitat de cada anualidad las competencias y funciones de autorización del gasto, disposición del gasto, liquidación del crédito exigible y proposición de la ordenación del pago que se atribuyan al Rectorado.



Décimo

De acuerdo con lo previsto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, el Rector podrá avocar para sí el conocimiento de los asuntos objeto de delegación, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.



Undécimo

En caso de ausencia o enfermedad del titular del órgano en quien se delega la competencia y hasta que esta concluya, el Rector designará quien la ejerza.



Duodécimo. Revocación de delegación de competencias

Uno. Quedan expresamente revocadas las delegaciones realizadas en las siguientes resoluciones:

1. Resolución del Rector, de 1 de junio de 2017, por la que se efectúa delegación de competencia y de firma en determinados órganos unipersonales de la Universitat Politècnica de València.

2. Resolución de 4 de junio de 2020 por la que se efectúa delegación de competencia y de firma en el Sr. Vicerrector de Estudios, Calidad y Acreditación en materia de convocatorias de ayudas públicas y proyectos europeos relativos a la formación permanente.

3. Resolución de 26 de marzo de 2021 por la que se revoca la delegación de competencia y firma en el Vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado y se efectúa delegación de competencia y de firma en el Vicerrector de Estudios, Calidad y Acreditación de la Universitat Politècnica de València.

4. Resolución de 26 de marzo de 2021 por la que se revoca la delegación de competencia y firma en el Vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado y se efectúa delegación de competencia y de firma en el Vicerrector de Estudios, Calidad y Acreditación de la Universitat Politècnica de València.

Dos. Asimismo, se revoca cualquier otra delegación de competencia que se hubiese efectuado con anterioridad a la entrada en vigor de la presente resolución.



Decimotercero

La presente resolución se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y entrará en vigor con efectos desde el día 1 de junio de 2021.



València, 3 de junio de 2021.– El rector de la Universitat Politècnica de València: José Esteban Capilla Romá.

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