Ficha docv

Ficha docv









RESOLUCIÓN de 2 de junio de 2021, del conseller de Educación, Cultura y Deporte, por la que se aprueba la clasificación, a efectos retributivos, de los centros públicos docentes dependientes de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte para el curso 2020-2021. [2021/6313]

(DOGV núm. 9105 de 11.06.2021) Ref. Base Datos 005806/2021


  • Análisis documental

    Texto
    texto texto
    Origen disposición: Conselleria de Educación, Cultura y Deporte
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: centro de enseñanza , relación de puestos de trabajo, cuerpos docentes no universitarioS



Antecedentes de hecho

El Acuerdo del Consell de 12 de diciembre de 2008 aprobó el incremento del complemento retributivo del personal docente relacionado con los cargos directivos que ejercen sus funciones en centros públicos dependientes de la Conselleria de Educación y estableció una nueva clasificación de los centros públicos docentes.

La Resolución de 20 de noviembre de 2017, del conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, especifica los criterios de aplicación del Acuerdo del Consell de 12 de diciembre de 2008 para elaborar la clasificación, a efectos retributivos, de los centros públicos docentes dependientes de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte a partir del curso 2016-2017.

La última resolución que clasifica los centros públicos docentes dependientes de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte es la que se publicó el 9 de enero de 2021. No obstante, en algunos centros se han producido variaciones que modifican el resultado de su clasificación para el curso 2020-2021, por lo que se hace necesario volver a detallar la relación de todos los centros con la clasificación correspondiente al curso 2020-2021.



Fundamentos de derecho

Por todo esto, de conformidad con lo que prevé el artículo primero de la Ley 8/1995, de 29 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de medidas fiscales, administrativas y de organización de la Generalitat Valenciana (DOGV 2657, 31.12.1995), a propuesta de la Dirección General de Centros Docentes y en virtud de las facultades conferidas por el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, resuelvo:



Primero

Aprobar la clasificación, a efectos retributivos, de los centros públicos docentes dependientes de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte para el curso 2020-2021, de acuerdo con el detalle especificado en los siguientes anexos a esta resolución:

– Anexo I: clasificación de centros públicos de educación infantil I ciclo, educación infantil y primaria, centros específicos de educación especial y centros de educación de personas adultas donde no se imparta segundo nivel del ciclo II de enseñanzas de educación de personas adultas, desglosado por provincias.

– Anexo II: clasificación de centros públicos de educación secundaria (IES y secciones), de formación profesional, de enseñanzas de idiomas (escuelas oficiales de idiomas), de enseñanzas deportivas, de enseñanzas artísticas (conservatorios profesionales), de educación a distancia y de educación de personas adultas donde se imparta segundo nivel del ciclo II de enseñanzas de educación de personas adultas, desglosado por provincias.



Segundo

La presente resolución tiene efectos desde el inicio del curso escolar 2020-2021.

Las direcciones territoriales de Educación, Cultura y Deporte cumplirán lo que dispone esta resolución procediendo a la acreditación o, si es el caso, el reintegro de las diferencias resultantes.



De conformidad con lo que establecen los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, la presente resolución pone fin a la vía administrativa, y contra esta puede recorrer potestativamente en reposición o bien se puede interponer de forma directa un recurso contencioso-administrativo en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:

a) El recurso de reposición tiene que interponerse ante el conseller de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el DOGV.

b) El recurso contencioso-administrativo tiene que plantearse ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el DOGV.





València, 2 de junio de 2021.– El conseller de Educación, Cultura y Deporte: Vicent Marzà i Ibáñez.

Mapa web