Ficha docv

Ficha docv









RESOLUCIÓN de 7 de mayo de 2021, de la Subdirección General de Relaciones Laborales de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral, por la que se dispone el registro y publicación del acuerdo de la comisión paritaria del Convenio colectivo del sector de estaciones de servicio de la Comunitat Valenciana, al objeto de proceder a la aprobación de las tablas salariales para el año 2021. (Código de convenio 80000185011992). [2021/5657]

(DOGV núm. 9098 de 02.06.2021) Ref. Base Datos 005375/2021


  • Análisis documental

    Texto
    texto texto
    Origen disposición: Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo
    Grupo Temático: Convenios colectivos
    Descriptores:
      Temáticos: convenio colectivo , convenio de sector



Vista el acta de la comisión negociadora sobre el acuerdo de aprobación de las tablas salariales para el año 2021, del Convenio colectivo del sector de estaciones de servicio de la Comunitat Valenciana, suscrito por la Federación Mediterránea de Estaciones de Servicio en su calidad de representantes de la parte social y empresarial, así como por los sindicatos FICA-UGT y CCOO, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, el artículo 2.1.a del Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y el artículo 4.3 de la Orden 37/2010, de 24 de septiembre, por la que se crea el Registro de la Comunidad Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, de acuerdo con lo establecido por el artículo 51.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana y el Decreto 175/2020, de 30 de octubre, del Consell por el que se aprueba el reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, esta Subdirección General de Relaciones Laborales, resuelve:



Primero

Ordenar su inscripción en el Registro de la Comunidad Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con notificación a la Comisión Negociadora, y depósito del texto del acuerdo.



Segundo

Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



València, 7 de mayo de 2021.– El subdirector general de Relaciones Laborales: Rogelio Antonio Navarro Domenichelli.





Acta de la comisión negociadora del Convenio colectivo de estaciones de servicio de la Comunidad Valenciana



En València, siendo las diecisiete horas del día 27 de enero de 2021, en los locales de la Federación Mediterránea de Estaciones de Servicio, sitos en la calle Gascó Oliag núm. 6, se reúnen, telemática y presencialmente las personas que a continuación se relacionan, en su calidad de representantes de la parte social y empresarial, al objeto de proceder a la aprobación de las tablas salariales para el año 2021, del Convenio colectivo del sector de estaciones de servicio de la Comunitat Valenciana:



En representación de la Federación Mediterránea de Estaciones de Servicio:

Emilio Córcoles Corcoles, DNI 05103347S

Francisco Fenollosa Lucia, DNI 19840669H

Venerio Prieto Guardiola, DNI 74213053B

Salvador Gil Alcaide, DNI 73764134Y

Juan José R. Aymerich Berlenguer, DNI 18909993Z

Vicenç Fores Aparici, DNI 52790847M

Asesor

Gabriel Ruiz Server, DNI 21348161K



En representación de la Federación Industria Construcción y Agro UGTFICA-UGT:

Jose Antonio Mula Castaño, DNI 21978816Q

Almudena Cortés Díaz, DNI 85088984R

Eleuterio Fernández Lozano, DNI 52630200J

Roberto Mora Delgado, DNI 21469019T

Asesor

Ramón Francisco Morales Duato, DNI 22641912E



En representación de la Federación Industria CC.OO:

Asunción Varó Bernabeu, DNI 48367570L

Manuel Abad Llorens, DNI 21652002D

Rolando Gutíerrez Encinas, DNI 33457889L

Asesores

Juan Jose Picazo Moya

Jose Vicente Garces Lopez



Abierto el acto, se inician los debates con intervención de los representantes de ambas partes, que hacen constar expresamente que no desean que se trascriban a la presente acta, el tenor literal de sus intervenciones.

Tras, una serie de propuestas y contrapropuestas, las partes intervinientes en la presente negociación llegan a los siguientes,



Acuerdos



Primero. Salarios. Año 2021.

