Ficha docv

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CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 8 de abril de 2021, del presidente del Institut Valencià de Cultura, por la que se convoca la concesión de ayudas a la producción de obras audiovisuales. [2021/5407]

(DOGV núm. 9089 de 21.05.2021) Ref. Base Datos 004701/2021




Se han advertido errores materiales en el texto de la resolución anteriormente mencionada (DOGV 9068, 23.04.2021), dichos errores son subsanables de conformidad con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE 236, 02.10.2015), por lo tanto:



En la página 17354, en el resuelvo segundo, punto uno, donde dice:

«De acuerdo con la Ley 4/2020, de 30 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2021 (DOGV 8987, 31.12.2020), las ayudas convocadas se imputarán al crédito previsto en la sección 09, entidad 00025 en la línea de subvención S7627000, «Fomento y promoción del audiovisual valenciano», por un importe de 2.084.028,69 € en el ejercicio 2021, incluido en el capítulo VII del presupuesto del Institut Valencià de Cultura.

Para la anualidad de 2022 el importe será de 2.000.000 € y para la anualidad de 2023 el importe será de 1.615.971,31 €, y quedarán condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente para atenderlo en las correspondientes leyes de presupuestos de la Generalitat para 2022 y para 2023, de conformidad con las disposiciones de aplicación de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones».



Debe decir:

«De acuerdo con la Ley 4/2020, de 30 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2021 (DOGV 8987, 31.12.2020), las ayudas convocadas se imputarán al crédito previsto en la sección 09, entidad 00025 en la línea de subvención S7627000, «Fomento y promoción del audiovisual valenciano», por un importe de 1.983.910,18 € en el ejercicio 2021, incluido en el capítulo VII del presupuesto del Institut Valencià de Cultura.

Para la anualidad de 2022 el importe será de 2.100.118,51 € y para la anualidad de 2023 el importe será de 1.615.971,31 €, y quedarán condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente para atenderlo en las correspondientes leyes de presupuestos de la Generalitat para 2022 y para 2023, de conformidad con las disposiciones de aplicación de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones».

En el resuelvo sexto, en los puntos 1. Animación, 2. Ficción y 3. Documental, páginas 17371, 17382 i 17392, respectivamente, donde dice:

«f.1. Certificados de cuenta bancaria, de depósitos a plazo fijo y de fondos de inversión acreditativos de dichos recursos propios, hasta un máximo 15 % del presupuesto de la producción, ya sea de la empresa productora o de la coproductora, siempre que se haya aportado el contrato de coproducción. El certificado, firmado y sellado por la entidad bancaria, deberá emitirse dentro del plazo de presentación de solicitudes».

Debe decir:

«f.1. Certificados de cuenta bancaria, de depósitos a plazo fijo y de fondos de inversión acreditativos de dichos recursos propios, hasta un máximo del 20 % del presupuesto de la producción, ya sea de la empresa productora o de la coproductora, siempre que se haya aportado el contrato de coproducción. El certificado, firmado y sellado por la entidad bancaria, deberá emitirse dentro del plazo de presentación de solicitudes».



València, 14 de mayo de 2021.– El presidente del Institut Valencià de Cultura: Vicent Marzà i Ibáñez.

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