Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 28 de abril de 2021, del director general de LABORA, Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se publica la redistribución de los créditos consignados en la Resolución de 4 de diciembre de 2020, del director general de LABORA, Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan, mediante tramitación anticipada, para el ejercicio 2021, las subvenciones para la realización de itinerarios de inserción laboral por parte de entidades especializadas en la atención de colectivos con especiales dificultades de integración en el mercado de trabajo. [2021/5374]

(DOGV núm. 9088 de 20.05.2021) Ref. Base Datos 004661/2021






En el DOGV número 8755, de 5 de marzo de 2020, se publicó la Orden 1/2021, de 27 de febrero, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la realización de itinerarios de inserción laboral por parte de entidades especializadas en la atención de colectivos con especiales dificultades de integración en el mercado de trabajo (INTEGREM). Asimismo, el 16 de diciembre de 2020, se publicó, en el DOGV núm. 8976, la Resolución de 4 de diciembre de 2020, del director general de LABORA, Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan, mediante tramitación anticipada, para el ejercicio 2021, las subvenciones para la realización de itinerarios de inserción laboral por parte de entidades especializadas en la atención de colectivos con especiales dificultades de integración en el mercado de trabajo (en adelante citada como «Resolución 04.12.2020»), estableciéndose, en su artículo primero, que las ayudas se financian con cargo al capítulo 4 del subprograma presupuestario 322.54, Inserción laboral, para el ejercicio 2021, por un importe global máximo de 3.500.000 de euros.

En el anexo I de la Resolución 04.12.2020, se recoge la distribución económica por provincias, según el siguiente detalle:

– Provincia de Alicante: 1.471.400 euros.

– Provincia de Castellón: 352.800 euros.

– Provincia de Valencia: 1.675.800 euros.

Dicho reparto, tal y como figura en el resuelvo trigésimo segundo de la Resolución 04.12.2020, se realizó en función del porcentaje de desempleo que presentaba cada una de las tres provincias, en relación con el total registrado en la Comunitat Valenciana.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se constata que el crédito total de 3.500.000 de euros consignado para financiar la convocatoria de 2020, para el ejercicio 2021, es suficiente para atender a la totalidad de las solicitudes presentadas, pero que existe un desequilibrio entre las solicitudes formuladas por provincia y la consignación y reservas de crédito realizadas para cubrirlas, lo que obliga a reasignar la consignación económica, tal y como permite el artículo 10 en relación con el artículo 14.2 de la citada Orden 1/2020, de 27 de febrero, donde se recoge la posibilidad de que, mediante resolución de la Dirección General de LABORA se pueda, sin necesidad de abrir un nuevo plazo de solicitudes, incrementar las dotaciones económicas inicialmente previstas y variar, a propuesta de la comisión de valoración y sin necesidad de nueva convocatoria, la reasignación del crédito sobrante y la distribución de los porcentajes establecidos en la resolución de convocatoria.

En consecuencia, vistas las propuestas formuladas por las comisiones de valoración de Castellón (Acta de la comisión e informe propuesta de la jefatura del Servicio Territorial de Gestión Administrativa y Coordinación de Espais Labora, ambos de 26.04.2021, en los que se indica la necesidad de aportar un incremento de 70.000 euros) y de Alicante (Acta de la comisión e informe propuesta de la jefatura del Servicio Territorial de Gestión Administrativa y Coordinación de Centros, ambos de 23.04.2021, en los que se indica que existe un excedente de 1.173.746,65 euros) y en virtud de lo dispuesto en el artículo 10 y 14.2 de la Orden 1/2020, de 27 de febrero, y en la disposición final primera de la Resolución 04.12.2020, del director general de LABORA, Servicio Valenciano de Empleo y Formación, resuelvo:



Único

Redistribuir las dotaciones presupuestarias asignadas en el anexo I de la Resolución de 4 de diciembre de 2020, del director general de LABORA, Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan, mediante tramitación anticipada, para el ejercicio 2021, subvenciones destinadas a la realización de itinerarios de inserción laboral por parte de entidades especializadas en la atención de colectivos con especiales dificultades de integración en el mercado de trabajo, de acuerdo con el siguiente detalle:



Provincia de Alicante:

Desafectar 70.000 euros del RA 20210.000737 «Alicante, Itinerarios inserción laboral personas con dificultades de integración -SEPE-», con un importe inicial de 1.471.400 euros, quedando con un importe resultante de 1.401.400 euros.



Provincia de Castellón:

Incrementar en 70.000 euros el RA 20210.000738 «Castellón, Itinerarios inserción laboral personas con dificultades de integración -SEPE-», con un importe inicial de 352.800 euros, quedando con un importe resultante de 422.800 euros.



La dotación final del programa, para las tres provincias para 2021 permanece en 3.5000.000 €.



Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de la correspondiente provincia, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición ante la persona titular de la Dirección General de LABORA, Servicio Valenciano de Empleo y Formación, en el plazo de un mes, computado en los términos ya dichos, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Todo ello, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso de los previstos en la legislación vigente.



València, 28 de abril de 2021.– El director general de LABORA, Servicio Valenciano de Empleo y Formación: Enric Nomdedéu i Biosca.

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