Revisión salarial. No procede efectuar la revisión de la tabla salarial del año 2020 al no haber superado el IPC a 31 de diciembre de 2020, un incremento superior al 1,90 %, de conformidad a lo que establece el artículo 24 del Convenio Colectivo

Incremento salarial. De conformidad a lo establecido en el apartado correspondiente al año 2021, del artículo 24, del Convenio colectivo, y tras las propuestas y contrapropuestas efectuadas, se acuerda la aplicación del incremento salarial del 1,90 % para el año 2021, sobre la tabla salarial vigente a 31 de diciembre de 2020, así como de los conceptos contemplados en los artículos 26, 27, 28, 29 y 39 del convenio.



Segundo

Se adjunta a la presente acta, el anexo I con la tabla salarial para el año 2021, así como el importe de los conceptos regulados en los artículos 26, 27, 28, 29 y 39 del Convenio colectivo una vez incrementados con el 1,90 %.



Tercero

Se aprueba que los atrasos resultantes de la aplicación de la tabla salarial desde 1 de enero de 2021 se abonaran por las empresas durante el mes siguiente a la publicación del presente acuerdo en el DOGV.



Cuarto

Por la Comisión se faculta a Gabriel Ruiz Server, con DNI 21348161K para que efectúe los trámites necesarios para la presentación telemática ante el organismo competente, con el fin de que se proceda a su registro y publicación en el DOGV.



Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión. Se procede a la lectura de la presente acta, que se somete a aprobación y lo es por unanimidad, firmando todos los componentes de la comisión negociadora, en prueba de conformidad con lo expuesto, en el lugar y fecha en el encabezamiento indicados.





ANEXO I

Tabla salarial para el periodo comprendido entre 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021, del Convenio colectivo de estaciones de servicio de la Comunidad Valenciana, con vigencia 2019-2021.



Grupo I – Personal técnico y administrativo



Subgrupo 1. Personal técnico

Técnico titulado 1.399,17



Subgrupo 2. Personal administrativo

Jefe administrativo 1.279,62

Oficial administrativo 1ª 1.212,37

Oficial administrativo 2ª 1.143,68

Auxiliar administrativo 1.107,81

Grupo II – Personal operario



Subgrupo 1. Personal operario especialista

Encargado general 1.399,17

Encargado de turno 40,42

Mecánico especialista 36,29

Expendedor / vendedor 35,69

Engrasador 35,69

Montador de neumáticos 35,69

Lavador 35,69

Conductor 35,69



Subgrupo 2. Personal operario no especialista

Mozo de EE.SS 35,48

Pinche 31,22

Aprendiz 31,22



Subgrupo 3. Personal subalterno

Guarda 35,48

Personal limpieza 34,43

Almacenero 35,48

Cobrador 36,93

Ordenanza 34,87

Botones 31,22





Complemento nocturnidad art. 26 10,67

Complemento expendedor art. 27 619,45

Plus festivos y domingos art. 28 6,37

Plus de distancia art. 29 0,12

Dietas y desplazamientos art. 39

Media dieta 13,62

Dieta completa 27,29

Kilometraje 0,23





Por la Federación Mediterránea de Estaciones de Servicio

Emilio Córcoles Corcoles, DNI 05103347S

Francisco Fenollosa Lucia, DNI 19840669H

Venerio Prieto Guardiola, DNI 74213053B

Salvador Gil Alcaide, DNI 73764134Y

Juan José R. Aymerich Berlenguer, DNI 18909993Z

Vicenç Fores Aparici, DNI 52790847M



En representación de la Federación Industria Construcción y Agro UGTFICA-UGT:

Jose Antonio Mula Castaño, DNI 21978816Q

Almudena Cortés Díaz, DNI 85088984R

Eleuterio Fernández Lozano, DNI 52630200J

Roberto Mora Delgado, DNI 21469019T



En representación de la Federación Industria CC.OO:

Asunción Varó Bernabeu, DNI 48367570L

Manuel Abad Llorens, DNI 21652002D

Rolando Gutíerrez Encinas, DNI 33457889L

Mapa web