Ficha docv

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ORDEN 10/2021, de 13 de mayo, por la que se revoca parcialmente la Orden 22/2020, de 23 de noviembre, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan el procedimiento selectivo de ingreso y el procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes de profesores de Enseñanza Secundaria, profesores de escuelas oficiales de idiomas, profesores de Música y artes Escénicas, profesores de Artes Plásticas y Diseño y profesores técnicos de Formación Profesional. [2021/5283]

(DOGV núm. 9084 de 14.05.2021) Ref. Base Datos 004356/2021








PREÁMBULO



La Orden 22/2020, de 23 de noviembre, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, convocó procedimiento selectivo de ingreso y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes de profesores de Enseñanza Secundaria, profesores de escuelas oficiales de idiomas, profesores de Música y artes Escénicas, profesores de Artes Plásticas y Diseño y profesores técnicos de Formación Profesional (DOGV 8961), aprobando las bases que regulan dichos procedimientos.

Publicada la Resolución de 26 de abril de 2021, de la directora general de Personal Docente, por la que se declaran aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas para participar en dicho procedimiento selectivo (DOGV 9071), se detectó un error en la fecha de inicio del procedimiento selectivo, fijada para el 15 de mayo de 2021, que fue corregido en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 9073, de 30 de abril, quedando señalado para el día 22 de mayo de 2021.

Por otro lado, la base 7.2.1.2, apartado A.b.1 de la convocatoria establece que las personas aspirantes admitidas en el procedimiento selectivo, así como las excluidas que hayan interpuesto recurso de alzada pendiente de resolución, deberán presentar telemáticamente la programación didáctica o la guía docente, cuya elaboración se ajustará a lo dispuesto para cada cuerpo en el anexo III, a partir del día siguiente a la publicación de los listados definitivos de personas admitidas y excluidas y hasta el 1 de junio de 2021.

En este sentido, y considerando que la corrección del error de la fecha del inicio de las pruebas repercute en el plazo señalado en la citada base, razones de oportunidad aconsejan que, con la finalidad de no menoscabar los intereses de las personas participantes en el procedimiento selectivo, se revoque parcialmente la convocatoria por lo que respecta estrictamente al plazo inicialmente fijado para la presentación de la programación didáctica o la guía docente. De este modo, mediante la modificación del apartado A.b.1 de la base 7.2.1.2 de la referida Orden 22/2020 se establece una nueva fecha de finalización de dicho plazo, fijándose la misma el 8 de junio de 2021.

Por su parte, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las administraciones públicas podrán revocar, mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico.

En el caso que nos ocupa, el hecho de que la situación de las personas opositoras no se vea empeorada a consecuencia de la modificación del plazo objeto de esta orden, sino que, antes al contrario y como consecuencia de este, dispongan de más tiempo para la presentación de la programación didáctica del que tendrían con la aplicación del plazo actual de la base 7.2.1.2, apartado A.b.1 de la convocatoria, aconseja emplear la figura de la revocación de actos desfavorables o de gravamen, que en este caso sería parcial, para llevar a cabo la modificación pretendida, sin que con ello se vea afectado ninguno de los límites a su utilización, ya que no constituye dispensa o exención no permitida por las leyes, ni es contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico.



Por todo ello, a propuesta de la Dirección General de Personal Docente y de acuerdo con las facultades que me confiere el artículo 28.e de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y el artículo 4 del Decreto 176/2020, de 30 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte,





ORDENO



Primero

Revocar parcialmente la Orden 22/2020, de 23 de noviembre, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convoca procedimiento selectivo de ingreso y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes de profesores de Enseñanza Secundaria, profesores de escuelas oficiales de idiomas, profesores de Música y artes Escénicas, profesores de Artes Plásticas y Diseño y profesores técnicos de Formación Profesional.



Segundo

Sustituir el plazo inicialmente fijado para la presentación de programación didáctica o la guía docente mediante la modificación del inciso final del apartado A.b.1 de la base 7.2.1.2 de la referida Orden 22/2020 por otro en el que la fecha de finalización del mismo se fija el 8 de junio de 2021.



De conformidad con lo que establecen los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y los artículos 10, 14 y 46 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el conseller de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, o bien, cabrá plantear directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de publicarse, ello sin perjuicio de cualquier otro que se estimare conveniente.



València, 13 de mayo de 2021



El conseller de Educación, Cultura y Deporte,

VICENT MARZÀ I IBÁÑEZ

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